Hace unos días pensamos que un buen tema para reflexionar en esta jornada de reflexión podría ser la reforma de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General realizada por la LO 2/2011 de 28 de enero. Por un lado, porque trata precisamente de un tema electoral y, por otro, porque su aprobación contó con un consenso raras veces visto en nuestro país, pues resultó aprobada con los votos a favor del PSOE, PP, CiU y PNV. ¿Qué mejor tema, entonces, para celebrar la fiesta de la democracia, como dicen los cursis? El problema es que después de leer la Ley nos surgió la duda de si podríamos ser multados si nos pasábamos un poco de críticos. Pero bueno, como todavía no somos una televisión (todo llegará) nos hemos atrevido.| El nuevo art.66.2, dictada por nuestra clase política con la manifiesta y loable intención de garantizar el pluralismo político y social, tan preocupada ella siempre por ese pluralismo, dice textualmente: “Durante el periodo electoral las emisoras de titularidad privada deberán respetar los principios de pluralismo e igualdad. Asimismo, en dicho periodo, las televisiones privadas deberán respetar también los principios de proporcionalidad y neutralidad informativa en los debates y entrevistas electorales […]
Rodrigo Tena Arregui es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario de Madrid por oposición (OEN 1995). Ha sido profesor en las Universidades de Zaragoza, Complutense de Madrid y Juan Carlos I de Madrid. Es miembro del consejo de redacción de la revista El Notario del siglo XXI.