Entradas de] Ramiro Grau Morancho

¿Funcionarios o laborales?

La función pública en España es dual, y utiliza dos sistemas: el nombramiento como funcionario, o la contratación, como personal laboral. En el primer caso es prácticamente imposible echar al trabajador, aunque, paradójicamente, no sean necesarios sus servicios, y en el segundo es relativamente sencillo prescindir del empleado, bien individualmente, mediante el despido, o la extinción colectiva, por medio de los expedientes de regulación de empleo. Sistema este de los ERES (expedientes de regulación de empleo), tan famoso en Andalucía, aunque por otras causas, que van a tener que utilizar muchos de nuestros Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales y posiblemente también Comunidades Autónomas, ante la dificultad para pagar las nóminas de su personal, y la imposibilidad de seguir endeudándose, ante las limitaciones legales existentes para el sobre endeudamiento. ¿Tiene sentido esta situación? Según nuestras leyes de la función pública y las varias Sentencias del Tribunal Constitucional sobre la materia, sí, puesto que reserva para los funcionarios, en sentido estricto, determinadas responsabilidades que implican el ejercicio de potestades o autoridad pública. Para mayor abundamiento puede verse mi libro “Laboralización Administraciones Públicas” (editorial Trivium, Madrid, 1998), donde explico detalladamente estas cuestiones, bastante trilladas, por otra parte. Pero el problema de fondo es el siguiente: […]

¿Una oficina de colocación en el Tribunal Constitucional? (Sobre la modificación parcial del Reglamento de organización y personal del TC)

Cuando en un Estado de Derecho el propio Tribunal Constitucional actúa discrecionalmente, orillando las leyes de la función pública, y se convierte en algo parecido a una oficina de colocación para correligionarios y afines, poco puede esperarse del citado Tribunal, e incluso del Estado que lo mantiene, ya que cuando no se respetan los principios constitucionales de acceso a la función pública (igualdad, mérito, capacidad y publicidad), poco puede extrañar todo lo que después viene sucediendo… El  Tribunal Constitucional tenía una plantilla de funcionarios y personal laboral. Los funcionarios procedentes de la Administración de Justicia, incluidos los Secretarios, que lo eran del cuerpo de Secretarios Judiciales. Existían Letrados de dos clases, unos que accedían por oposición, formando un Cuerpo al servicio del Tribunal, y otros Letrados de libre designación, pero que tenían que pertenecer a determinados cuerpos jurídicos del Estado, por lo que se aseguraba, al menos teóricamente, una formación mínima, y no se aumentaba la plantilla, ya que permanecían temporalmente al servicio del Tribunal Constitucional, quedando en situación de servicios especiales en sus cuerpos de origen: jueces, fiscales, abogados del estado, profesores titulares universitarios, etc. Con la llegada del señor Sala, se ha aprobado una modificación parcial del reglamento […]

Fiscales autónomos, pero dependientes

El anteproyecto de la nueva Ley de Enjuiciamiento Criminal me obliga a reflexionar sobre la figura del fiscal. Diez años como fiscal sustituto creo me habilitan para hablar de la supuesta independencia del Ministerio Fiscal. Y digo supuesta, pues si algo me ha quedado claro en estos años es la total y absoluta dependencia del Ministerio Fiscal. El fiscal “de a pie”, es decir, que lleva asuntos normales y corrientes, en tribunales y juzgados no politizados (es decir, que no sean el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional o las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia), puede actuar autónomamente, y de hecho asi se opera normalmente, pero siempre sometido al visado del Fiscal Jefe correspondiente, que puede introducir las modificaciones que estime pertinentes en los escritos de acusación, ordenar el sobreseimiento de un determinado procedimiento, incrementar notablemente las penas a pedir, modificar la calificación jurídica, en casos dudosos, etc. Y al que hay que darle cuenta verbalmente de cualquier asunto en el que aparezca presuntamente implicado un cargo político o persona de relevancia social. Incluso en alguna fiscalía en la que tuve la desgracia de servir, el fiscal jefe correspondiente visaba absolutamente todos y cada […]