Cambio de hipoteca de un banco a otro: vuelve el poder al deudor
La ley 5/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante LCI), entre otras muchas novedades, ha traído una muy relevante y positiva respecto de la regulación de las subrogaciones hipotecarias de acreedor. Del mecanismo por medio del cual un deudor hipotecario puede llevarse su hipoteca de un banco a otro, en definitiva. Esa novedad podría calificarse como de una vuelta a los orígenes, pues supone retornar en lo sustancial al modelo previsto en la ley de 1994, mucho más beneficiosa para el deudor que la reforma de 2007. Hagamos un poco de historia, para empezar. La ley 2/1994, de 30 de marzo, que es de la que hablamos, en su versión inicial habilitó un sistema que resultó muy eficaz y barato (aunque bastante confuso técnicamente) para permitir que un deudor hipotecario pudiera cambiar la hipoteca de banco con unos costes muy reducidos. Lo fundamental y muy novedoso consistió en que la decisión final acerca de si el deudor se cambiaba de banco o no, era del propio deudor, el cual tenía siempre la última palabra. Sin embargo, todo cambió de manera radical con una reforma que se produjo en 2007, en la ley 41/2007, […]