Entradas de] Francisco Marcos

Cuatro años de CNMC (y II)

[Continuación, ver aquí Parte I] La defectuosa combinación institucional de la CNMC y los problemas de gobernanza que se analizaban en la primera parte de este post (Cuatro años de CNMC I) han afectado negativamente al desempeño de las distintas funciones que el legislador ha encomendado a esta institución. Como se verá a continuación, ha ocurrido tanto en la aplicación de las normas de defensa de la competencia como en la supervisión de las normas de regulación sectorial. El balance difícilmente puede ser peor.   Defensa de la competencia Las autoridades de competencia españolas (TDC y CNC) siempre han encontrado con un entorno poco propicio en nuestro país. La realidad descrita por el magnífico libro de Pedro Fraile (La retórica contra la competencia en España 1895-1975) sigue en gran medida presente en nuestros días. Con la CNMC se ha difuminado el espejismo del “sexenio dorado” que supuso la actuación de la CNC de 2007 a 2013: el número de cárteles y prácticas anticompetitivas detectadas y sancionadas por la CNMC se ha reducido notablemente, también el importe de las sanciones y las solicitudes de clemencia. Aunque la prensa se haga eco de cuando en cuando de una sanción millonaria impuesta por […]

Cuatro años de CNMC (I)

El bienestar general y la protección de un funcionamiento libre y eficiente de los mercados exigen que las autoridades encargadas de la defensa de la competencia y de la supervisión de la regulación sectorial funcionen correctamente. Estos días se cumplen cuatro años de la puesta en marcha de la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) y es buen momento de analizar el funcionamiento de la nueva institución.   Gráfico 1. Fuente: web CNMC   La CNMC empezó a funcionar el 5 de Octubre de 2013 (D.A.1ª.4 de la Ley 3/2013, de 4 de Junio) como resultado de la integración de la CNC y seis reguladores sectoriales (CMT, CNE, CRF, CNSP, CEMA y CREA), con los propósitos declarados de reducir costes y aprovechar economías de escala, garantizando la seguridad jurídica y la confianza institucional. La reducción de costes y el aprovechamiento de las economías de escala no se han verificado. Sin embargo, los problemas derivados de la integración en diversos planos han dificultado el funcionamiento de la institución; muchos de ellos siguen sin resolver y no parecen tener solución. Tampoco puede concluirse que con la CNMC haya mejorado la seguridad jurídica y la confianza institucional, sin que […]

Desorden judicial en defensa de la competencia

Las defectos en su organización (véase aquí) y las rencillas internas (asedian a la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) desde que se creó en el año 2013, y han afectado de forma innegable el desempeño de sus tareas (véase aquí). Botones de muestra ejemplificativos han sido la poca calidad de los consejeros nombrados (aquí y aquí), la retahíla de votos particulares exorbitantes y recurrentes (véase aquí) y la batalla de la mayoría del Consejo contra la Dirección de Promoción (véase aquí). Todo sumado, se ha reducido la reputación de autoridad rigurosa que se había granjeado la antigua Comisión Nacional de Competencia (CNC)  durante sus seis años de existencia, y también, previamente, el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC). Los posibles beneficios de la integración de autoridades que se perseguía con la creación de la nueva CNMC hace tres años son muy cuestionables (véase aquí y aquí) y, en cualquier caso, han quedado en entredicho debido a la continua “marejada” en la que vive la institución. Con alguna frecuencia, los técnicos que trabajan en la institución observan con frustración que el resultado de sus esfuerzos son resoluciones e informes, aprobados por el Consejo, de una […]

¿Todavía alguien duda de que los cárteles están prohibidos?

Introducción   Como ocurre en otros países de la UE, en España el sistema de aplicación de las normas de defensa de la competencia confía a autoridades administrativas la investigación, el enjuiciamiento y la eventual sanción de las conductas anticompetitivas. Con ello se busca asegurar que las decisiones se adopten por autoridades independientes y especializadas en materia de defensa de la competencia, destinándose a ello cierta cantidad de recursos públicos [en el caso de la Comisión Nacional de Competencia (en adelante CNC) más 12,5 millones de euros en el ejercicio presupuestario 2012].   Ciertamente, las decisiones de estas autoridades administrativas son susceptibles de revisión en vía contenciosa por los tribunales, pero la revisión debe ceñirse al control de la aplicación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la  Competencia (en adelante LDC) y al respeto de las normas rectoras, principios y garantías básicas de los procedimientos sancionadores. La intensidad y el alcance de la fiscalización judicial de las resoluciones de la CNC deben, por fuerza, ser moderadas y, en principio, no debería suponer una revisión o un replanteamiento de los hechos o de los asuntos en vía judicial.  En efecto, el legislador encarga la aplicación administrativa […]