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Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
Cada día nos preguntamos: ¿Hay Derecho? Así surgió nuestro nombre, entre interrogantes.
Para responder a esta pregunta, publicamos semanalmente artículos de expertos que analizan
la actualidad desde un punto de vista jurídico-político
En estos días aciagos, inquietos y conmovidos por los convulsos acontecimientos acaecidos el miércoles y jueves pasado en el Parlament de Cataluña, uno de los aspectos particularmente dignos de mención ha sido el comportamiento de los Letrados del Parlament y de su Secretario general, todos ellos funcionarios de carrera, a la hora de no amparar las conductas contrarias al Reglamento de la Cámara promovidas por la Presidenta y la raquítica mayoría parlamentaria secesionista, manifiestamente contrarias a Derecho. El Presidente del Gobierno de la Nación -consciente de la importancia de su papel – se ha referido a ellos de manera expresa y elogiosa en su discurso del 7 de septiembre y ha afirmado que la Administración del Estado respaldará siempre a los funcionarios públicos. En situaciones extraordinarias como esta, se confirma el fundamental rol de una función pública profesional e independiente -tan denostada y maltratada a veces- como un firme baluarte del Estado de Derecho que ayuda a preservar la seguridad jurídica como un auténtico elemento de una democracia moderna y consolidada. Sin embargo, no debe olvidarse que detrás de una institución como la función pública, lo que hay son personas con sus diversas virtudes y defectos, fortalezas y […]
Abogado. Licenciado en Derecho y en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, pertenece, por oposición al Cuerpo Superior de Letrados de la Administración de la Seguridad Social, y a la Escala de Letrados de la Xunta de Galicia. Ha participado como autor o coautor en más de una treintena de publicaciones jurídicas entre monografías, artículos y obras colectivas. Desde el año 2005 es Académico correspondiente de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación.
En este blog nos hemos dedicado ampliamente a hablar acerca de la corrupción política, de los conflictos de intereses y, en general, de las ineficiencias de los sucesivos gobiernos. Y, como en el chiste del vasco que va a misa y le preguntan qué ha dicho el cura, básicamente para oponernos y luchar contra ello. Pero quizá convendría profundizar en el cómo. Digamos que de lo que se trata es averiguar por qué quienes tienen la responsabilidad de gobernarnos a veces mienten, roban, engañan o actúan en su propio beneficio contra el interés de las personas a quienes representan y del país en general y cómo evitarlo. Por simplificar, cabe decir que en este blog manejamos, en general, una visión institucionalista de la realidad política, lo que significa que entendemos que el comportamiento político viene determinado por las instituciones (entendidas en sentido amplio como toda norma o escrita o no escrita) y que por tanto el buen funcionamiento de éstas es esencial para el progreso de los países. Por supuesto, no es la única forma de abordar la realidad política. Existen enfoques conductistas, que ponen el énfasis en la conducta individual de las personas y grupos, con origen en la […]
Presidente Fundación Hay Derecho. Notario de Madrid. Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1979-1984). Oposiciones a Notarías aprobadas en 1988, oposiciones restringidas, entre Notarios, en 1991-1992. En twitter @ignaciogoma
Decía el famoso jurista alemán Ihering que la piedra de toque más segura para juzgar a un pueblo es su reacción ante una vulneración de su Derecho. En España vamos a tener ocasión de pasar ese “test” en breve, de manera que podremos comprobar qué importancia le concedemos a nuestro Estado democrático de Derecho ante la amenaza que supone la próxima aprobación por el Parlament catalán de una Ley de desconexión (la denominada ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república) y de la celebración de un referéndum ilegal. Todo sin ninguna de las garantías que en cualquier democracia seria se consideran imprescindibles para que el resultado resulte vinculante no ya jurídicamente sino incluso políticamente. Por eso el nombre de “ley de desconexión” parece especialmente acertado en la medida en que los secesionistas pretenden no solo desconectarse de España y de su ordenamiento jurídico, sino también del Derecho. Efectivamente, hemos podido constatar que el legítimo Gobierno catalán nacido de las elecciones de 2015 ha decidido prescindir por las bravas del fundamento último de su propia legitimidad, es decir, de la Constitución, el Estatuto de Autonomía y del resto del ordenamiento jurídico vigente en la medida en que contradiga el […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
Consumado el ataque al Estado de Derecho que supone la aprobación y publicación por las bravas de la Ley del referéndum en el Parlament catalán, así como la aprobación del referéndum ilegal creemos necesario hacer unas breves consideraciones sobre lo sucedido. La primera y más evidente es que los golpes de Estado del siglo XXI no se están dando a lo 23-F, con guardias civiles armados entrando en los Parlamentos si no a la turca, a la polaca o la venezolana, desde las propias instituciones, cuyo verdadero sentido y finalidad se retuerce y se desvirtúa. Por eso resultan más difíciles de reconocer y los problemas de legalidad –que son evidentes- se entrecruzan con los de legitimidad, dado que los Parlamentos, a diferencia de los guardias civiles, sí son elegidos democráticamente. Desde este blog ya hemos explicado en una serie de entradas que en el Estado de Derecho no hay atajos y que ningún Parlamento puede saltarse las reglas del juego por mucha mayoría que tenga. Lo que sí puede hacer es cambiarlas por los procedimientos establecidos, y si no tiene la mayoría suficiente o carece de las competencias necesarias tiene que conseguir los acuerdos y los consensos políticos necesarios. Afortunadamente […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
(Comentario de la Sentencia del Tribunal Constitucional 90/1989, de 11 de mayo de 1989: ¿Igualdad en la diversidad territorial?) I. ANTECEDENTES Un murciano reclama contra el Instituto Nacional de Empleo ante la Magistratura de Trabajo el subsidio por desempleo que para los trabajadores agrícolas eventuales se reconoce exclusivamente a los habitantes de las Comunidades de Andalucía y Extremadura. Se le deniega por ser de Murcia. El asunto llega al Tribunal Constitucional por considerar inconstitucional el reclamante que él, padre de familia numerosa sin recursos, trabajador agrícola eventual toda su vida y con cincuenta y cinco años de edad no puede recibir el subsidio previsto para los trabajadores agrarios eventuales por el mero hecho de residir en Murcia, mientras que un trabajador eventual que residiera en las CC.AA. de Andalucía o Extremadura, soltero y sin personas a su cargo, y hasta incluso viviendo en el domicilio familiar, disfrutaría de una renta mensual igual al 75 por 100 del salario mínimo interprofesional. Entiende que se vulnera el principio constitucional de igualdad. Ello es consecuencia del Real Decreto 2.298/1984 -ver art. 1.2 y D.A. 1ª- que limita el subsidio a las CC.AA. de Andalucía y Extremadura, y del posterior Real Decreto 2.405/1985, […]
Notario de Girona
A estas alturas la gran mayoría de los lectores conocerá, aunque sea por las quejas de algún conocido que sea profesional de la Justicia, que LexNet está siendo uno de los mayores quebraderos de cabeza del Ministerio que encabeza el señor Catalá. La razón no es otra que los continuos fallos que están produciéndose en la plataforma desde hace varios meses. El último, sin ir más lejos, el pasado 1 de septiembre, en plena “rentrée” del nuevo curso judicial. Para quién no esté familiarizado con LexNet, recordaremos que se trata de una herramienta de intercambio de información (demandas, escritos de cualquier clase, resoluciones judiciales, etc.) entre los órganos judiciales y los operadores jurídicos (entre otros, órganos judiciales, abogados y procuradores). A la vista del contenido de la herramienta y de los operadores que participan de su uso, no es difícil intuir la enorme importancia de la seguridad y el extremo cuidado con que deben ser tratados los datos residenciados en la plataforma. El problema es que, desde que comenzó a andar la plataforma, los problemas se han sucedido de manera ininterrumpida, como ya se denunció oportunamente en este blog. El más frecuente ha sido la imposibilidad de acceder durante un […]
Editores de la sección Hay Derecho Joven: Ignacio Gomá Garcés, Pablo Ojeda Baños, Matías González Corona, Miguel Fernández Benavides y Nicolás González Muñoz.
Me atrevo a escribir esta entrada principalmente por dos razones. En primer lugar, porque me siento intelectualmente obligado a modificar unas conclusiones publicadas por mí en este blog. En segundo lugar, porque creo que el éxito de la comercialización y reparto centralizados de los derechos de televisión puede servir de reflexión y ejemplo para otras políticas necesarias en otros ámbitos. El 9 de junio de 2015 publiqué en este blog “El nuevo reparto de los derechos televisivos. Una decepción” tras la aprobación del Real Decreto-ley 5/2015, de 30 de abril, “de medidas urgentes en relación con la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional”. Tras señalar algunas ventajas del nuevo sistema, expresé que el principal inconveniente era el de la consolidación de la desigualdad. Real Madrid y Barcelona no perdían ni un euro y los auténticamente beneficiados eran los otros “equipos grandes”. Y es cierto que se ha configurado un grupo de siete grandes. Pero creo que todos han salido ganando y, sobre todo, los más pequeños. A ver si soy capaz de explicarlo. Reconozco que estoy ahora escribiendo bajo la influencia del estupendo libro de Víctor Lapuente “El retorno de los […]
Economista.
Los lectores de este blog ya conocen mi afición por explorar remedios legales que puedan evitar otra crisis financiera que tan graves consecuencias en todos los órdenes ha tenido. Hoy me voy a limitar a alertar del riesgo que para el sistema puede suponer una insuficiente e ineficiente regulación de las denominadas FinTech, a las que ya dedicó atención en este blog F. Zunzunegui Una de las consecuencias de la crisis financiera ha sido la desconfianza generalizada del ciudadano en la banca tradicional y la necesidad de buscar fuentes alternativas de financiación, dadas las restricciones crediticias que han emergido tras los nuevos requerimientos de capital exigidos a las entidades financieras reguladas. Así han aparecido las FinTech (Financial Technology), que son empresas que emplean la tecnología y la innovación en la oferta y prestación de servicios financieros, desde préstamos hasta los seguros, fondos de pensiones, asesoramiento en materia de inversiones, servicios de pagos e infraestructuras del mercado. Estas entidades prestan, pues, servicios de todo tipo, si bien no siempre pueden desligarse del concepto de banca tradicional pues en muchos casos lo que existe es colaboración. Las empresas FinTech pueden ofrecer productos y servicios no sólo directamente al usuario de servicios financieros, […]
Licenciada y doctora en Derecho por la Universidad Pontificia Comillas (ICADE). Catedrática de Derecho Civil. Universidad Complutense. Miembro del Instituto de Derecho Europeo e integración regional (IDEIR) de la Universidad Complutense.
Es codirectora del Curso de alta especialización en insolvencia de persona física y del Curso de alta especialización en Derecho de familia, ambos impartidos en la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense.
Autora de varias monografías y numerosos artículos en revistas especializadas, ha desarrollado varias líneas de investigación sobre transmisión de los derechos reales; derecho de familia y concurso de acreedores; Crisis matrimoniales, Concurso de persona física, prevención del sobreendeudamiento privado: préstamo responsable y ficheros de solvencia patrimonial y “tutela de usuarios de servicios FinTech”. Estas líneas de investigación las ha desarrollado con el apoyo de cuatro proyectos de investigación I+D del Ministerio de Economía y Competitividad de los que ha sido investigadora principal.
En la actualidad lidera otro proyecto de investigación sobre la “Protección jurídica de la vivienda habitual: un enfoque global y multidisciplinar”, gracias a la financiación que recientemente ha recibido del Ministerio de Ciencia e Innovación en la convocatoria de Proyectos I+D de 2021.
Ha codirigido el Tratado de Derecho de la Familia (8 tomos) en el que intervienen más de 40 autores y se tratan todos los aspectos relacionados con el derecho de familia (civiles, penales, administrativos, procesales). Dicho tratado ha sido publicado por la editorial Thomson Aranzadi (2 ediciones).
Ha realizado varias estancias de investigación en la Universidad de Harvard (Harvard Law School) (junio 2010 y mayo de 2016) y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Perugia (junio 2012).
Ha participado en tareas legislativas.
En particular, ha asesorado al Ministerio de Justicia durante los últimos meses del año 2009 y primeros de 2010, dentro de los trabajos de preparación de la propuesta de reforma de la Ley Concursal, en lo que se refiere al concurso de persona física. Un asesoramiento que ha tenido incidencia en las redacciones propuestas para los nuevos artículos 47, 49.2 y 25 de la citada Ley y que se han confirmado en la redacción definitiva de la Ley 22/2011, de 10 de octubre de Reforma de la Ley Concursal. También ha asesorado al FMI sobre la regulación de España de la insolvencia de persona natural y al Ministerio de Economía en relación con los ficheros de solvencia positivos con ocasión de la aprobación de la Ley de fomento de la financiación empresarial.
Ha elaborado para el Ministerio de Justicia una propuesta de regulación de la reforma de la Ley Concursal en materia de Insolvencia de Persona Natural: reforma de la Ley Concursal, Ley de Enjuiciamiento Civil y Ley de Protección de datos personales en materia de ficheros de solvencia positivos. Ministerio de Justicia, enero 2015.
Ha elaborado propuestas de enmiendas al Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario y Proyecto de Ley de Protección de Datos personales a instancia de diversos grupos parlamentarios, habiendo tenido algunas de ellas reflejo en los textos legales finalmente aprobados.
Ha participado en la tramitación del Anteproyecto de Ley de reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal para la transposición de la Directiva UE 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva, insolvencia y condonación de deudas, elaborando un informe con propuestas para la reforma del régimen jurídico de la exoneración del pasivo insatisfecho para la Sección Especial de la Comisión General de Codificación sobre Derecho Preconcursal. Julio 2020. Así mismo ha elaborado enmiendas al Proyecto de Reforma del Texto Refundido de la Ley Concursal, como miembro del grupo de trabajo para la reforma concursal organizado por PIMEC, que han tenido reflejo en el texto definitivamente aprobado.
Ante el ataque frontal a nuestro Estado de Derecho que supone la inminente aprobación por el Parlament de Catalunya de la denominada “Ley de desconexión “ (el nombre completo es “Ley de transitoriedad jurídica y fundacional de la república”) cuyo texto se puede consultar aquí algunos lectores se han dirigido a nosotros para pedirnos un post de los editores. Lo cierto es que nuestro blog desde sus inicios en diciembre de 2010 y después nuestra Fundación han nacido precisamente para defender a la ciudadanía de los ataques al Estado de Derecho. Y fundamentalmente de los ataques por parte de quienes deberían ser sus primeros garantes: las instituciones y los gobernantes. Por supuesto que también nos preocupan los ataques al Estado de Derecho por parte de personas físicas y de empresas; pero los más graves suelen ser los que se realizan desde el Poder, especialmente cuando se invocan grandes principios o ideas que supuestamente dan una coartada a los gobernantes para cometerlos. A lo largo de estos años nuestros lectores han podido comprobar que no hemos cejado en nuestro empeño de denunciar los abusos del Poder, lo ejerza quien lo ejerza y se invoquen los fines que se invoquen. Porque en Derecho, […]
Editores del blog “¿Hay derecho?”
Los episodios veraniegos de la muerte de Miguel Blesa y de la entrada en prisión de Ángel María Villar y sus secuaces sirven de excusa para que desde Lado Oscuro hagamos una encarecida recomendación. Magnífico y muy valiente. Nos referimos al libro titulado «Contra el capitalismo clientelar (o por qué es más eficiente un mercado en el que se respeten las reglas del juego)», publicado hace escasos meses por los editores de este blog bajo el pseudónimo transparente Sansón Carrasco. Ha sido de nuevo en Ediciones Península, y en alguna medida viene a ser una continuación del que ya publicaron en 2014 con el título «¿Hay Derecho? La quiebra del Estado de Derecho y de las instituciones en España». Magnífico libro, como magnífico era su predecesor. Ambos aportan con una prosa muy atractiva y a veces no exenta de ironía, un diagnóstico del estado comatoso en el que se encuentran las instituciones del Estado de Derecho en nuestro país, profundizando en sus orígenes y sugiriendo lo que podrían ser los primeros pasos para iniciar una cura o remedio. Y libro valiente, pues si este post ve la luz con el pseudónimo El Lado Oscuro es, querido lector, porque sus varios […]
Letrada del Consejo de Estado, por oposición, desde 1996. Adscrita en este momento a la Sección Tercera del Consejo que despacha los asuntos procedentes del Ministerio del Interior. Directora del Gabinete del Presidente del Consejo de Estado, desde 1990 a 2003, desempeñando el puesto con los Presidentes Cavero Lataillade y Romay Beccaría. Formó parte de la Comisión de Estudios del Consejo de Estado que emitió informes, entre otros temas, sobre la reforma de la Constitución Española, a instancias del Gobierno de España.
Profesora Colaboradora Asociada de la Universidad Pontificia de Comillas, ICADE, en el Departamento de Derecho Administrativo, donde ha impartido e imparte docencia en Licenciatura, Grado y Posgrado, ocupándose del Derecho Administrativo y la financiación y gestión público-privada de políticas públicas. Profesora de la Escuela de Práctica Jurídica de la Universidad Complutense de Madrid en materias de procedimiento administrativo y contratos
Miembro de la Comisión Jurídica Asesora del Consejo General de la Abogacía Española. Miembro del Comité de Expertos del Observatorio de la Justicia Gratuita. Colaboradora del Instituto Nacional de Administración Pública.
Ponente en jornadas, seminarios, ciclos de conferencias y cursos sobre contratos administrativos, expropiación forzosa, terminación convencional del procedimiento administrativo, asistencia jurídica gratuita, telecomunicaciones, procedimiento administrativo, derecho local, responsabilidad patrimonial, organización administrativa, expropiación, colaboración público-privada, función consultiva, etc.
No parece que muchos juristas hayan caído en la cuenta de la importancia de la sentencia de 27 de junio de 2017, dictada por el Pleno de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo. Sin embargo, marca un antes y un después. No porque acoja la decisión de la mayoría del tribunal de dar por buena la insistencia del CGPJ en nombrar un concreto magistrado para el cargo de Presidente del TSJ de Murcia ni por el notable número de magistrados discrepantes, sino porque uno de los votos particulares nos proporciona la solución a un grave problema que padecemos. Ese voto particular vislumbra la forma de disipar las sospechas de nepotismo en los nombramientos de cargos discrecionales de la Judicatura. Y no podemos pasarlo por alto de ninguna manera. El problema es claro: se percibe actualmente por los ciudadanos, y por los propios jueces, que los nombramientos de los altos cargos judiciales no están regidos por los principios de mérito y capacidad. El nombramiento del Presidente del TSJ de Murcia ha multiplicado esta sensación de preterición y de favorecimiento ajenos a los principios de mérito y capacidad. Todo comenzó cuando la sentencia del TS de 10 de mayo de […]
Licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja. Socia fundadora y vocal de la junta directiva de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial.
(Reproducimos a continuación el artículo publicado por nuestra coeditora Elisa de la Nuez esta semana en el diario El Mundo) Hace algunos días se conmemoró con una ceremonia en el Congreso -no exenta de polémica por no ser invitado el Rey emérito- el aniversario de los 40 años de las primeras elecciones democráticas en nuestro país. Es indudable que España ha cambiado mucho desde el año 1977, e indudablemente el cambio ha sido para bien, como ponen de relieve todos los indicadores. Pero también parece indudable que esta etapa (que ha durado más que el franquismo incluso si contamos la Guerra Civil) está tocando a su fin. Entre otras razones por las estrictamente generacionales. En 1977 una buena parte de la población española había nacido antes de la contienda civil. Muchos podían recordarla. Lo mismo cabe decir de la posguerra. Lógicamente, y pese a la prolongación de la vida, son muy pocos los que a día de hoy pueden recordar una y otra. Y son muy mayores. Por el contrario, la mayoría de la población adulta y joven de hoy eran niños o no habían nacido cuando empezó la Transición. Por edad, les corresponde ser los protagonistas de una nueva etapa. La aparición […]
Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado es licenciada en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1980-1985). Accedió al Cuerpo de Abogados del Estado en el año 1988
En la Administración pública ha ostentando cargos tales como Abogado del Estado-Jefe de la Secretaría de Estado de Hacienda; Subdirectora General de Asuntos Consultivos y Contenciosos del Servicio Jurídico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria; Abogada del Estado-Secretaria del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid; Abogada del Estado-Jefe Servicio Jurídico de la Rioja; Letrada en la Dirección General Registros y Notariado; Abogada del Estado ante el TSJ de Madrid; Abogada del Estado en la Dirección General del Servicio Jurídico del Estado del Ministerio de Justicia
En la actualidad compatibiliza su trabajo en los Juzgados de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con otras labores profesionales.
En el sector público, ha ostentado muchos años el puesto de Secretaria General de una entidad pública empresarial.
En su dedicación al sector privado es socia fundadora de la empresa de consultoría Iclaves y responsable del área jurídica de esta empresa.
Destaca también su experiencia como Secretaria del Consejo de administración de varias empresas privadas y públicas, Secretaria del Consejo de Eurochina Investment,
de la de la SCR Invergestión de Situaciones Especiales, y de la SCR Renovalia de Energía; ha sido también Consejera de la sociedad estatal Seyasa y Secretaria de la Comisión de Auditoria Interna; Secretaria del Consejo de la sociedad estatal SAECA.
En el área docente ha colaborado en centro como ICADE; la Universidad Complutense de Madrid; la Universidad San Pablo-CEU o el Instituto de Estudios Fiscales. Ha publicado numerosas colaboraciones en revistas especializadas, de pensamiento y artículos periodísticos.
Es coeditora del blog ¿Hay derecho? y del libro del mismo nombre editado por Península junto con otros coautores bajo el pseudónimo colectivo “Sansón Carrasco” y Secretaria General de la Fundación ¿Hay Derecho?
A lo largo de las últimas décadas y, sobre todo, tras el estallido de varios escándalos financieros como el de Enron, Worldcom y Parmalat, que evidenciaron la falta de protección de los inversores externos respecto al posible oportunismo de los insiders de la compañía (principalmente, administradores y socios de control), la mayoría de países de nuestro entorno ha incrementado (en algunos casos) o comenzado a exigir o recomendar (en otros), la presencia de consejeros independientes en los consejos de administración de las sociedades cotizadas. El fundamento de esta categoría de consejeros no es más que el de proteger a los accionistas minoritarios y otros outsiders de la compañía a través de garantizar que estos consejeros externos actúen como verdaderos “gatekeepers” cuya labor principal sea la de impedir la posible realización de conductas oportunistas o incluso fraudulentas por parte de los insiders en perjuicio de quienes no tienen los medios, la información o la posibilidad de conocer las particularidades internas de la sociedad. Al igual que acontece con otros “gatekeepers” del mercado como pudiera ser el caso paradigmático de los auditores, la deseabilidad de esta figura de protección de terceros se basa en un pilar fundamental: la independencia del “gatekeeper”. En […]
Aurelio Gurrea Martínez es investigador del Programa de Gobierno Corporativo y Teaching Fellow en regulación financiera internacional en la Universidad de Harvard. Abogado, economista y auditor de cuentas. Doctor en Derecho. Máster en Derecho y Finanzas por la Universidad de Oxford y Máster en Derecho y Estudios Legales Internacionales por la Universidad de Stanford. Es profesor de Derecho, contabilidad y finanzas en el Centro de Estudios Garrigues. Socio fundador de Dictum Abogados. Miembro académico del European Corporate Governance Institute y miembro de la American Law and Economics Association. Ha sido profesor de Derecho Mercantil en la Universidad CEU San Pablo de Madrid, profesor de Derecho Societario Comparado en la Universidad de los Andes, e investigador visitante en diversas instituciones en Estados Unidos, América Latina y Europa, incluyendo la Universidad de Harvard, la Universidad de Columbia, la Universidad de Yale y el Max Planck Institute for Comparative and International Private Law en Alemania. Es asesor del Ministerio de Justicia en España y, a propuesta del Ministerio de Economía, ha actuado como experto para la evaluación de la normativa de insolvencia y garantías en España en el marco de un programa del Fondo Monetario Internacional. Ha recibido diversos premios y condecoraciones, incluyendo la Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort otorgada por el Ministerio de Justicia en España, la Beca Talentia otorgada por la Junta de Andalucía para la realización de estudios de posgrado en la Universidad de Oxford, el premio al mejor artículo en Derecho y Economía en la Universidad de Stanford, y el premio Rising Star of Corporate Governance 2016 otorgado por la Universidad de Columbia de Nueva York. Está especializado en Derecho de sociedades, Derecho concursal, Derecho contable, finanzas corporativas, regulación financiera y mercado de valores.
Hace algún tiempo escribí algunos artículos sobre la lucha contra mi enfermedad en este blog (aquí y aquí). También se publicó otro artículo en ABC (aquí). Siempre he pensado que dar a conocer mi situación con una enfermedad rara, lejos de responder a un exhibicionismo impúdico, puede ayudar a dar a conocer una enfermedad rara: puede ayudar a otros que se encuentran en la misma situación y puede poner un granito de arena para que se encuentre una solución a la enfermedad. Cierto que el granito es pequeño, pero aún los grandes desiertos están hechos de pequeños granos de arena. Yo tengo una variedad de parkisonismo llamada atrofia multisistema, que no tiene cura y que es una enfermedad rara. Las enfermedades raras encontrarán solución un día y por eso los que las padecen hacen ímprobos esfuerzos en darlas a conocer. El ejemplo más claro reciente es el de Francisco Luzón y la Esclerosis Lateral Amiotrófica. Ha creado una fundación, concede numerosas entrevistas y ha publicado un libro admirable (El viaje es la recompensa). Ha pasado un tiempo desde mis primeros artículos y ¿dónde y sobre todo cómo estoy ahora? La enfermedad, desde luego, ha evolucionado para mal, pero no todo son […]
Gonzalo Jiménez-Blanco es Licenciado en Derecho y Ciencias Empresariales (ICADE E-3) y Abogado del Estado. Ha desempeñado servicios en el Ministerio de Industria, en la CNMV, en el ICO y en BT Telecomunicaciones. Actualmente, y desde 2002, es socio de Ashurst LLP, donde ha sido Managing Partner (2007-2012) y desde 2012, Head of Spain. Autor de numerosas publicaciones jurídicas y del relato corto «Últimos días en la India» (Publicado en el libro En la frontera, FIDE-Ed. Almuzara). Árbitro en arbitraje doméstico e internacional, aparece destacado como uno de los «Most in Demand Arbitrators» por el directorio Chambers. Los artículos publicados en el blog «Arbitrando que es gerundio» (http://blogs.elconfidencial.com/economia/arbitrando-que-es-gerundio) en “El Confidencial” se han reunido en el libro “El arbitraje en 55 lecciones prácticas”. Ha coordinado el “Anuario de arbitraje 2016”. Escribe la columna política “De casta le viene al galgo” en el periódico Ideal de Granada. Edita el blog “Vivir De Cine” en http://www.blog-vivir-de-cine.es/ y el blog “de viajes” en http://www.blog-de-viajes.es. Ha publicado numerosos artículos jurídicos. Tiene una web de arbitraje www.gonzalojimenezblanco.com y una web general www.jiblansa.es en la que recoge sus intereses generales.
Mucho se ha escrito en este blog sobre la batalla judicial de las cláusulas suelo. Tratándose de una materia de indudable relevancia práctica y que afecta de manera directa a varios millones de ciudadanos, desde el inicio de la contienda hemos ido poniendo el foco sobre las diversas resoluciones que se han ido dictando al respecto (ver aquí, aquí o aquí). Y como bien saben nuestros lectores, la defensa del Estado de Derecho –nuestro leitmotiv- no tiene tanto que ver con el improductivo debate de buenos y malos (hoy tan de moda), sino más bien con el debido respeto a las reglas de juego. Recientemente, saltaba a las primeras páginas de la prensa la enésima noticia sobre cláusulas suelo, o, lo que es lo mismo, la última victoria de los consumidores frente a la banca. Los titulares eran muy ilustrativos: “El Supremo acuerda que los bancos paguen todas las costas de las cláusulas suelo” (ver aquí) o “Los bancos deberán pagar las costas de los pleitos de las cláusulas suelo cuando sean condenados” (ver aquí). ¿Primera impresión? La fiesta sigue. La resolución judicial que ha generado este revuelo mediático no es otra que Sentencia de la Sala Primera del Tribunal […]
Abogado del Departamento de Litigación y Arbitraje de Ontier-España y Editor de Hay Derecho. Licenciado en Derecho por la Universidad de Castilla-La Mancha y Máster en Práctica Jurídica Empresarial por el Centro de Estudios Garrigues.
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