Los medios adecuados de solución de controversias (MASC).
“Antes de entrar en el templo de la Justicia, se ha de pasar por el templo de la concordia” (Louis PROUGNON): (Artículo escrito por Mercedes Villarrubia y Alvaro Requeijo) El pasado mes de diciembre de 2020 el Gobierno aprobó el Anteproyecto de Ley de Medidas de Eficiencia Procesal del Servicio Público de Justicia (en adelante LMEP) que reforma, entre otras leyes, la LEC, promoviendo cambios de notoria entidad cuya aprobación definitiva se estima para el próximo mes de enero. Por lo que respecta al ámbito de la mediación, la LMPE, pretende mejorar el sistema de justicia ofreciendo a la ciudadanía distintas opciones de resolución de conflictos diferentes de la resolución judicial, que son los denominados medios adecuados de solución de controversias (MASC). Se trata de dar un nuevo impulso a las soluciones no judiciales para, según se explica en la Exposición de Motivos, potenciar la negociación entre las partes, bien directamente o bien ante un tercero neutral. Se parte de la base de que estos medios de solución de controversias reducen el conflicto social, evitan la sobrecarga de los tribunales y son igualmente adecuados para la solución de la inmensa mayoría de las disputas que se plantean en materia civil […]