La sentencia sobre la violencia de género y los inmigrantes burundeses
Ha suscitado un cierto revuelo la sentencia de 20 de diciembre de 2018 del Pleno de la Sala Segunda del Tribunal Supremo que falla sobre una pelea de pareja en la puerta de una discoteca, sin que hubiera denuncias ni lesiones. Parece, además, que la iniciativa y el peso de la pelea la lleva ella, pues pega antes, con el puño cerrado y termina con un patada, mientras que él contesta con la mano abierta. Sin embargo, la condena es superior para el hombre, que recibe seis meses de cárcel por lesiones de menor gravedad y la mujer tres meses por el mismo delito. El Supremo entiende que siempre que un hombre agrede a su pareja hay violencia de género, sin posible prueba en contrario. Este caso es significativo porque pone de relieve un diferente modo de tratar al hombre y a la mujer que sólo con un grave retorcimiento argumental y un decidido voluntarismo puede entenderse que no vulnere el mandato del artículo 14 de la Constitución de que “todos los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de…sexo…o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”. Salvo que entendamos que los […]
Presidente Fundación Hay Derecho. Notario de Madrid. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1979-1984). Oposiciones a Notarías aprobadas en 1988, oposiciones restringidas, entre Notarios, en 1991-1992. En twitter @ignaciogoma