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Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
El 21 de septiembre de 2017 lo recordaremos como un día excepcional para nuestra democracia. El Congreso de los Diputados alumbró la andadura para que rtve pueda convertirse en un medio público realmente independiente. Queda mucho, mucho, por hacer, más este paso es absolutamente necesario para que esto sea posible. El consenso alcanzado es inédito y sus consecuencias para el futuro también deberán serlo. rtve ha tenido cortos periodos en los que su gestión ha sido menos dependiente del Gobierno de turno, ahora lo será del todo y para siempre. Y así deberá ser pues si algún partido político piensa que esto pueda revertirse deberá tener en cuenta que eso sería el fin de los medios públicos del Estado español. O rtve es independiente o no será. Recordar en este momento que este proceso de cambio deberá implementarse también en EFE y los medios públicos autonómicos y municipales. Mi completa enhorabuena a los grupos parlamentarios, nuestros congresistas y senadores, todos ellos han tenido la altura de miras que se esperaba y el sentido de estado necesario para alcanzar este consenso. Aunque hayan habido muchos tiras y aflojas el resultado no puede augurar un futuro mejor. Solo cabe desear que el […]
Ignacio Gómez-Acebo (Santander, 1962), ha desarrollado toda su carrera profesional como productor en rtve, donde comenzó a colaborar en 1981, al tiempo que desarrollaba sus estudios de Derecho en la Universidad San Pablo CEU. Es fijo de rtve desde 1992 y ha ocupado diversos puestos de responsabilidad como director de estrategia y programación tve, director de estrategia y planificación de programas tve, director de deportes tve y director de la producción ejecutiva de deportes tve. También colaboró en la candidatura a los Juegos Olímpicos y Paralímpicos de Madrid 2020 como director de comunicación.
Andrés Betancor ha impulsado la publicación de un libro imprescindible cuyo título -muy expresivo- es “Corrupción, corrosión del Estado de Derecho” (Civitas / Thomson Reuters, 2017). Por si hay algún lector de Hay Derecho que no lo sepa aclararé que Betancor es catedrático de Derecho Administrativo muy apreciado en el gremio por su obra y también ¿por qué no decirlo? por sus condiciones personales. Pero tiene además otra cualidad que para mí resulta esencial en un profesor universitario: tiene pluma periodística lo que le permite estar presente en los medios de comunicación explicando asuntos complejos con palabras sencillas, al alcance de un lector medio. Séame permitido, a este respecto, citar mis propias palabras pronunciadas con ocasión de mi despedida en la hora de mi jubilación: “El profesor no debe estar agazapado y callado en su rincón, enchufado a su ordenador. Tiempo tendrá en la eternidad de vivir en un nicho. El campus no debe ser un campus santo”. Desde luego si todos los colegas fueran como Betancor el campus en los distritos universitarios españoles no sería el silencioso campus santo en el que se han convertido. Actitud esta agazapada y lamentable en cualquier momento histórico pero especialmente censurable cuando estamos […]
jurista, catedrático y escritor.
Concretamente, el presidente Rajoy ha manifestado lo siguiente tras el Consejo de Ministros de hoy: “El Consejo de Ministros ha acordado esta mañana requerir formalmente al Gobierno de la Generalidad para que confirme si ha declarado la independencia de Cataluña, al margen de la deliberada confusión creada sobre su entrada en vigor. Este requerimiento, previo a cualquiera de las medidas que el gobierno puede adoptar al amparo del artículo 155 de nuestra Constitución, pretende ofrecer a los ciudadanos la claridad y la seguridad que requiere una cuestión de tanta importancia.” Es decir, se trata de un requerimiento en el que solicita una aclaración, mientras que el requerimiento en el que está pensando el art. 155 es un requerimiento para que la Comunidad Autónoma adopte una serie de medidas para remediar una situación que atenta a la ley o al interés general. Si esa Comunidad obedece y adopta las medidas solicitadas, no procede que el Gobierno adopte ninguna, lógicamente. Por eso dice la Constitución, “en el caso de no ser atendido”. Ese es el sentido del requerimiento exigido por la Constitución, dar una oportunidad más a la Comunidad para revertir la situación, porque, si no, no tendría ningún sentido esa exigencia […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Llegó el gran día y Puigdemont parió un ratón. La declaración de independencia, consecuencia supuestamente inevitable del a su vez supuestamente democrático referéndum, se suspendió a los pocos segundos, propiciando, como la fecunda imaginación y sarcasmo de los españoles ha hecho ya notar, la república más breve de la historia. No es la primera vez: en octubre de 1934 Companys declaró “el Estado catalán dentro de la República federal española” que duró unas cuantas horas. La maniobra de ayer responde, en definitiva, a una de las posibilidades que sugeríamos en editorial de hace pocos días: la típica de las sectas religiosas, siempre proféticas, que anuncian la irrupción súbita de una figura divina, con una intensa emoción y ansiosa expectativa. Al fallar la profecía, o desaparece la secta o se objetiva el mensaje, eliminando la urgencia y convirtiéndolo en rutina. Probablemente Puigdemont no tenía otra posibilidad, ante el choque de sus pretensiones con la realidad, ante la ruptura de la tensión de esa disonancia cognitiva que deriva de la confrontación de las mentiras y falsedades henchidas de emoción e inculcadas en el pueblo con la realidad dramática de la imagen de todas las empresas importantes de Cataluña huyendo de allí, incluidas las dirigidas por […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Lo del respeto al principio de legalidad es presupuesto esencial del Estado democrático. Es lo que se llama el rule of law o el Estado de Derecho. Pero su concreción actual se manifiesta –como expresa de modo determinante la cita que abre este post- en la supremacía de la Constitución. Sin ella, la Ley es el reino de la contingencia: sin garantizar la supremacía de la Constitución, la Ley es la expresión tiránica de una mayoría coyuntural. La historia está plagada de malos ejemplos en esa dirección. Si las leyes fundacionales se aprueban y se derogan por mayorías circunstanciales, la tiranía se impone. Tal como se crearon se tirarán a la basura. Así no hay estabilidad, sino vértigo permanente, muy propio de procesos revolucionarios, cuando la aceleración de los acontecimientos históricos es la regla. Supremacía de la Constitución que también es formal (o de procedimientos). Esta idea es muy sencilla: la Constitución solo puede reformarse o revisarse por los procedimientos en ella establecidos y con mayorías cualificadas que allí se establecen. Si el procedimiento de reforma es difícil o complejo, debe echarse mano del ingenio (soluciones imaginativas) y no blindarse en la letra muerta, que acabará enterrando la propia sociedad que […]
Doctor en Derecho por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (1988). Actualmente es Socio del Estudio de Sector Público SLPU y Catedrático de Universidad (acreditado) en la Universidad Pompeu Fabra, donde imparte docencia de “Organización Constitucional del Estado” en el Grado de Filosofía, Política y Economía, que se imparte conjuntamente por las Universidades Pompeu Fabra, Carlos III y Autónoma de Madrid.
Ha sido Letrado del Gobierno Vasco (1981-85), Jefe de Estudios del IVAP (1985-1992), Profesor Titular de Derecho Constitucional de la UPV/EHU (1993-1998), Letrado del CGPJ (1999-2001); Catedrático de Derecho Constitucional en ESADE, URL (2001-2004), Director de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Barcelona (2004-2007) y Director de la Fundación Democracia y Gobierno Local (2010-2012). Ha desarrollado tareas de Consultor Internacional sobre reformas institucionales en varios países con el BID, CLAD, FIIAPP, OCDE y Banco Mundial
“Está fuera de discusión que o bien la Constitución controla cualquier Ley contraria a ella, o bien el Legislativo puede alterar la Constitución a través de una Ley ordinaria (…) Entre tales alternativas no hay término medio posible: O la Constitución es una Ley superior y suprema, inalterable por medios ordinarios, o se encuentra al mismo nivel que las leyes y, como cualquiera de ellas, puede reformarse o dejarse sin efectos siempre que el Legislativo le plazca (…) Si es cierta la primera alternativa, entonces una Ley contraria a la Constitución no es Ley; si en cambio es verdadera la segunda, entonces las Constituciones escritas son absurdos intentos del pueblo para limitar un poder ilimitado por naturaleza” (Sentencia “Marbury versus Madison” del Tribunal Supremo de Estados Unidos 1803) “Nunca prestamos suficiente atención a los primeros síntomas de una tiranía porque una vez que ha crecido hasta cierto punto, ya no se la puede detener” (Madame de Staël, Consideraciones sobre la Revolución francesa, Arpa, Barcelona, 2017, p. 498) Abundan en estos últimos tiempos convulsos diferentes testimonios sobre la situación en Cataluña y los efectos personales que ese particular contexto genera. Una de las declaraciones que más me han conmovido es la […]
Doctor en Derecho por la Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea (1988). Actualmente es Socio del Estudio de Sector Público SLPU y Catedrático de Universidad (acreditado) en la Universidad Pompeu Fabra, donde imparte docencia de “Organización Constitucional del Estado” en el Grado de Filosofía, Política y Economía, que se imparte conjuntamente por las Universidades Pompeu Fabra, Carlos III y Autónoma de Madrid.
Ha sido Letrado del Gobierno Vasco (1981-85), Jefe de Estudios del IVAP (1985-1992), Profesor Titular de Derecho Constitucional de la UPV/EHU (1993-1998), Letrado del CGPJ (1999-2001); Catedrático de Derecho Constitucional en ESADE, URL (2001-2004), Director de los Servicios Jurídicos del Ayuntamiento de Barcelona (2004-2007) y Director de la Fundación Democracia y Gobierno Local (2010-2012). Ha desarrollado tareas de Consultor Internacional sobre reformas institucionales en varios países con el BID, CLAD, FIIAPP, OCDE y Banco Mundial
La manifestación convocada hoy por Societat Civil Catalana en Barcelona ha sido un rotundo éxito. Nuestro coeditor Segismundo Alvarez viajó hasta allí y nos ha dejado una crónica de urgencia que deja también un sabor agridulce. Mucha gente, sí, muchos de fuera y muchos también de allí. Allí son muchos pueblos y ciudades pequeñas de Cataluña donde la gente no se atreve a salir a manifestarse porque al día siguiente tu vida profesional y afectiva se puede resentir si te ven en una manifestación “unionista”. Aunque sea una manifestación tan tranquila y sensata que hasta a los más sectarios -empezando por la impagable TV3, convertida ya en el símbolo de la ocupación partidista de la televisión pública de todos y mira que hay competencia- les ha costado encontrar la bandera con el aguilucho que tanto deseaban. No, la manifestación de hoy no era de fachas ni de fascistas ni de nacionalistas españoles, ni de constitucionalistas ni de federalistas sino de gente normal y corriente reinvindicando sensatez. Los de hoy, afortunadamente, no eran un “sol poble” . Se trata de un paso adelante cuya fuerza simbólica no puede desconocerse, aunque mañana toque a unos y a otros volver a la realidad […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Estación de Atocha 7:00 AM. Mucha gente, casi todos con banderas. La mayoría entre 40 y 60 años, algunos con sus hijos mayores. No hay ninguna bandera catalana, pero no es tan fácil comprarla en Madrid. Hablo con alguna persona que piensa hacerlo en Barcelona para llevar las dos. Esto es un AVE, y predomina gente de aspecto más que acomodado -pero también los lectores de El País. Yo he comprado la Vanguardia, y leo el editorial que suplica al President que no haga la DUI, porque se ha descubierto que la independencia low cost no es posible. Los anuncios de megafonia de RENFE son todos en castellano, catalán e inglés. Llego al bar y el ambiente es festivo -demasiado para mi gusto-: la gente habla muy alto y hay momentos que empiezan con los cánticos. Hablan por supuesto de lo único: sobre la información que da La Vanguardia respecto de las manifestaciones, la preocupación por la posible violencia, la entrevista de Rajoy… Yo también me pregunto qué es lo que va a pasar hoy. A pesar de los anuncios sobre las contramanifestaciones, me preocupa más el éxito de la convocatoria que la seguridad. Ayer estuve hablando con catalanes (de […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
Uno de mis mejores amigos me cuenta que su sobrino de 17 años, que ha nacido y vivido siempre en Barcelona, se viene a vivir con él a Madrid. El mismo lunes 2 de octubre ha recibido amenazas en su teléfono y ha sido abordado por un profesor –en un patio del colegio– que le ha dicho que se vaya de Cataluña, que le asegura que allí no va a aprobar 2º de Bachillerato. Gran deportista y buen estudiante, dice que no aguanta la presión y se separa de sus padres, que se quedan en Barcelona. La misma mañana un compañero que veranea en Gerona me cuenta que un amigo catalán de una hija suya la ha bloqueado en todas las redes sociales esa misma mañana porque ha considerado ofensivo algo publicado por su padre. Parecería que el camino a Dinamarca que anuncian los independentistas pasa por Berlín (años 30), y ante historias como esta, es difícil evitar que la indignación nos ponga al mismo nivel, pasando del sentirnos víctimas a fantasear con posibles represalias (boicots, etc.). Sin embargo, cuando leo las noticias de los insultos a Piqué y veo cómo aún me repugnan esas actitudes grupales y cobardes, pienso […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
SEQUEIROS 9Ver comentarios Transcurrida la jornada del 1-O que pone el sello definitivo a la Transición iniciada con la Constitución de 1978 urge realizar una primera evaluación de los daños, que son cuantiosos. Como suele ocurrir, para que este enorme fracaso político tenga alguna utilidad es preciso que, como ciudadanos, saquemos lecciones para el futuro. El principal legado del 1-O es una enorme fractura -especialmente emocional- dentro de la sociedad catalana, pero también mucha confusión e incertidumbre para el resto de los españoles. ¿Es el Estado español todavía viable? ¿Cómo compaginar la vigencia del Estado de derecho con los necesarios acuerdos políticos para recuperar la convivencia? ¿Cómo conseguir que una clase política demasiado acomodada y cortoplacista reaccione con la altura de miras y la necesaria serenidad? ¿Cómo integrar en el discurso político una reflexión intelectual rigurosa sobre el futuro de los españoles? ¿Cuál debe de ser el papel de la sociedad civil, muy en especial de la catalana? Son muchas y muy complicadas cuestiones que no se van a resolver en un día y menos bajo los efectos traumáticos del 1-O. Por eso conviene reflexionar con serenidad. Lo primero que conviene recordar es que esta escalada ha empezado con el desafío del Gobierno […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
La huelga es una eficaz arma de lucha social. Desde que se utilizara en 1839 en el Reino Unido por el Cartismo a partir de los postulados de WILLIAM BENBOW, se ha manifestado como un instrumento de presión muy importante para el movimiento obrero en su pugna por las conquistas sociales verificada a lo largo de los siglos XIX y XX. Desde su origen, el recurso a la huelga tenía por objeto presionar para conseguir arrancar del poder constituido determinadas pretensiones sociales y políticas, como por ejemplo, la reivindicación del sufragio universal. Sin embargo, pronto se convirtió preferentemente en un recurso para obtener mejoras en las condiciones laborales y sociales del proletariado. Pese a su inicial proscripción normativa, las huelgas basadas en motivos laborales o económicos fueron progresivamente aceptadas como instrumento de presión en el ámbito laboral, alcanzando de manera generalizada en el mundo occidental durante el siglo XX, el carácter de derecho de los trabajadores, tanto en el ámbito europeo (art. 6.4 Carta social Europea), como en el español (art. 28.2 CE) e incluso internacional, al ser una libertad reconocida por la OIT en diversos documentos desde la Resolución de 1957, sobre la abolición de la legislación antisindical. Se […]
Critilo es un hombre experimentado, que habiendo naufragado la nave en que viajaba fue arrojado por el mar a las costas de la isla de Santa Elena, donde conoció a Andrenio, hombre natural, criado por un animal al margen de toda civilización, y a quien Critilo enseñó a hablar. Critilo es el hombre juicioso, en el que predomina la razón, prudente, sagaz, adiestrado por la experiencia, como atestigua la raíz griega kríno, ‘juzgar’, que le da nombre. El nombre de Andrenio procede del griego aνηρ, aνδροs «hombre», que simboliza al hombre instintivo e inexperto, que se deja arrastrar por sus inclinaciones naturales.
Sus conversaciones sobre el mundo y la vida fueron recogidas por Baltasar Gracián en El Criticón.
Su nombre y su imagen servirán excepcionalmente para que pueden expresarse con total libertad aquellos que prefieren no vincular esas opiniones con sus personas por razones de su cargo, posición o profesión, siempre que esas opiniones tengan algo que aportar y hagan honor al nombre del que se valen.
El artículo 285 de la Ley de Sociedades de Capital, en su texto refundido de 2 de julio de 2010, decía esto en relación a cómo cambiar el domicilio de las sociedades: Artículo 285. Competencia orgánica. Cualquier modificación de los estatutos será competencia de la junta general. Por excepción a lo establecido en el apartado anterior, salvo disposición contraria de los estatutos, el órgano de administración será competente para cambiar el domicilio social dentro del mismo término municipal. Cambiar el domicilio, pero mantenerlo en la misma ciudad, lo podía hacer el órgano de administración, salvo que se hubiera previsto estatutariamente otra cosa. De modo que un simple administrador único, por ejemplo, podría, si lo estima conveniente, alterar la sede cambiándola de una calle a otra calle. En cambio, sacar esa sede social de la ciudad en la que está era competencia reservada e indelegable de la junta general. Este reparto de competencias era el tradicional en la legislación española, porque la ley de Sociedades Anónimas de 1989 ya lo preveía así, también en su artículo 285. En 2015 se produce un pequeño cambio de redacción, en apariencia inocuo, casi como de pasada, en la disposición final 1.1 de la Ley […]
Notario desde el año 1991, actualmente con plaza en Madrid.
Patrono fundador de la Fundación Hay Derecho y coautor bajo el nombre colectivo de Sansón Carrasco de los libros “¿Hay Derecho?” y “Contra el capitalismo clientelar.”
Es presidente de honor de la plataforma cultural y educativa Qué Aprendemos Hoy (queaprendemoshoy.com)
Es vicepresidente de la Fundación Toro de Lidia.
La sentencia del TJUE de 20 de septiembre de 2017 (aquí) es el último episodio de nuestro baquetedo mercado hipotecario. Algunos la han celebrado como un nuevo varapalo a los Bancos, pero a mi juicio aclara más bien poco, por lo que lo importante será lo que diga nuestro Tribunal Supremo en su esperada y al parecer inminente sentencia sobre estos préstamos -pero que tendrá que tener en cuenta esta que a continuación examinamos-. La primera cuestión que se plantea el TJUE es si la cláusula multidivisa forma parte del objeto principal del contrato, pues en ese caso no puede ser objeto de examen de abusividad (art. 4.2 de la Directiva 13/93). La conclusión es que sí forma parte del objeto principal, “dado que esta cláusula regula una prestación esencial que caracteriza dicho contrato. Por consiguiente, esta cláusula no puede considerarse abusiva, siempre que esté redactada de forma clara y comprensible” . Esta conclusión parece que se impone a los Tribunales nacionales, pues el TJUE dice (nº 34) que lo que forma parte del objeto principal del contrato ha de ser de ser objeto de interpretación estricta, pero también “autónoma y uniforme”. Pero esto no implica que no pueda ser objeto […]
Licenciado en Derecho en 1989 (ICADE- E1). Notario en la oposición de 1991. Doctor en Derecho. Patrono de la Fundación Hay Derecho. Autor de artículos en El País, ABC, Nueva Revista, y de diversas publicaciones de Derecho Mercantil y otras materias.
Tengo 70 años, soy notario, castellano de nacimiento y recriado en Madrid, he sido notario en Catalunya durante 20 años, y he sido titular de notarías rurales, urbanas y macro- urbanas. Hablo el catalán y lo he utilizado con relativa frecuencia en las escrituras que autoricé. Conozco la realidad catalana, sobre todo la que concierne al ámbito familiar y privado. Conservo la vecindad civil catalana, que adquirí por residencia continuada, y la conservo porque considero que la legislación civil catalana es más respetuosa con la libertad privada del individuo y más próxima y conveniente a la realidad familiar y patrimonial. Creo que tengo criterio propio sobre el “problema catalán” y lo voy a exponer. Cataluña ha sido siempre el tubo de ensayo, la vanguardia española del progreso empresarial y social, y lo ha sido por voluntad propia y por razón de su natural emprendimiento. Creo que la situación actual no está siendo correctamente analizada, porque se ha focalizado en una -indiscutible y real- parcela a segregar de ese territorio más amplio que constituye la realidad político-financiera-mediática-social de nuestro país, de España. Es indudable la extensión del sentimiento soberanista e independentista de una parte de la población, pero también lo es […]
“Equànim: 1) Que obra amb rectitud, justícia e imparcialitat o està dotat d’aquestes. [persona] Que no sol deixar-se portar per la passió” (RAE, 2014) “El silenci no és l’absència de soroll sinó d’ego” (Xavier Melloni) Difícil es poder veure amb claredat en moments com els que vivim ara a Catalunya. Per als que no desitgin seguir el fil de l’argumentació que desenvoluparé en les properes línies, només els hi caldria contemplar aquesta senzilla proposta: a tots els que residim a Catalunya i a la resta d’Espanya ens demano, des d’avui, aturar-nos una estona al dia per a guardar silenci i esperar a que amainin les passions que ens han conduit a aquest escenari. La fórmula també els hi pot servir als dirigents dels principals partits polítics que ens han governatdes de la Transició i als que la governen o aspiren a fer-ho. Si tenen curiositat, els convido a acompanyar-me en la justificació de la meva proposta. Es podria dir que els humans ens conduïm, originàriament, amb la finalitat última de sobreviure però no de viure bé. Així es pot explicar que sigui tan difícil sostreure’s de l’empenta de les emocions bàsiques (por, ràbia, alegria i tristesa). En la […]
María Dolores Braquehais Conesa és psiquiatre, doctora en Medicina, llicenciada en Filosofia i treballa, en l’actualitat, a Barcelona.
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