El jurista y el político: dos formas diferentes de entender la sociedad

Vuelvo a analizar los entresijos del poder, y lo hago tomando como referencia dos formas diferentes de entender y concebir la sociedad en la que vivimos (que no agotan, ni mucho menos, los puntos de vista desde los cuales esta sociedad puede ser analizada). La sociología, la psicología de masas o la economía son también perspectivas diferentes, y cada cual arroja una visión distinta de una sociedad caleidoscópica, llena de matices y compleja en su comprensión global. Pero, zapatero a tus zapatos, y como yo soy jurista, centraré estas reflexiones en la diferente forma de ver la sociedad que tenemos los juristas frente a los políticos (aunque muchos de ellos sean, curiosamente, de formación jurídica).

El político, si bien dice perseguir el bien común (en última instancia quizás lo haga realmente), también tiene como fin el monopolio del poder, y esto es algo que estamos comprobando un día sí y otro también, lamentablemente. El político se encuentra condicionado por una determinada ideología (la que le impone su partido) y a ella se debe, aunque en su fuero interno pueda pensar otra cosa. Si él o su partido no han alcanzado ninguna cota de poder, su actuación se encuentra guiada por la finalidad de alcanzarlo, por encima de cualquier otra cosa. Y si ha alcanzado el poder, su finalidad primordial consiste en conservarlo, azuzando a los rivales y lanzando sobre ellos las posibles críticas que le sean dirigidas, con un efecto “boomerang”. Pero como no quiero que se me entienda mal, aclaro ya desde ahora, que este “cliché” es un simple esperpento, al que afortunadamente no obedecen todos los políticos y no deja de ser algo así como la mera caricatura del político (a secas). Dicho esto, dejo para más adelante, la plasmación real de nuestra clase política en la España de hoy, que por sus actos los conoceréis.

Por su parte, el jurista es a la par ciudadano y, como tal, no participa del poder público (más que en el fugaz momento de depositar su papeleta de voto) pero se convierte en crítico del poder desde la plataforma del Derecho y su formación (o deformación) como jurista. Aquí se abren varias ventanas desde las cuales se puede enjuiciar a la Sociedad y al papel que van desempeñando los políticos, como son la sociología del Derecho, la filosofía del Derecho o el puro positivismo, al estilo de Kelsen (1). Sobre esta diversidad de perspectivas me remito al maestro Gustav Radbruch en donde se encuentra una magnífica exposición de las mismas, (2) entre las que me gustaría destacar, muy especialmente, la del también maestro Ihering (que me dejó su impronta desde la juventud) (3).

En cualquier caso (salvo en el positivismo puro) el jurista tiende a analizar el cumplimiento del ideal de justicia, tanto en las normas como en la forma en que se interpretan y aplican por los diversos operadores jurídicos. De este enfoque del Derecho es responsable John Rawls que introduce el concepto de “justicia política” que viene a alcanzarse en dos etapas. “La primera etapa acaba con un consenso constitucional; la segunda, con un consenso entrecruzado”. La Constitución -dice Rawls- ha de limitarse a satisfacer “ciertos principios liberales de la justicia política, principios, que “basados en un consenso constitucional, son aceptados simplemente como principios, y no se fundan en determinadas ideas de la sociedad y de la persona de una concepción política, por no hablar de fundarlos en una concepción pública compartida. Así pues, el consenso no es profundo”. Incluso “tampoco es amplio: es de corto alcance, (porque) no incluye la estructura básica, sino sólo los procedimientos políticos de un gobierno democrático” (4).

Sin embargo, con semejante planeamiento no llegamos a parte alguna, ya que conduce a la necesidad de una especie de unanimidad a la hora de fijar el ideal de justicia y ética, algo realmente utópico en los tiempos que corren (marcados por la diversificación ética). Por mi parte, me limitaré a señalar que, sin llegar al extremo de Rawls, entiendo que ese ideal de justicia debe localizarse en la Constitución vigente en cada momento y que cualquier comportamiento contrario a la misma, ha de ser tachado como arbitrario. Muy especialmente, en lo que concierne a la forma de Estado y a los derechos y libertades fundamentales, puesto que, o bien se reforma la propia Constitución (por los cauces establecidos para ello) o bien se cumple con ella. Quiere ello decir que, si un determinado poder público trasgrede la Constitución, no solo pierde su legitimidad, sino que está actuando de forma ilegal y debe responder por ello.

Conclusión que aplico, por de pronto, a la Generalitat, tanto por su desacato a la sentencia que impone el uso del español en la enseñanza en un porcentaje mínimo (25%), como por tolerar el acoso al niño y a la familia de Canet, lo cual es claramente extensivo al Gobierno de la Nación. Gobierno que, por cierto, también ha actuado de forma contraria a Derecho en los estados de alarma, pero ninguna responsabilidad o consecuencia se sigue de ello, lo cual me parece incomprensible como jurista. Y volvemos, con lo anterior, hacia la perspectiva política, porque aquí está el meollo de lo que me gustaría transmitir ahora. Me refiero a la calificación jurídica de las decisiones que se están tomando (en materia de gasto público, por no mencionar más que un aspecto notorio) con la única motivación de favorecer a quien, con sus votos, permite que se mantenga en el poder el Gobierno. ¿Acaso no es eso abuso de poder y arbitrariedad, (proscritas por el artículo 9.3 de nuestra Constitución)? Entonces ¿por qué motivo no se anulan tales decisiones?

Si admitimos, como legítimas y legales, actuaciones que comportan trato desigual entre las CCAA, y que tienen como única justificación clara y evidente “contentar” a determinados partidos políticos para seguir contando con sus votos, me temo que vamos por muy mal camino y nos alejamos, a pasos agigantados del Estado de Derecho. Porque todo lo que concierne al Estado social de Derecho, es, para los juristas, un concepto nuclear, porque así está escrito en el artículo uno de la Constitución (5) que impone, como valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político. Es decir, referentes a tener en cuenta, tanto por los ciudadanos como, muy especialmente, por los poderes públicos. Ese es, pues, el ideal que debe perseguir la relación entre la Política y el Derecho, pero para eso es necesario que todos los poderes públicos den ejemplo a los ciudadanos respetando y aplicando esos principios a su propia actuación.

Y también lo es el respeto a los principios de seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Unos principios que parecen ser ignorados por nuestros poderes públicos con demasiada frecuencia y a los que debería atenerse toda su actuación (incluida, por supuesto, la aprobación de normas, del rango que sean). De otro modo, difícil veo que tengan legitimación para exigirnos comportamientos que ellos mismos no siguen. Somos y seremos lo que los poderes públicos nos dejen ser, pero conviene que no olviden que no pueden forzarnos a incumplir nuestra propia Constitución y que por mucho poder que tengan la soberanía sigue residiendo en el pueblo. ¿Qué puede mejorarse la Constitución vigente en algunas materias? Obvio es, pero por los cauces previstos en la misma y no otros. Esta es mi posición, como jurista y como ciudadano, que ahora expongo de forma clara y sin titubeos.

 

NOTAS

1 “El tratamiento filosófico de la hermenéutica llevado a cabo por Gadamer, poniendo en valor el hermético y discutido legado heideggeriano, llevó a una notable relativización de lo metodológico, al negarse el presunto carácter siamés de Verdad y método. A nuestro trasterrado Luis Recaséns le había llegado ya la onda expansiva de Dilthey, que trabajara Ortega, y relativizaba a la vez las prestaciones silogísticas invitándonos a llevar a la práctica una lógica de lo razonable, que marcaba distancia con la racionalidad científico-positiva. Theodor Viehweg volvió a sacar petróleo de los yacimientos romanistas, planteando la tópica como alternativa al supersticioso culto al sistema. Josef Esser, que no es a estas alturas un autor de vanguardia, dejó claro que no cabe entender lo jurídico si olvidamos que comenzamos, queramos o no, por pre-entenderlo (Vorverständnis), gracias a una intuición no poco pre-reflexiva; denunciaba, a la vez, que el rey estaba desnudo y que todo jurista que se precie (y mejor que sea consciente de ello), lejos de ser fiel a un método indiscutible, acaba eligiendo dentro de una amplia gama de métodos (Methodenwahl) el que más propicio se muestre a servir de cobertura a la solución precomprendida y posteriormente sometida a reflexión”. Cfr: Andrés Ollero LA TENSIÓN ENTRE POLÍTICA Y DERECHO EN LA TEORÍA JURÍDICA en el siguiente Link: https://www.tribunalconstitucional.es/es/tribunal/Composicion-Organizacion/documentosmagistrados/OlleroTassara/Colaboraciones/306-POL-DER.pdf

2 Vid: “Introducción a la Filosofía del Derecho”; Ed. Fondo de Cultura Económica; México, 1951 3 Vid..El fin en el Derecho, trad. Leonardo Rodríguez, ed. Rodríguez Serra, Madrid, 1911.

4 Vid: RAWLS, John. El liberalismo político. Barcelona, Crítica, 1996

5 El artículo 1.1 de la Constitución dice, textualmente: “España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político”.

4 comentarios
  1. Tomás
    Tomás Dice:

    Lamento decirlo, pero me parece un artículo muy, muy pobre. Y además engaña en el título. No es contraponer la visión de un político y un jurista. Lo que se lee es, de forma simple, dos formas de ver la política y más cuando todos los ejemplos van en la misma dirección.

  2. O'farrill
    O'farrill Dice:

    No hay contraposición entre ambas figuras cuando el mundo jurídico oficial está politizado o, dicho de otra forma, se confunde con la ideología del momento.
    Por desgracia todo lo denunciado en el artículo es cierto, pero deberíamos llegar al meollo de la cuestión también en el mundo de los servicios públicos del Estado (que no del gobierno), que actúa muchas veces en lamentable complicidad con quienes violan, modifican o retuercen el texto constitucional. Están más pendientes de los privilegios que les puedan llegar de los gobiernos (sobre todo sin control parlamentario) en forma de nombramientos, cargos y prebendas, que de mantener su dignidad de servidores públicos.
    ¿Y las instituciones? La Jefatura del Estado tiene entre otras funciones la de regular y arbitrar todo aquello que suponga intromisión de intereses particulares en lo que debería ser interés nacional. ¿Porqué no actúa? El anterior Jefe del Estado sí intervenía y hasta retiraba su confianza en algún presidente….
    MIentras no exista un debate sin tabúes sonre la arquitectura política del Estado, funciones y responsabilidades institucionales respectivas, estaremos en un sistema de poder “cesarista” de los ejecutivos (Spengler) que, en lugar de ser controlados y fiscalizados tal como procede en democracia, han capturado y “okupado” al Estado en su conjunto.
    Todo eso se acababa en cuanto hubiera un “no, gracias” en aquellos que tienen el enorme beneficio de pertenecer a los cuerpos del Estado y son inamovibles en el ejercicio de su función. Algunos lo hicimos.
    Un saludo.

  3. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    La pérdida de calidad democrática de nuestro país deriva del camino que tomaron Sánchez y el sector político , informativo e intelectual que le apoyan y que denunciamos el 10 de junio de 2018:
    “Si Sánchez quiere mejorar la actual posición de España en el grupo de Democracia Plena ¿por qué va de la mano de los partidarios de Regímenes autoritarios? .Podemos, Izquierda Unida , E.R.C. y EH BILDU ( y más como la CUP….) han demostrado su admiración por el régimen político que impera en estos países
    Sánchez escogió ir de la mano del grupo de los autoritarios .Basta ver el nivel de ruina, corrupción, apropiación de la justicia y de las instituciones y falta de libertad de los países donde está implantado el proyecto para hacernos la idea de adonde nos llevan
    Con fecha 1 -11-1988 publicamos un artículo ( La revolución de la vida política en España ) sobre lo que supondría el proceso de integración en la política española.
    Este proceso tenía un riesgo derivado de nuestra escasa competitividad pero conociendo el perfil de nuestros políticos llegué a la siguiente conclusión: hay un riesgo de que nos empobrezca pero será menor que continuar solos, en este último caso la ruina será inmediata. Era también la única manera de mejorar la calidad democrática de nuestro sistema político .
    La pérdida de soberanía que suponía el proceso de integración en temas claves de la gestión pública, ha provocado importantes beneficios para los ciudadanos que no hubiéramos tenido como independientes.
    La lucha política planteada, actualmente, en términos de derecha e izquierda y hasta “guerracivilistas” es un fraude que ha favorecido, por la complicidad de un sistema informativo (salvo excepciones) con un déficit grave de solvencia profesional y de defensa del interés general, la generación de una clase política cada vez mas incompetente e irresponsable.
    ¿Os imagináis España fuera de la U. E. en manos de una clase política inmadura, insolvente, autoritaria y extractiva sostenida por un influyente sector cultural e informativo con una concepción de la política y de la gestión pública más propia de países del tercer mundo?.
    ¿No creéis que algo tiene que ver esta reducción de soberanía para que, en una situación como la actual en la que pueden dirigirlo políticos contrarios a la economía de libre mercado, no se haya producido una catástrofe? ¿No será porque la estabilidad la proporciona el marco legal de la UE y no los gestores nacionales?
    ¿En donde creéis que cuentan apoyo y comprensión los que desde diferentes sectores están denunciando prácticas más propias de regímenes autoritarios, para conseguir que España tenga” una democracia plena” ?.

  4. Daniel Iborra
    Daniel Iborra Dice:

    Para que comprobéis en que situación de calidad democrática estábamos en el momento de la integración, en un artículo , nada menos que del 14-12-1993 “Una manera rápida de eliminar el déficit público: reducir los gastos electorales” ver https://hayderecho.com/2017/06/11/25-anos-de-corrupcion-en-espana-en-que-hemos-cambiado/ ) aclaraba la diferencia entre corrupción estructural y de personas ( o puntual) Esta última es inevitable en las democracias plenas porque responde a actuaciones individuales pero las sociedades avanzadas tienen instrumentos para su corrección. La primera es propia de democracias del tercer mundo en el que se apropian en su provecho los gestores políticos de los recursos de los ciudadanos. En la red clientelar general “hay que incluir los gastos dedicados al control de la educación, la cultura y la información en beneficio de la clase política dirigente. El coste económico del control de estos sectores que sirve para dirigir la sensibilidad de los ciudadanos introduciendo un mensaje continuo en el cuerpo social, que propiciará la decantación de los futuros votantes a la filosofía del partido en el poder y en paralelo el rechazo de las otras opciones políticas competitivas”.”. …“en materia de gastos electorales, queda mucho por podar …y que se genera y crece en sociedades que permiten que se apropie, una clase política y para sus intereses, del dinero de todos, haciendo inútil el esfuerzo de solidaridad colectiva que supone el pago de impuestos “
    Si llegamos a este volumen de despilfarro y corrupción es por la complicidad de los medios informativos que han tenido un asiento preferente en su reparto , lo que justifica su falta de denuncia de los defectos de nuestra democracia y su falta de participación en la presión para su solución y es una de las razones de la ineficiencia actual de nuestro estado.
    Con Sánchez, España ha recuperado todos los defectos que con la transición creíamos superados y cuya corrección nos ha permitido estar en el grupo de las democracias plenas y entre ellos ,la apropiación de los recursos públicos para asegurar su poder.
    Continúa con el proyecto político de Zapatero: “Zapatero modela un PSOE no europeo, con el horizonte de un socialismo que gana todas las elecciones sucesivamente, en el ejercicio de su hegemonía y del abuso de poder…Toda la estrategia de Zapatero y de Sánchez es evitar la alternancia del poder “R Arias Salgado.
    Es evidente que las reformas que necesitamos y las condiciones que exige la UE para la autorización son contradictorias con las propuestas de la coalición y los independentistas y que su aprobación (y los ajustes de la consolidación) arriesgan la viabilidad de la misma y su futuro político.
    Lo que demuestra la incompetencia y la insensatez de Sánchez y los medios que le apoyan.

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