Entradas de] Javier Rufino Rus

La conformidad en el “caso Pallerols”: legalidad e ineficacia.

Aunque la noticia sea descorazonadora, y pese a lo que uno ha leído y oído en los últimos días, nada tiene que ver esta solución procesal con aquello de la colérica Reina de corazones de Alicia (¡No! ¡No! Gritó la Reina- ¡la sentencia primero! ¡Ya habrá tiempo para el juicio después!) Abundan las opiniones justificadamente perplejas ante el acuerdo de conformidad al que el Fiscal y las defensas de los acusados han llegado en el procedimiento penal conocido como  ‘caso Pallerols’, dando, una vez recaída sentencia que ratifique esta conformidad, definitiva respuesta judicial a hechos relativos a la trama de financiación irregular de UDC, por delitos cometidos nada menos que desde 1994 a 1999.   En síntesis, los hechos consistieron en el desvío de fondos de la Unión Europea destinados a cursos de formación para desempleados a través de las sociedades del empresario -que tristemente ha dado nombre al caso en los medios de comunicación-  dinero con destino parcial a la financiación del partido político. No trato de mostrar mi parecer sobre las implicaciones políticas del asunto, aunque para un adecuado encuadre procesal de los hechos no puede perderse de vista  que, según el acuerdo, los acusados eran, a saber: […]

Un inoportuno intento de reforma procesal penal

Que el sistema procesal penal que padecemos ya no sirve lo ve cualquiera. Especialmente no es útil para hacer frente con realismo y ciertas garantías de eficacia a los llamados macroprocesos, cuya complejidad es por completo incompatible con el esquema y las herramientas procesales de nuestra anacrónica y remendada Ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero no sólo por eso es obsoleta. Nada menos que en el año 1882 firmaba el ministro Alonso Martínez una pieza clásica del lenguaje jurídico, su Exposición de Motivos de la LECrim; texto por entonces ambicioso y coherente, de notable calidad y adecuado a las necesidades de su tiempo. Menos atinado estuvo al pronosticar en ese texto preliminar que en el futuro los “fiscales serían los jueces instructores de todos los procesos…”, pues su estupefacción sería mayúscula si levantara la cabeza para toparse con que, 130 años más tarde, hemos sido incapaces de lograr un acuerdo político hecho en tiempo hábil para atribuir las facultades de investigación al Ministerio Fiscal en vez de al juez y que, por eso, somos una rareza en nuestro entorno procesal europeo del siglo XXI. Vale recordar aquí que el Tratado de Lisboa de la U.E. (art. 86) prevé la creación de […]