Transparencia y neutralidad institucional y aplicación del art. 155
En un régimen democrático las elecciones suponen el máximo y último mecanismo de control de los gobiernos. Y para que puedan cumplir adecuadamente esa imprescindible función es necesario que exista una adecuada transparencia sobre la labor realizada por el gobierno saliente para que pueda ser valorada por los electores. En este momento, en virtud de la aplicación del artículo 155 CE, es el Gobierno nacional el que tiene la responsabilidad de facilitar esa información sobre un desempeño que parece lleno de irregularidades. No parece, sin embargo, que tenga ese objetivo en el breve plazo en que estará al mando. Y esas circunstancias concurrentes hacen especialmente grave este incumplimiento de tan esencial obligación. El famoso ex juez y ex senador Santiago Vidal reveló en una serie de conferencias algunas de las actuaciones contrarias a la Ley que, al parecer, el entonces Gobierno catalán estaba llevando a cabo en su camino hacia la secesión. Entre ellas el desarrollo de estructuras de Estado independiente, la obtención de los datos para la elaboración de un censo electoral, además de otra amplia base de datos tributarios, y la desviación de fondos de otras partidas presupuestarias para el montaje de la compleja infraestructura del referéndum, como […]