Primer Informe sobre el Estado de derecho en España 2018-2021

Manifiesto por la mejora institucional: el poder legislativo

Un Estado de Derecho consiste en que todos, incluso el poder, están sometidos a unas Leyes de origen democrático que se aplican de forma objetiva, y en que los distintos poderes se controlen unos a otros. Por eso es fundamental que el Parlamento funcione adecuadamente, pues no solo es quién crea las leyes sino que también tiene encomendado el control del ejecutivo. Sin embargo, se trata hoy de una de las instituciones más claramente en crisis.

La prueba de ello es la degradación de la calidad de las leyes, cada vez más numerosas pero también más complejas y contradictorias (ver aquí). De esto hay muchos ejemplos: leyes que tienen el efecto contrario al deseado como la llamada Ley del sí es sí; anécdotas como la publicación en el mismo BOE de dos redacciones distintas de un mismo artículo; o engendros legislativos como el Decreto Ley 5/2023, compendio de todos los vicios que aquejan a nuestra legislación (es un Decreto Ley, trata infinidad de materias diversas y modifica casi 50 leyes, generando una enorme inseguridad jurídica).

Lo extraño es que nuestro sistema prevé un procedimiento legislativo exigente: se parte de un proyecto que elabora el Gobierno, que se somete a consejos asesores (Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Consejo Económico y Social). La tramitación parlamentaria se dirige por una comisión con diputados de distintas formaciones en general con experiencia en la materia de la Ley; en la misma pueden participar expertos e implicados en esa materia; se establecen plazos que permiten una reflexión detenida, y una deliberación parlamentaria pública que facilita también la implicación de la opinión pública y de otros expertos.

¿Como hemos llegado hasta aquí? En primer lugar, porque el Decreto Ley se ha convertido en las últimas legislaturas en la manera ordinaria de legislar (se aprueban más decretos ley que leyes). Pero aún cuando se sigue el procedimiento parlamentario se abusa de los procedimientos de urgencia, abreviando los plazos para la emisión de informes, los de enmiendas, reduciendo la posibilidad de participación pública. También se ha utilizado abusivamente el procedimiento de proposición de Ley por los grupos del Gobierno -en lugar del Proyecto de Ley- para evitar los informes, que en ese caso no son preceptivos.

Por todo ello hacemos varias propuestas en relación con el procedimiento legislativo.

– Restringir el uso de decretos-leyes a los supuestos previstos en la Constitución. Dado que el Tribunal Constitucional ha admitido un concepto amplísimo de urgencia, solo nos cabe exigir lealtad institucional al Gobierno y también a los parlamentarios, de manera que limiten las situaciones de urgencia a las reales. Exigimos que no se alegue urgencia cuando ésta deriva del retraso en la adopción de normas, como se está haciendo de manera sistemática en la tardía transposición de Directivas. Como lo excepcional no puede ser la regla, entendemos que cualquier proporción de Decretos Leyes superior al 20% de las leyes (más o menos la que hubo hasta 2010) debe considerarse abusiva.

– Evitar los procedimientos de urgencia en la tramitación de las Leyes por el Parlamento. Tardar más para hacer una Ley mejor supone un enorme ahorro de costes para los ciudadanos.

– Evitar las leyes omnibus que acumulan decenas de materias e impiden un estudio adecuado

– Exigir los informes preceptivos también para las proposiciones de Ley, como sucede en algunas normativas autonómicas.

También exigimos la revitalización de las sesiones de control parlamentario. Los debates parlamentarios se han convertido en una mezcla de tertulia y mitin, con los diputados convertidos en meros palmeros de su grupo. Debemos exigir a los parlamentarios que recuerden que su mandato es representativo y no imperativo, de manera que debe mantener su propio criterio en la defensa del bien común, sin tener que plegarse ni al partido ni a las instrucciones de sus electores. En la actualidad eso no se respeta, siendo tachado el que no vota con su partido como traidor, cuando la realidad es la contraria: lo que hoy se está traicionando es la función deliberativa del Parlamento y el mandato representativo.

Exigimos también un proceso legislativo más transparente (ver este post), Deben ser públicos todos los informes y las comunicaciones de expertos. En particular los informes del Consejo de Estado deberían publicarse en la web de esta institución desde que se emiten y se transmiten al Parlamento, sin que la opinión pública deba esperar meses a conocerla a través del BOE. .

Para la adecuada transparencia del proceso es necesario también que se regulen los lobbies. Desde 2015 la UE ha instado a los Estados miembros a regular los lobbies, y aunque hay alguna ley autonómica no existe una nacional. Esto no solo perjudica a los ciudadanos en general sino también a la sociedad civil organizada que debe poder exponer sus puntos de vista a los parlamentarios de una forma transparente y fiscalizable. La ausencia de la normativa facilita el lobby informal y por tanto perjudica a los más serios. Es necesario exigir una huella normativa, es decir un documento de trazabilidad de la actividad de los lobbies y las reuniones y contactos con grupos de interés, que ya se exige en las legislaciones autonómicas de Aragón, Navarra y Valencia.

Finalmente no es suficiente con que se hagan las leyes, es necesario que se evalúen. De nada sirve que se redacte una Ley si no hay medios para aplicarla, y no tiene sentido reformarla si no se ha medido el resultado que ha tenido. Los estudios demuestran que cuantas más leyes se hacen, menos empresas se crean. La multiplicación y la inestabilidad de las leyes impone enormes costes directos de adaptación, e indirectos por el aumento de la inestabilidad regulatoria. Por ello la obligación de los poderes públicos es regular y cambiar solo lo que se ha probado que ha de ser modificado, y evaluar los efectos de la regulación. Existen diversas iniciativas europeas sobre la mejor regulación (better regulation) que es necesario no tanto adoptar formalmente sino aplicar de forma efectiva.

 

4 comentarios
  1. Lidia
    Lidia Dice:

    Estoy de acuerdo con lo que se expone en el artículo.
    En mi opinión, la multiplicación de las leyes no nos lleva a una sociedad mejor.

  2. Mariano Yzquierdo
    Mariano Yzquierdo Dice:

    En efecto, y la depauperación del proceso legislativo además parece que sólo preocupa a los que somos considerados como friquis. Si un candidato a la reelección presume de haber hecho 300leyes pero el candidato a sustituirle no le contesta con las reflexiones de Rodrigo Tena (es decir: lo que importa no es cuántas leyes se hacen sino la calidad de las mismas), será porque esa discusión no vende. Los debates deberían contener alguna dosis didáctica como esta. Gracias, Rodrigo, y enhorabuena

  3. AGonzalo
    AGonzalo Dice:

    Muy de acuerdo con lo que propone.
    Quisiera añadir una idea que entiendo sería muy efectiva a la hora de frenar la “diarrea legislativa” de nuestros parlamentarios:
    Hacerles exámenes individuales sobre el contenido de las leyes y el control de su cumplimiento (al fin y al cabo tenemos la exigencia de conocer las leyes, así que los legisladores con más razón deberían dar ejemplo). Si cada error/inexactitud/falsedad en sus respuestas les implicara una bajada de sueldo (aunque nunca por debajo del salario mínimo interprofesional, claro) estoy convencido de que las leyes serían “mucho más cuidadas”.

    Eso sí, quiero afearle la inexactitud de: “leyes que tienen el efecto contrario al deseado como la llamada Ley del sí es sí”.
    Que yo sepa el único efecto no deseado en la aplicación de esa ley es la rebaja de condenas penales a algunos delincuentes… Y eso lo han hecho algunos jueces (no los parlamentarios)… Y el Tribunal Supremo ha tenido que sentenciar contra su jurisprudencia anterior (¿seguridad jurídica? ¿qué es eso?) para no afear la conducta a esos jueces (¿y de paso hacer política?). Al respecto: Recomiendo la lectura de https://ctxt.es/es/20230701/Firmas/43598/Jose-Antonio-Martin-Pallin-campana-electoral-jueces-medios.htm

    PD) Otro problema de las Cámaras representativas españolas es que se dejan pisotear por los jueces (por ejemplo el caso de Alberto Rodríguez, o la multitud de casos en el Parlament de Catalunya). Esto no se arreglará mientras quien se les enfrente para defender la institución (Atutxa, por ejemplo) tarde tantos años en recibir justicia (europea, claro, en España ni está ni se le espera). Además habría que juzgar a los jueces que “presuntamente” atacan un parlamento democrático. Cierto que se ha eliminado la sedición, pero ahí está la prevaricación.

  4. Manuel Villa Díaz
    Manuel Villa Díaz Dice:

    ¿Realmente se necesitan 350 diputados? Andalucía aporta 61 diputados al Congreso y tiene 109 en su parlamento. Si 61 son son suficientes a nivel nacional ¿Para qué se necesitan 48 más a nivel autonómico?
    El Congreso, como cualquier otro gasto público, ha de ser reducido a su nivel requerido de funcionamiento. En Portugal no tienen Senado. Es verdad que tampoco tienen autonomías. Todo este gasto habría que revisarlo pues se podrían estar dedicando recursos a satisfacer las ansias de aparentar de los que en la vida privada no podrían validar el status que mediante la política, en algunos casos muy sectaria, consiguen. Además, se tienen las 17+2 legislaciones, regulaciones, etc…

    Se propone en el artículo:
    “– Evitar los procedimientos de urgencia en la tramitación de las Leyes por el Parlamento. Tardar más para hacer una Ley mejor supone un enorme ahorro de costes para los ciudadanos.”
    Si en la mayoría que rellena los escaños no existe la idea de servicio a la nación sino el mantener el asiento para seguir medrando, esta mayoría se plegará a lo que el ejecutivo le exija, y si al ejecutivo le beneficia el procedimiento de urgencia, dicho procedimiento será el usual.

    “– Evitar las leyes omnibus que acumulan decenas de materias e impiden un estudio adecuado”
    Es el modo en que el ejecutivo ha ido pasando de matute legislación rechazable. Todo esto con la connivencia de la mayoría que rellena los escaños. En el Reglamento del Congreso se tiene el Art. 102 que indica que cuando se produce digresión extraña al punto de que se trata, el diputado será llamado al orden. Si se presenta una ley omnibus se debería aplicar al ejecutivo dicho Art. 102, y si el ejecutivo no atendiese a eliminar la digresión, se le debería devolver la ley al ejecutivo.
    No sólo la mayoría que rellena los escaños sino que también la oposición hacen omisión del Art. 102 y no amplían al ejecutivo lo que sí le aplican al diputado. ¿Se ha hablado en los medios como incumplimiento del Art. 102 del Reglamento del Congreso la digresión que suponía que en la ley concursal se incluyeran ascensos en la fiscalía, ?

    “– Exigir los informes preceptivos también para las proposiciones de Ley, como sucede en algunas normativas autonómicas.”
    Este es uno de los absurdos que tiene el Reglamento del Congreso. El ejecutivo que tiene personal en exceso para informar sobre un proyecto de ley, ha de solicitar los informes al CGPJ, Consejo de Estado, etc…. y por contra un grupo parlamentario que carece de los recursos de los que dispone el ejecutivo no ha de tener los informes que se le requieren al ejecutivo, cuando por esa carencia de recursos deberían ser más pertinentes dichos informes.

    La Mejora Institucional ha de estar orientada a la reducción del gasto. Es claro que hay gastos que se han de hacer, pero el gasto ha de ser el mínimo requerido. De otro modo los recursos se dedicaran a pagar lujos asiáticos.

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