BLOG
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
El enfoque de Rodrigo Tena en el post publicado en este mismo blog es muy interesante y aclaratorio para los legos en materia jurídica y, más aún, penal, aunque no siempre fácil de seguir, pero me gustaría detenerme en algo que me ha causado sorpresa, aunque ya en otros momentos me había llamado poderosamente la atención: la importancia de las palabras o términos, de las piezas del léxico jurídico recogidas en los diferentes códigos y, cómo de su interpretación en un sentido u otro, puede derivarse un tipo penal u otro, una condena u otra, o incluso la libertad o privación de la misma por larguísimo tiempo. Antes de citar las palabras o términos a los que me refiero en el caso de la sentencia de La Manada, y que Rodrigo Tena cita al final de su entrada, diré que el lenguaje es a veces (para algunos autores casi por definición) ambiguo, y que esta ambigüedad se puede dar en los distintos niveles – o componentes – del mismo: léxico, oracional y discursivo/conversacional. El factor que permite eliminar la ambiguedad por excelencia en todos estos casos es el contexto. Este es capaz de atribuir un significado preciso a una palabra […]
Herminia Peraita Adrados, Licenciada en Filosofía (1968) y en Psicología (1977), y Doctora en Psicología (1982), es Catedrática de Psicología Básica (UNED, 1996).
Su línea de investigación – en la década 1980- estuvo centrada en Formación de categorías y conceptos y Adquisición del léxico en niños; posteriormente, década de los 1990, en el Deterioro de dicho proceso de categorización, y de la organización conceptual y léxica, en algunas enfermedades neurodegenerativas. Actualmente, desde el 2004, en la Detección precoz del deterioro cognitivo ligero,DCL, sus diferentes perfiles y trayectorias evolutivas y marcadores.
De sus numerosas publicaciones cabe citar Processing of semantic relations in normal aging and Alzheimer’s disease: Archives of Clinical Neuropsychology (2008), destacada por la revista como uno de los 25 “Hottest Articles” (TOP 25), entre los más leídos en 2008. La elaboración de una Batería de Evaluación de la Memoria Semántica en la Demencia Alzheimer – Batería EMSDA- Psicothema (2000), utilizada por numerosos investigadores, premiada por el COP/PA; el Corpus lingüístico y la edición del libro Envejecimiento y enfermedad de Alzheimer, en Trotta (2006), y en la línea de la detección precoz del DCL : DCL y ritmos de sueño en Biomedical research international (2014); DCL y cortisol en Psichoneuroendocrinology (2012); Estructura cognitiva de una batería neuropsicológica, en Psicothema (2011); Pruebas ecológicas en la detección del DCL, Neurología (2014); perfiles de DCL y evolución de los mismos: Current Aging Sciences (2012); Acceso léxico en EM, J. of Clinical and Experimental neuropsychology (2011).
Respecto a las presentaciones a Congresos, alrededor de un centenar, cabe destacar Neuropsychological and imaging (MR) biomarkers in the early detection of MCI premiada en el 3nd World Congress on Controversies in Neurology (CONY) (Praga, 2009)
Fue miembro del Panel de expertos del MECD/MCYT desde 2001 hasta 2004, y Gestora de Psicología en el área de CC Sociales y Humanidades de la SGPI/DGI del MEC, Plan Nacional de I+D+I 2004-2007.
Sus estancias en el extranjero han sido en París: Ecole Pratique des Hautes Etudes en Sciences Sociales (EPHESS) del CNRS – de Octubre 1992 a Junio 1993-, y de Julio a Diciembre de 1993, también en París, en el Centre de Recherche en Epistémologie Appliquée –CREA-CNRS. Posteriormente durante (2000-2001) en Montpellier en la Unité de Neurologie Comportémentale del Hôpital Gui de Chauliac, de Octubre a Marzo – 2.000-2001 – y en Londres, en el National Hospital for Neurology and Neurosurgery, Dto. de Neuropsychology, en Mayo/Junio 2001. Estancias más breves tuvieron lugar en el Instituto de Lingüística Computacional de Pisa (ILC); en la Universitá degli Studi di Bologna, Fac. de Filosofía; en la Universidad de Cuernavaca, Méjico; en el CONICET de Buenos Aires; en la Open University de Milton Keynes, RU, así como en la Universidad de Cornell, Ithaca (USA).
www.uned.es/h_peraita
www.uned.es/investigacion/corpuslinguistico
www.uned.es/investigacion/grupocinco
Las más relevantes normas jurídicas que en nuestro país disciplinan la actividad del taxi son el fruto de la captura de prácticamente todas las autoridades reguladoras, desde el más modesto Municipio hasta el Gobierno de España, por los operadores establecidos en este sector. Lo cual no debería sorprender a nadie. Se trata de un fenómeno bien estudiado desde el punto de vista teórico y corroborado por abundantes evidencias empíricas. Así ocurre también en otros muchos países. No somos los únicos. El Real Decreto-ley 3/2018, de 20 de abril, por el que se modifica la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, constituye la enésima muestra, no por esperable menos desazonadora y cuestionable. Esta disposición eleva a rango legal dos normas que ya estaban formalmente vigentes en nuestro ordenamiento jurídico desde que las reintrodujera el Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre. La primera, la más importante, es la que podríamos llamar ratio 1/30: «… a fin de mantener el adecuado equilibrio entre la oferta de ambas modalidades de transporte [VTC y taxis], procederá denegar el otorgamiento de nuevas autorizaciones de arrendamiento de [VTC] cuando la proporción entre el número de las existentes […]
Profesor Titular (acreditado como catedrático) de Derecho administrativo en la Universitat de València. Ha publicado varios libros y decenas de artículos sobre muy diversos temas: la invalidez de las normas jurídicas, las obligaciones positivas del Estado de proteger los derechos fundamentales, el régimen jurídico del bienestar animal, la responsabilidad civil del Estado, las tasas judiciales, los sistemas de retribuciones variables de los jueces, la especialización judicial, la regulación de la llamada economía colaborativa, etc. Desde hace unos años viene orientando su actividad investigadora y docente principalmente hacia el análisis económico del Derecho público.
El que fuera alcalde de Barcelona a finales del siglo XIX, Francisco de Paula Rius i Taulet, pronunció una frase lapidaria: “Hágase lo que se deba, y débase lo que se haga”. El motivo de semejante exabrupto fue que el alcalde se encontró con que el ambicioso proyecto de la Exposición Universal se encontraba paralizado por falta de financiación. Los promotores privados responsables de la Exposición habían tirado la toalla porque el plan era demasiado costoso para su capacidad económica y no podían seguir sufragando el proyecto. El primer edil decidió asumir el proyecto con cargo al presupuesto de la ciudad y a contrarreloj impulsó su finalización en mayo de 1888 en un titánico esfuerzo para cumplir los plazos de ejecución de las obras de la Exposición. Ante las reticencias de numerosos concejales y funcionarios municipales provocadas por el colosal gasto que suponía dicho proyecto para las arcas municipales y la falta de fondos para poder financiarlo, a Rius i Taulet se le ocurrió soltar el citado aforismo en relación con la forma de pago que tendría el ayuntamiento de la Ciudad Condal, que además sentó las bases del comportamiento futuro de las Administraciones Públicas y creó escuela entre los […]
Especialista en la lucha contra la morosidad y recobro de impagados. Brachfield es el creador de la morosología, una nueva disciplina de las ciencias empresariales que estudia cómo combatir la morosidad.
Actualmente es profesor de EAE Business School, y director del Centro de Estudios de Morosología. Asimismo colabora como docente con varias universidades españolas. Brachfield ha impartido más de 600 conferencias y seminarios por todo el mundo, ha escrito 24 obras y tiene más de 2000 artículos publicados en 14 países. Asimismo es Director de Estudios de la PMcM, Plataforma Multisectorial contra la Morosidad y asesora a diversas patronales en la lucha contra la morosidad entre las que está PIMEC.
Allá por el siglo XVII, tal como recoge la RAE, eran filibusteros los piratas que formaban parte de los grupos que infestaron el mar de las Antillas. Más tarde, comenzó a usarse el término filibusterismo para referirse a determinadas prácticas parlamentarias de dudosa rectitud, particularmente orientadas a dilatar procedimientos o impedir acuerdos aprovechando cualquier resquicio existente en la ley o el reglamento. Los filibusteros de nuestro tiempo, por tanto, son los parlamentarios que disfrutan jugando sobre la línea de cal y aprovechan la más mínima oportunidad para dejar a su rival fuera de juego. Veamos el último caso. A las 20.00 horas del pasado 3 de abril, vencía el plazo para la presentación de enmiendas al articulado de la Proposición de Ley del Grupo Parlamentario Socialista de reforma de la LEC y de la LJCA, en materia de costas del proceso. Como indica el propio título de la iniciativa parlamentaria y su exposición de motivos (ver aquí), el objeto de la misma se encontraba perfectamente delimitado, y no era otro que la modificación de un aspecto procesal muy concreto: el régimen de imposición de costas. A las 19:45 el Grupo Parlamentario Socialista, y a las 19:58 el Grupo Parlamentario Popular, […]
Licenciado en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha y Máster en Práctica Jurídica Empresarial por el Centro de Estudios Garrigues. Abogado del Departamento de Litigación y Arbitraje de Ontier-España y Editor de Hay Derecho.
El IRPF es un impuesto dual en el sentido de que la base se divide en dos tipos: renta general y renta del ahorro. La parte general de la base liquidable está sometida a gravamen a una escala progresiva, lo cual determina que el tipo de gravamen a que efectivamente se someten las rentas del obligado tributario aumenta cuanto mayor es la base liquidable general. Cuando el sujeto pasivo recibe rentas que han sido generadas a lo largo de los años y de conformidad con la normativa que regula el IRPF deben imputarse en su totalidad al mismo ejercicio y a la parte general de la renta, se produce un aumento en el tipo efectivo de gravamen por el simple hecho de la acumulación de rentas en un único ejercicio. Aumento de la presión fiscal que no se habría producido de haberse distribuido esas rentas a lo largo de los periodos en que han sido generadas. Para corregir el efecto señalado, la LIRPF prevé que cuando el obligado tributario obtenga rentas irregulares, esto es, generadas en un periodo superior a dos años, o que se califiquen reglamentariamente como obtenidas de manera notoriamente irregular en el tiempo, se practiquen determinadas reducciones. […]
A estas alturas de nuestra vida democrática es un hecho cada vez más reconocido que nuestro sistema político e institucional está demostrando deficiencias que hacen que los resultados del sistema democrático no sean los mejores desde la perspectiva de los ciudadanos. La crisis económica, la crisis catalana, la necesidad de establecimiento de pactos de largo alcance o la propia actividad legislativa en un parlamento fragmentado se están revelando como desafíos difícilmente alcanzables si nuestras instituciones políticas funcionan como lo están haciendo en la actualidad. Nuestro sistema político, desde la transición democrática, se demostró como un modelo exitoso, no ha sido capaz de evolucionar y de acometer las reformas sobre el funcionamiento que de las propias instituciones que estableció la Constitución, debido a la incompetencia, desidia o visión partidista y cortoplacista de nuestra clase política. De este modo, tenemos un sistema parlamentario con un sesgo claramente presidencialista, un parlamentarismo limitado por los mecanismos legislativos puestos a disposición del Ejecutivo y los límites a la función de control del Parlamento; un sistema electoral proporcional con una fuerte corrección en sentido mayoritario; un sistema pluripartidista, que por efecto del sistema electoral y de otros factores se ha transformó de hecho en un sistema […]
El presente post dedicado a la Cuenta General del Estado, continúa con el publicado hace ya casi un año, dedicado a la Comisión parlamentaria en la que se estudian y debaten los informes realizados por el Tribunal de Cuentas, esto es, la Comisión Mixta para las relaciones con el Tribunal de Cuentas. En el mismo hablábamos sobre los orígenes del parlamentarismo moderno, que surge precisamente para controlar al gobierno. De esta idea y siguiendo el modelo inglés donde existe una comisión específica que entiende sobre las cuentas públicas–la célebre comisión Gladstone, primogénita de las comisiones parlamentarias-, casi todos los parlamentos modernos disponen de un órgano similar, donde se estudia y debate los informes técnicos que presentan los respectivos tribunales de cuentas al objeto de ofrecer un análisis objetivo sobre la forma en que se ha dado uso al dinero de los contribuyentes por parte del ejecutivo. Característica muy común en estas comisiones es que sobre la base de los informes técnicos pueden ser llamados los gestores públicos para rendir cuentas. La particularidad del caso español es que aquí sólo comparece el Presidente del Tribunal de Cuentas para presentar el informe (a veces en sesiones dónde se han visto más de […]
¿Qué sentido tiene la monarquía en una sociedad democrática como la nuestra? La pregunta me la dirigió mi hijo adolescente mientras yo conducía el coche de camino a una reunión familiar entre el espeso tráfico de un viernes a la salida de Madrid. Es una cuestión bastante difícil de responder… -comencé, con la idea de ganar un poco de tiempo, porque el chico no abandona fácilmente una pregunta-. La verdad es que, en principio, no parece tener mucho sentido. Lo mires como lo mires, una monarquía hereditaria en el contexto de una sociedad democrática avanzada no puede dejar de ser un cuerpo extraño. La monarquía es la quintaesencia del principio aristocrático: una prerrogativa vinculada exclusivamente al nacimiento, a la cuna. Nada más contrario a las ideas de igualdad, de promoción basada en el mérito y de elección de las magistraturas por consenso mayoritario, que definen una democracia. Desde su mismo origen y en sus manifestaciones más puras, el ideal democrático ha estado ligado a la república. Así, en la Atenas clásica desde el derrocamiento de los tiranos hasta la derrota de Queronea; en la Roma republicana, donde la máxima preocupación era evitar que algún caudillo pretendiera proclamarse rey –preocupación que […]
Una de las razones por las cuales preservar la salud de las instituciones es fundamental en un sistema democrático es porque ayudan a crear un sentido de comunidad. Gracias a ellas aceptamos que las decisiones que nos afectan como colectividad no están impuestas por “ellos”, sino que, en el fondo, son decisiones tomadas por nosotros. No se imponen por una parte de la sociedad a otra, sino que se trata de decisiones colectivas, que unas veces te gustan y otras no, como es lógico y natural, pero que aceptas porque formas parte de la comunidad de la que emanan. Tras la grave crisis que estamos padeciendo en Cataluña, si alguien lo debería tener claro es el Gobierno de la nación. Pero para asombro y depresión general, parece evidente que no es así. El ministro de Justicia, ya reprobado por el Parlamento hace un año por su injerencia para obstaculizar la acción de la Justicia en las causas judiciales por delitos relacionados con la corrupción en las que resultaban investigados cargos del PP, así como por impulsar nombramientos en la Fiscalía para favorecer los intereses de los investigados, parece ahora empeñado, con ocasión de la sentencia de “la manada”, en culminar […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Que el problema del consentimiento es hoy el tema estrella en todas las ramas del Derecho, admite pocas dudas. Responde a la larga evolución que ha conducido a la Modernidad, en la que confluyen creencias religiosas e ideologías secularizadas de la más variada índole, pero que han terminado convirtiendo a la voluntad humana en la reina absoluta de la fiesta, arrumbando completamente otros factores (no siempre para bien) como la moralidad, la causa material, el orden público, la forma ritual, etc. En cualquier caso sus manifestaciones en el ámbito del Derecho son evidentes, aunque cueste todavía asumirlas de una manera coherente. Así, en el Derecho privado, conseguir un consentimiento informado al contenido del negocio a través de un buen sistema de transparencia material es hoy el caballo de batalla en la contratación en masa, especialmente la bancaria. En el Derecho constitucional, basta pensar en nuestra reciente obsesión por combatir el populismo derivado de las fake news y de los círculos de complacencia en las redes sociales a través de instrumentos que permitan a los electores generar una voluntad informada y expresarla de manera adecuada, sin llevarse al sistema democrático por delante. Pero, como acabamos de ver en el caso de […]
Rodrigo Tena Arregui es Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario de Madrid por oposición (OEN 1995). Ha sido profesor en las Universidades de Zaragoza, Complutense de Madrid y Juan Carlos I de Madrid. Es miembro del consejo de redacción de la revista El Notario del siglo XXI.
La derivada jurídico-procesal de la crisis secesionista en nuestro país – con proyecciones a nivel comunitario y también extracomunitario- o las reacciones al fallo de la reciente sentencia dictada en el denominado «juicio de La Manada», han generado un fenómeno socio-mediático inédito: el de la deslocalización del debate jurídico-técnico, que ha visto como su tradicional vehículo de expresión –la Academia, la literatura científica especializada, los foros sectoriales- ha sido sustituido por los medios de información general y, dese luego, las inefables redes sociales. Pero nótese, cuando me refiero a esta mudanza, no estoy pensando en los tertulianos a quienes se exige precisamente opinar acerca de cualquier tema o en los millones de juzgadores que surgen al calor de la adictiva inmediatez que brinda un click. Lo verdaderamente sensacional es advertir como juristas de toda índole y condición han colonizado las páginas de la prensa generalista y las franjas mollares de los espacios rediotelevisivos, volcando sus valoraciones en lo que antaño era un ámbito reservado para la crónica periodística, el análisis político, el comentario social, la nota literaria o la crítica sardónica. Y no se me arguya con que ahora «se ha judicializado la política, consecuentemente la sociedad y, por ende, […]
Doctor en Derecho. Letrado del Tribunal Supremo. Académico Correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación. Tiene publicados más de cien artículos doctrinales, habiendo escrito como autor único las siguientes obras de contenido estrictamente jurídico (“La justicia sin intermediarios” Colección “Conoce tus derechos”. Boletín Oficial del Estado, Madrid, 2003; “La prevención de riesgos laborales de los empleados públicos. En especial de la Administración de Justicia”, Editorial Bosch, Barcelona, 2006; “La cita legal en el ordenamiento jurídico español” Editorial Club Universitario, Alicante, 2007, “El recurso de casación en el derecho económico-administrativo” Editorial Bosch, Barcelona, 2008 y “La heterogeneidad doctrinal en el Tribunal Supremo. Jurisdicción material universal como alternativa constitucionalmente viable” Editorial Club Universitario, Alicante, 2011). Escribe también de cine y fútbol americano.
Una de las grandes aportaciones al pensamiento universal del filósofo vienés Karl Popper, después nacionalizado británico por su obligado exilio, fue su rechazo a todas las formas de nacionalismo excluyente que, en su época, desembocaron en la gran tragedia vivida por la Europa del nazismo y de la Segunda Guerra Mundial. Pese a haber crecido en el seno de una importante familia judía del antiguo imperio austro-húngaro, Popper se opuso firmemente a todo nacionalismo exacerbado, incluyendo también al sionismo, movimientos a los que calificaba de “regresión a la tribu”. Un enorme mérito de este extraordinario pensador, gran defensor del auténtico liberalismo en el siglo XX, fue su significativa capacidad de analizar los peligros del grupo social del que él mismo formaba parte. O, sea, de criticar los riesgos para la sociedad de los planteamientos más radicales de su propia “tribu”. Lamentablemente, en la España del siglo XXI tenemos muy pocos Popper. Nuestra sociedad actual se caracteriza por un populismo, un sectarismo y un carácter gregario realmente exagerados. Caminando todos por la senda de lo que nos venden ser lo correcto, casi nadie es capaz de separarse del rebaño para analizar hechos y comportamientos, y diferenciarse en algo de los que […]
Nacido el 10 de diciembre de 1963 en Palma de Mallorca. Licenciado en Derecho y Diplomado en Ciencias Empresariales por la Universidad de las Islas Baleares. Notario por oposición libre (1991) y Notario de Palma de Mallorca por oposición entre Notarios (1995). Ha sido preparador de opositores en la Academia de Madrid, patrono de la Fundación Matritense del Notariado, profesor de la Escuela de Práctica Jurídica del Ilustre Colegio de Abogados de Baleares, miembro del Consejo Asesor de Banca March, y miembro del Consejo de Administración del Real Club Deportivo Mallorca S.A.D.
Actualmente es Vicedecano del Ilustre Colegio Notarial de las Islas Baleares, Vicepresidente de la Fundación Amazonia, destinada a la atención de los niños de la calle en Bolivia, y miembro del Consejo Editorial de las revistas “El Notario del Siglo XXI” y “Vía Roma 4”.
Trescientas setenta y una páginas tiene la sentencia de la manada. Se han estado unos cuantos meses para decidir. Han condenado a los acusados a nueve años. Parece que hay un voto particular de un magistrado, que era partidario de la absolución. Pero da igual, una buena parte del “pueblo” se ha lanzado a criticar la sentencia, profiriendo tremendas acusaciones contra los jueces. Claro que si los que opinan son perfiles anónimos en tuiter, se da por descontado el desahogo. Es la triste realidad de las redes. Ahora bien, la cosa es distinta si quienes opinan son líderes políticos. Pablo Iglesias que, en tuiter o fuera de tuiter, dice: “La condena a La Manada sólo por abuso es una pésima noticia ¿Cómo que no hubo intimidación? Parece que se estuviera diciendo a las víctimas que si no te enfrentas a 5 matones que te doblan en tamaño, arriesgando la vida, no te están violando. Vergüenza y asco”. O partidos como el PSPV que dice: “Confirmada la sospecha. La sentencia a La Manada no recoge lo que sí ha hecho el veredicto social. Contra la violencia machista y el cuestionamiento de las víctimas #HermanaYoSiTeCreo y exigimos que @marianorajoy @DolorsMM cumplan el […]
Presidente Fundación Hay Derecho. Notario de Madrid. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1979-1984). Oposiciones a Notarías aprobadas en 1988, oposiciones restringidas, entre Notarios, en 1991-1992. En twitter @ignaciogoma
El Círculo de Empresarios ha publicado un libro coordinado por Víctor Lapuente sobre la calidad de las instituciones españolas. Vaya por delante que he aprendido mucho con los libros de Lapuente, especialmente con Organizing Leviathan, que me resulta muy convincente, pese a la dificultad que tengo para aceptar algunos de sus ejercicios econométricos, y también que disfruto mucho con algunas de sus agudas columnas en El País. Por tanto, me declaro admirador de este joven profesor de la Universidad de Gotemburgo. Pero discrepo bastante del tono que ha querido dar a las conclusiones del libro sobre la calidad de las instituciones españolas, y eso que están basadas en los siete textos que ha reunido, no carentes de calidad en su mayoría y llenos de interesantes reflexiones. Hay dos mensajes que se reiteran (en la introducción y conclusiones, así como en la presentación que hizo del libro en las Cortes) con las que no puedo estar de acuerdo. El primero es que la elevada corrupción (relativa, claro) y la baja calidad del Estado de Derecho (también relativa) están más en las opiniones de los (¿cenizos?) españoles que en la realidad. La segunda que el pulso reformador se mantiene vivo en todos […]
Carlos Sebastián ha sido Catedrático de la Universidad Complutense (departamento de Fundamentos del Análisis Económico II) hasta su jubilación en septiembre 2014. Estudió en la Universidad de Madrid, en la de Essex, Reino Unido, (M.A. in Economics) y fue Research Student en la London School of Economics. Es autor de numerosos artículos sobre macroeconomía, crecimiento económico y economía institucional y de varios libros. Recientemente “España estancada. Por qué somos poco eficientes” publicado en 2016 por la Editorial Galaxia-Gutenberg. Anteriormente, “Subdesarrollo y esperanza en África” (2013), también en Galaxia-Gutenberg, “Observatorio de la Economía Internacional” (2009) publicado por la Fundación de Estudios Financieros e “Instituciones y Economía” (2008) publicado por la Editorial Ramón Areces. Fue columnista habitual de Cinco Días (2000-2009).
Fue Director General de Planificación en el Ministerio de Economía con Miguel Boyer, primer director de la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (FEDEA), director del Informe del Instituto Complutense de Análisis Económico sobre la economía española y del servicio de Coyuntura ERISTE. Ha sido consejero de varias empresas, no cotizadas y cotizadas. Actualmente es Vocal del Consejo Asesor de la AIREF y del Patronato de la Fundación Hay Derecho.
A raíz de las quejas presentadas por Carles Puigdemont y Jordi Sánchez al Comité de Derechos Humanos de la ONU muchos os habeis interrogado sobre la naturaleza y competencias de este órgano. Me permito aquí responder a algunos de esos interrogantes desde la perspectiva que me ofrece el haber trabajado durante años como abogada en su secretaría. El Comité de Derechos Humanos es uno de los ocho Comités establecidos en tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas con competencia para, entre otros, examinar quejas individuales. Establecido por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, no es un órgano judicial, sino de expertos independientes cuyo nombramiento es el resultado de una votación en la que participan los Estados partes en el Pacto, 170 en la actualidad. De éstos, 116 han aceptado voluntariamente la competencia del Comité en materia de quejas individuales, regulada no en el Pacto mismo sino en el primer Protocolo Facultativo a aquel. España es parte en ambos. La principal función del Comité no es, sin embargo, el examen de quejas individuales sino el examen de informes periódicos que cada Estado parte debe presentar y mediante los cuales el Comité evalúa públicamente y de manera general, sin […]
Carmen Rosa Rueda Castañón
Abogada, especialista en Derecho Internacional de los derechos humanos (DIDH).
Licenciada en Derecho por la Universidad de León (España). Titular de un Diploma de Estudios Superiores en Derecho de la Facultad de Derecho de la Universidad de Ginebra (Suiza); de un Diploma de Estudios Europeos del Instituto de Estudios Europeos de la Universidad de Ginebra; y de un Diploma de Derecho Internacional y Derecho Comparado de los Derechos Humanos otorgado por el Instituto Internacional de Derechos Humanos René Cassin de Estrasburgo (Francia).
Su larga carrera profesional se ha desarrollado en la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas en Ginebra, en particular en las áreas de procedimientos especiales extra convencionales y de los órganos de tratados. Ha ocupado, entre otros, los puestos de Secretaria del Comité para la eliminación de todas las formas de discriminación racial, Secretaria del Comité contra la tortura y Secretaria del Grupo de Trabajo de comunicaciones individuales del Comité de Derechos Humanos. También lideró los equipos de la Secretaría que asistieron a la Comisión de Derechos Humanos y posterior Consejo de Derechos Humanos en la redacción del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura para el establecimiento de un sistema de visitas periódicas a lugares de privación de libertad; la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas; y el Protocolo Facultativo a la Convención sobre los Derechos del Niño que crea un procedimiento de comunicaciones individuales. En el marco de sus actividades en la Oficina del Alto Comisionado ha participado en numerosas misiones para investigar la situación de derechos humanos en el terreno.
En la actualidad reside en España, desde donde realiza tareas de asesoramiento en temas de DIDH.
Cookie | Duración | Descripción |
---|---|---|
cookielawinfo-checbox-analytics | 11 months | This cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Analytics". |
cookielawinfo-checbox-functional | 11 months | The cookie is set by GDPR cookie consent to record the user consent for the cookies in the category "Functional". |
cookielawinfo-checbox-others | 11 months | This cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Other. |
cookielawinfo-checkbox-necessary | 11 months | This cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookies is used to store the user consent for the cookies in the category "Necessary". |
cookielawinfo-checkbox-performance | 11 months | This cookie is set by GDPR Cookie Consent plugin. The cookie is used to store the user consent for the cookies in the category "Performance". |
viewed_cookie_policy | 11 months | The cookie is set by the GDPR Cookie Consent plugin and is used to store whether or not user has consented to the use of cookies. It does not store any personal data. |