¡Ay Derecho! Financiando la compra de armas por Real Decreto-ley

En este blog hemos denunciado repetidamente el uso y el abuso de la figura del Decreto-ley, en particular en ciertas materias (supuestamente excluidas de su ámbito de aplicación)  durante la legislatura en la que el PP ha tenido mayoría absoluta. Con poco éxito, por cierto, dado que el único control jurídico posible -respecto al control político el Parlamento no pintaba nada por razones obvias- era vía recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, que se toma su tiempo. Y como suele suceder, unos años más tarde llega la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional que estima el recurso  presentado por diputados de los Grupos Parlamentarios Socialista, IU, ICV-EUIA, CHA: La Izquierda Plural; y Unión Progreso y Democracia, es decir, la mayoría con alguna ausencia interesante (PNV o CiU) .

La sentencia del Tribunal Constitucional dice, en resumen, que el uso sistemático del Decreto-ley como forma de aprobar créditos extraordinarios para financiar los programas especiales de armamento no respeta la Constitución. Dicho de otra forma, si bien se puede justificar la utilización de la figura del crédito extraordinario (para entendernos, créditos no contemplados en la Ley presupuestaria de turno) hay que hacerlo por Ley y no por Decreto-ley salvo que concurran las circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad, que ni aquí ni en tantos otros casos se explica o se justifica por qué concurren. Desde luego, por ahora en guerra no estamos, y está claro que otros proveedores de otros servicios y bienes a la Administración no reciben el mismo trato, como apunta el propio TC..

Interesa destacar que, según diversos medios, el Gobierno ha concedido esta legislatura, a través de Reales Decretos leyes, créditos extraordinarios para programas especiales por más de 4.000 millones de euros, el último el pasado año por 883 millones. Al frente del Ministerio de Defensa, el inquietante Pedro Morenés, con vínculos conocidos con empresas del sector, al que volverá en breve, según ha anunciado él mismo.

Quizás no esté lejos el día en que nos enteremos realmente de lo que ocurre en el Ministerio de Defensa en este ámbito, aunque dada la opacidad reinante no parece nada fácil. Mientras tanto, podemos comprobar una vez más como en España se pueden financiar armas por un importe de casi 4.000 millones de euros sin que el Parlamento lo pueda debatir, sin que los medios se pregunten nada, sin que la opinión pública se entere y sin que la anulación -años después- por el Tribunal Constitucional sirva de nada. Nadie se hace algunas preguntas que merecería la pena contestar como ¿de donde sale toda esta deuda en compra de armas? ¿Quien y cuando decidió su compra? ¿Por qué sistemáticamente excede del presupuesto destinado por Defensa a su adquisición? Este tipo de cosas.

Eso sí, de algo sí podemos estar seguros: nadie va a a dar explicaciones y nadie va asumir ninguna responsabilidad. Ni jurídica ni política.

¡Ay, Derecho! Todos somos Leo Messi

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Acabamos de leer con incredulidad que el Fútbol Club Barcelona ha lanzado una campaña en defensa de su jugador estrella, Leo Messi, condenado por delito fiscal a 21 meses de prisión por la Audiencia Provincial de Barcelona, en una sentencia que esperamos poder comentar con un poco más de calma.

Los editores del blog queremos manifestar nuestro rechazo ante el desparpajo del FCBarcelona y lo asombroso de su lema. Ya no todos somos Charlie, o París, o Bruselas, lugares donde han muerto muchas personas en matanzas terroristas. No, ahora resulta que todos somos Leo Messi, nada menos que un jugador multimillonario, que mete muchos goles y que prefiere no pagar sus impuestos. Pues la verdad es que los editores de ¿Hay Derecho? no somos Leo Messi, y esperamos que nuestros colaboradores y lectores tampoco. Y aunque en Cataluña haya algunos que acostumbren manifestarse en contra de las instituciones y del Estado de Derecho en nombre de la Historia, el pueblo, o el derecho a decidir, la verdad es que en nombre de los goles resulta un poco alucinante.

Decididamente, el que secunde este tipo de campañas debería tener claro que lo que está pidiendo es que haya personas por encima de la Ley que tengan el privilegio de hacer lo que les de la gana. Vamos, la vuelta al Antiguo Régimen.  Y luego nos quejamos de nuestros políticos.

 

 

¡Ay, Derecho!: Titiriteros en prisión (o de Ozores a Kafka)

El Ayuntamiento de Madrid programa el pasado viernes durante las fiestas de Carnaval una obra de títeres para adultos (no más violenta que cualquier película de Tarantino) y la recomienda en su programación general para menores. Los niños y sus padres esperan ver una cosa y les ofrecen otra muy distinta, con su normal disgusto. Se arma un alboroto y llega la policía. Como durante la representación uno de los títeres ha levantado durante unos instantes una pancarta con la leyenda “Gora Alka-ETA” el asunto termina en la Audiencia Nacional. El Fiscal pide prisión provisional incondicional por enaltecimiento del terrorismo, nada menos, y un juez de la Audiencia Nacional (se supone por eso mismo que con personalidad y experiencia) la concede. Según afirma en su auto (que pueden consultar aquí) se trata de evitar que los titiriteros puedan huir y seguir representado por España su obra de títeres en horario infantil con la connivencia culpable de los Ayuntamientos implicados (no hay otra explicación mejor). Y eso pese a que los malhadados títeres también han sido confiscados y duermen en los almacenes de la policía. Los titiriteros pasan cinco días en la cárcel, hasta que son liberados la tarde de ayer, pero con la obligación de entregar su pasaporte y pasar todos los días por el juzgado. Como ven, una sucesión de chapuzas propia de la España desarrollista con el añadido final del calabozo también característico de la época. Una comedia mala de Ozores que ha tenido repercusión hasta en el Financial Times (aquí). Pero seguro que a los titiriteros les suena más a Kafka.

En esta astracanada ha hecho el ridículo mucha gente, pero los que han pagado el pato son los niños, los títeres y especialmente los titiriteros. Al fin y al cabo los niños, después del susto, algo se habrán divertido, si no con los títeres, al menos viendo el follón que se montó durante la representación, con presencia de la policía incluida, cosa que siempre gusta mucho cuando no hay peligro real de por medio. Por su parte los títeres, pese a su explosiva peligrosidad, son seres inanimados. Pero los titiriteros han pasado cinco días a la sombra y tendrán que pasarse todos los días por el juzgado durante bastante tiempo. Nos podrá gustar más o menos su espectáculo (probablemente menos) pero de eso ellos no tienen la culpa. Lo han creado y lo representan allí donde se lo piden (por cierto, según el citado auto tal cosa constituye un indicio claro de la peligrosidad de estos elementos). Es obvio que la responsabilidad es de quien los contrata, los paga con dinero público y los anuncia para un público infantil. Que algo así pueda ocurrir solo se explica por la combinación de prejuicio e ignorancia que caracteriza a un sector bastante amplio del actual Ayuntamiento de Madrid. Una muestra más del chamanismo político que con tanto acierto denuncia Victor Lapuente.  El “no importa el rigor, la profesionalidad y el cuidado con el dinero público, porque yo soy progresista y lo voy a utilizar para el bien”, debe ser el nuevo motto del consistorio. Así se explica que, en lo que hace a las formas y procedimientos de contratación, este Ayuntamiento se parezca tanto al del PP.

Pero para que el ridículo fuese completo se necesitaba algo más. Se supone que dos profesionales de una institución tan seria como la Audiencia Nacional no solo no están para perder el tiempo con esta bobada, sino que deben tener la entereza suficiente como para resistirse frente al populismo histérico y bifronte que nos golpea. Pero parece que el populismo punitivo (tan ampliamente compartido en nuestra sociedad por la derecha y la izquierda, aunque hasta ahora no especialmente por los jueces) en esta ocasión ha podido con la última barrera, para desgracia de todos y no solo de los titiriteros. Si hay un escándalo y alguien no va a la cárcel parece que nos estamos contentos, como si no hubiera que arreglar bastantes cosas antes.

El auto de prisión no hay por dónde cogerlo. Si aquí hay enaltecimiento del terrorismo Tarantino y Sergio Leone no deberían haber pisado nunca la calle. Solamente cuando los hechos son indicio de un delito claro puede adoptarse una medida de este tipo, lo que falta clamorosamente en este supuesto. Pero aunque lo hubiese, una medida tan seria como la prisión incondicional no se puede tomar cuando no hay riesgo grave para la colectividad, ni riesgo razonable de fuga (uno de ellos padece una incapacidad grave) ni de destrucción de pruebas. El somero interrogatorio del viernes debería haber despejado y aclarado todo este asunto en cinco minutos. Repitámoslo una vez más: sin títeres y sin Ayuntamientos irresponsables estos titiriteros son inofensivos. Lo que no es inofensivo es el populismo de toda calaña que nos invade. Pero a esto se le combate de otra manera y no dejándose llevar por él.

¡Ay, Derecho! Versión original. Sobre la noticia publicada hoy en El Confidencial sobre la empresa Iclaves, fundada por nuestra coeditora Elisa de la Nuez

Ya sabemos que denunciar la corrupción tiene un precio. Lo que no sabíamos es que, al parecer, también lo tiene trabajar como expertos independientes en el programa electoral de un partido político emergente.  Esta mañana el periódico digital “El Confidencial” ha publicado una noticia sobre la contratación de la empresa IClaves de la que es socia fundadora nuestra coeditora Elisa de la Nuez (miembro junto con el coeditor Rodrigo Tena del “comité de sabios” que ha asesorado a Ciudadanos en cuestiones de regeneración democrática y reforma constitucional) en la que se vierten una serie de hechos que no son ciertos. La finalidad parece clara, intentar desprestigiar a nuestra coeditora afirmando que ha existido una “revolving door” entre su puesto como Secretaria General en Red.es (que dejó en marzo ede 2006) y su trabajo en la empresa Iclaves (constituida a principios de 2009) especializada en consultoría en temas de sociedad de la información, insinuando un trato de favor a esta empresa por parte de Red.es. Por cierto, que EC también dedicó otra portada a otro de nuestro coeditor, Rodrigo Tena, difícilmente explicable a nuestro juicio desde el punto de vista de su interés informativo.

Sin perjuicio del ejercicio del derecho de rectificación previsto en nuestra normativa vigente y que ya hemos puesto en marcha, querríamos aclarar algunos datos a los lectores, dado que EC no se ha tomado la molestia de hacerlo pese a que el periodista habló personalmente con Elisa de la Nuez y esta se los facilitó. Cosas irrelevantes, claro, como que esos contratos los ha tenido también con otras muchas instituciones públicas, incluidas las de la Unión Europea, con el sector privado, o el pequeño dato sin importancia de que en la mayoría de los citados contratos con Red.es, como consecuencia de haber ido en UTE, ha percibido un porcentaje muy inferior de la facturación que se difunde en la noticia. Por no mencionar que se trata de concursos públicos muchos de ellos decididos por puros criterios económicos.  No dejes que la realidad te fastidie una bonita historia, sobre todo si se puede fastidiar a los que intentan cambiar las cosas.

Afortunadamente, como a diferencia de otros damnificados por el amarillismo en nuestro país tenemos este blog, podemos (mientras EC rectifica su noticia) proporcionar de manera inmediata a nuestros lectores y a cualquiera que esté interesado la V.O. de la historia. Que es bastante menos interesante, qué le vamos a hacer.

La empresa Iclaves se constituye a principios de 2009 como empresa especializada en consultoría y asesoría en materia de sociedad de la información y nuevas tecnologías, por ser esa la experiencia profesional con la que cuentan en particular alguno de sus socios. A partir de ese momento, y con distintas vicisitudes empresariales, presta servicios a una serie de entidades públicas y privadas, entre ellas Red.es, entidad pública empresarial en la que Elisa de la Nuez desempeñó el cargo de Secretaria General desde finales del 2001 hasta marzo de 2006 en que fue cesada por el Consejo de Administración. Para los legos, un Secretario General no adjudica contratos, aunque sí asesora al Consejo de Administración, con voz pero sin voto. Pocos favores debió de hacer, porque no recibió ninguna oferta de empresas del sector, sino que regresó a la Administración hasta que pidió la excedencia.

En febrero de 2009 constituyó con mucha ilusión, algo de dinero y varios socios la empresa Iclaves. Ya sabemos que no es normal ser un funcionario emprendedor, pero el caso es que haberlos, haylos.  Y los que conocemos a Elisa personalmente sabemos que tiene un cierto espíritu pionero y que le encanta montar cosas. Por tanto, aunque se podía haber quedado tranquilamente en la Administración como Abogada del Estado o buscar acomodo en algún despacho, como hacen la mayoría de sus compañeros, prefirió lanzarse al emprendimiento. Los primeros años no estuvieron mal, y consiguieron contratos importantes (en el sector público y en el privado) pero a partir de 2012 la crisis llegó -con cierto retraso- también a las pymes españolas y la pérdida de algunos clientes relevantes llevaron a una caída de la facturación, a una reducción drástica de plantilla y a cambios en la sociedad que se concentró mucho más en la elaboración de informes y de estudios y menos en proyectos grandes que llevaban un componente importante de asesoramiento jurídico.   Por esas razones, Elisa pidió el reingreso en la Abogacía del Estado en diciembre de 2012 con un nivel 24, es decir, con compatibilidad. A partir de ese momento y por razones de trabajo su vinculación con Iclaves ha sido necesariamente menor, siendo otros socios los que llevan el día a día. Ahora lo que compatibiliza básicamente es su labor en los Juzgados centrales de lo contencioso-administrativo con la Secretaría General de la Fundación ¿Hay Derecho?, nuestro nuevo proyecto.

Pues bien, volviendo a la noticia de El Confidencial, la facturación que se ha realizado por Iclaves a Red.es no asciende como se afirma a 1,5 millón de euros, dado que la mayoría de las adjudicaciones realizadas han sido en UTE (Unión temporal de Empresas) y por tanto la facturación total se distribuye entre las distintas empresas de la UTE de acuerdo con su porcentaje de participación en la misma. En concreto, el porcentaje de participación de Iclaves en las UTES que han resultado adjudicatarias en Red.es es el que aparece en amarillo en el listado total de los contratos que figura en el listado de todos los contratos que incorporamos aquí. No hemos hecho el cálculo total, pero desde luego sale bastante menos, si tenemos en cuenta que en los “grandes contratos” de FICOD la participación de Iclaves es del 10% sobre el papel (en las escrituras de la UTE) y 7,3% en la ejecución (sobre facturación total).

Por otro lado, tampoco es cierto que la empresa Iclaves gane siempre concursos en Red.es. Tardó bastante en hacerlo en realidad. Y además ha perdido muchos concursos a los que ha presentado ofertas, sola o en UTE, como le pasa a cualquier empresa. Por eso se presentan muchas. También nos interesa destacar que ningún contrato a Iclaves ha sido “a dedo” y que algunos han sido auténticas subastas, es decir, contratos donde solo puntúa la oferta económica. En general en Red.es priman los criterios de valoración de carácter económico sobre los de carácter técnico, especialmente en los últimos años. Eso se puede comprobar fácilmente acudiendo a los pliegos de los concursos, que son públicos.

No solo eso, en una época determinada Red.es no ha tratado especialmente bien a Iclaves, por distintas razones que exceden de este post pero que tienen un componente personal. De hecho se produjo una anulación anómala de un contrato ya adjudicado. En julio del año 2009 la entidad pública empresarial Red.es adjudicó un contrato en concurso público a la empresa SEATRA para la organización del evento FICOD. Iclaves figuraba como subcontratista para la realización de la consultoría en materia de contenidos del evento. (Este es uno de los contratos que se han ganado en UTE con posterioridad dada la especialización de Iclaves). Pues bien dicho contrato fue anulado por Red.es en agosto de ese año supuestamente por falta de presupuesto por motivos poco claros, para adjudicarlo por procedimiento negociado sin publicidad a otra empresa que al parecer le gustaba más. Esta noticia, que constituyó un pequeño escándalo, saltó a los periódicos en su momento como puede verse en este link .

Se recurrió dicha anulación de contrato en vía administrativa primero (confirmando el Presidente de la entidad pública empresarial, Francisco Ros Perán la resolución de su Director General, Sebastián Muriel) y posteriormente en vía judicial. Antes de dictarse sentencia se reconoció por Red.es la existencia de un proceder incorrecto y se abrió un expediente para la concesión de una indemnización a las empresas afectadas, Seatra e Iclaves por los daños y perjuicios causados. Esta información se le facilitó expresamente al periodista que ha redactado la noticia como elemento importante para demostrar la inexistencia de trato de favor alguno, más bien al contrario, pero ha decidido no utilizarla.

Tampoco es verdad que Iclaves solo contrate con Red.es, ni de lejos. Ha ganado muchos concursos -normalmente dentro de su sector, claro, es lo que tiene la especialización- y algunos con instituciones públicas tan poco sospechosas (esperamos) como la Comisión y el Parlamento europeos, donde por cierto se pueden consultar hasta las puntuaciones de las adjudicaciones, dado que afortunadamente la transparencia es mucho mayor que aquí. Y también ha perdido muchos, claro está. Como todas las empresas normales. Sin embargo, pese a que este dato se proporcionó al periodista, la información publicada en EC se regodea en destacar que “pese a que la empresa presume de un importante bagaje”, “no hay rastro público de adjudicaciones a IClaves desde otras administraciones públicas”, repitiendo machaconamente que la relación de  IClaves con la Administración se limita a esos cinco contratos, para dar a entender malévolamente que todo el bagaje de la compañía es ese “revolving door” que el periódico tan diligentemente denuncia.

Pero es que, además, los primeros contratos con Red.es (todos ellos adjudicados por concurso público) datan del año 2011, cinco años después de su cese, por lo que difícilmente puede hablarse de “revolving door” y menos aún cuando lo que se hace es constituir una empresa para prestar servicios en el sector de la actividad donde los socios tienen experiencia y capacidad profesional. Montar una empresa requiere capacidad de emprendimiento y de asunción de riesgos, y mucho trabajo.  Y además se puede perder dinero. La gente que quiere tirar de revolving door no se lo pone tan difícil, la verdad.

Por último, hacer una reflexión sobre la calidad y el rigor del periodismo español. Si nosotros no tuviéramos este blog lo tendríamos mucho más difícil para dar nuestra V.O. Por una vez, puede que que Manuela Carmena tenga algo de razón. El periodista que habló con Elisa tenía estos datos o los podía encontrar. Pero prefirió no utilizarlos, él sabrá por qué y a qué intereses sirve. Nosotros solo podemos imaginarlo. Y de hecho nos lo imaginamos. Pero tiene poca importancia quién sea y por qué lo hace. Lo que sí la tiene es que haya medios de comunicación a los que no les importa hacer juego político y renunciar a su deber sagrado como Cuarto Poder que, también, debería estar separado de los otros tres. En este caso, la falacia es fácilmente desmontable. Pero en otros no lo es y corremos el riesgo de que el juego político se altere de un modo parecido a como lo hace cuando el ejecutivo entra en el judicial o éste en el legislativo. Aunque hay que reconocer que todo ello tiene un aspecto positivo: el célebre “ladran, luego cabalgamos”.

La lista de contratos de Iclaves hasta el momento con entidades públicas sujetas a publicidad obligatoria puede consultarse aquí (Resumen contratos Iclaves_HD). Hemos puesto en amarillo los que han sido adjudicados en UTE por Red.es a lo largo de varios años y destacado el porcentaje de participación de Iclaves en cada caso. En cuanto a los cálculos, que los hagan en EC, que nosotros tenemos que trabajar y bastante tiempo se pierden con estas cosas. Como puede verse son bastantes a lo largo de varios años y hay contratos además de con instituciones comunitarias con entidades públicas y privadas, la mayoría del sector de nuevas tecnologías y la sociedad de la información. Pero es que uno se suele presentar a los concursos que puede ganar porque está especializado en un sector.

Y esta es la historia, que nos tememos que vende bastante menos que la que ha publicado EC. A ver si hay suerte y rectifica. Si no, nos veremos en los tribunales, que para eso tenemos las herramientas del Estado de Derecho. Ahora la explicación les toca a ellos.

¡Ay, Derecho! El Consejo de Seguridad Nuclear otra vez. De politización y ceses en puestos técnicos de libre designación

Desde este blog hemos venido denunciando reiteradamente el problema que supone para el adecuado respeto a los principios de mérito y capacidad en el sector público el nombramiento “a dedo” de numerosos puestos de trabajo que no tienen carácter directivo, sino técnico. Son los ya famosos “puestos de libre designación” que en nuestras Administraciones Públicas proliferan como la espuma, de manera que en ciertos organismos reguladores, como en el Tribunal de Cuentas, la mayoría de los puestos de carácter técnico (es decir, de letrados o de auditores) se cubren por este sistema, como ha denunciado recientemente el Peer Review realizado por el Tribunal de Cuentas europeo y el portugués a nuestro Tribunal de Cuentas (En breve publicaremos el estudio de la Fundación ¿Hay Derecho? donde se estudia a fondo este fenómeno destacando la diferencia con lo que sucede en otros países de nuestro entorno).

Pero el problema no se acaba con el nombramiento para los puestos de libre designación por razones de confianza, confianza que en el país del enchufe suele estar más ligada a las relaciones personales y a las afinidades que a la formación y la experiencia profesional. Efectivamente, en estos puestos el cese es libre – o así lo vienen interpretando las instituciones-  y por tanto por solvente y capaz que sea la persona que lo desempeña, siempre  está al albur de esa pérdida de confianza que nadie se molesta en justificar en razones más o menos objetivas o profesionales, porque va de suyo que o se tiene o no se tiene. Así las cosas, no hay que extrañarse de que en nuestras Administraciones los funcionarios se caractericen más bien por cierto conformismo frente a las instrucciones de sus superiores jerárquicos, incluso en los casos en que estas instrucciones resulten técnica o legalmente dudosas.  Hay que recordar que los puestos de libre designación son los puestos superiores de la carrera profesional, los mejor retribuidos y los más interesantes.  Los empleados públicos poco dóciles se juegan literalmente el puesto.

Hasta hace relativamente poco los Tribunales de Justicia tampoco han sido especialmente beligerantes con los requisitos para realizar este tipo de nombramientos o ceses. Las cosas han empezado a cambiar un poco en relación con los nombramientos en la propia Carrera Judicial (probablemente algo tendrá que ver con el conocimiento directo por parte de los juzgadores de cómo se hacen) pero todavía queda mucho camino por andar, aunque ya existen también sentencias que exigen una motivación basada en razones profesionales y objetivas tanto para realizar un nombramiento como un cese en un puesto de trabajo de libre designación en otros ámbitos distintos al de la carrera judicial.

Eso sí, lo que ha cambiado muy poco es la práctica de nuestras instituciones.  Recientemente hemos vuelto a tener un ejemplo muy interesante de cómo un organismo regulador, el muy politizado Consejo Seguridad Nuclear (en su día le dedicamos algún post a la impugnación por parte de UPYD de los nombramientos de sus Vocales)  utiliza el libre cese de un empleado público, aunque esta vez no nos podemos quejar de falta de motivación.

Conviene recordar para los despistados que recientemente el PP ha nombrado como Consejero a un catedrático en Ingeniería nuclear que había formado parte de sus listas electorales municipales, rompiendo así el tradicional “equilibrio” (léase reparto por cuotas partitocráticas) entre los grandes partidos. Del perfil de los demás (ex secretarios de Estado, ex Ministras diputadas, y hasta pediatras) ya hemos hablado largo y tendido.

Pues bien, en este caso el Consejo justifica en una nota informativa sin precedentes por lo extensa y lo prolija el cese de la  persona que ocupaba un puesto “predirectivo” (sic) como Jefe de Area de Experiencia Operativa y Normativa en la Subdirección de Instalaciones Nucleares en la Dirección Técnica de Seguridad Nuclear. Da un poco de vértigo pensar que este tipo de puestos también son de libre designación, como los de los gerentes de hospitales, de los que también nos hemos ocupado aquí 

En definitiva, en España los puestos técnicos resulta que son de confianza, es decir, que son de quita y pon, lo que es una consecuencia directa de la politización de nuestras instituciones. Crucemos los dedos para que no ocurra nada grave. En ese sentido, es muy ilustrativa la nota del Consejo que pueden leer completa aquí. pero para los que tienen poco tiempo he seleccionado un par de párrafos:

“La revisión de este procedimiento se llevó para su aprobación a la reunión del Comité del Sistema de Gestión que tuvo lugar el 21/07/2015. En esta reunión, en presencia de dos miembros del Pleno, el interesado se permitió cuestionar la autoridad del director técnico de Seguridad Nuclear, manifestando su posición contraria a esta revisión y expresando “que se estaba cambiando el procedimiento de clasificación de sucesos en la escala INES por la puerta de atrás. Esta actitud absolutamente improcedente, obviando los deberes de los empleados públicos y el código de conducta que establecen los artículos 52 y 53 de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, desencadenó la petición de su cese por parte del director técnico motivada por la pérdida de confianza, que se había venido produciendo a lo largo de los últimos meses como se ha mencionado anteriormente.

El CSN quiere reiterar que una modificación de la asignación de un responsable en un puesto de trabajo en un puesto de libre designación, es una modificación de orden interno, que no se trata de un despido sino de una reasignación de un responsable a otras tareas y que se produce dentro del funcionamiento normal de cualquier institución. De igual forma, la Dirección no puede permitir el establecimiento de estructuras paralelas en los mecanismos de toma de decisiones, ni que se arroguen atribuciones que no corresponden. También y como garante de la seguridad nuclear y la protección radiológica de los ciudadanos en España, el CSN quiere con esta nota informar que este es un asunto de orden interno y de carácter puramente laboral, que no compromete ni la seguridad de las centrales nucleares ni la comunicación de la misma.”

En fin, la reacción de FEDECA, la Federación de Cuerpos Superiores de la Administración, no se ha hecho esperar en forma de carta pasada por registro del CSN y también dirigida al Congreso de los Diputados denunciando este tipo de prácticas que tanto contribuyen a deteriorar la imagen de neutralidad y profesionalidad de las instituciones y por tanto su credibilidad.

¿La solución? Urge recuperar el principio de mérito y capacidad en el sector público. A mi juicio a estas alturas esto ya solo es posible suprimiendo la libre designación (y el libre cese) para los puestos de carácter técnico, es decir, para todos los puestos que no tengan carácter directivo, entendidos en sentido estricto y limitados a los niveles 30. Esperemos que algún partido político de los que no tienen hipotecas  se atreva a proponer y sobre todo a exigir este tipo de medidas.

¡Ay, Derecho! Los nuevos plazos de instrucción criminal y la alarma en la Fiscalía

Las tres asociaciones de fiscales así como a título individual -hasta hoy- casi 900 fiscales han pedido al Gobierno que amplíe los plazos de entrada en vigor de la nueva reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (publicada en el BOE el 5 de octubre y con una vacatio legis de 2 meses), por resultar inasumibles las pretensiones del legislador.   ¿Cuál es aquí el problema?   La cuestión es que en España los plazos de duración de los procesos son demasiado largos, y ello es debido a una variedad de causas, tales como un proceso penal obsoleto, una investigación contradictoria, falta de jueces, de fiscales, de personal auxiliar, de unos medios materiales muy deficientes y en concreto de unos sistemas informáticos lamentables sin coordinación entre Juzgados y Fiscalías, entre otras.

No son tópicos, es absolutamente real.  En este momento se superan largamente las 900.000 causas penales pendientes en la Justicia española, de las que la mayor parte son causas en investigación.  La nueva reforma establece que a partir de la entrada en vigor (es decir, a primeros de diciembre de este año), todas las causas pendientes habrán de haberse concluido en un periodo ordinario de seis meses, salvo que se considere la instrucción “compleja” en que por causas tasadas podrá extenderse la investigación hasta un límite de 36 meses. Ello va a obligar a la Fiscalía a revisar desde el día 5 de diciembre y durante un plazo máximo de seis meses, cientos de miles de causas para establecer que pruebas faltan para preparar el Juicio, a solicitar la práctica de esas pruebas que faltan, y a hacer escritos provisionales de acusación que es la única manera de cercionarse de que se dispone de prueba para ir al Juicio Oral.  La sanción que establece la ley en caso contrario es la de no poder solicitar más prueba transcurridos los seis meses.   Si la ley hubiera simplemente establecido que sus disposiciones se aplicarían solo a los procesos incoados tras su entrada en vigor hubiera parecido defectuoso técnicamente, pero no insensato ya que es cierto que no podemos tener una Justicia penal de tan escasa calidad.

El problema es que la nueva ley se aplica a los cientos de miles de procesos pendientes, con lo que de repente y tras el abandono a que por sucesivos Gobiernos se ha sometido a la Justicia (la principal preocupación sobre la misma ha ido dirigida precisamente a establecer controles políticos en las jerarquías judicial y fiscal), se pretende acabar con los atascos estructurales sin abordar las causas, simplemente determinando que se acaben. Ese modo de proceder avoca a fiscales y jueces a un esfuerzo enorme que honestamente no creo que pueda prestarse con la atención precisa, y además sin dotación alguna de medios personales añadida, tal como establece cuidadosa y expresamente la ley: la aplicación de esta norma no supondrá costes económicos.

¿Qué pasará? Al Gobierno se le pide que amplíe el plazo, veremos si son sensibles al problema. En caso contrario, la reforma entrará en vigor, se hará recaer sobre los jueces de instrucción y los fiscales, en muchísimos casos sobrecargados de trabajo, la corrección de retrasos estructurales en la Justicia -sin asignación de más medios materiales y sin abordar las causas de los retrasos-, lo que probablemente supondrá que muchos procesos concluirán con poca prueba avocados a archivos o a absoluciones inevitables por falta de prueba de cargo.  Es probable que en un par de años el número de causas penales pendientes se habrá reducido significativamente, pero el precio que se va a pagar será alto. Y ese precio no lo van a pagar -salvo tal vez electoralmente- los responsables de la ley; lo van a pagar fundamentalmente al margen del personal al servicio de la Justicia afectado, las víctimas de los delitos mal investigados.

¡Ay, Derecho! El Poder Judicial ante el espejo.

Sin pena ni gloria, como tantas otras cosas imprescindibles en nuestro país, ha pasado el resumen de los informes 2014-2015 de la Red Europea de Consejos de Justicia y que analiza varias cuestiones trascendentales para la salud del Estado de Derecho: la independencia y la rendición de cuentas del Poder Judicial y de la Fiscalía, los estándares judiciales mínimos y los procedimientos disciplinarios y la responsabilidad de los jueces. Este 20150716 RESUMEN DE LOS INFORMES RECJ 2014-2015 puede encontrarse en la excelente página web del CGPJ, si bien todo hay que decirlo con un poco menos de facilidad que la acostumbrada. No es para menos, dado que los resultados de la encuesta ponen los pelos de punta, y eso que solo han participado un número relativamente pequeño de jueces, en concreto el 23%. El 77% no se ha tomado la molestia de responder, y eso que la encuesta era anónima.

El informe recoge lo que los jueces españoles piensan sobre su independencia y sobre las presiones que reciben. No solo los jueces españoles; el informe se refiere a varios países de la Unión Europea y por eso resulta tan significativo. A la pregunta de si ha estado sometido durante los dos últimos años a alguna presión inadecuada, los jueces españoles son los que más responden en sentido afirmativo después de los de Albania y Letonia y por delante de países del Este como Bulgaria o Serbia y lejos de los países nórdicos y del Reino Unido. Las cosas mejoran un poco cuando se preguntan por jueces que reciben sobornos, pero aún así hay que tener en cuenta que mejoran también en el resto de los países y que de nuevo España se acerca a los países del antiguo Telón de acero.  Lo mismo sucede con respecto a la pregunta de si ha sido objeto de algún procedimiento disciplinario motivado por la forma en que han resuelto un asunto; aunque aquí las respuestas de los jueces italianos también los incluyen en este grupo de países o con las referentes a la de si sus decisiones se han visto afectadas por reclamaciones o amenazas de reclamaciones tendentes a exigirles responsabilidad patrimonial.

Pero quizá lo más triste es comprobar que los jueces españoles lideran la contestación (en negativo) a la pregunta de si se respeta su independencia por el órgano de gobierno de los jueces por el órgano que les gobierna, es decir, el Consejo General del Poder Judicial. La contestación a la pregunta de si cree el entrevistado que en los nombramientos que realiza el CGPJ prevalecen los criterios de mérito y capacidad es demoledora: el 67% piensa que no. Es interesante señalar que este dato no figura en el resumen de la encuesta que se ha hecho público por el CGPJ, que es el directamente responsable de los nombramientos de los altos cargos judiciales y por tanto resulta ser aquí parte interesada. Como ya saben, la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial tiene un excelente Observatorio de nombramientos en la carrera judicial donde pueden encontrarse las causas de esta respuesta y que pueden consultarse en Resumen.Informes. PIPJ

En cuanto al traspaso de competencias a las CCAA en materia de justicia, de la que hemos hablado largo y tendido en este blog (ya saben la oficina judicial que depende de tres Administraciones distintas, un modelo disparatado) el 68% de los entrevistados consideran que no ha sido beneficioso para la Justicia, y por tanto para los ciudadanos.

Hay muchas otras preguntas muy interesantes, por lo que para los interesados en la independencia del Poder Judicial y la separación de poderes este estudio no tiene desperdicio.  Conclusión; estamos muy cerca de los países del Este de Europa (liderados por Albania) y en algunos casos nuestros jueces piensan que estamos incluso peor que ellos. Deberían estar sonando –si es que no han saltado ya- todas las alarmas.

Relecturas de agosto: ¡Ay, Derecho! ¿Compraría usted un coche usado a Trillo o Martínez-Pujalte?

Según se acaba de conocer por investigaciones de la Agencia Tributaria, Federico Trillo ha podido cobrar una cantidad de aproximadamente 355.000 euros por “asesoramiento general y jurídico” de una empresa radicada en Castilla y León, durante los años 2006 a 2008. De ese asesoramiento, a razón de 9000 euros al mes, no existe ninguna documentación escrita. Hacienda constata que no hay ningún informe, dictamen, valoración, estudio o cualquier tipo de trabajo que acredite la realización de los servicios prestados descritos en las facturas. Es decir, que según se argumenta se trata de un asesoramiento verbal, a lo largo de tres años.

La empresa asesorada fue una de las beneficiarias de las adjudicaciones de parques eólicos en Castilla y León, adjudicaciones respecto de las cuales Hacienda ha detectado el pago de comisiones. En concreto, según la noticia enlazada, cree en la “la existencia organizada de un conjunto de personas y sociedades con reparto de funciones y mantenida a lo largo del tiempo” que cobraron de las eléctricas al menos 110 millones de euros para agilizar la tramitación de parques eólicos en esa comunidad.”

 Por su parte, Vicente Martínez-Pujalte hizo lo mismo y con la misma empresa que Trillo, cobrando 75.000 euros, también por asesoramientos verbales, según dice. Y añade que la empresa por medio de la cual facturaba, no tiene relaciones con las administraciones públicas.

Ante esto, solamente caben dos posibilidades. Que estén diciendo la verdad o que estén mintiendo. Si lo que dicen es cierto, entonces el asunto se debió sustanciar más o menos así: una empresa de Castilla y León considera que Federico Trillo y Vicente Martínez Pujalte son las personas adecuadas para orientarla en “una redefinición estratégica en el mercado y una reestructuración del estatuto jurídico”. Es decir, que de todos los seguramente numerosos despachos y empresas especializadas dedicadas a esta labor, entiende que los más adecuados son los que pertenecen a estas dos personas, a la sazón diputados del Partido Popular (el cual también gobernaba en Castilla y León). Esta labor de asesoramiento ha de ser sin duda compleja, puesto que las cifras de honorarios que se manejan son altas, pero la empresa no considera necesario que nada del mismo se plasme por escrito, ni un solo informe, plan o estudio. Basta con que se comuniquen verbalmente, incluso –es un suponer- por teléfono en ocasiones, para que las ideas de este asesoramiento sean recibidas correctamente por parte de la empresa, y trasladadas a aquellas personas dentro de ella encargadas de ponerlas en marcha. Ni un simple correo electrónico, a pesar de la dificultad que debe suponer un asesoramiento que merece unos honorarios tan relevantes. Y aunque tampoco se puede acreditar que esos “consejos verbales” hayan producido unos efectos tangibles y demostrables para la empresa, que pudieran argumentarse como fruto de ese asesoramiento, la empresa creyó justo abonar en un breve plazo de años una cantidad cercana a los 500.000 euros.

La segunda posibilidad es que todo eso sea falso. Que los pagos no respondan a asesoramientos verbales que no han existido nunca, que los contratos sean una tapadera, que los despachos de Trillo y Martínez-Pujalte no se hayan elegido por su competencia para asesorar, y que la razón real de esos pagos sea otra. Si es así, entonces, aparte de ocultar oscuros intereses, estas personas habrían mentido. Algo que resultaría de extrema gravedad.

Usted decide cuál explicación le convence más.

nixon

En la campaña para las presidenciales Nixon-Kennedy de 1960, un publicista demócrata tuvo una idea genial: en una foto muy poco favorecedora de Nixon en la que aparece con cara de querer estafarte, añadió este texto: ¿compraría a este hombre un coche usado?

¿Lo compraría usted si se lo vendieran Trillo o Martínez-Pujalte?

¡Ay, Derecho! La atribución al Gobierno de la facultad discrecional de nombrar los secretarios judiciales del Tribunal Supremo

Los que insistimos en creer que la Ley debe estar presidida por un criterio de sujeción a los fines generales no dejamos de llevarnos chascos en este caluroso verano. Uno de ellos lo ha motivado la noticia de la aprobación de una enmienda del PP a la Ley Orgánica del Poder Judicial para atribuir al Gobierno, desde el uno de octubre, la libre designación de los secretarios judiciales del Tribunal Supremo. Unos funcionarios de la Administración de Justicia que tienen un importante control en la tramitación de los procesos que llegan a ese tribunal. Que, obviamente, no son los de importancia menor. Eso sí, a cambio de cambiarles el nombre por el más rimbombante de “letrados de la Administración de Justicia”.

Ya no son criterios objetivos, como la antigüedad, o la valoración de méritos en conocimientos o en el desempeño de las funciones realizadas, los que van a permitir a los funcionarios del Cuerpo de secretarios judiciales acceder al alto tribunal. Sino la pura discrecionalidad del Gobierno. Si consideramos que una de las conquistas del Estado moderno es la profesionalización de la Administración mediante su independencia de las fuerzas políticas partidistas que acceden temporalmente al poder a través de procesos electorales, estamos ante todo un retroceso.

Hay quienes creerán, no sin cierta legitimidad, que el Gobierno pretende de esta manera incrementar su control sobre ciertas causas de peso político que se siguen ante el Supremo. Puede ser. Aunque sorprenda entonces la cortedad de miras, dada la posibilidad cierta de que ese mecanismo de poder exorbitante pueda estar pronto en manos de un gobierno de distinto color. Pero lo triste es que tal vez ni siquiera ese objetivo ha estado en la mente del legislador. Puede que sencillamente estemos ante un nuevo afán de mandar por mandar, de incrementar el poder y la capacidad de influencia con la atribución al partido gobernante de la posibilidad de repartir recompensas en forma de puestos deseables a los funcionarios más cercanos políticamente. o, simplemente, más dóciles. En definitiva, incrementar así las redes clientelares que la partitocracia lleva décadas tejiendo.

La medida es, además, coherente con el rumbo que se ha marcado el Gobierno en Justicia desde el comienzo de la legislatura. La intención proclamada en su programa electoral de despolitizar el Poder Judicial se ha traducido en reformas legislativas que aseguran un mayor sometimiento del mismo. Los repartos entre los partidos que son cómplices de este despojo (la mayoría) se hacen a la luz del día y sin necesidad de disimulo. Se ha perdido la vergüenza. Y la gran novedad ha consistido tan solo en incrementar la capacidad de control del partido gobernante, es decir, su cupo o botín. Lo que vemos ahora es un paso más en esa triste dirección.

 

 

 

¡Ay Derecho! Comunicado de la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial sobre el nombramiento del Presidente de la sala III del Tribunal Supremo

Tal y como era de temer, se ha elegido como Presidente de la Sala III del Tribunal Supremo al candidato favorito del Presidente del Tribunal Supremo. La noticia la pueden leer aquí.

Ante estos hechos que nos parecen de una extremada gravedad para la independencia de la Justicia en España queremos dar publicidad al comunicado de la Plataforma por la Independencia del Poder Judicial. Esperamos también poder publicar en breve el informe sobre este nombramiento.


Tras haberse conocido en la mañana de hoy el nombramiento del nuevo Presidente de la Sala III del Tribunal Supremo, desde la PCIJ consideramos necesario efectuar la siguiente reflexión:

Que la Sala III del Tribunal Supremo, entre otras competencias, ha de conocer en única instancia de los recursos contencioso-administrativos contra actos y disposiciones del Consejo de Ministros y del CGPJ.

Que habitualmente el Presidente de una Sala es renovado para un segundo mandato.

Que recientemente la Sala III del Tribunal Supremo ha declarado que ciertos Acuerdos del CGPJ en materia de nombramientos discrecionales, carecían de suficiente motivación

Que por vez primera en la Historia se ha acordado la Inspección del Tribunal Supremo.

Que diferentes medios de comunicación, citando fuentes judiciales, han aseverado que Vocales del CGPJ habrían recibido presiones para votar al candidato preferido por el Pte del CGPJ, habiéndose alegado para ello desde “razones de Estado” a “favores personales”.

Que según se ha publicado en abc.es, bajo la presidencia del Sr. Sieira, la pendencia de la Sala ha pasado de 14.377 asuntos en 2.010, a los 6.475 asuntos existentes en febrero de 2.015.

Que en las encuestas relativas a PERCEPCIÓN DE INDEPENDENCIA JUDICIAL formuladas por el CGPJ a Jueces y Magistrados en los años 2.011 y 2.015, la gran mayoría de los encuestados respondió que consideraban que los principios de mérito y capacidad no eran criterios determinantes en relación a los nombramientos discrecionales efectuados por el CGPJ.

Que el número de votos obtenido por el candidato preferido por el Presidente del CGPJ , según las diversas informaciones, ha sido de 12, correspondiéndose dicho número de votos con el del  bloque conservador.

Que lo ocurrido en la mañana de hoy, es un claro ejemplo de la politización de la Justicia que denuncia la PCIJ, por lo que animamos a la sociedad civil a que se mantenga alerta ante situaciones como la descrita.

Que la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial, a través del Observatorio de nombramientos del CGPJ, analizará los criterios tenidos en cuenta a la hora de efectuar el nombramiento del Presidente de la Sala III del Tribunal Supremo, así como los méritos presentados por cada uno de los candidatos