¿Empresas-policía?
El pasado 23 de diciembre entró en vigor la reforma del Código penal llevada a cabo en virtud dela L.O.5/2010, de 22 de junio. Se trata de una reforma harto compleja, que afecta a buena parte de los artículos del Código de 1995 y, en particular, a instituciones como la prescripción, las medidas de seguridad, los delitos sexuales o los delitos contrala Administraciónpública. Aquí nos centraremos, sin embargo, en la gran repercusión que esta reforma ha de tener, de modo general, en la vida de las empresas y su organización. De entrada, debe subrayarse que en este punto se ha producido un cambio radical de modelo: el legislador español parte ahora de que societas delinquere potest. ¿Y cuándo delinque la societas? Lo hace cuando quien comete el hecho delictivo es un administrador de hecho, de derecho o un representante de aquélla, habiendo obrado éstos en nombre o por cuenta, así como en provecho de la empresa. Pero, además, también responde la persona jurídica cuando el hecho haya sido cometido por un subordinado sobre quien los mencionados superiores no hayan ejercido el debido control. El delito se imputará normalmente a la persona o personas físicas en cuestión y, además, a la […]
Abogado penalista