Entradas de] Jose Luis Villar Ezcurra

¿Televisiones públicas? No, gracias

Este post ha sido publicado hoy en El Confidencial.

¿Eximente de responsabilidad para los cargos negligentes?

Tenía pensado enviar este post, que ha surgido como consecuencia de reflexiones acerca de otro, publicado por Elisa de la Nuez hace tiempo (sobre “el mandatario infiel o la falta de rendición de cuentas”) cuando leo el nuevo artículo de Elisa en el Mundo (12/10/2011) titulado “El ministro en la gasolinera”. Magnífico artículo, al que me adhiero por completo, pero que me “pisa” una vez más el que ya tenía escrito, lo cual quiere decir, no sólo que estemos en sintonía de ideas, sino que el problema del que tratamos (la ausencia de responsabilidades de nuestros cargos públicos) es algo que requiere tomar decisiones urgentes. No obstante lo envío al blog tal y como estaba escrito a pesar de que pueda existir redundancia de planteamientos e ideas. Porque a ver si los políticos se enteran de una vez que, por mucho que manden cuando ocupan cargos públicos, no dejan por ello de ser responsables ante todos nosotros de su gestión. Si están en  el convencimiento de que los dineros públicos no son de nadie (frase pronunciada no hace mucho por una conocida política) vamos realmente mal, porque ese dinero es de todos los ciudadanos y es a ellos a quienes […]

Lenguaje jurídico y lenguaje correcto

  La penúltima ocurrencia de nuestro Gobierno, por boca del Ministro de Justicia, consiste en la pretensión de cambiar  el lenguaje jurídico,  para  que  los  ciudadanos puedan comprender mejor las sentencias de nuestros jueces y Tribunales.  Según el CGPJ, el 82 % de los ciudadanos cree que el lenguaje jurídico es complicado y difícil de entender, de modo que los jueces van a tener que seguir una serie de pautas para que sus sentencias resulten más sencillas de leer. Según la información que publica el Diario Expansión, el Secretario de Estado de Justicia, Juan Carlos Campo, ha explicado que el informe apuesta por emplear “frases cortas” en lugar de “párrafos largos, subordinadas, pasivas y gerundios” que dificultan la comprensión del contenido del acto judicial. “Las recomendaciones se dirigen hacia un lenguaje sencillo, que siga las pautas de la propia Academia”, ha añadido. Igualmente, el ‘número dos’ de Justicia ha enfatizado la importancia de que el ciudadano “comprenda aquello que se dice sobre él” y que “determina sus relaciones en la vida social”. A su entender, los usuarios deben ver la Justicia como “la primera instancia a la que consultar” en lugar de la “última a la que acudir” para resolver […]

Las deudas de nuestras Administraciones públicas y el perejil del loro

El asunto ya lleva tiempo coleando (no es noticia de última hora precisamente) pero sigue siendo preocupante porque, lejos de poder vislumbrar la salida de este oscuro túnel, la situación económico/financiera de nuestras Administraciones públicas no tiene visos de mejorar, sino todo lo contrario. El endeudamiento de la Administración del Estado es sencillamente “galopante”, el de las Comunidades Autónomas parece que lo estamos descubriendo realmente ahora (véase el caso de Castilla-La Mancha) y el de nuestros Ayuntamientos es mal endémico, por la sencilla razón de que con sus ingresos -basados fundamentalmente, en la recaudación de tributos relacionados con el ladrillo- no pueden alcanzar el importe de lo que gastan. De nada sirve la Ley de lucha contra la morosidad (Ley 3/2004 modificada por la Ley 15/2010, quedando pendiente la incorporación a nuestro Derecho de la reciente Directiva 2011/7/UE), porque los plazos máximos de pago que marca – en una escala decreciente que concluye en los 30 días a partir de 2013- resultan absurdos cuando los plazos reales de pago superan, con mucho, los 180 días. Esta endeblez económica de nuestras Administraciones (especialmente de los municipios), unida a la falta de crédito por parte de la banca privada provoca, a su […]

Primero cumplir las leyes, luego reformarlas

Sobre esto ha escrito, también, un post Elisa de la Nuez (“No a la desobediencia civil … pero a la de todos”) que he intentado apostillar, pero finalmente he optado por un nuevo post porque el asunto merece la  pena. Como ya se está poniendo de moda mostrar indignación (eso sí, pacíficamente), muestro la mía por algo que resulta completamente obvio pero que parece estar pasando desapercibido por la “sociedad civil” -el 15 M generalizado- como es el hecho insólito, en un Estado de Derecho, de que no se exija el cumplimiento de las normas por razones de “oportunidad“.  Y me olvido ya de apelar a los poderes públicos, puesto que, visto lo visto, son ellos los que se están separando, a pasos agigantados, de la “sociedad civil“. Porque resulta que ahora las normas sólo vinculan a determinados destinatarios de las mismas pero no a quienes ocupan posiciones de poder, ante el temor a reacciones políticas que ocultan intereses espurios. Me refiero, entre otros muchos ejemplos, a la Sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso Bildu que, como recientemente ha puesto de manifiesto el Profesor Betancor (“Indignado: la imprescindible reforma constitucional“, Expansión 9/06/2011), “lleva unos años envuelto en una carrera […]

De nuevo sobre los desatinos de nuestro legislador

El legislador de nuestros días está dando muestras, cada vez más frecuentes, de la mala o pésima calidad de las normas que aprueba, como edictor jurídico, porque prescindiendo ya de la oportunidad o justicia de su contenido (que, también, son muy discutibles) resulta obvio que la mayor parte de las mismas se encuentran huérfanas de técnica jurídica. Para comenzar, porque una de las funciones más importantes de todo sistema normativo consiste en dotar de seguridad jurídica a nuestro Ordenamiento, lo cual se encuentra recogido en el artículo 9.3 de nuestra Constitución. Seguridad jurídica que brilla por su ausencia cuando los propios profesionales del Derecho tenemos que acudir a “buscadores” informáticos para conocer el texto legal aplicable a un determinado supuesto (llámese un contrato administrativo, la liquidación de un impuesto o el régimen al que se encuentra sometida una determinada actividad). Imagino que un simple particular -que se supone que es el destinatario de estas normas- puede volverse simplemente loco o cometer errores de  bulto al intentar encontrar la norma aplicable a su caso. Y es que, desde las denominadas leyes “omnibus” (técnicamente, las leyes de medidas urgentes que se dictan a finales de todos los años) se están produciendo alteraciones […]

No hay Derecho…

No hay derecho a que las Administraciones públicas (de todos los niveles y colores) actúen movidas por intereses partidistas y dejen de lado los verdaderos intereses de los ciudadanos. Porque estamos asistiendo, en los últimos años, al agotamiento de nuestra capacidad de asombro como juristas al ver actuaciones claramente contrarias a Derecho que los ciudadanos y las empresas tienen que cumplir porque, en aplicación del principio de presunción de legalidad, han de asumir la carga de recurrirlas ante los Tribunales para obtener la razón, después de un largo peregrinaje. Resulta sencillamente increíble -pero lamentablemente es cierto- que los fondos inicialmente destinados al cumplimiento de una serie de compromisos contractuales sean desviados a otras atenciones, con preterición absoluta de los derechos que la Ley reconoce a los contratistas, poniendo en grave riesgo la subsistencia de buena parte de nuestras empresas. Y resulta inadmisible que se esté confundiendo, constantemente, la discrecionalidad administrativa con la mera arbitrariedad (proscrita por el artículo 9.3 de nuestra Constitución) al socaire, también, de esa presunción de legalidad que cubre la actuación de las Administraciones públicas. No hay derecho a que buena parte de nuestra clase política ocupe cargos públicos con el único afán de medrar y alcanzar […]

La mutación forzada de la naturaleza de los contratos administrativos: de contratos públicos a contratos privados

Quisiera tratar de un asunto muy relacionado con la conocida “huida al Derecho privado” (tema sobre el que sí existe una abundante literatura jurídica) pero bajo una perspectiva novedosa, como es el hecho real de imponer, para contratos administrativos ya celebrados, su transformación en contratos privados mediante la subrogación de una empresa pública con forma mercantil en la posición inicialmente ocupada por una Administración pública. Realmente, en los casos de los que tengo conocimiento, no se impone esta subrogación (con alteración de la naturaleza del contrato) pero se condiciona a la resolución del contrato, lo cual es un medio claro de presión sobre el contratista.| Esta práctica parece ser consecuencia de la escasez o inexistencia de recursos estrictamente públicos (estamos en el año 2011) para hacer frente a obligaciones contraídas en contratos administrativos, que pretenden transmutarse en contratos privados mediante el simple artificio de subrogar a una Empresa mercantil en la posición inicialmente ocupada por una Administración pública. Artificio que, lógicamente, sólo puede prosperar (como no puede ser de otra manera) mediante el consentimiento previo del contratista a tal subrogación que ante la perspectiva de no poder cobrar se ve abocado a prestar su consentimiento. Pero no es sobre la […]