Entradas de] Óscar Sánchez Alonso

No hay derecho: el Tribunal Supremo y las tarjetas revolving

El Tribunal Supremo (en adelante TS) ha dictado la sentencia de 4 de marzo de 2020 (Roj: STS 600/2020), conocida como la sentencia de las “tarjetas revolving”. El día 5 de marzo publiqué un artículo en la revista jurídica la Ley titulado “la STS 149/2020, de 4 de marzo y como la Sala 1ª se ha convertido a sí misma en una ruleta rusa (revolving)”, intentando explicar en mi artículo mi discrepancia con los fundamentos jurídicos de la sentencia, al haber aplicado una Ley que, a mi entender, no puede ser aplicada a un mercado financiero con carácter general. Se me ofrece, de nuevo, la oportunidad de volver a incidir en la sentencia a través de este prestigioso Blog jurídico y no se me ha ocurrido mejor título que el de “no hay derecho”, para comentar la sentencia y las fatales consecuencias de litigación que la misma generará, provocando el efecto inverso de lo que, presumo, se pretendía. El pasado 5 de marzo de 2019 se impartió una jornada formativa en el Colegio de la Abogacía de Barcelona, en la que intervino el Catedrático de Derecho Civil y ex Magistrado de la Sala 1ª del TS,  D. Javier Orduña, analizando […]

La cláusula de vencimiento anticipado en el contrato de préstamo con garantía hipotecaria: una historia interminable. Comentarios a la sentencia del TJUE de 3 de octubre de 2019

En varios foros ya me he pronunciado sobre la necesidad de llevar a cabo  una reforma legislativa que permita aplicar el artículo 24 de la Ley 5/2019 de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario a todos los procedimientos hipotecarios en curso, en los que se cumplan los parámetros exigidos por la norma, habilitando un trámite de un mes para que el prestatario pueda satisfacer las cuotas impagadas hasta el momento del requerimiento y también he venido recordando que el TJUE desde su sentencia de 7 de agosto de 2018, asuntos acumulados C-96/16 y C-94/17, nos recuerda que es el TS quien debe ejercer su función de armonización de la interpretación del derecho nacional respecto de la doctrina comunitaria, doctrina que el TJUE reitera en su sentencia de 14 de marzo de 2019, asunto C-118/17 (apartado 63). El TS en su sentencia de 11 de septiembre de 2019 (Roj: STS 2761/2019), dictada por el Pleno y sin ningún voto particular (y al ser dictada por el Pleno fijando doctrina jurisprudencial -acuerdo de la Sala 1ª del TS sobre criterios de admisión de los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal del  Pleno no jurisdiccional de 27 […]

¿Nos encontramos ante una mercantilización de la defensa de los derechos de los consumidores?

En la presentación de la jornada de celebración del X Aniversario de Asufin, organizada por esta Asociación de Consumidores y la Sección del Consumo del ICAB, que tuvo lugar el pasado 18 de julio de 2019 en el ICAB, el Director General de Consumo D. Nelson Castro manifestó su preocupación por una excesiva mercantilización de la defensa de los consumidores. Esa reflexión de D. Nelson Castro me lleva a responder de forma afirmativa a la pregunta que motiva el presente artículo. Como consecuencia de la grave crisis económica que ha padecido nuestro país y, sin duda, la mala praxis bancaria de muchas entidades bancarias en la comercialización de sus productos financieros se ha producido una importante judicialización para resolver las controversias que afectaban, esencialmente, a los consumidores, consolidándose una sólida doctrina jurisprudencial, tanto del TJUE, como del TS, de protección de los derechos de los consumidores. Sin duda, ello se ha conseguido gracias a la meritoria labor de una parte de la judicatura española y, también, de muchos abogados y abogadas que han defendido y defienden los derechos de los consumidores, de forma brillante y abnegada. Desde el inicio de la crisis y sensibilizada por la situación de exclusión social […]

Los Autos del TJUE de 3 de julio de 2019 sobre el vencimiento anticipado

El TJUE el 3 de julio de 2019 ha dictado tres Autos resolviendo las cuestiones prejudiciales planteadas por el Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Fuenlabrada, asunto C-92/16, el Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Santander, asunto C-167/16 y el Juzgad de 1ª Instancia número 6 de Alicante, asunto C-486/16, sobre la cláusula de vencimiento anticipado en un contrato de préstamo con garantía hipotecaria. Estas tres resoluciones, junto con la sentencia del TJUE de 26 de marzo de 2019, asuntos acumulados C-70/17 y C-179/17 (que resolvió las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sala 1ª del TS y el Juzgado de 1ª Instancia número 1 de Barcelona), delimitan el marco de interpretación jurisprudencial comunitario respecto de las consecuencias procesales en nuestro ordenamiento jurídico, cuando una cláusula de vencimiento anticipado estipulada en un contrato de préstamo con garantía hipotecaria sea declarada abusiva. El Auto de 3 de julio de 2019, en el asunto C-486/16, resuelve un tema de especial relevancia, como es el derivado de los efectos de la cosa juzgada, resolviendo el TJUE que la normativa comunitaria no se opone a que un órgano jurisdiccional nacional de primera instancia quede vinculado por una resolución dictada en apelación que ordena […]

El TJUE y la cosa juzgada, el principio de efectividad y los consumidores

Como históricamente suele ocurrir en toda transformación de hechos relevantes con consecuencias jurídicas, una parte de la sociedad es reticente a aceptar las mismas. Nos encontramos ante un momento fascinante de la disciplina jurídica procesal, en el que figuras jurídicas “sacrosantas” como la cosa juzgada están en cuestión y una parte de la doctrina procesalista se aferra a las teorías de Savigny (que, por cierto, transcurrido más de dos siglos, la Ciencia Jurídica después de discusiones, en muchos casos estériles, no ha logrado descifrar todavía adecuadamente el objeto del proceso y la cosa juzgada), bajo la lógica premisa de que debe prevalecer la seguridad jurídica. Por supuesto comparto la necesidad de que prevalezca la seguridad jurídica, pero creo que no se debe mantener una postura maximalista y es necesario interpretar esa seguridad jurídica dentro del nuevo contexto jurídico supranacional de la Unión Europea, que, en materia de consumidores, cuenta con una legislación propia comunitaria de obligada observancia por parte de todos los Estados miembros y con un único intérprete de esa legislación comunitaria, que es el TJUE, cuya doctrina vincula y debe ser interpretada conforme los principios de equivalencia y efectividad. La primera sentencia que se dictó analizando la Directiva […]

Corrupción normal y síndrome de inmunodeficiencia política

La normalidad presenta su amenaza política. Especialmente porque su faz amenazante no se percibe como tal. Quién podría temer ante lo normal: quién podría temer ante lo que acaba percibiéndose como cotidiano, habitual, extendido, previsible, lógico, esperado o inevitable. Cuando Adorno advirtió que la normalidad era “la enfermedad moral” del siglo XX, nos dejó una advertencia que conserva su vigencia en el XXI. Las frases hechas alimentan acciones… por hacer. Esas frases hechas que subrayan la normalidad de la corrupción, alguna incidencia encerrarán en cuanto a la tolerancia que se le acaba brindando a esa corrupción. El caldo de cultivo que se gesta con palabras (a golpe de tópico y lugar común) presentará su plasmación práctica a través de los hechos. Al fin y al cabo, la primera función de los tópicos es “volvernos normales”: “acomodarnos al grupo, arroparnos con lo que se lleva (…)” (Aurelio Arteta, 2012. Tantos tontos tópicos. Ariel,  Mi país se corrompe lo normal Algunos estudiosos indican que la corrupción que se vive en España es equiparable a la de otros países de su entorno. Vienen a decir que si nos pusiéramos a comparar cifras, índices, variables y estadísticas, observaríamos un nivel “normal” de corrupción. A […]