El problema de la responsabilidad civil derivada de delito ¿Para cuando oficinas provinciales de inteligencia económica o recuperación de activos?
En el procedimiento penal son dos cuestiones esenciales las que se dilucidan: en el caso de que el acusado sea declarado culpable, qué pena se le impondrá y qué responsabilidad civil deberá satisfacer. La situación actual en delitos de índole patrimonial, que son todos pues o bien se han cometido por el afán de lucro o bien, incluso en los delitos sexuales o contra la vida e integridad física, late el componente económico en el resarcimiento de la víctima. A la ya consabida lentitud de la administración de justicia penal se une la absoluta desprotección que tienen en este país las víctimas. Se encuentran, habitualmente, con que el culpable no paga la indemnización correspondiente. Es muy difícil llegar a generalizar, porque, tal y como se puede ver en las noticias, puede cometer delitos el más pintado, desde el alcalde al yonki. Así como existen oficinas de recuperación de activos en el ámbito de las grandes fiscalías, recomendando el vídeo del comandante de la Guardia Civil Vicente Corral Escáriz, que ponemos a continuación, en el ámbito de los delitos de provincias eso no existe. No es nada raro, en absoluto, ver delitos de todo tipo en los que ni se ha […]
Zaragoza, 1979. Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza, habiendo ganado cuatro premios nacionales e internacionales de su especialidad, Derecho Penal, y realizado cursos de doctorado. En 2006 supera las oposiciones conjuntas para Jueces y Fiscales, decantándose por la fiscalía y ejerciendo en Santiago de Compostela (2007-2010) y desde mayo de 2010 en la Fiscalía de La Coruña. Ha publicado en Economist & Jurist, Actualidad jurídica Aranzadi, Legaltoday y Diario Jurídico. Editor del blog de Derecho penal En Ocasiones Veo Reos: http://enocasionesveoreos.blogspot.com.es