Entradas de] Salvador Viada

Los bulos y las “fake news” no son delictivos

Los bulos, per se, no son delictivos. Mentir, tampoco. Ni tampoco las noticias falsas, ni las declaraciones falsas de los políticos o periodistas. Solo son delictivas aquellas conductas que en Código Penal se recogen como tales, y la mentira, en sí misma, no se recoge. Naturalmente que hay conductas en las cuales la mentira o la falsedad se hacen necesaria para realizar una conducta delictiva: en la estafa, la mentira del estafador es nuclear. Pero eso es otra cosa; el hecho de mentir no es lo que se castiga, sino el perseguir un fin prohibido por la ley a través de la mentira, o del rumor falso o de la falsedad. Además, el estado de alarma no autoriza a acordar ninguna limitación sobre la libertad de expresión o sobre la libertad de información. Sin embargo, en este estado de cosas, mucha gente se ha sorprendido ante la constatación de una serie de actos en los aledaños del poder político que parecen indicar que los bulos van a ser objeto de castigo; eso sí, solo los bulos o mentiras que no provienen del Gobierno o de altos funcionarios del mismo. Así, hace unos días se publica en la prensa que la […]

Nuevo equipo político de Justicia, nueva Fiscal General.

El pasado 20 de febrero, antes de la moción de censura que ganó el candidato socialista, se vetó en el Parlamento la propuesta de Ciudadanos para reformar la Fiscalía.   El único apoyo significativo que tuvo la misma fue el del Grupo parlamentario de Podemos, mientras que PP y PSOE y los partidos nacionalistas catalanes -lo que me sorprendió realmente- se opusieron a la opción de que el Gobierno tuviera que someterse a un filtro parlamentario cualificado para elegir al Fiscal General, lo que suponía una esperanza de despolitizar la institución.  El PSOE, a través de una encendida intervención de su Portavoz en materia de Justicia, Sr. Campo, sostuvo que era lógico que quien dirige la política criminal, que es el Gobierno, designe al Fiscal General del Estado. Esa “lógica” es la que ha llevado a que la Fiscalía en España esté asociada al poder ejecutivo y por tanto vea lastrada su credibilidad ante la opinión pública y ante los afectados por sus decisiones, cuando su mandato constitucional es el de actuar “en todo caso” de acuerdo con los principios de legalidad e imparcialidad.    Esa lógica, además, se vuelve en burda trampa dialéctica porque la Justicia –y menos aún la Justicia […]

La Orden de Detención Europea en el caso Puigdemont

Tratar de realizar un esbozo jurídico de la problemática de la Orden de Detención Europea en lo que se refiere al caso Puigdemont es complicado y además hay que hacerlo rápido porque cada día suceden cosas que cambian sustancialmente lo que parecía que iba a ocurrir el día anterior.   Escribo estas notas sacudido por el impacto –que no esperaba- de que los Tribunales alemanes denegaran la entrega del Sr. Puigdemont a la justicia española por el delito de rebelión que era el principal y nuclear de los dos que constituían la orden del Juez español del Tribunal Supremo. La Orden de Detención Europea (ODE), instituida en el ámbito de la Unión Europea en 2002, es un instrumento concebido sobre la idea de que entre los países de la Unión Europea existe una confianza recíproca en el buen hacer de sus jueces y tribunales y de sus legislaciones.  Somos socios, tenemos principios comunes y confiamos en que el poder judicial de otros países va a reconocer las razones de las resoluciones de nuestros jueces como nosotros debemos hacer con las de los demás.   En relación con la entrega de personas buscadas por la comisión de delitos, el instrumento tradicional era (y es, fuera de […]

Independencia e imparcialidad de la Justicia: de nuevo sobre el CGPJ y el GRECO

Atrincherados en sus posiciones, ciertos políticos defienden con entusiasmo que una cosa es el Consejo General del Poder Judicial y otra muy diferente son los jueces, detentadores del poder judicial, que son absolutamente independientes.   ¿Realmente lo son?   Creo que con la ley en la mano no hay dudas.  El art. 117 de la Constitución y también el art. 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial proclaman la independencia de jueces y magistrados.  Y es forzoso reconocer que el más arbitrario de los nombramientos judiciales, una vez producido, coloca al beneficiado en una posición inaccesible ley en mano para el poder político.    Por tanto, esa trinchera de ciertos políticos que de facto controlan las élites de la Justicia no puede ser atacada sobre la base de la falta de independencia de los jueces.   Los jueces –todos- son independientes, aunque en mi opinión el problema es otro.  La independencia de los jueces tiene como finalidad última el hecho de que el juez afronte la resolución de los asuntos desde una posición de imparcialidad.  Es decir, que no haya perturbaciones ajenas a su examen objetivo de los hechos y del derecho para resolver los conflictos.  Es la imparcialidad el alma de la […]

Moix no debe seguir en Anticorrupción

(Reproducimos a continuación el post publicado por nuestro colaborador Salvador Viada el pasado jueves en el blog Justicia Imparcial)   La APIF ha solicitado al Consejo Fiscal que se debata la conveniencia de que el actual Fiscal Jefe de Anticorrupción siga en el cargo, y en su caso se le pida al FGE que lo remueva. Dejo aquí la petición que se cursó ayer: Ante las recientes filtraciones de las actuaciones producidas en la Fiscalía Especial Anticorrupción y contra la Criminialidad Organizada, habiéndose hecho uso del artículo 27 del EOMF por integrantes de dicha Fiscalía, dando lugar a la celebración de Junta de Fiscales de la Fiscalía Especial, transcendiendo a la opinión pública el dictado de órdenes negativas (de no hacer) por la Jefatura, concretamente de  no practicar determinadas diligencias en el marco de la conocida como operación Lezo, así como el cese de dos fiscales que estaban llevando un caso concreto competencia de la Fiscalía Especial y que solicitaron amparo a este Consejo Fiscal,  pudiendo, tal actuación del Fiscal Jefe, no ser la correcta y con la intención de recuperar el prestigio de la Fiscalía Especial Anticorrupción, de la Fiscalía como INSTITUCIÓN así como poner freno al deterioro que […]

Fiscalía: la clave no son las órdenes verbales

  El Ministro de Justicia Sr. Catalá anunció en el Parlamento eldía 6 de abril que se prohibirían las órdenes verbales como método para reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal, al tiempo que afirma que los fiscales nunca han recibido órdenes del Gobierno.  Estas afirmaciones hay que encuadrarlas en el contexto de una reforma procesal de máximo alcance, como es la sustitución del sujeto protagonista de la investigación criminal, que pasará del juez de instrucción al Ministerio Fiscal.  Es decir, de un órgano independiente como son los jueces al Ministerio Fiscal.  Si se quiere conferir algún tipo de credibilidad a esta reforma, y no exponerse a ser considerada como un enorme fraude nacional para dominar la instrucción criminal a través de la Fiscalía, hacen falta muchas más garantías que la de prohibir las órdenes verbales.  Hoy día cualquier fiscal puede exigir que una orden se le dé por escrito.    La tramitación del art. 27 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal parte de esa consideración:  “Si el superior se ratificase en sus instrucciones (ante la objeción del subordinado)  lo hará por escrito razonado…”.  Eso que ofrece el Sr. Ministro es muy poco más que nada.   La clave a mi juicio no […]

Peligro para los Fiscales “de base”. El Gobierno avisa.

La entrevista del Ministro de Justicia en la radio y su espléndida descripción de las categorías de los fiscales (fiscales “de base” y Fiscales Jefes del Tribunal Supremo), evidencia la imposibilidad en España de modernizar nuestro proceso penal.   No hay nadie más partidario que yo de un cambio procesal pero esa idea militar de la Fiscalía según la cual las razones son mas sólidas si vienen de la jerarquía nombrada por el Gobierno destruye cualquier esperanza.   No solo eso: el Ministro reclamó ayer “actuaciones dentro de la Fiscalía” por el hecho de que las fiscales rehusaran firmar un escrito dirigido al Juzgado solicitando el archivo de las actuaciones, cuando la orden que recibieron del Fiscal General del Estado era precisamente la de “abstenerse” de actuar en el caso del aforado.  Abstenerse, que es lo que hicieron.   Pero el Ministro en lugar de guardar un respetuoso silencio frente a la orden que dos compañeras han recibido de no actuar -y que acataron- pide en la radio actuaciones contra ellas por la Fiscalía porque se limitaron a no actuar, en lugar de actuar en favor -desbordando la orden recibida- de aquel a quien investigaban y creían responsable de ciertos […]

La Fiscal General del Estado ¿en funciones?

El art. 31.1 del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (aprobado por Ley 50/1981 de 30 de diciembre por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal) establece las causas (tasadas) de cese del Fiscal General del Estado. Dicho precepto establece que: “Uno. El mandato del Fiscal General del Estado tendrá una duración de cuatro años. Antes de que concluya dicho mandato únicamente podrá cesar por los siguientes motivos: a) a petición propia, b) por incurrir en alguna de las incompatibilidades o prohibiciones establecidas en esta Ley, c) en caso de incapacidad o enfermedad que lo inhabilite para el cargo, d) por incumplimiento grave o reiterado de sus funciones, e) cuando cese el Gobierno que lo hubiera propuesto. Dos. El mandato del Fiscal General del Estado no podrá ser renovado, excepto en los supuestos en que el titular hubiera ostentado el cargo durante un periodo inferior a dos años.” Pues bien, el Fiscal General solo podrá cesar entre otras razones cuando cese el Gobierno que lo hubiera propuesto. Como es sabido, el actual Gobierno cesó el día 22 de diciembre, dos días después de las elecciones, continuando en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno.  No hay previsión en el Estatuto de un cese automático del […]

Seguimos con el debate: La investigación de los delitos ¿para el Juez o para el Fiscal?

Si todavía no les han acabado de convencer los poderosos argumentos de mi amigo Eloy Velasco, Magistrado de la Audiencia Nacional a favor de mantener la investigación de los delitos en manos de los jueces, me aventuro a exponer las razones por las que creo que la investigación de los delitos ha de ser atribuida a los fiscales. El gran inconveniente del Juez de Instrucción es que se trata de un juez que tiene una misión diferente de la que tiene que tener un juez: no es un árbitro entre partes sino que busca esclarecer hechos delictivos, identificando a los posibles responsables y recopilando las pruebas necesarias para que más adelante las acusaciones puedan ejercer su función.  Esa posición le coloca en situación objetiva de conflicto con el investigado, porque es claro que en la investigación no todo el mundo busca lo mismo: el juez (y el fiscal) pueden tratar de averiguar la verdad de lo ocurrido, pero otras partes investigadas o investigadoras pueden tener otros intereses.    Esa situación de conflicto entre un juez y un investigado desequilibra el proceso entero y lo priva de garantías: ha habido quien ha calificado al Juez de Instrucción como un auténtico mutante procesal: […]

¡Ay, Derecho! Los nuevos plazos de instrucción criminal y la alarma en la Fiscalía

Las tres asociaciones de fiscales así como a título individual -hasta hoy- casi 900 fiscales han pedido al Gobierno que amplíe los plazos de entrada en vigor de la nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (publicada en el BOE el 5 de octubre y con una vacatio legis de 2 meses), por resultar inasumibles las pretensiones del legislador.   ¿Cuál es aquí el problema?   La cuestión es que en España los plazos de duración de los procesos son demasiado largos, y ello es debido a una variedad de causas, tales como un proceso penal obsoleto, una investigación contradictoria, falta de jueces, de fiscales, de personal auxiliar, de unos medios materiales muy deficientes y en concreto de unos sistemas informáticos lamentables sin coordinación entre Juzgados y Fiscalías, entre otras. No son tópicos, es absolutamente real.  En este momento se superan largamente las 900.000 causas penales pendientes en la Justicia española, de las que la mayor parte son causas en investigación.  La nueva reforma establece que a partir de la entrada en vigor (es decir, a primeros de diciembre de este año), todas las causas pendientes habrán de haberse concluido en un periodo ordinario de seis meses, salvo que se considere […]