La acción del artículo 1535 del Código civil en las cesiones globales de crédito no es una utopía
Tras la publicación de un artículo de Félix López-Dávila en el Blog Jurídico de la Sepín de un artículo titulado La cesión en bloque de créditos y el derecho de retracto del deudor ¿una utopía? debo mostrar mi desconcierto y absoluta disconformidad con el artículo objeto de comentario por su absoluta parcialidad que ignora el debate existente ante distintas instancias y tribunales. Existen otras posturas tan razonables y fundamentadas como la expuesta por el compañero Félix López-Dávila. La finalidad del presente comentario no es oponer las dos posturas sino que ilustrar que en Derecho ambas tienen amparo, y que, en la actualidad, existen pronunciamientos judiciales contradictorios. La finalidad de esta colaboración es un intento para que emerja el debate existente y que silencia el artículo de referencia. Procedo a seguir la estructura del artículo objeto de comentario. En cuanto a la cesión en bloque, cesión del rebaño y no de cada oveja, el ilustre compañero se refiere a la STS 165/2015 de 1de abril (ponente Sastre Papiol), realizando la misma interpretación que vienen realizando los fondos buitres, cuando para un análisis más objetivo se precisa una lectura completa del razonamiento y no basta la reproducción limitada que realiza dicho artículo. […]