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Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
A diario los medios de comunicación alertan de casos de okupación ilegal en nuestro país. Algunos casos son sangrantes: ancianas que abandonan la vivienda temporalmente, por ejemplo, por razones de salud, comprueban a la vuelta que su vivienda ha sido okupada. Supuestos en los que el propietario es detenido por tratar de recuperar su vivienda que ha sido okupada por un tercero que la ha convertido en domicilio o situaciones en las que el okupa exige un “rescate” por abandonar la vivienda, que han dado lugar a titulares en la prensa internacional. No es de extrañar que estos casos generen alarma social y que a nivel internacional se considere España como el paraíso de la okupación en Europa. Y todo ello a pesar de que en algunos medios españoles se niegue el problema. El fenómeno de la okupación no es exclusivo de España. De hecho, en Francia se acaba de aprobar una reforma legal equiparando la condición de okupa con la de los malos inquilinos. Técnicamente okupa es aquel que se instala en propiedad ajena (vivienda o local) sin el consentimiento del propietario. No lo es el inquilino que deja de pagar la renta, ya que entró a poseer el […]
Licenciada y doctora en Derecho por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE). Catedrática de Derecho Civil. Universidad Complutense. Miembro del Instituto de Derecho Europeo e integración regional (IDEIR) de la Universidad Complutense.Vicepresidenta de la Fundación Hay Derecho
Autora de varias monografías y numerosos artículos en revistas especializadas, ha desarrollado varias líneas de investigación sobre transmisión de los derechos reales; derecho de familia y concurso de acreedores; Crisis matrimoniales, Concurso de persona física, prevención del sobreendeudamiento privado: préstamo responsable y ficheros de solvencia patrimonial y actualmente centrada en la “tutela de usuarios de servicios FinTech”. Estas líneas de investigación las ha desarrollado con el apoyo de cuatro proyectos de investigación I+D del Ministerio de Economía y Competitividad de los que ha sido investigadora principal.
En la actualidad desarrolla una nueva línea de trabajo como investigadora principal en el proyecto I+D financiado por Ministerio de Ciencia e Innovación sobre la protección de los consumidores y usuarios de servicios FinTech, particularmente, los contratos de préstamo a través de plataformas de financiación participativa. De hecho, se acaba de publicar su último libro sobre “Las Fintech de préstamos o crowdlending. La contratación de préstamos a través de plataformas intermediarias en línea”.
Ha realizado varias estancias de investigación en la Universidad de Harvard (Harvard Law School) (junio 2010 y mayo de 2016) y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Perugia (junio 2012).
Ha participado en tareas legislativas.
En particular, ha asesorado al Ministerio de Justicia durante los últimos meses del año 2009 y primeros de 2010, dentro de los trabajos de preparación de la propuesta de reforma de la Ley Concursal, en lo que se refiere al concurso de persona física. Un asesoramiento que ha tenido incidencia en las redacciones propuestas para los nuevos artículos 47, 49.2 y 25 de la citada Ley y que se han confirmado en la redacción definitiva de la Ley 22/2011, de 10 de octubre de Reforma de la Ley Concursal. También ha asesorado al FMI sobre la regulación de España de la insolvencia de persona natural y al Ministerio de Economía en relación con los ficheros de solvencia positivos con ocasión de la aprobación de la Ley de fomento de la financiación empresarial.
Ha elaborado para el Ministerio de Justicia una propuesta de regulación de la reforma de la Ley Concursal en materia de Insolvencia de Persona Natural: reforma de la Ley Concursal, Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Protección de datos personales en materia de ficheros de solvencia positivos. Ministerio de Justicia, enero 2015.
Ha elaborado propuestas de enmiendas al Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario y Proyecto de Ley de Protección de Datos personales a instancia de diversos grupos parlamentarios, habiendo tenido algunas de ellas reflejo en los textos legales finalmente aprobados.
Participación en la tramitación del Anteproyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal para la transposición de la Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, insolvencia y condonación de deudas. Elaboración de informe con propuestas para la reforma del régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho para la Sección Especial de la Comisión General de Codificación sobre Derecho Preconcursal. Julio 2020.
El pequeño revuelo organizado en torno a las declaraciones de Felipe González sobre la conveniencia de los pactos entre los grandes partidos en la presentación del muy interesante monográfico sobre pactos de la Nueva Revista pone de relieve, una vez más, la enorme distancia que media entre las reflexiones de expertos, ex políticos y ciudadanos de a pie sobre la necesidad o incluso la urgencia de pactos transversales sobre lo que podríamos llamar “cuestiones de Estado” o más modestamente reformas estructurales y la realidad del debate político actual, y más en tiempos de campaña electoral. Efectivamente, parece que por una especie de maldición bíblica estamos condenados a un bibloquismo estéril, del que nacen inevitablemente gobiernos débiles, rehenes de sus respectivos extremos ideológicos -incluidos los partidos que impugnan directamente el consenso constitucional- y que tienden al ruido incesante y a una gestión ideologizada y profundamente inoperante particularmente en torno a las banderas de las guerras culturales o identitarias. Esto no sólo lo hemos vivido en esta última legislatura en el gobierno de coalición, con ejemplos clamorosos de incompetencia técnica e ideologización extrema en el Ministerio de Igualdad, sino que ha sido y es la tónica en los gobiernos independentistas catalanes. Y […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Los deberes que acumula España en materia de Estado de derecho en vísperas del 23J La Comisión Europea publicó el pasado 5 de julio su Informe sobre el Estado de derecho en 2023. En él se señalan una serie de recomendaciones en línea con las peticiones que plantea la Fundación Hay Derecho y otras organizaciones de la sociedad civil. Las próximas elecciones constituyen una oportunidad para que el gobiernos resultante cumpla con sus deberes. Una tarea que, dada la gravedad de algunos de estos retos, también deberá contar con el apoyo de una oposición a la altura de las circunstancias. En primer lugar, la Comisión Europea señala como principal problema la situación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En línea con el Manifiesto por la reforma institucional elaborado por la Fundación Hay Derecho, la Comisión Europea considera prioritario que se renueve el CGPJ, cuyo bloqueo afecta al correcto funcionamiento del sistema judicial. En particular, es especialmente preocupante la forma en que afecta a la labor del Tribunal Supremo, donde el 30% de las plazas de magistrado están vacantes, lo que se traduce en 1230 resoluciones menos al año, además de producir retrasos en la preparación de informes obligatorios sobre […]
Javier Zamora García es licenciado en Derecho y Ciencias Políticas (UAM), master en Pensamiento Social y Político (University of Sussex) y doctor en Derecho, Gobierno y Políticas Públicas (UAM).
Fue investigador FPU en el departamento de Ciencia Política de la UAM, donde impartió las asignaturas “Introducción a la Ciencia Política”, “Teorías de la democracia” e “Historia de la teoría política”. Ha realizado estancias de investigación en Canadá (Western University) y Países Bajos (University of Utrecht).
Ha publicado en revistas académicas como Isegoría. Revista de filosofía moral y política, Oxímora. Revista Internacional de Ética y Política o Studies in Social and Political Thought. Fue galardonado con el Premio Gillian Rose Memorial por su trabajo From the ‘Indignados Movement’ to power politics: a critical study of the theoretical underpinnings of Podemos.
Probablemente, es éste el tema al que, de una forma u otra, he dedicado más atención en mis artículos[1] porque, como todo jurista, no puedo ser ajeno a lo que el Profesor García de Enterría denominó como “lucha contra las inmunidades del poder” en una ya famosa conferencia en la Universidad de Barcelona, en 1962 (luego reproducida en el núm. 38 de la RAP). Mucho me temo, sin embargo, que las cosas no solo no han cambiado mucho, sino que han empeorado con la aparición de nuevas zonas de inmunidad y ya no nos enfrentamos solamente a los ya clásicos tres mecanismos de “escape” denunciados por García de Enterría (que, además, han ido adquiriendo nuevos matices y formas).
Doctor el Derecho por la UCM. Ex Letrado del Banco Hipotecario de España y ex Letrado de la Seguridad Social. Miembro Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Profesor Titular de Dº Administrativo en la UCM. Profesor del Master en Gestión de Infraestructuras. Equipamientos y Servicios impartido por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Puertos y Canales. Abogado en ejercicio desde 1972 y actualmente, Director del Despacho Ariño y Asociados, Abogados. Autor de 12 libros y más de una treintena de artículos en revistas especializadas en Derecho Administrativo. Ha intervenido como conferenciante en diversos foros entre los que puedan destacarse el Banco Internacional del Comercio, la Escuela Judicial, el INAP, el Consejo General del Poder judicial, el Instituto de Estudios Europeos, y el Ilustre Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos.
Probablemente pocos episodios ilustren tan bien la decadencia de una institución como el reciente nombramiento de la ex Ministra de Justicia y ex Fiscal General del Estado, Dolores Delgado, como Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria Democrática, el puesto de nueva creación para el que la propuso la semana pasada su sucesor al frente de la Fiscalía General del Estado y mano derecha cuando ella misma era Fiscal General, Álvaro García Ortiz. Merece la pena detenerse en las circunstancias de un nombramiento que pone de relieve los profundos problemas de una institución constitucional tan relevante como la Fiscalía General del Estado.
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
El pasado 22 de junio se hizo pública la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en el asunto Lorenzo Bragado y otros contra España. El asunto fue iniciado por seis magistrados españoles que, con el aval de la asociación judicial Francisco de Vitoria, se postularon como candidatos para ser elegidos como vocales judiciales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en el proceso de renovación de este órgano que, como sabemos, se inició en 2018 y aún no se ha completado.
Nacido en Avilés (Asturias) el 24/9/1975
Licenciado en Derecho por la Universidad de Oviedo (1993-1997)
Ingresó en la Escuela Judicial en 2004 y en la Carrera Judicial en 2006 (Promoción 56)
Juzgado Primera Instancia e Instrucción 1 De Castro Urdiales, con Registro Civil (Julio 2006-diciembre 2007)
Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Chiclana de la Frontera , con competencia en Violencia sobre la Mujer (diciembre 2007-octubre 2015)
Juzgado de Violencia sobre la Mujer 1 de Jerez de la Frontera (octubre 2015- diciembre 2020)
Juzgado de Primera Instancia 3 de Jerez de la Frontera (diciembre 2020-junio 2023)
Desde junio de 2023 , Juzgado de Primera Instancia 3 de Cádiz
Miembro de AJFV desde julio de 2006
Miembro de la Comisión de Igualdad de AJFV en 2018 y 2019
Portavoz Nacional de AJFV desde noviembre de 2019
El Decreto Ley 5/2023 es una nueva vuelta de tuerca en la degradación de la Ley en España. Para comprender por qué esto es tan grave hay que empezar recordando la importancia de la Ley. Como no nos cansamos de repetir en Hay Derecho, no existe democracia sin Estado de Derecho, y no hay un Estado de Derecho digno de tal nombre sin democracia. La base del sistema es que todos, incluso el poder, están sometidos a unas Leyes de origen democrático que se aplican de forma objetiva. Para que esto sea posible son necesarios controles cruzados entre los poderes, es decir una Justica independiente y un poder legislativo elegido democráticamente que elabore las leyes siguiendo un procedimiento que garantice su calidad; también que se respete la seguridad jurídica, lo que requiere leyes cognoscibles, claras y estables. Para conseguir esto último nuestra Constitución prevé un procedimiento legislativo exigente: se parte de un proyecto que elabora el Gobierno, que se somete a consejos asesores (Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Consejo Económico y Social). La tramitación parlamentaria se dirige por una comisión con diputados de distintas formaciones en general con experiencia en la materia de la Ley; en la […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Una breve aproximación Para quienes no conocen lo que son las prácticas académicas externas voy a tratar de ofrecer una aproximación a partir de mi propia experiencia en la gestión de este tipo de programas. En primer lugar, se pueden definir como las actividades formativas que los estudiantes realizan en una entidad colaboradora (instituciones públicas, empresas y entidades de tercer sector) para completar su proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teórico-prácticos adquiridos durante sus estudios superiores. Dichas prácticas pueden ser tanto curriculares como extracurriculares. Las primeras forman parte de un plan de estudios; las segundas no se integran en el correspondiente plan de estudios, pero guardan una relación directa con los estudios cursados y comparten el objetivo común de complementar los conocimientos adquiridos durante la titulación. Si nos centramos en las prácticas curriculares -las de mayor importancia, pues sin ellas un estudiante no puede finalizar su titulación-, el número de horas de prácticas varía dependiendo de la titulación. Por ejemplo, si hablamos de titulaciones que se imparten en una Facultad de Derecho, un estudiante del Grado en Derecho tiene que realizar 150 horas, mientras que un estudiante del Máster Universitario de Acceso a la Profesión de […]
Vicedecana de formación continua, prácticas externas y empleabilidad. Profesora Contratada doctora de Derecho romano. Universidad Complutense
Estuve tentado de dar a este artículo el esotérico título “El último vaticinio de Pantaleón”, para ocultar que -otra vez más- vuelvo sobre la comisión de apertura . Además era apropiado porque en este artículo el profesor Pantaleón predijo que el TS rechazaría el carácter abusivo de la comisión de apertura a la que se refería la STJUE C-565/21 de 16/3/2023. Así sucedió en la STS de 29/5/2023.
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
Empieza a resultar difícil llevar la cuenta de los varapalos europeos al viciadísimo sistema político-judicial español. Tan solo los más curtidos actores de la larga farsa española montada alrededor de la elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial serán capaces de leer sin sonrojarse la reciente sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 22 de junio de 2023, que pone en solfa las maneras y procederes de nada menos que el Paramento y el Tribunal Constitucional españoles. Seis magistrados de la asociación Francisco de Vitoria presentaron sus candidaturas para ser designados vocales del Consejo por las Cortes Generales. Cuando dichas Cortes, en sus legislaturas 12, 13 y 14, no fueron capaces siquiera de llegar a votar la elección, acudieron en amparo al Tribunal Constitucional, alegando que semejante dejación de funciones vulneraba su derecho a acceder a cargos públicos en condiciones de igualdad (art. 23 Constitución Española). El Tribunal inadmitió sumariamente el recurso por considerarlo fuera de plazo. Los magistrados acudieron el TEDH alegando la vulneración del art. 6 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, que protege el derecho a que los asuntos sean oídos por un tribunal imparcial. En su sentencia el Tribunal Europeo de Derechos […]
Juez desde 1994. Actualmente ocupa la plaza de especialista de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) 8 de junio de 2023 (Prestige and Limousine, S.L., C-50/21) enjuicia algunas de las limitaciones a las que las autoridades españolas han sometido la prestación de servicios de vehículos turismo con conductor (VTC) y llega a conclusiones radicalmente diferentes de las que el Tribunal Supremo había sostenido en relación con tales limitaciones. Este caso ejemplifica bien un fenómeno preocupante. Los tribunales españoles, en líneas generales, han efectuado una interpretación injustificablemente restrictiva de las libertades constitucionales de contenido económico, que las vacía en gran medida de efectos prácticos y las deja casi totalmente al albur de las restricciones desproporcionadas o arbitrarias impuestas por las autoridades legislativas o administrativas. La citada Sentencia del TJUE debería provocar un giro jurisprudencial en esta materia. La anómala jurisprudencia de los tribunales españoles sobre las libertades profesional y de empresa La Constitución española consagra en sus artículos 35 y 38 las libertades profesional y de empresa. Al igual que los derechos mencionados en los artículos 14 al 29 del texto constitucional, estas libertades constituyen derechos directamente aplicables por los tribunales, aunque la ley no los haya regulado e incluso en contra de lo dispuesto por […]
Profesor Titular (acreditado como catedrático) de Derecho administrativo en la Universitat de València. Ha publicado varios libros y decenas de artículos sobre muy diversos temas: la invalidez de las normas jurídicas, las obligaciones positivas del Estado de proteger los derechos fundamentales, el régimen jurídico del bienestar animal, la responsabilidad civil del Estado, las tasas judiciales, los sistemas de retribuciones variables de los jueces, la especialización judicial, la regulación de la llamada economía colaborativa, etc. Desde hace unos años viene orientando su actividad investigadora y docente principalmente hacia el análisis económico del Derecho público.
Observando y viviendo en primera persona las noticias aparecidas últimamente en medios de comunicación y redes sociales relacionadas con la abogacía, me ha venido a la cabeza la obra de Juan de Mariana, insigne teólogo jesuita español de nuestro Siglo de Oro. Me refiero en primer lugar a las movilizaciones de la plataforma denominada Movimiento #J2, generada de manera espontánea (sic), con el loable objetivo de tratar de garantizar una jubilación adecuada al colectivo. El problema afecta de manera especial a la parte más vulnerable –desde un punto de vista económico- de los casi 70.000 abogados autónomos que, en su día, no causaron alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA) sino en la Mutualidad General de la Abogacía, Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija (Mutualidad de la Abogacía), entidad aseguradora de previsión social, comúnmente denominados mutualistas alternativos. El detonante de la situación ha sido la comunicación del plan de actuación de la Mutualidad para adecuar los sistemas de cotización de los mutualistas alternativos a la normativa vigente, en concreto al Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, por el que se establece un nuevo sistema de cotización para las personas adscritas al RETA, […]
Abogado en ejercicio y árbitro, perteneciente al Ilustre Colegio de Abogados de Jaén, del que fue Secretario en una breve pero intensa etapa.
Ha sido profesor de Derecho de Sucesiones del Máster de la Abogacía de la Universidad de Jaén y colaborador en publicaciones jurídicas y del mundo del motor.
Los ciudadanos tienen con frecuencia la impresión de que la Unión Europea es un embrollo de instituciones, funciones y personalidades incomprensibles. No es así, pero los gobiernos utilizan esta imagen para esquivar responsabilidades: “Es culpa de Bruselas” o “viene impuesto por Bruselas”. Manejan esta idea irreal de ente externo cuando, en realidad, son ellos los que se sientan en el Consejo, uno de los órganos más importantes de la UE, que a partir de julio presidirá España.
Eva María Poptcheva (Bulgaria, 1979) es funcionaria del Parlamento
Europeo en excedencia. En la Eurocámara ha sido miembro del gabinete
del secretario general y de la Secretaría Interinstitucional de la
Conferencia sobre el Futuro de Europa, y jefa de la Unidad de Asuntos
Legislativos del Parlamento Europeo.
Antes de entrar en el Parlamento Europeo contaba con experiencia en
bufetes de abogados en España y Alemania.
Es graduada en Derecho por la Universidad de Friburgo (Alemania) y
Doctora en Derecho Constitucional europeo por la Universidad Autónoma
de Barcelona, donde también impartió clases de Derecho
Constitucional y de la UE.
La doctrina de los actos propios, basada en el principio de buena fe (art. 7 CC) es sin duda uno de los recursos jurídicos más empleados por las partes en toda clase de procedimientos judiciales. Como prueba de ello, basta con hacer una búsqueda en el Centro de Documentación Judicial del Consejo General del Poder Judicial (CENDOJ), para encontrar, a fecha de hoy, un total de 31.825 menciones en resoluciones judiciales dictadas por jueces y tribunales de la jurisdicción civil.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha y Máster en Práctica Jurídica Empresarial por el Centro de Estudios Garrigues. Abogado del Departamento de Litigación y Arbitraje de Ontier-España y Editor de Hay Derecho.
La Ley 20/2022, de 19 de octubre de Memoria Democrática ha supuesto la modificación del art. 20 de la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, que regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, señalando que “en la Fiscalía General del Estado existirá un Fiscal en materia de derechos humanos y memoria democrática, con la categoría de Fiscal de Sala, que ejercerá las siguientes funciones”, pasando a desglosar el ámbito de actuación del nuevo cargo de la Fiscalía General del Estado.
Ingresa en las Carreras Judicial y Fiscal en 1984. Permanece en excedencia en la Carrera Judicial. Ha desempeñado sus funciones como fiscal en las Fiscalías de Barcelona, Granada, Sevilla y Madrid. En 1995 fue destinado a la Fiscalía Anticorrupción, donde ejerció hasta 2003 habiendo sido hasta esa fecha miembro de la Red Judicial Europea. En ese año es contratado por la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional para los crímenes cometidos en durante la guerra de la Antigua Yugoslavia trabajando en La Haya, Holanda, durante tres años y unos meses. En 2005 es nombrado Fiscal del Tribunal Supremo y se incorpora a dicha Fiscalía en abril de 2006. Es autor y conferenciante en numerosas cuestiones de derecho penal y procesal penal, especializado en delincuencia económica y delincuencia penal internacional. Profesor asociado de derecho penal y procesal en la Universidad Complutense de Madrid en diversas ocasiones, hasta septiembre de 2011 lo fue en la cátedra de derecho penal. Fundador de la página web de derecho penal Wikipenal. Autor del blog Justicia Imparcial (justiciaimparcial.com)
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