Entradas de] Critilo

¡Ay, Derecho! El verdadero discurso de la CNMC

Hace unos días tuvimos noticia de que el presidente de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), José María Marín Quemada, habría asistido como invitado a una reunión del Consejo Empresarial para la Competitividad, una agrupación de grandes empresas presidida por César Alierta y de la que forman parte compañías como Iberdrola, Mapfre, Repsol, etc. El encuentro, de carácter confidencial, se habría desenvuelto en un ambiente afable y no se habría oído ningún reproche por parte de ningún directivo de esas empresas. Uno podría pensar que es muy rara tanta afabilidad y buen rollo en un encuentro entre el máximo responsable de la autoridad española de la competencia y las grandes empresas a las que tiene que vigilar y, en su caso, sancionar (imponiendo en ocasiones multas millonarias). Pero el caso es que los medios de comunicación han recogido el encuentro de Marín Quemada con este lobby empresarial subrayando el tono cordial y de guante blanco que lo habría presidido. Por fortuna, ¿Hay Derecho? ha tenido acceso al discurso efectivamente pronunciado por el presidente de la CNMC y ha decido, para evitar más equívocos y suspicacias, publicarlo íntegramente por el interés que suponemos tiene para nuestros lectores: […]

La CNMC no quiere molestar…ni sancionar

  Hace unos días se hicieron públicos unos datos del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses que mostraban que cuatro de cada diez fallecidos en accidentes de tráfico habían consumido alcohol o drogas antes de ponerse en la carretera. Son cifras tan graves que es normal que la sociedad reaccione y reclame de los poderes públicos una acción contundente frente a comportamientos en la carretera que, como la ingesta de alcohol y drogas, pueden poner en peligro la vida de otros conductores o peatones. La Dirección General de Tráfico tiene así como misión velar por el cumplimiento de las normas de circulación con el objetivo último de garantizar la seguridad del tráfico automovilístico. Las multas que la Guardia Civil impone o las retiradas de carnet que se ordenan no son (no pueden ser) decisiones discrecionales, sino que constituyen uno de los medios para garantizar el respeto a dichas normas. [Siento aburrir a los esclarecidos lectores de ¿Hay Derecho? con estas consideraciones, dignas de una clase de educación vial para adolescentes, pero hay que hacerlas para entender lo que se dirá a continuación.] Si de repente el Director General de Tráfico o el Ministro del Interior empezaran a decir que […]

Historias de la delegación especial de Cataluña de la AEAT: la caja negra de los ingresos excesivos o duplicados

El ingreso excesivo o duplicado es aquel importe que no se ha podido aplicar por circunstancias varias a una liquidación de un contribuyente. Estas cuantías, que corresponden a personas físicas o jurídicas, quedan “colgadas” pendientes de aplicación hasta que la Administración (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) las analiza y decide qué procede hacer en cada caso. En resumen y con carácter general, puede decidir aplicarlas a una deuda viva del contribuyente mediante la compensación (se genera la devolución pero no se devuelve la cantidad si el interesado tuviera deuda pendiente por otro motivo con la Hacienda Pública porque se compensa) o, caso de que no hubiera deuda o aquella fuera inferior a la cantidad del ingreso excesivo, se le debería devolver de oficio al contribuyente, según el mandato de la Ley General Tributaria Las Dependencias de Recaudación de las Delegaciones y Administraciones de la AEAT tienen encomendada la depuración y tramitación de estas cantidades pendientes de su destino procedente. El gran problema que tiene esta bolsa de importes ligados a un NIF de un deudor (o, lo que también es posible, de un NIF de un tercero que realiza el ingreso ligado a una liquidación de un deudor) es […]

El informe “Greco” y los partidos políticos (III) Condonaciones de deuda por los bancos, falta de controles internos y de un régimen sancionador efectivo

Recuperamos esta serie que teníamos un poco olvidada a raíz de las medidas anunciadas por el Gobierno sobre regeneración democrática que afectan a los partidos políticos y de las que también trataremos más adelante. Vamos por el tercer post (aquí puede leer los dos anteriores) y estamos analizando el informe Greco final, que suspende a España en cuanto a las medidas adoptadas para evitar la corrupción y la financiación ilegal de los partidos políticos.  Y eso que el informe nos parece versallesco, dado que como suele suceder con este tipo de informes es extremadamente cauteloso. El caso es que el informe final de GRECO sobre la implementación en España de la Recomendación 2003(4) del Consejo de Europa (teniendo en cuenta las seis recomendaciones recogidas en el informe de 2009) considera que cuatro años después, en 2013, el Estado español solo ha cumplido satisfactoriamente con una. Las otras cinco sólo las considera parcialmente cumplidas. La recomendación que considera satisfactoriamente cumplida (por lo menos formalmente) era la que hacía referencia a que el Tribunal de Cuentas debía incrementar sus recursos financieros y  humanos para reducir los plazos en los que emite sus Informes y cumplir los objetivos de fiscalización que se le […]

Informe Greco: a examen la financiación de los partidos políticos españoles (II). El “pay to play”

Como continuación de nuestro post anterior examinaremos a continuación como nuestra partitocracia (que claramente no cree en las bondades del sistema de control de la financiación de los partidos salvo de boquilla) elude las principales recomendaciones del Consejo de Europa en cuanto al “pay to play”, es decir, el pago a los partidos a cambio de favores públicos (contratos, subvenciones o regulación más favorable). Todo siguiendo el informe GRECO cuyas sucesivas ediciones pueden encontrar aquí. Ya hemos hablado en el post anterior de la posibilidad legal de eludir la prohibición de donaciones de contratistas de las AAPP de financiar a los partidos que las controlan por el sencillo método de hacer las aportaciones a las   fundaciones y asociaciones vinculadas con ellos dado que la Ley Orgánica 5/2012, deja  claro que las empresas contratistas con la Administración pueden efectuar donaciones sin restricción alguna  (pues no se les aplica el límite de 100.000 € anuales) a las fundaciones y asociaciones vinculadas a los partidos políticos (Disposición Adicional Séptima. aptdoTres.a). Eso sí, cuando sean en metálico (no en especie) y superiores a 120.000 euros anuales deberán ser aprobadas por el órgano o representante competente (del donante) en cada caso y habrán de formalizarse […]

A examen: la financiación de los partidos políticos y la corrupción. Conclusiones del informe GRECO

Si les gustó la serie sobre financiación de los partidos políticos, no se pierdan la evaluación que hace el informe Greco del Consejo de Europa sobre nuestros “avances” normativos para combatir este epicentro de la corrupción. Peor que los resultados del informe PISA.

La reforma de los Consejos de Administración de las empresas públicas que no encontrará en el informe CORA

Nos hacen llegar este post sobre los extraños nombramientos que se vienen produciendo últimamente en entidades públicas dependientes del Ministerio de Industria. Critilo les explica que está pasando.

Regulación y competencia en la nueva CNMC

Una de las razones que ha esgrimido el Gobierno para sacar adelante su proyecto de fusión de organismos reguladores ha sido el de acabar con las decisiones contradictorias entre ellos en aras de una mayor seguridad jurídica. Como se dice en la Exposición de Motivos de la Ley 3/2013, recientemente aprobada, “cuanto mayor sea la proliferación de organismos con facultades de supervisión sobre la misma actividad, más intenso será el riesgo de encontrar duplicidades innecesarias en el control de cada operador y decisiones contradictorias en la misma materia”. La reforma daba así satisfacción a una de las demandas básicas de Telefónica, que pretendía “reducir la incertidumbre regulatoria” (en palabras del informe de PwC que dio origen a la reforma). Pero la Ley, es claro, no busca sólo este aspecto formal de la desaparición de las contradicciones entre los reguladores, sino que se aspira a “una mayor eficacia en la supervisión de la competencia en los mercados, al poder contar de forma inmediata con el conocimiento de los reguladores sectoriales, que ejercen un control continuo sobre sus respectivos sectores”. En palabras de la vicepresidenta Sáenz de Santamaría se buscaría acabar con la “desprotección del mercado y los consumidores”. Es decir, se […]

La provisión de servicios para las Administraciones Públicas: uso y abuso de las encomiendas de gestión

Definitivamente la reforma de la Administración está de moda. No hay día en que no aparezcan artículos con propuestas, más o menos bien fundadas, más o menos demenciales, de reforma del aparato burocrático nacional. Un día la Administración española es mastodóntica y elefantiásica y, al siguiente, nos enteramos de que la idea del tamaño excesivo de las AAPP no era sino un mito.   La reforma de la Administración se ha situado así recientemente en los primeros puestos de la agenda de prioridades del Gobierno. Se han creado incluso una Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (con sus correspondientes subcomisiones) y una Oficina para la Ejecución de la Reforma de la Administración, con una celeridad que habría sido sin duda muy del gusto de Sir Humphrey Appleby.   Las reacciones al informe sobre la reforma de las Administraciones Públicas, elaborado por esa Comisión, no se han hecho esperar, señalando muchos de los elementos de voluntarismo que contiene (véase, por ejemplo, el artículo publicado recientemente por Elisa de la Nuez en ¿Hay Derecho?). Invita desde luego a la prudencia (o al escepticismo) el hecho constatado de que la gran mayoría de las Reformas Administrativas (así, con mayúsculas) fracasan (véase, […]

“Así no, así no” (la odisea de la Agencia Tributaria Andaluza)

En el “post” titulado “¿Se legisla mal a propósito?”, publicado el pasado 31/5, se abunda en ese aparentemente insondable enigma relativo a dónde radica el poder de las leyes, trayendo a colación que Demóstenes se respondía a sí mismo señalando que ese poder está en nosotros mismos, en sus destinatarios, si las apoyamos y las hacemos poderosas. Y añade el ya mencionado “post” que “para que esto sea así, obviamente, es necesario que la sociedad perciba que las leyes que se promulgan tienen siempre esa finalidad. El que con demasiada frecuencia en España las leyes suelan tener una pésima calidad técnica, como se ha denunciado en varias ocasiones, no ayuda desde luego a ello”.   Pues bien, hoy traigo aquí un episodio paradigmático que viene a poner de manifiesto las situaciones críticas que, sobrevenidamente, se generan cuando se legisla sin la siempre obligada diligencia. El caso, pese a ser ya notorio, no ha dado lugar -al menos de momento, y hasta dónde tengo conocimiento- a demasiado ruido sino que, más bien, aún se mueve en los círculos propios de la específica materia a la que atañe: la tributaria. Se trata de la comprometida situación jurídica en la que se encuentran […]