Carencias legislativas en la regulación del sobreendeudamiento de persona física y la originalidad del sistema francés
Como se ha puesto de manifiesto reiteradamente en este blog, la legislación concursal e hipotecaria española presenta serias carencias y desequilibrios al tratar el problema del sobreendeudamiento de las personas físicas. En particular, la Ley Concursal no resulta un mecanismo adecuado para aportar soluciones legales que permitan una rehabilitación económica del deudor persona física, ya que, dejando al margen las soluciones convencionales cuya excepcionalidad práctica es conocida, lo que establece son procedimientos liquidatorios de ejecución universal sobre los bienes del deudor, donde el principal interés a tutelar es el de los acreedores, a los que se trata de satisfacer sus créditos de acuerdo con unas normas de concurrencia y prelación de los mismos. Al resultar el patrimonio de la persona física en la mayoría de los casos insuficiente, se aboca a ésta a una situación procedimental inacabada, que queda en suspenso (al no extinguirse la persona física tras la liquidación de todo su patrimonio como sí ocurre al liquidarse el de la persona jurídica) a la espera de que el deudor venga a mejor fortuna y satisfaga a sus acreedores con su patrimonio “futuro” en los términos del art. 1911 CC. Este tratamiento de los intereses en juego y […]
Licenciada en Derecho en 2002 por la Universidad Pontificia de Comillas de Madrid. Desde mayo de 2009 es Letrado Asesor del Banco de España, si bien sus opiniones vertidas en este blog son de carácter estrictamente personal y no reflejan, necesariamente, las de dicha Institución. Entre 2002 y 2007 fue abogada del Departamento de Derecho Procesal y Arbitraje de Garrigues Abogados, y entre 2007 y 2009, del Área de Contencioso, Protección de Datos y Asuntos Jurídicos Generales en la Asesoría Jurídica Central de Bankinter. Ha sido profesora del Prácticum en el Máster de Administradores Concursales de la Escuela de Postgrado ESPO-AMAJE durante el curso 2008-2009 e intervenido como conferenciante en diversos foros y congresos (Universidad Rey Juan Carlos, Colegio de Economistas de Alicante, Banco de Francia) sobre diversos asuntos bancarios y concursales.