HD Joven: ¿Liberalismo a toda costa? (la guerra del vino)
En la (peligrosa) maraña legislativa en la que vivimos, con tres instituciones (UE, Estado y CCAA), en el mejor de los casos, legislando a un ritmo frenético en gran parte de las materias del día a día, ha llamado mi atención –seguramente por ser un asunto capital del que tanto depende la economía de mi tierra (La Rioja)– la presión que puede ejercer un sector (lo que ahora se denomina lobby) –el vitivinícola– en el legislador, tanto comunitario, como nacional, como si me apuráis, autonómico.
Las denominaciones de origen (DO) e indicaciones geográficas protegidas (IGP) constituyen un elemento fundamental en el desarrollo de las regiones rurales de gran parte del territorio nacional. El fin de una DO o de una IGP es doble: por un lado diferenciar el producto de una determinada zona, ya que tiene unas características y calidades que le hacen único; y por otro lado, proteger los productos que se producen en esa zona, haciendo que cumplan con una serie de requisitos en su producción, origen y características que les hagan merecedores de ostentar esa DO o IGP. Pues bien, ese papel de guardián lo realizan, en gran medida, los Consejos Reguladores.
Dentro de la faceta “ultra-liberalizadora” que caracteriza a las instituciones de la UE, tantas veces criticada desde nuestro país, la última polémica con el sector agrícola ha sido por el asunto de la liberalización de las plantaciones. Desde hace una década han sonado campanas liberalizadoras en el sector vitivinícola desde Bruselas, promovidas originalmente por la comisaria de Agricultura, Mariann Fischer Boella (aquí, aquí). La idea a priori es fácil de explicar: si usted dispone de un terreno de suelo rústico, puede libremente plantar cepas de vid y producir su propio vino.
¿Cuál era el régimen vigente hasta ahora? Sencillo: si usted tenía la suerte de ser propietario de un territorio rústico, para poder plantar una viña, debía adquirir previamente los denominados, “derechos de plantación”. Para ello, generalmente, lo que se necesitaba era comprar el llamado “papel”, es decir, derechos de plantación en propiedad de particulares, siendo además necesario cumplir con los requisitos que imponían las Consejerías de Agricultura, siendo los Consejos Reguladores los que supervisaban que se cumplían. En este punto de la historia, pueden imaginarse el mercadeo que se venía produciendo con el famoso “papel”, por ejemplo, el papel de la Denominación de Origen Rioja (DOR), podría llegar a venderse a 25.000 euros la hectárea.
Al final se ha optado por parte de la UE con la promulgación del Reglamento 1308/2013 de la Organización Común de Mercados, por una decisión intermedia –que no salomónica–, por la cual se establece un modelo de autorizaciones administrativas. A partir del 1 de enero de 2016, serán los Estados los que otorgarán a los nuevos productores, la autorización para que puedan plantar nuevas viñas. Esta autorización será gratuita, durará tres años, no será enajenable y cada país establecerá un cupo de superficie de viñedo.
Los principales problemas que genera esta supuesta solución son principalmente dos:
1) Por un lado, perjudica a los actuales propietarios, que se encuentran en una situación de desigualdad, ya que en su día tuvieron que pagar por unos derechos de plantaciones, que en el momento que se jubilen o dejen de cultivar, perderán, ya que ahora no se puede vender estos derechos. Sin embargo, este es el riesgo que siempre se corre con el regulador, como en los últimos tiempos ha sucedido con el sector del taxi o con los notarios, sin ir más lejos.
2) Asimismo, por el lado de los Consejos Reguladores preocupa el hecho de que se pueda autorizar a los grandes productores, especialmente a los de “vino de mesa”, para plantar o replantar en territorios especialmente reconocidos, como podría ser Rioja, Ribera del Duero, o Priorato, con el consiguiente hecho de que puedan etiquetar sus vinos con dichas localizaciones, sin cumplir con los requisitos que exigen dichos Consejos.
Si bien aun no está del todo claro quién será el órgano competente para otorgar las autorizaciones administrativas, la CCAA de La Rioja -para la cual el sector vitivinícola tiene una importancia absoluta-, amparándose en su Estatuto de Autonomía (el cual le otorga la competencia exclusiva en materia de agricultura) y en el artículo 148 de la Constitución, se ha apresurado a aprobar una Ley (aquí), con el objetivo de evitar que en el territorio de su CCAA, se planten vides sin cumplir con los requisitos de la DOR; en otras palabras, el “vino de mesa”. De esta manera pretende defender y garantizar la continuidad del modelo de la DOR, de relevancia fundamental para la economía de la Comunidad. En el hipotético caso de que se permitiese, a través de autorizaciones administrativas concedidas por el Estado, plantar toda clase de viñedos en el territorio de una determinada DO, en este caso de La Rioja –pese a que la DOR también comprende ciertas zonas de Álava y Navarra-, el Gobierno de la Comunidad sostiene que esto conllevaría un perjuicio económico sin paliativos para la economía de la región, tan dependiente de sus vinos.
Llegados a este punto, es preciso preguntarse ¿hasta qué grado la regulación de ciertas materias por parte de las instituciones comunitarias es eficiente, si no se tuviese en cuenta la identidad de una determinada región o la singularidad de ciertos productos? ¿Las libertades comunitarias y la liberalización de ciertos mercados tienen algún límite? ¿No entraría en este tipo de casos el tan proclamado principio de subsidiariedad?
No se nos debería escapar que, en un país con una gran tradición agrícola como el nuestro y con una densidad de población tan baja en algunas zonas, es fundamental para la supervivencia de la economía de ciertas regiones, la defensa a ultranza de sus productos, fortaleciendo todo elemento que les pueda diferenciar y logre aumentar su fama, y por consiguiente sus ventas. Por ejemplo, ¿cómo subsistirían determinadas zonas de Castilla y León sin sus vinos de DO Ribera del Duero, o de Teruel sin su jamón de DO Jamón de Teruel, o de Castilla-la Mancha sin su Queso Manchego?
En principio, la liberalización de un mercado siempre es buena, ya que promueve la competencia y suele ir acompañada de bajadas de precios en los productos. Si bien, no resultaría lógico que se produjera una liberalización total del mercado en determinados sectores agrícolas, puesto que las grandes empresas se podrían aprovechar del buen nombre de una DO, para etiquetar sus productos con dicho origen, sin respetar las reglas que se exigen a los productos de dicha denominación. Esto provocaría la consiguiente pérdida de calidad, valor y prestigio de los productos de una determinada zona. Ya que de este modo, ¿de qué forma podría asegurarse una persona que está comprando jamón de Guijuelo, que ese jamón ha seguido unas determinadas pautas en su producción, así como en la cría de los cerdos?
Por otro lado, no es desdeñable obviar la enorme influencia que tienen ciertos sectores de nuestro país, véase agricultores o ganaderos, llegando incluso a provocar que una CCAA, en medio del desconcierto y aprovechando la indefinición de la norma europea, legisle antes que un Estado miembro para tratar de proteger sus productos, siendo esto otra muestra del desconcertante “Reino de Taifas” en el que vivimos.
Todo sería más sencillo si los gobernantes españoles, como (supuestos) conocedores de la idiosincrasia de las zonas rurales de nuestro país que son, mantuvieran una postura firme en estos asuntos, defendiendo con una única voz sus DO e IGP, y no siendo una vez más un ejemplo de vacilación y de utilización como arma política arrojadiza. Máxime en un país de la singularidad del nuestro, en el que además del Estado, hay 17 Comunidades Autónomas y 50 Provincias, más preocupadas de ellas mismas que del conjunto del país.
En resumen, es evidente que hay sectores que necesitan ser protegidos en cierta medida por el legislador, ya que, en muchos casos, el desarrollo de algunas regiones de nuestro país, dependen de ello, sin que esto propicie que las DO sean “clubes privados” o “cortijos” de los Consejos Reguladores. Sin embargo, parece más lógico que todo esto se hiciera de un modo uniforme, si no es posible desde el ámbito comunitario, al menos sí desde el punto de vista del Estado, evitando que en ciertas regiones haya una serie de privilegios a determinados productos, que no existen respecto a otros o en otras regiones. Pero pedir eso en un país como España, parece misión imposible.
Licenciado en Derecho por la Universidad de Zaragoza y Máster en Asesoría Jurídica de Empresas por el IE Law School (Instituto de Empresa). Abogado en Sileo Asesores.