Buscando al topo desesperadamente: necesitamos urgentemente la protección del “whistleblower”

 
Ya hemos hablado antes  en este blog de la importancia, en un ambiente de corrupción generalizada como el que vivimos, de proteger al funcionario o empleado público que denuncia la corrupción, la denominada figura del “whistleblower”. Pero conviene insistir en la urgencia de esta regulación a la vista de las últimas y alarmantes noticias que demuestran que en nuestro país se investiga, se sanciona y hasta se encarcela a los denunciantes de la corrupción antes que a los propios sospechosos de corrupción. Así lo pone de manifiesto este caso  denunciado por la diputada Irene Lozano, del teniente del Ejercito de Tierra Luis Gonzalo Segura  que tiene todas las papeletas para ingresar en un centro disciplinario y cumplir dos meses de privación de libertad por haber escrito una novela –Un paso al frente– sobre las malas prácticas habituales existentes en el Ejército.
Lamentablemente no es ni mucho menos el único caso, aunque sí sea especialmente grave por la posible pérdida de libertad que le puede suponer. Es también de destacar el calvario personal y profesional sufrido por Ana Garrido Ramos desde que denunció la trama Gurtel en el Ayuntamiento de Boadilla del Monte, que ella misma cuenta en su blog bajo el expresivo título “la honestidad tiene un precio”.
El problema es que los que están detrás de estas actuaciones contra los “whistleblower” -con la complicidad por activa o por pasiva de los funcionarios o empleados que no quieren problemas- suelen ser los propios investigados o denunciados.  Por eso en otros países democráticamente más avanzados y con menores índices de corrupción no solo existe una normativa para proteger a los denunciantes de la corrupción, sino que incluso hay sanciones para los que simplemente intentan averiguar quien ha filtrado o denunciado un caso de corrupción. En Suecia, por ejemplo, es delito tratar de averiguar la persona que ha filtrado una noticia. En España es exactamente al revés, los que sufren persecución y acoso –como demuestra la condena por “mobbing” laboral al Ayuntamiento de Boadilla en el caso concreto de Ana Garrido- son los denunciantes.  En definitiva, cada vez que salta un nuevo escándalo de corrupción se busca al “topo” desesperadamente.
La gravedad de esta situación es evidente. No solo están desactivadas en su mayor parte las alarmas internas del control sino que si algún funcionario o empleado público honesto se atreve a da la voz de alarma –ya sea  utilizando los medios de comunicación o los recursos disponibles en el ordenamiento jurídico- sobre la existencia de una trama o de un caso de corrupción es perseguido con saña precisamente por aquellos que supuestamente deberían velar porque estos casos de corrupción no sucedan. Resulta bastante curioso que el alcalde, el consejero, o en general el alto cargo o gestor público de turno tenga  mucho más interés en que no trasciendan los casos de corrupción que en investigarlos, denunciarlos a la Fiscalía o a los Tribunales y exigir las correspondientes responsabilidades.
Las causas de estas conductas resultan difíciles de comprender salvo que los “perseguidores” tengan algún tipo de responsabilidad política o jurídica directa por acción o por omisión en el caso denunciado o que, en el mejor de los casos, sean defensores de una supuesta “razón de Estado” que llevaría a evitar no ya que los trapos sucios se laven fuera de casa sino que se laven, a secas.
La excusa, como no, es el énfasis que se pone en España en la protección del honor y la privacidad (ahí tienen el caso de los famosos correos de Blesa) y por supuesto el uso –y el abuso- de la normativa de protección de datos, refugio ideal para todo el que prefiere no dar a conocer su nómina o donde viaja con el dinero de los contribuyentes, por ejemplo. Ya explicamos aquí que la normativa de protección de datos automatizados de carácter personal no está pensada para la protección de las cloacas.
En todo caso sería muy de agradecer que un cargo público se comprometa con la transparencia nada más tomar posesión de su cargo, es decir, a facilitar toda la información que se le requiera en relación con su ejercicio y por supuesto con el dinero de los contribuyentes que gestiona o que le pagan la nómina, las dietas o los gastos de su tarjeta corporativa. Nadie obliga a una persona a aceptar un cargo de este tipo, pero si lo hace tiene que comprender que sus obligaciones con los ciudadanos pasa por darles cuenta de lo que hace con el dinero de sus impuestos.
Pues bien, lo que pasa es precisamente lo contrario. En esta noticia se nos cuenta, por ejemplo, la preocupación y la alarma generada en una Comunidad Autónoma que destaca por su corrupción  por la existencia de un “topo” (hasta tiene nombre, el “topo del Palau”, y hasta perfil en twitter al parecer) que ha filtrado de forma reiterada información sobre contratos menores, copia de nóminas o servicios de restauración un tanto peculiares que no favorecen precisamente  a la Comunidad en cuestión. Pero lo más preocupante es que la reacción haya sido abrir un expediente informativo para localizar al denunciante, con la colaboración (al parecer voluntaria) de los funcionarios del organismo en cuestión -suponemos que deseosos de evitar ser confundidos con el topo- e incluso la presentación de una denuncia en el Juzgado que ha sido admitida a trámite. El mundo al revés.
Porque no nos engañemos, mientras los funcionarios y empleados públicos honestos y neutrales no tengan libertad para decir la verdad, no avanzaremos mucho en la lucha contra la corrupción, dado que ellos saben mejor que nadie lo que ocurre en sus lugares de trabajo. Así lo entienden también los informes de la Unión Europea que han estudiado la corrupción en España  y que insisten en introducir la protección del whistleblower.
En este sentido causa perplejidad que el Fiscal General del Estado, al contrario que cualquier observador imparcial e incluso que los miembros de la propia Fiscalía Anticorrupción, no vea el problema por ninguna parte y juzgue que nuestras leyes ya son suficientes para proteger a estas personas, cuando si algo demuestran los hechos es que no lo son.  Quizá porque él conoce perfectamente el “riesgo” que una protección del denunciante supondría para el funcionamiento actual de nuestro sistema político. Mejor dejar las cosas como están, no muchos se arriesgarán a seguir los pasos de estos funcionarios heroicos.
Lo que ya no sorprende a estas alturas a nadie es que entre las mil y una medidas de regeneración democrática propuestas por el Gobierno (absolutamente compatibles, como ya hemos comentado, con apoyar al alcalde de Brunete, por ejemplo, por citar uno de los casos de corrupción política más recientes) no se encuentre por ninguna parte la medida de proteger al “whistleblower”. Pero claro, es con esto de las medidas de regeneración hay que andarse cuidado, no vaya a ser que si las se toma muy en serio un número importante de cargos públicos termine en la cárcel, pese a las “contramedidas” que se cuelan en las reformas de la LOPJ para intentan controlar al Poder Judicial de las que seguiremos hablando. Y a ver como se gestiona eso.

El Alcalde de Brunete como síntoma

Mientras desde el Gobierno se insiste en la voluntad de luchar contra la corrupción y regenerar las instituciones, el alcalde de Brunete sigue siendo alcalde de Brunete a pesar de la difusión de una grabación donde intenta sobornar a una concejal de UPYD,  contra la que -ya puestos- se ha querellado por injurias y calumnias nada menos que por haber puesto en entredicho su honor y su honestidad en el ejercicio del cargo. Ciertamente el concepto que tiene este alcalde del honor y de la honestidad en el ejercicio del cargo no se corresponde con el del común de los mortales, pero el problema es que parece ser compartido por muchos otros políticos y no solo dentro de su propio partido. Al fin y al cabo lo que ha intentado hacer tampoco es nada del otro mundo. El alcalde alega también que si algo hizo fue en beneficio de los ciudadanos de Brunete, que sin duda se merecen un alcalde dispuesto a sacrificarlo todo -incluidos unos cuantos preceptos legales- por su bienestar. Pero por si acaso no lo hubieran entendido bien  se lo va a explicar “casa por casa”.
Me imagino que se abrirá también algún tipo de investigación en el Ayuntamiento que llegará a la conclusión de que lo que oímos cuando le damos al “play” de la grabación es una turbia maniobra de la oposición, o mejor todavía, que en realidad comprar concejales de la oposición –normalmente con el dinero del contribuyente de forma directa o indirecta- a cambio de su voto no solo es lo normal sino que es lo democraticamente sano. En definitiva, que violar el ordenamiento jurídico (“las formas” que diría la Vicepresidenta del Gobierno que, por cierto, es jurista) es una cuestión menor. Ya se sabe lo importante es “el contenido”, es decir, volvemos a la tesis clásica tan sugestiva siempre para los que ostentan el poder de que el fin justifica los medios, aunque los medios sean ilegales o inconstitucionales.
El problema es que esta tesis es muy peligrosa para los derechos y libertades de los ciudadanos, como recordamos los autores del libro colectivo ¿Hay Derecho?
sobre la quiebra de las instituciones y el Estado de Derecho en España. Y es que  si algo nos enseña la Historia es que no se pueden menospreciar las formas cuando de democracia se trata. Efectivamente, la democracia no consiste solo en elegir entre varias opciones o entre distintos candidatos o incluso entre distintas políticas. Su esencia última descansa en el proceso formal de la toma de decisiones de acuerdo con ciertas garantías y normas  o, dicho de otra forma, en el respeto del Estado de Derecho sin el cual no hay democracia posible. La idea de que todo poder dentro de un Estado democrático debe de estar controlado por normas jurídicas es una conquista esencial de las democracias avanzadas a la que no podemos renunciar a estas alturas si no queremos volver a la condición de súbditos. En definitiva, por bondadosos que sean los fines que se persigan –y esa es siempre la excusa de los que quieren saltarse las normas, no lo olvidemos- no se pueden dictar decretos-leyes que no respeten lo dispuesto en el art. 86 de la Constitución, no se pueden convocar referéndums ilegales y tampoco se pueden “comprar” concejales a cambio de favores. Si nuestros partidos políticos no son capaces de entenderlo es que no entienden la esencia de la democracia.  Y me temo que eso es lo que está pasando precisamente ahora en España.
Porque en mi opinión que el alcalde de Brunete siga siendo alcalde de Brunete con el apoyo más o menos explícito o vergonzante de su partido –lo que depende, al parecer, no tanto del ordenamiento jurídico sino de otro tipo de factores- no es una anécdota ni un caso aislado sino que revela la forma habitual de funcionamiento de nuestra partitocracia. Sus declaraciones reflejan perfectamente la gravísima enfermedad moral, política e institucional que padece nuestro país. Así hemos pasado de la hipocresía de hace unos años en la que nuestros dirigentes afirmaban sin pestañear que se respetaban las resoluciones judiciales incómodas mientras se hacía todo lo posible por torpedear su cumplimiento a la desvergüenza pura y dura, de forma que nuestros gobernantes admiten francamente que van a incumplir las sentencias que no le gustan porque para eso han sido elegidos por “el pueblo”.  En definitiva, el caso Brunete pone de relieve de forma descarnada el funcionamiento de un Régimen donde todo vale para mantenerse en el poder y donde las normas jurídicas se conciben como molestos obstáculos o “formas” que un gobernante omnisciente y todo poderoso se puede saltar sin ninguna consecuencia ni política ni jurídica porque aquí nunca pasa nada. Y no nos engañemos, cuando un gobernante sea un alcalde, un Presidente de una Comunidad Autónoma o un Ministro prescinde de las formas o procedimientos establecidos su principal objetivo no suele ser el interés general, aunque él tienda a confundir el interés de su partido con el interés público, incluso con buena conciencia.
Quizá a estas alturas convendría recordar que la principal diferencia entre un Estado auténticamente democrático y un Estado autoritario no estriba solo en el carácter electivo de sus gobernantes (al fin y al cabo en Venezuela, Argentina o Rusia también hay elecciones) sino en el hecho de que en un Estado democrático los gobernantes no solo se encuentren sometidos a la Ley, exactamente igual que el resto de los ciudadanos sino que además  tienen el deber específico de hacerla respetar y garantizar su cumplimiento.  Dicho de otra forma, en una auténtica democracia nadie está por encima de la Ley.
Volviendo a nuestro caso puede ser que en la España del siglo XXI los sistemas de compra de votos ligados al régimen clientelar y caciquil sobre el que se sustenta nuestro sistema político sean un poco más refinados que en tiempos de Cánovas y Sagasta, pero la idea subyacente es la misma: nuestros gobernantes piensan que los españoles no estamos maduros para una democracia de calidad. Es urgente demostrarles lo contrario exigiendo el cumplimiento de las reglas del juego. ¿Dónde está el poder de las leyes? se preguntaba Demóstenes. Y contestaba, en ti, si tú las apoyas y las haces poderosas.
 

La propuesta de Rajoy sobre la elección directa de alcaldes: ¿una regresión democrática?

Rajoy ha propuesto que los vecinos de cada municipio elijan a los alcaldes de forma directa. Podría pensarse que ésta es una propuesta de regeneración democrática, pero según se articule tiene trampa, y podría ser lo contrario: de regresión democrática y un incentivo para que aumente la corrupción.
La Constitución Española permite que los alcaldes sean elegidos directamente. Su regulación se puede hacer con una simple modificación de la Ley Orgánica Electoral, para lo que es suficiente la mayoría absoluta en el Congreso de los diputados. Ahora, esta reforma puede tener muy diversos contenidos.
Puede implicar simplemente que el alcalde sea el candidato más votado a una vuelta, manteniendo todo lo demás sin modificación alguna. En este caso, con la fragmentación política que se avecina, un candidato con poco más del 20% de los votos podría ser alcalde de su municipio. Algo que, obviamente, no resulta muy democrático; sobre todo, si tenemos en cuenta que el alcalde español es uno de los alcaldes de Europa con más poder y que ahora ya actúa con un alto margen de autonomía; en muchos casos, más bien arbitrariedad en el reparto de cargos y contratos entre amigos, en la concesión de subvenciones, saltándose el débil sistema de controles interno y externo del ayuntamiento, etcétera.
Esta regresión democrática podría ser mayor todavía, si al partido del alcalde más votado se le prima, cualquiera que sea su porcentaje de votos, con la mayoría absoluta de los miembros del Pleno municipal.
Para que una propuesta de elección directa del alcalde sea un instrumento de regeneración democrática, tiene que ir ligada a otros importantes cambios de las instituciones municipales. En su programa marco electoral de 2011 (puntos 73 a 79), UPyD propone una votación a doble vuelta, para lograr un sistema de elección directa que realmente legitime al alcalde y resulte transparente. De esta forma, si ningún candidato tiene en la primera más del 50% de los votos, habría que hacer una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados. Este sistema haría transparentes los pactos y evitaría los que ahora hay bajo cuerda entre los partidos, para poner y quitar alcalde. Asimismo, habría que limitar a dos el número máximo de mandatos y establecer un régimen de incompatibilidades para que los alcaldes no puedan ser al mismo tiempo ni diputados nacionales ni autonómicos.
Junto a esas medidas, habría que reducir sus competencias y el margen de discrecionalidad en su ejercicio. Los países que tienen  mejores sistemas de gobierno municipal han optado por restringir el poder del alcalde y establecer una administración municipal muy profesional, cuyos empleados son elegidos de acuerdo a estrictos criterios de mérito y capacidad. Así, se evitaría que los cargos directivos municipales se nombrasen como hasta ahora: por confianza política entre amigos y compañeros de partido del alcalde, lo que es un caldo de cultivo de corrupción y mala gestión. Algo de lo que ya avisaba Max Weber hace más de 100 años en sus escritos.
Estas propuestas tienen que incluirse en un marco general de fusión de municipios -para que tengan una población mínima en torno a 20.000 habitantes- y de supresión de diputaciones: la administración más opaca, antidemocrática y corrupta que existe en España.
Si la idea de Rajoy es la elección del alcalde a una vuelta y sin más cambios, es claramente una propuesta de partido. Además, resulta inaudito que se haga ahora, cuando acaban de poner en marcha una reforma local que no toca este asunto. Buscan así mantener el control de los ayuntamientos, a pesar de su pérdida de votos, aprovechándose de una posible fragmentación electoral. Recuerda a la reducción de diputados de Castilla-La Mancha: mensaje populista con el objetivo de blindarse en las instituciones, aunque pierdan votos. En definitiva, una regresión de la democracia y de la buena gestión y un riesgo de mayor corrupción

El intento de privatizar el Canal de Isabel II: ¿Un caso de corrupción legal? (II)

(Viene de este primer post)
Los pactos en la sombra para privatizar la gestión del Canal de Isabel II se fueron poco a poco concretando en cambios legislativos que facilitaran la creación del holding privado que trasmitiera cautivamente la gestión de esa sociedad pública a manos de quienes habían participado en esos acuerdos.
La primera medida de la Comunidad de Madrid fue la aprobación de la Ley de 28 de diciembre de 2008 —Ley 3/2008 de medidas fiscales y administrativas—. Su artículo 16 reguló lo que llamaron capitalización del Canal de Isabel II por la que se podrá constituir una sociedad anónima encargada de la gestión del agua. A esta sociedad se podrán adscribir los bienes de dominio público que integran la Red General de la Comunidad de Madrid.
Las razones que se dieron en el debate parlamentario para ese proceso de capitalización fueron expuestas por el señor Beteta en la sesión de 18 de diciembre de 2008 de la Asamblea de Madrid, en la que dijo: “Destaca también en este capítulo, señorías, la propuesta dirigida a la capitalización del Canal de Isabel II; capitalización tendente a mejorar este importante servicio que desarrolla y a hacerlo más sostenible en el futuro (…) adaptación a los múltiples usos y a los nuevos parámetros establecidos en la legislación nacional y europea (…) que va a exigir a la Comunidad de Madrid y al Canal de Isabel II un gran esfuerzo adicional de inversión en nuevas infraestructuras y en procesos tecnológicos (…) Así, en el proyecto se autoriza al Canal de Isabel II a constituir una sociedad anónima encargada de gestionar servicios hidráulicos, en cuyo capital se dará entrada a los ciudadanos inversores interesados hasta alcanzar el 49 por ciento.”
Frente a esa justificación oficial en los documentos de Caja Madrid se dice que el Canal “tiene un claro exceso de capital”. Asimismo que, si se quiere explorar una alternativa hacia un modelo privado que no conlleve rebajas en la tarifa del agua, reparto de dividendos extraordinarios y ajustes de personal o, si se hacen inversiones en nuevos mercados, un deterioro de la capacidad de generar beneficios, se ha de optar por una “privatización en dos fases dando entrada inicialmente en el capital a un socio privado. En este sentido la participación de Caja Madrid sería ideal (…)”. Añade el documento que se podrían “separar las actividades de tenencia de activos y explotación de activos mediante la creación de dos compañías (…) la compañía tenedora de los activos recibiría un canon de la compañía de explotación (que sería la privatizada). Este canon podría estructurarse de forma que optimizase el valor de la privatizada. Y además, la deuda necesaria para soportar activos fijos de la compañía tenedora no consolidaría con la de la Comunidad.”
Por otra parte, según esos mismos informes, el gran activo del Canal es que tenía la gestión del agua en régimen de monopolio en casi todos los municipios de Madrid. Ahora bien, el problema que planteaba el nuevo modelo de gestión es que exigía renegociar los acuerdos entre el Canal y los ayuntamientos, ya que esos acuerdos sólo valían si se mantenía el estatus jurídico original del Canal.
Por ello, se empezó su renegociación con los ayuntamientos ofreciéndoles la entrada en el accionariado de la sociedad anónima que se crease en el futuro. Así, por ejemplo, el Pleno del ayuntamiento de Madrid el 27 de abril de 2011, días antes de las elecciones y cuando aún era alcalde Alberto Ruiz Gallardón, aprobó un acuerdo que se enmarca en el nuevo modelo de gestión del Canal y por el que el Ayuntamiento “tendrá una participación del 10% en el capital social de la futura sociedad que gestionará el abastecimiento de agua, saneamiento y servicios hidráulicos en la Comunidad de Madrid.”
Ahora, como la mayoría no entraron a renegociarlos, la Comunidad aprobó la Ley 6/2011, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas cuyo artículo 5 modificó el 16 de la Ley del 2008 para adoptar medidas que “presionaran” a los municipios para que adaptaran sus convenios al nuevo modelo de gestión. La mayoría de ellos lo hicieron, con duraciones muy largas, ya que de no hacerlo sufrían las penalizaciones establecidas en la nueva ley y perdían dinero en un momento de graves dificultades financieras. Con estos nuevos convenios se lograba que la sociedad aumentara su valor al asegurarse por largo tiempo la gestión del agua en régimen de monopolio en los principales municipios de la Comunidad de Madrid.
En 2011 se hicieron también dos modificaciones se establecieron las reglas para ese “concurso” al que nos referíamos en el post anterior y se fijó que por Acuerdo del Consejo de Gobierno se  el contrato-programa entre el Canal de Isabel II y la sociedad y el inventario de los bienes y derechos, integrantes de la rama de actividad, cuyo conjunto constituye una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad empresarial independiente, que es objeto de aportación así como la valoración económica de ambos.
El Consejo de Administración del Canal de Isabel II, en su reunión de 6 de junio de 2012, aprobó la constitución de la sociedad anónima denominada “Canal de Isabel II Gestión”, supeditando dicha constitución a la previa autorización del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas. El acuerdo del Consejo de Gobierno llegó el 14 de junio de 2012.
Justo en esas mismas fechas Bankia, la entidad financiera en la que se había subsumido Caja Madrid un año antes, fue intervenida por el Estado y motivó el rescate de España por la UE. Y qué casualidad, la operación se frustró y dos años después no hemos vuelto a saber de ella, aunque la Ley que amparaba la “corrupción legal” sigue vigente. Puede ser que a la espera de un nuevo socio que siga justificando el llamado capitalismo de “amiguetes”. Confiemos que no, confiemos que vengan nuevos y renovados tiempos.

El intento de privatizar el Canal de Isabel II: ¿un caso de corrupción legal? (I)

¿Fue el intento de privatizar el Canal de Isabel II un caso de corrupción legal? El Gobierno de Esperanza Aguirre hizo modificaciones legales en los años 2008 y 2011 para facilitar la privatización de la gestión del Canal de Isabel II con el subterfugio de necesitar recursos para acometer ciertas inversiones. En realidad, tras ese proceso latía un pacto secreto entre el Gobierno regional y la dirección de Caja Madrid para que el Canal, muy rentable, acabara en manos de esa entidad financiera y ciertas constructoras.
Daniel Kaufmann, antiguo director del Instituto del Banco Mundial, considera que hay corrupción legal cuando las élites establecen leyes y regulaciones en su propio beneficio, produciendo una captura de las políticas públicas por intereses privados. Es decir: aprovecharse de lo público para obtener un beneficio privado no es delito, pero sí corrupción.
Si se sigue el hilo de los correos —publicados por Infolibre— que enviaba Carlos Vela García-Noreña (director general de Caja Madrid, fue unos de los gestores crédito a Fadesa) a Miguel Blesa (presidente) sobre el Canal y las modificaciones legales que hizo el Gobierno autonómico sobre el régimen jurídico de esa entidad, se puede apreciar una relación de causa y efecto entre ambos. Sigámosla.
Primero, los correos que muestran las negociaciones secretas entre el Gobierno de la Comunidad de Madrid, el Canal de Isabel II y los directivos de Caja Madrid:
El 31 de mayo de 2004, se envía el primer correo. Con el asunto “Canal Isabel II”, incluye dos archivos adjuntos: Canal YII versión corta.doc y evolución societaria Agbar y A. Valencia.doc. El primer documento propone intentar un proceso de privatización no convencional del Canal, que consistiría en una privatización en dos fases: la primera, dando entrada a un socio privado (Caja Madrid) y la segunda, mediante su salida a bolsa.
El 6 de septiembre de 2005, Vela avisa a Blesa sobre el envío del informe que pidió a Carlos Contreras (director de finanzas corporativas, luego paso a ACS), que ajunta como canal+FCC. Bajo el título “Sobre la compatibilidad  entre el proyecto empresarial con Canal de Isabel II y la aportación conjunta de participaciones de autopistas con FCC”, se dice —entre otras cosas— que “el modelo que se ha diseñado con Canal de Isabel II implica la creación de un holding en cuya matriz participarían Caja Madrid y Canal YII”. Asimismo, señala que “las compañías especializadas actuarían como cabeceras de proyectos específicos” y marca como ventajas que “no nos enemistaríamos con ningún grupo del ámbito construcción-servicios, que son el origen de buena parte de nuestra actividad financiación proyectos”. Después, analiza la incorporación de FCC al proyecto, en la que se ven una serie de inconvenientes ya que “tendríamos el recelo del resto de constructores, para acudir con ellos como socios en otros proyectos de transporte”. Algo que, según dicen, no sería positivo al dedicarse Caja Madrid en su línea fundamental de negocio al sector de la construcción.
El 28 de noviembre de 2005, en otro correo –esta vez,  bajo el asunto “CanalYII-Caja Madrid”-, Vela dice: “ya hemos revisado la presentación con el Canal y hemos inluído las sugerencias de ayer”. Adjunto al correo va un documento que valora la creación de un holding de infraestructuras entre el Canal de Isabel II y Caja Madrid. ¿El objetivo? “Un holding con origen madrileño y socios con sede en la Comunidad de Madrid”; “una compañía desde la que explotar la complementariedad de las capacidades técnicas, financieras y de gestión de ambos socios”. Este holding de decicaría al ciclo integral del agua, medio ambiente, energía: infraestructuras y servicios, transportes y equipamiento público, tecnología y otros: hospitales concertados, colegios concertados, alojamientos de estudiantes, etcétera.
El 12 de junio de 2006, con asunto “Canal Isabel II”, Vela le dice a Blesa: “la nota prometida”; así, le reenvía el correo que a él le había remitido Carlos Contreras, ese mismo día. Email en el que se señala que “la Intervención General del Canal de Isabel II indicó —al Gobierno regional y al Canal— que la aportación de sus participadas a un vehículo en el que no tuvieran el 100% podía ser considerado como una enajenación, y en consecuencia debería estar sujeto a las normas de adjudicación por la vía del concurso público”. Añadiendo que como consecuencia —el Canal— ha decidido hacerlo en dos fases: primero, mediante la creación de un “Vehículo propio” en el que pondrán todas las participadas. Para ello, encargan una valoración de los activos a KPMG. La segunda fase será ese “concurso público” —que aparece entrecomillado en el correo original— en el que lo importante serán méritos como sinergías, no competencia, características de las aportaciones, etcétera. Todo ello pensado, según dicen, para que Caja Madrid tenga ventajas obvias al adjudicarse la participación en la joint venture.
El 21 de mayo de 2007, Carlos Vela envía otro correo a Miguel Blesa con el asunto “Canal Y-II”, que señala: “Por si te dice algo Ignacio González”, quien entonces era vicepresidente de la Comunidad de Madrid y presidente del Canal de Isabel II. Este correo reenvía otro remitido por Carlos Contreras a Carlos Vela tres días antes, en el que aparte de hablar de la financiación de una serie de activos que el Canal de Isabel II había comprado al Ayuntamiento de Madrid un año antes en el marco de este proceso, se indica que desde el Canal estarían dispuestos a iniciar un proceso de “privatización” —entre comillas en el original— más ambicioso, en el que Caja Madrid podría tener la mayoría del capital.
En el siguiente post mostraremos cómo a consecuencia de esos pactos y negociaciones en la sombra entre los directivos de Caja Madrid y los del Canal de Isabel II, se hicieron un conjunto de modificaciones legales con el objetivo de crear un holding privado que permitiera, como dicen en su documentación, la explotación del negocio sin tener que bajar el precio del agua, para no renunciar “al valor societario potencial”, que obviamente iría a manos de los amigos a costa de los ciudadanos; y las razones de por qué fracasó.

Dinero e impuestos en la lucha contra la corrupción

Éste es el contenido, convertido a artículo con algún enlace, de mi intervención en las jornadas de  www.accors.es con mi agradecimiento a su Junta Directiva, presidida por Elena de Vicente, por invitarme, a los brillantes juristas con los que compartía mesa, Elisa de la Nuez, Andrés Martínez Arrieta, Esteban Mestre, María Victoria Romero y la periodista, y presidenta de FAPE, Elsa González; pero sobre todo a un público numeroso y muy preocupado por la lacra de la corrupción.

 Cuando se abordan los delitos relacionados con la corrupción, que tanto preocupan, y con razón, a los españoles, es bueno no olvidar una cuestión básica: estos delitos se relacionan siempre con el dinero. Evidentemente, la corrupción es voluntaria. Esto quiere decir que hay personas que, en un momento dado, deciden ser corruptas. En este sentido, la educación es una cuestión clave para prevenir la corrupción. Por otra parte, además de la cuestión moral está la legalidad. Una leyes que se cumplan y que dificulten los comportamientos deshonestos son otro de los pilares básicos en la lucha contra la corrupción. Sin embargo, otra evidencia es que los corruptos no quieren recibir su sanción, y como todos los delincuentes procuran no ser descubiertos.
Todas estas cuestiones son muy evidentes, pero no siempre se sacan las conclusiones. La más importante y directa de todas es que un punto clave para disminuir la impunidad de los corruptos es seguir el rastro del dinero. Esto no siempre es sencillo; de hecho, a menudo es muy complicado. En España, todos los pequeños casos de corrupción, e incluso alguna de las grandes tramas, están ligadas a los famosos “Bin Laden” o billetes de 500 Euros. Cuando en los años de la “Burbuja” nos sorprendíamos de la cantidad de billetes de 500 que estaban circulando por España, muchos lo asociaron con el fraude fiscal. Esta implicación es probablemente cierta, pero también está claro que esta anormal demanda de billetes de alta denominación tenía mucho que ver con la corrupción: lógicamente, los corruptos no querían dejar rastro.
En los grandes casos de corrupción siempre aparecen “paraísos fiscales”, es decir territorios donde existe secreto bancario blindado y opacidad. A menudo estos territorios tienen también bajos impuestos pero esto no es lo más relevante. De hecho, el término “paraíso fiscal” proviene de una mala traducción del inglés tax haven, refugio fiscal. Como expliqué en un reciente artículo en El Mundo  no estamos ante un paraíso en materia de impuestos (lo que sería un tax heaven) sino ante un refugio de los delitos. En este sentido, que Accors haya defendido, como una de sus propuestas clave para lucha contra la corrupción, la eliminación de los paraísos fiscales es un gran acierto.
Por otra parte, como señalaba un fiscal anti-corrupción: “los paraísos fiscales no están lejanas islas con cocoteros, sino en el Paseo de la Castellana”. El dinero no se traslada a los paraísos fiscales en maletines sino a través del sistema financiero. Esto quiere decir que un mayor control de las entidades financieras, obligando a que las mismas informen de la actividad de sus filiales en paraísos fiscales, es otra medida indispensable en una estrategia global contra la corrupción.
Incluso, aunque el efectivo es muy difícil de rastrear, finalmente se acaba ingresando en un banco. Por otra parte, cuando se quiere disponer de efectivo para hacer operaciones ilegales, a menudo el dinero también se saca del banco. Esto quiere decir que un seguimiento de las operaciones de entrega y retirada de efectivo en los bancos es muy relevante para descubrir casos de corrupción. Por ejemplo, éste fue el sistema para descubrir el famoso caso “Palau”: ¿Qué hacían fundaciones supuestamente benéficas con ese trasiego de billetes de alta denominación? Ésta es la parte positiva que poca gente conoce. Sin embargo, aún menos gente conoce que en este caso ha habido muchos corruptos que han quedado impunes porque varias entidades financieras habían perdido la documentación. Un amigo asesor fiscal, Esaú Alarcón y yo lo contamos hace unos meses, también en El Mundo:  Por cierto, para más inri a estas entidades financieras las habíamos rescatado con dinero público.
Esto demuestra que poder seguir el rastro del dinero es clave para obtener pruebas. Por cierto, otra perogrullada es que para poder condenar en un Estado de Derecho se necesitan pruebas. A menudo, conseguir pruebas de la corrupción es muy complicado; pero si no se investiga, no se obtendrán pruebas. En este sentido, que pese a las reiteradas demandas de la Organización de Inspectores de Hacienda  (medida 1, página 4) no se incluyese como colectivos de riesgo dentro de los sucesivos planes de control tributario a determinados colectivos como concejales o gerentes de urbanismo, para que fuesen objeto, por lo menos en algunos casos, de inspecciones en profundidad.
En este sentido, el establecimiento de un tipo penal de enriquecimiento injustificado de los cargos públicos es una buena idea. Sin embargo, aún mejor es simplemente un programa de inspección obligatoria de la situación patrimonial de algunos cargos públicos; porque como señala reiteradamente una de las editoras de este blog, Elisa de la Nuez, tener buenas leyes es importante, pero aún más es que estas leyes se cumplan.
Todo esto no es precisamente novedoso. La lucha contra la mafia, que no deja de ser una forma extrema de corrupción, ha seguido en los países avanzados esta estrategia. De hecho, uno de los grandes golpes fue el encarcelamiento de Al Capone, por delito fiscal. No es que el famoso gánster no hubiese cometido muchos más delitos, es que fue lo que Elliott Ness, que no era un policía sino un inspector del IRS (Agencia Tributaria estadounidense), y su equipo consiguieron probar.
Esto sigue siendo así. Una de las preguntas más inteligentes que me han formulado es: ¿Por qué en todos los casos de corrupción los imputados sólo admiten haber cometido delito fiscal? Por supuesto, hay un menor reproche social al delito fiscal que a otros delitos. Sin embargo, también es cierto que los imputados sólo admiten aquello que consideran que les van a poder probar sin ninguna duda. Esto quiere decir que el delito fiscal es, o más bien debería ser, un instrumento clave no sólo en la lucha contra el fraude fiscal, sino contra toda la corrupción económica. Por esa razón, la amnistía fiscal ha sido tan negativa y desmoralizadora, porque se ha asociado con la situación fiscal de muchos presuntos corruptos. De todos estos temas trato en mi libro “¿Hacienda somos todos? Impuestos y fraude en España (editorial Debate), porque los impuestos y el fraude no sólo tienen que ver con la economía, sino también y mucho con la política y la corrupción.
 
 

Colaboracionista, pero con buena conciencia

Ante la visión de la corrupción generalizada que asola nuestro país, y que se asoma todos los días a las portadas de los periódicos, uno no puede dejar de preguntarse si realmente los españoles somos menos honestos que los ciudadanos de los países del Norte de Europa. O aún peor, volver a plantearnos esa pregunta a la que tanto esfuerzo dedicó Sócrates, sobre si el ser humano es por naturaleza deshonesto.
Uno de las pocas experiencias documentadas fuera de un laboratorio sobre la honestidad de las personas en delitos de “cuello blanco” lo recoge Steven D. Levitt en el libro Freakonomics. Este libro es una oda a la idea de sacar conclusiones siempre apoyadas en datos, y no en intuiciones. El libro recoge la historia del negocio de las rosquillas de Paul Feldman, un hombre que preparaba unas rosquillas deliciosas. Inicialmente las llevaba para invitar a sus compañeros del trabajo. Era tanto el éxito, que acabó llevando muchas más, pero empezó a pedir 1$ por cada rosquilla que comieran, para lo que dejaba una cesta donde podían depositar el dinero. En su oficina la recaudación alcanzaba el 95% del coste. Solo el 5% de los compañeros no pagaba por las rosquillas que comía. Feldman al cabo de unos años decidió dejar su trabajo y dedicarse de lleno al negocio de las rosquillas. Lo vendió a muchas otras oficinas con un modelo similar. Dejaba las rosquillas y una caja para recoger el dinero cada mañana. Llego a entregar 8.400 rosquillas a 140 empresas. Fuera de su oficina, la tasa de recaudación media bajó hasta el 87%. Por debajo del 80% Feldman catalogaba una empresa como poco honesta y dejaba de suministrarle rosquillas. Los datos recopilados a lo largo de muchos años mostraron que las oficinas pequeñas son más honestas que las grandes, y, sí, para morbo de los lectores, en las oficinas donde los empleados se distribuían por plantas según las jerarquías, las plantas de los empleados de más jerarquía en la empresa eran menos honestas.
Las conclusiones del experimento muestran la  idea de que la gente es generalmente buena. Sí, muchos robaban rosquillas, pero la mayoría no lo hacían, aun cuando nadie les observaba. Como afirmaba Sócrates o Adam Smith, el experimento muestra que un hombre puede resistirse a la tentación del mal, aun cuando sus actos no tengan testigos.
Dan Ariely, un economista conductual, va más allá en una charla TED realmente interesante (ver aquí). Tras varios experimentos realizados con alumnos universitarios sobre su nivel de honestidad, su conclusión es que el comportamiento no es exactamente como podría predecir un economista. La teoría de incentivos indicaría que la honestidad alcanza un equilibrio entre cuánto gano si soy deshonesto, cuál es la probabilidad de que sea descubierto mi acto deshonesto, y cuál sería el castigo si soy descubierto. Los experimentos mostraron que aun cuando se redujera la probabilidad de ser descubierto, los alumnos se seguían comportando siempre igual. Eran siempre de media “un poco” deshonestos”. Siempre “solo un poco”.
La conclusión es que todos tenemos un “umbral de deshonestidad”. Nuestro cerebro nos permite comportarnos de forma deshonesta hasta un cierto umbral, y aún seguir sintiéndonos bien con nosotros mismos. Y todo el mundo necesita sentirse bien consigo mismo.
Obviamente el “umbral de deshonestidad” pueda cambiar con ciertos factores, y uno de los más importantes es lo que sucede a nuestro alrededor. En la charla, el economista Ariely explica que introdujeron un “estudiante actor”, que claramente se comportaba de forma deshonesta, y salía indemne. El resultado fue interesante: si el “estudiante actor” llevaba distintivos de la universidad, el nivel de deshonestidad del resto de compañeros subía. Pero si llevaba distintivos de otra universidad, el nivel de deshonestidad bajaba. No es el que a mi alrededor la gente se comporte de forma deshonesta lo que hace subir el umbral de deshonestidad. Lo que lo hace subir es que “mi grupo” se comporte de forma deshonesta.
Desde hace bastantes años soy de los convencidos de que el nivel de corrupción (o deshonestidad) es generalizado en la vida pública de nuestro país. Que no hay obra pública que no pague comisiones, que las personas que ocupan cargos públicos políticos que no son deshonestos son excepcionales, y que la comprensión de los jueces de los tribunales superiores con los actos deshonestos de los políticos es sospechosa. Hace tiempo que abandoné la tesis de las manzanas podridas, y me aboné a la tesis de la corrupción generalizada. Al debatir esta opinión con personas de todo tipo, la conclusión es que no todo el mundo tiene el mismo concepto de corrupción. Se utilizan conceptos como corrupción “dura” o “blanda” (no es lo mismo cobrar comisiones para ti, que hacerlo para el partido). No es lo mismo otorgar un contrato a un amigo si me llevo una comisión, que si a cambio se obtiene algún beneficio lateral para mi ciudad. No es tan malo colocar a amigos y familiares si todos lo hacen. No es tan malo pagar comisiones, si es la única forma de conseguir contratos. No es tan malo absolver a un cargo público, si con ello se preserva la tranquilidad del estado.  Como en el experimento, lo que cambia es el umbral de deshonestidad en los diferentes colectivos. Claramente el umbral de deshonestidad en la política española es muy alto. Si un comportamiento es generalizado, deja de ser considerado como deshonesto dentro del colectivo, y llegamos a la situación en que solo el “llevarse el dinero a casa”, se considera corrupción dentro del colectivo. El resto de comportamientos entra en otras categorías, pero claramente no es percibido como corrupción. Todos necesitamos mirarnos de frente al espejo por las mañanas, y nuestro cerebro nos debe permitir estar a gusto con nosotros mismos. El mecanismo del umbral de honestidad permite que a la mayoría de los cargos públicos políticos españoles su cerebro les permita encontrarse estupendos cada mañana. Y eso no es fácil cambiarlo. Sin duda no van a ser nuevas leyes anticorrupción las que van a cambiar este comportamiento.
Tampoco el sistema podría funcionar sin un nivel de colaboracionismo tan alto en nuestra sociedad. Sea en las empresas, en la administración pública o en organismos e instituciones, la corrupción es tan generalizada que es difícil no pensar que son muchos los ciudadanos, los funcionarios, o los trabajadores que son testigos de ella. Que la ven todos los días y la toleran. Que ven como su departamento firma expedientes para dar cobertura a una adjudicación sospechosa, que asiste a como su empresa siempre adjudica a determinadas empresas afines, que comprueba cómo se malgasta el dinero público en proyectos sinsentido, o que aplaude las ocurrencias de los jefes políticos sin espacio para la crítica. No pretendo adentrarme en este post de nuevo en el papel de los funcionarios “héroes” en la lucha contra la corrupción, y el comportamiento del resto que no quiere asumir el papel de héroe. Eso ya se ha tratado en varias ocasiones en este blog. Lo que me interesa constatar es que la mayoría de las personas que “colaboran” o “toleran” de una u otra forma los comportamientos corruptos, se encuentran bien consigo mismos. Hables con quien hables, trabaje en el área reconocida como más deshonesta de una determinada administración, o en el departamento que siempre sorprende por sus proyectos descabellados, o sus decisiones arbitrarias, siempre apreciarás que los profesionales defienden sus organizaciones, y minimizan las apreciaciones que tú, como externo, puedas hacer de su lugar de trabajo. Prueba a hablar con algún profesional que trabaje, por ejemplo, en el Tribunal de Cuentas, y puedes estar convencido de que defenderá la magnífica labor que hace su departamento. Y no te sorprendas si aprecias que lo dice con sinceridad y honestidad.
Es sin duda difícil levantarse cada mañana y pensar que voy a trabajar a una organización deshonesta e ineficaz. Para personas honestas, y la mayoría lo somos, asistir a ese espectáculo crea un notable malestar psicológico. Nuestro cerebro no puede soportar esa situación durante mucho tiempo. Esta situación es lo que los psicólogos llaman “disonancia cognitiva”. Si una persona que tiene unos valores o creencias morales  se ve involucrada en acciones que nunca hubiera hecho pero por fuerzas mayores no puede rehusar, la discrepancia entre las acciones y sus valores provoca un estrés emocional que la persona se esforzará en paliar intentando cambiar su forma de pensar. Nuestro cerebro no nos permite vivir mucho tiempo en una situación en que cuestionemos lo que vemos a nuestro alrededor, y por ello, al cabo de cierto tiempo, nuestro cerebro nos permitirá elaborar “una historia” que nos permita volver a estar a gusto con nosotros mismos y eliminar el malestar psicológico. Si alguien piensa que este mecanismo no es muy poderoso, debería bastar con mencionar que es este mecanismo el que hace que una mujer maltratada acabe convencida de que no es tan malo el maltrato o, incluso peor, que algo ha hecho para merecer el maltrato. No es fácil luchar contra ello.
Luchar contra la corrupción en España requiere algo más que promulgar nuevas leyes. Requerirá cambiar el umbral de deshonestidad que rige en la vida pública, y volver a crear la disonancia cognitiva en la sociedad colaboracionista y tolerante con la corrupción en que nos hemos convertido. No es sencillo, pero lo primero que requiere es que alguien, líderes nuevos, inicien sus discursos hablando de que han cambiado las reglas de juego, que ya no se tolerarán esos comportamientos. Y que empiecen a dar muestras claras y ejemplares de que así va a suceder. El nuevo rey, Felipe VI,  puede ser una oportunidad, pero será necesario que transmita claramente un deseo de romper con prácticas del pasado, como el mercadeo de favores o el “capitalismo castizo”. No es sencillo, pero no hay otro camino.

Flash Derecho: Una oportunidad para denunciar la corrupción, la Asociación contra la corrupción y por la regeneración social

 
 

 

Para todos aquellos que piensan que hay que pasar de las palabras a los hechos, tenemos hoy una buena noticia: una iniciativa de la sociedad civil para luchar contra la corrupción que permite que se realicen denuncias sobre casos concretos de corrupción. La asociación ACCORS acrónimo de asociación contra la corrupción y por la regeneración social ha habilitado un canal para realizar denuncias por casos de corrupción bien simplemente para darles publicidad o bien para que se tramite una denuncia ante la Fiscalía anticorrupción, por supuesto con total garantía de confidencialidad. Ellos se ocupan de todo, incluido, claro está, de verificar que la denuncia tiene credibilidad. En su página web se puede encontrar toda la información.