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Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
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la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
En enero de este año Rodrigo Tena, editor de este blog, publicaba un fantástico post sobre los Puertos del Estado y los numerosos casos de presunta corrupción, clara ineficiencia y evidente descontrol en los que están envueltos. Los Puertos son un gran desconocido para muchos de nosotros, y parece que representan un ejemplo especialmente lúcido de lo que llamamos el estado clientelar. En los numerosos casos que se están juzgando actualmente y que Rodrigo repasaba en su artículo, se dan todo tipo de irregularidades clásicas de este sistema: inversiones ineficientes cuando no innecesarias, dudosos procedimientos de contratación, sobrecostes desmesurados, opacidad, distorsión de la competencias, tráfico de influencias… en fin, de manual. Pero la justicia es lenta cuando se trata de corrupción, ya lo sabemos, y las responsabilidades las terminan asumiendo, en su caso, unos pocos, por lo que el sistema no suele cambiar realmente. Por ello es imprescindible que se exijan responsabilidades más allá de las judiciales. Tampoco podemos esperar, como algunos sugieren a veces, a que la responsabilidad política sea exclusivamente electoral, es decir, que los votantes castiguen la mala gestión en las próximas elecciones. Y es que existen, aunque se usen poco en nuestro país, otros mecanismos para […]
Carlota Tarín es Socia Directora del área de Consultoría de la empresa Iclaves. Licenciada en CC. Políticas y de la Administración por la Universidad Complutense de Madrid y Máster en European Public Affairs por la Universidad de Maastricht. Cuenta con más de 8 años de experiencia en consultoría en el sector público, especializándose en gestión de proyectos de innovación y evaluación de programas y políticas públicas. Anteriormente fue Consultora en KPMG Asesores y Asistente de Investigación en el European Institute of Public Administration.
The judgment of the CJEU in the Polbud case further facilitates Cross Border Conversions in Europe and has the potential to bring changes in Company Law in the EU. We should remember that Cross Border Conversion is not just a change in the Company´s address. A change of the registered office from one Member State (the Home Member State) to another (the Host Member State) implies at the same time a change nationality, applicable law, social type and by-laws. The CJEU had previously recognized the right of European companies to carry out a Cross Border Conversion as a consequence of the freedom of establishment imposed by the EU treaties (aticles 49 and 54 TFEU), even if the legislation of the affected Member States did not allow it (Cartesio and Vale cases). It had also given certain indications on how to carry out the operation in default these national rules: through the successive application of the laws of conversion and incorporation of the Home and Host Member States. Although it allowed the Member States to establish certain requirements to protect the interests of minority shareholders, creditors and workers of the company, it demanded that they complied with the so called “Gebhard […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
La reciente sentencia del TJUE (caso Polbud) no se puede considerar rompedora pues confirma la tendencia de ampliar la libertad de establecimiento de las sociedades, pero tiene el potencial para afectar de manera profunda al derecho de sociedades en Europa. Hay que partir que la idea de que el traslado internacional del domicilio o transformación transfronteriza supone, además de un cambio en el domicilio de la sociedad, la modificación de su nacionalidad, y en consecuencia de su ley reguladora y de su tipo social. El TJUE ya había reconocido anteriormente la posibilidad de realizar esta operación dentro de la UE aún en el caso de que no estuviera regulada en ninguno de los países afectados (casos Cartesio y Vale ).También había dado ciertas indicaciones sobre como realizar la operación a falta esas normas nacionales, señalando que se debían aplicar sucesivamente las normas del Estado de origen y de destino sobre transformación y constitución de sociedades. Aunque permitía que los Estados miembros sometieran la operación a requisitos especiales para defender los intereses de minoritarios, acreedores y trabajadores de la sociedad, exigía que fueran adecuados para conseguir ese fin y proporcionados (el conocido “Gebhard test” por el caso del mismo nombre). En […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
La Independencia Judicial se configura como el pilar esencial de un Estado de Derecho, dado que sólo mediante la preservación de la separación de poderes puede garantizarse la aplicación de la ley en igualdad de condiciones a la ciudadanía, permitiendo el control de posibles arbitrariedades que puedan producirse en las instituciones públicas. Nos encontramos ante una materia especialmente sensible que no debe verse socavada por interferencias procedentes de otros poderes del estado, del poder político o de ámbitos privados. Sin embargo a partir de la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial operada por la Ley 4/2013 de 28 de Junio se han incrementado las grietas de nuestra sistema, haciendo cristalizar mecanismos que permiten una amenaza latente a la actuación independiente de jueces y magistrados. Así se ha expuesto de manera reiterada por el Informe GRECO que exige a España modificaciones legislativas inmediatas. Resulta innegable la actuación jurisdiccional imparcial de los jueces y magistrados que conforman la carrera judicial, de cuyo trabajo la ciudadanía debe sentirse enormemente orgullosa dado que preservan de manera independiente (pese a las presiones externas y amenazas que en ocasiones la propia configuración del sistema ejerce sobre ellos) nuestro Estado de Derecho como recientemente hemos […]
Magistrado-Juez
Introducción En los últimos años, empresas del sector financiero que utilizan las nuevas tecnologías para crear productos financieros innovadores están entrando con fuerza en este ámbito. A las mismas se les aplica el calificativo de Fintech, contracción de las palabras inglesas finance y Technology. En el ámbito español, podemos encontrar a empresas como las siguientes operando en este sector: Fuente: http://www.iebschool.com/blog/que-es-fintech-finanzas/ La creación de plataformas e intermediarios financieros on line, en combinación con los smartphones, expande el acceso al financiamiento de la población, al suponer menores costos de transacciones y nuevas técnicas y fuentes de información para evaluar el riesgo crediticio que pueden contribuir al crecimiento económico. Efectivamente, se trata de un sector en expansión, que, sin embargo, también presenta evidentes riesgos, como son la posible comisión de abusos y fraudes a los consumidores, la seguridad en la información que se maneja y el lavado de activos y el financiamiento terrorista. Es este un supuesto, por tanto, en que es preciso considerar la innovación y el crecimiento económico con la sostenibilidad social y económica, los derechos de los consumidores, la estabilidad financiera y la evitación de riesgos como los descritos. Es en este contexto que la regulación inteligente y flexible […]
Juli Ponce Soler , Catedrático acr, Profesor Titular Derecho Administrativo Facultad de Derecho, Universidad de Barcelona Director del Instituto Transjus
Juli Ponce Solé es Doctor en derecho, ha sido acreditado para Catedrático y es profesor titular de Derecho Administrativo en la Universidad de Barcelona, donde desde 2008 a 2012 ha ejercido como Vicedecano de Relaciones Institucionales y en la actualidad es Director del Instituto de investigación transdiciplinar de la UB TransJus. Ha sido director de la Escuela de Administración Pública de Cataluña y visiting professor en la Universidades norteamericanas de Denver, Nova Southeastern, Tulane, Georgia State y en la inglesa de Sheffield. Es miembro del European Group of Public Law. Sus líneas de investigación se orientan básicamente hacia el estudio del Derecho Público – en especial, del Derecho Administrativo, del Derecho Urbanístico y del Derecho de la Vivienda -, de la gestión pública, de la ética pública, de la evaluación del impacto normativo y la calidad regulatoria y de los derechos de las personas (con especial atención al derecho a una buena administración y sus numerosas implicaciones respecto a las obligaciones jurídicas públicas)..
En marcha ya sin demasiadas complicaciones la aplicación del 155 de la Constitución y confirmado que todos los partidos políticos catalanes se van a presentar las elecciones en Cataluña el 21 de Diciembre (lo que supone, en la práctica, un 155 de mínimos y una salida política más que digna al embrollo catalán) podemos extraer algunas lecciones de los sucesos vividos en España en el agitado otoño de 2017 que entrará a formar parte de la Historia de nuestro país aunque ciertamente no del modo previsto por sus instigadores. El famoso principio –recogido por Karl Marx en su ensayo sobre el 18 de Brumario de Luis Napoleón Bonaparte- según el cual la historia se repite siempre dos veces primero como tragedia y después como farsa se ha cumplido religiosamente en el caso del independentismo catalán del siglo XXI. Afortunadamente. La razón es que el momento histórico de este tipo de nacionalismos (en base a los cuales se construyeron muchos Estados-nación durante los siglos XIX y XX) ha pasado hace mucho tiempo al menos en los países desarrollados. De ahí el carácter inevitablemente “retro” y nostálgico de un independentismo que necesita para sobrevivir revivir clichés de siglos anteriores magnificando la importancia […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Hace ya algunas semanas escribí un artículo sobre uno de los aspectos que a mi juicio quedaban por resolver sobre el otrora monotema de las cláusulas suelo –antes de que el asunto catalán lo inundara todo-, los acuerdos privados de novación y renuncia a la reclamación de las mismas, en el que ya advertía que el Tribunal Supremo estaba próximo a pronunciarse. Pues bien, lo hizo el pasado 16 de octubre de 2017, en la Sentencia 558/2017. En lo que a la sentencia se refiere, ya les adelanto que confirma la línea seguida por la mayoría de las Audiencias Provinciales, que comenté en el artículo anterior, reiterando la nulidad de dichos acuerdos, si bien es cierto que en el acuerdo al que llegaron cliente y banco en este caso no se renunciaba expresamente a reclamar lo cobrado en base a la cláusula suelo aplicada, sino que únicamente se limitaba a rebajar la misma. Comenzando por el análisis pormenorizado de la misma, hay que decir que, en primer lugar, se trata de un asunto en el que el Juzgado de Primera Instancia de Pamplona había considerado válido el acuerdo al que habían llegado entre prestatarios y banco, en el que se […]
Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza y Máster en Asesoría Jurídica de Empresas por el IE Law School (Instituto de Empresa). Abogado en Sileo Asesores.
Las Nuevas Tecnologías de la información y los datos personales están en constante cambio y transformación. Cada día aparecen nuevas formas de transferir datos, inventos que facilitan al ser humano su desarrollo y nuevos métodos de análisis e investigación basados en la tecnología junto con las primeras grandes nuevas tecnologías aplicadas. Por eso, hoy en día está en boca de todos que próximamente (mayo de 2018) entrará en vigor el nuevo Reglamento general de protección de datos (General Data Protection Regulation). Una gran parte de la población está especialmente pendiente de esta normativa, porque plantea grandes modificaciones para las empresas y los ciudadanos que, además, también afectarán a las Administraciones Públicas. Pero, ¿qué está ocurriendo verdaderamente en la práctica del mundo de los datos? ¿Cuáles son las infracciones más “denunciadas”? ¿Y cómo están resolviendo los órganos jurisdiccionales en esta materia de constante e imparable movimiento? En primer lugar, no es característicamente alto el volumen de resoluciones en materia de protección de datos. Y esto es así porque, como los primeros conflictos en esta materia han tenido lugar tras el especial auge de las Nuevas Tecnologías (cuyo comienzo señalan los expertos que tuvo lugar a partir de mediados del año 2007, […]
Graduada en Derecho por la Universidad Rey Juan Carlos (URJC) y graduada en Periodismo por la misma universidad. Titulada especialista en regulación ambiental europea por la URJC y Master en Acceso a la Profesión de Abogado por la Universidad Autónoma de Madrid (UAM). Actualmente abogada en GC Legal.
Dábamos por terminada nuestra entrada en este blog del pasado 25 de octubre sobre “La motivación y las consecuencias financieras de la activación por el gobierno del artículo 155 de la Constitución” diciendo que la forma en la que se aplicara el artículo 155 de la Constitución española para reconducir a la legalidad el desafío independentista de Cataluña determinaría el impacto del proceso en el mercado financiero español e internacional. En particular, decíamos que la manera de aplicar aquel precepto constitucional –ente las muchas opciones disponibles- determinaría si la diáspora bancaria de Cataluña era un resfriado fácilmente reversible o una grave enfermedad crónica de dudosa reversibilidad. Pues bien, el tiempo transcurrido desde entonces nos ha mostrado que la forma en la que se ha aplicado el artículo 155 de la Constitución (con el anuncio de elecciones autonómicas incluido) no ha detenido aquella diáspora no solo bancaria, sino también empresarial. En efecto, es público y notorio que, desde aquella fecha, la huida empresarial ha crecido no sólo en términos cuantitativos, alcanzando el número de las 2.540 empresas que han trasladado fuera de Cataluña su domicilio social; sino también en términos cualitativos porque más de 1.000 empresas han trasladado también su domicilio […]
Alberto Javier Tapia Hermida es Catedrático (Acreditado) de Derecho Mercantil de la Universidad Complutense de Madrid, abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid desde 1.990 (Socio de Estudio Jurídico Sánchez Calero, S.R.L.P.) y ex-Letrado de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Especialista en Derecho de los mercados financieros: Derecho bancario, Derecho del Mercado de Valores y Derecho del Seguro. Ha colaborado como experto del Consejo Europeo, Comisión Europea y Comité Económico y Social Europeo. Tiene publicadas varias monografías, anuales, numerosos artículos y colaboraciones en obras colectivas y revistas científicas.
En las últimas semanas hemos asistido a unos nombramientos por parte de la Presidenta la Comunidad de Madrid que han generado polémica y revuelo en los medios de comunicación. Nos referimos a estos tres concretamente: el de la ex diputada González-Moñuz como Directora Gerente de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, el del ex Consejero de Sanidad Sánchez Martos como Director de la Fundación para el Conocimiento Madri+D y el del ex Consejero de Medio Ambiente Taboada como Senador en representación autonómica (este último ratificado en la Asamblea de Madrid con el voto a favor del PP, el voto en contra de Podemos y la abstención de PSOE y Ciudadanos). Estos nombramientos nos han hecho volver a reflexionar sobre dos aspectos que ya hemos analizado con anterioridad en Hay Derecho, que son el papel de la administración institucional o paralela (haremos foco en esta ocasión en las fundaciones públicas de la Comunidad de Madrid) y la falta de rigor y meritocracia que impera en la designación de cargos públicos (electos y no electos). Según el inventario de entes de la Comunidad de Madrid, de los 149 entes existentes sin contar la propia Administración General de la […]
Jaime Castellano es Ingeniero de Telecomunicación por la Universidad Politécnica de Madrid y Executive MBA por el Instituto de Empresa. Inició su trayectoria profesional en el mundo de la consultoría y en 2003 emprende una larga etapa dentro del sector público, en la entidad pública empresarial Red.es, en la que desempeñó diversos cargos de responsabilidad relacionados con la promoción de políticas públicas de fomento de la Sociedad de la Información y la realización de estudios y análisis del sector. En 2010 decide volver al sector privado, vinculándose al tercer operador de telecomunicaciones del país, donde desempeña el cargo de responsable de inteligencia de mercado.
El 15 de noviembre de 2017 el TS dictó la esperada sentencia sobre préstamos en divisas (aquí), que había retrasado para incorporar la doctrina de la STJUE del caso Andriciuc que ya se comentó aquí. El supuesto enjuiciado era un préstamo hipotecario que se entregaba en yenes y que se había de devolver en esa misma moneda, aunque el deudor tenía la opción de pasar a otras monedas, incluido el euro (préstamo multidivisa). El atractivo inicial era que el tipo de referencia (LIBOR) del yen era inferior al del euro; el riesgo, que si el yen se revalorizaba, la deuda y la cuota equivalente en euros aumentaría (aunque también disminuiría si sucedía lo contrario). En el caso que contempla la sentencia el yen se revalorizó: el préstamo inicial equivalía a 260.000 euros, y tras cinco años de pagar cuotas debían una cantidad equivalente a 400.000 euros. Las principales conclusiones de la sentencia son las siguientes: – El préstamo hipotecario en divisas no es un instrumento financiero regulado por la Ley del Mercado de Valores (FD 5º) ni está sujeto a la normativa MIFID: El TS rectifica su doctrina (STS 3076/2015) para adaptarse a la del TJUE (Caso Banif Plus Bank): […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
El último capítulo de la larga serie del psicodrama catalán tuvo un desenlace inesperado para muchos (aunque no para este blog, como pueden ver aquí y aquí). Tras un largo “planteamiento”, un “nudo” casi gordiano de requerimientos contestaciones, amagos y amenazas, la cosa quedó en una pseudo-DUI descafeinada y un 155 reducido en sus pretensiones iniciales con el añadido de una inmediata convocatoria de elecciones. Ese “desenlace” no ha sido, por supuesto, un desenlace definitivo y a partir de ahí han ocurrido muchas cosas, y más que van a ocurrir. En este post queremos advertir de que en el maremágnum de acontecimientos presentes y futuros es preciso no perder el rumbo, y que ello exige un esfuerzo para distinguir lo principal de lo accesorio. Nos aclaramos: hay algunas cosas que se pueden discutir desde el ámbito político o jurídico pero hay otras que deben considerarse principios mínimos, sin lo cuales no hay nada a lo que agarrarse. Por ejemplo: podemos debatir si ha sido acertado convocar elecciones inmediatamente o hubiera sido mejor esperar y desmontar parte del tinglado institucional y mediático que nos ha conducido hasta aquí; podemos criticar los autos de los jueces de la Audiencia Nacional y del […]
“También el ebrio quiere decir por libre decisión de su alma lo que, ya sobrio, quisiera haber callado” (II, Parte 3 ª) “Quien se imagina que se destruye aquello que odia, se alegrará” (XX, 3 ª Parte) (Spinoza, Ética, Alianza Editorial, 2009) En uno de tantos viajes que, por motivos profesionales, hago últimamente, me llevé tres libros. Uno para leer y dos para releer, hábito este último que cada vez practico más cuando de ensayo se trata. Era un trayecto largo, tres días de estancia y, aparte de trabajar, bien está cultivar la razón, sobre todo para no alimentar la pasión incontrolada, tan frecuente en esta época de perturbación y penumbra. La lectura o relectura de esos libros me trajo a la mente múltiples reflexiones sobre la obsesión que durante estos últimos meses ha embriagado a todos en este país, catalanes y resto de españoles: el “próces”. ¿Qué efectos ha tenido este “tsunami”?, es la pregunta que me surgió en las páginas leídas de unas obras que en nada se referían, en principio, al problema enunciado. Tras unos meses de aceleración histórica, en la que aún estamos inmersos, tal vez sea pronto para evaluar los daños. La magnitud de […]
Doctor en Derecho por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (1988). Actualmente es Socio del Estudio de Sector Público SLPU y Catedrático de Universidad (acreditado) en la Universidad Pompeu Fabra, donde imparte docencia de “Organización Constitucional del Estado” en el Grado de Filosofía, Política y Economía, que se imparte conjuntamente por las Universidades Pompeu Fabra, Carlos III y Autónoma de Madrid.
Ha sido Letrado del Gobierno Vasco (1981-85), Jefe de Estudios del IVAP (1985-1992), Profesor Titular de Derecho Constitucional de la UPV/EHU (1993-1998), Letrado del CGPJ (1999-2001); Catedrático de Derecho Constitucional en ESADE, URL (2001-2004), Director de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Barcelona (2004-2007) y Director de la Fundación Democracia y Gobierno Local (2010-2012). Ha desarrollado tareas de Consultor Internacional sobre reformas institucionales en varios países con el BID, CLAD, FIIAPP, OCDE y Banco Mundial
Ana Garrido Ramos, denunciante de la trama Gürtel en Boadilla del Monte y primer premio Hay Derecho nos ha dado su autorización para reproducir su “Carta a la ciudadanía”. Han sido 10 largos años de calvario desde que me negué a firmar las “irregularidades” que me ponían sobre la mesa para estampar mi firma, como técnico del Ayto. del Boadilla del Monte. Por entonces, el alcalde era Arturo González Panero, hoy imputado en la trama Gürtel. Como consecuencia, comencé a sufrir acoso laboral en mi lugar de trabajo y durante el año y medio que estuve de baja por depresión, me esforcé imperiosamente cada día, por recopilar todas las pruebas necesarias para demostrar que el Ayuntamiento de Boadilla era un nido de corrupción. Fue entonces cuando en enero de 2009, decidí denunciar los hechos (con mi dossier de más de 100 páginas) en la Fiscalía Anticorrupción. Posteriormente conocería que aquello que estaba denunciando era el ‘Caso Gürtel’. Y que ya había abierta una investigación que estaba siendo instruida por el Juez Baltasar Garzón. Cometí un gravísimo error para preservar mi anonimato, acudir a Manos Limpias; un sindicato que aparentemente reunía el perfil que necesitaba: una asociación que se autodenominaba […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
En un régimen democrático las elecciones suponen el máximo y último mecanismo de control de los gobiernos. Y para que puedan cumplir adecuadamente esa imprescindible función es necesario que exista una adecuada transparencia sobre la labor realizada por el gobierno saliente para que pueda ser valorada por los electores. En este momento, en virtud de la aplicación del artículo 155 CE, es el Gobierno nacional el que tiene la responsabilidad de facilitar esa información sobre un desempeño que parece lleno de irregularidades. No parece, sin embargo, que tenga ese objetivo en el breve plazo en que estará al mando. Y esas circunstancias concurrentes hacen especialmente grave este incumplimiento de tan esencial obligación. El famoso ex juez y ex senador Santiago Vidal reveló en una serie de conferencias algunas de las actuaciones contrarias a la Ley que, al parecer, el entonces Gobierno catalán estaba llevando a cabo en su camino hacia la secesión. Entre ellas el desarrollo de estructuras de Estado independiente, la obtención de los datos para la elaboración de un censo electoral, además de otra amplia base de datos tributarios, y la desviación de fondos de otras partidas presupuestarias para el montaje de la compleja infraestructura del referéndum, como […]
Fernando Rodríguez Prieto nació en Madrid el 10 de febrero de 1962. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Notario (Oposiciones Madrid 1988). Ha ejercido en Andoain, Bergara y Beasain, las tres localidades situadas en Guipúzcoa, y desde 2006 ejerce en Coslada, Madrid. Es también mediador y árbitro.
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