HD Joven: ¿Erasmus u Orgasmus?

En el siguiente artículo vamos a tratar de analizar las consecuencias tanto a nivel personal, como a nivel profesional, de haber hecho un Erasmus o de no haberlo hecho. Para una mayor objetividad, este artículo ha sido escrito por dos de nuestros editores (abogados) que, como es lógico, uno de ellos sí lo hizo y el otro no.

“YO SÍ ME HE IDO” (Álvaro del Caño)

“El Erasmus fue el mejor año de mi vida”. ¿Cuántas veces habré dicho esta frase o la habré oído por ahí? Pues sí, aunque suene a tópico, el Erasmus fue la mejor experiencia que he tenido y, si pudiera, no dudaría en repetir.

En primer lugar, me gustaría hablaros un poco del país en el que estudié y de cómo vive un alumno Erasmus allí. En mi caso, mi destino fue Riga, Letonia. Yo tenía claro que esta experiencia la quería vivir cuanto más lejos y más diferente de España mejor, por aquello de que sólo serían unos meses, que me apetecía aprender una nueva cultura y que quería conocer un día a día que no tuviera nada que ver con lo que estaba acostumbrado. Cuando me enteré del destino que se me había asignado, me volví loco de alegría y no tardé en googlear todo lo posible acerca de la ciudad, buscar los grupos de FaceBook de gente que iba a hacer el Erasmus allí, la residencia, la universidad, etc.

El lugar en donde me alojé fue una residencia de estudiantes, en la que vivíamos unos 300 alumnos de todo el mundo, que estaba en pleno centro. Cada vez que salía de mi habitación, tenía la sensación de que podía pasar cualquier cosa. Un día me ponía a hablar con un indio comparando nuestras culturas, otro día un italiano me cocinaba una exquisita pasta, de pronto una turca me contaba lo maravilloso que es Estambul… Era imposible sentirse solo o aburrirse en un entorno así. Sentía que era “un ciudadano de un lugar llamado mundo”.

Las asignaturas, en su gran mayoría, guardaban relación con las que se me convalidaron en España. Como es lógico, no todos los temas coincidían a la perfección con los del programa español, pero nunca está de más haber estudiado algo diferente al resto para tratar de diferenciarnos.

La beca que recibí para poder irme, apenas era suficiente para pagar la residencia. Queda claro que, sin otras vías económicas, no podría haber subsistido ni por asomo. Asimismo, mis compañeros españoles de residencia, o incluso, otros amigos que también se fueron de Erasmus a otros países, se encontraban en la misma situación. Así pues, la beca otorgada supone una ayuda económica, pero no cubre todos los gastos.

Por otro lado, durante mi estancia en Riga viajé muchísimo. En todas las ciudades que albergan estudiantes de Erasmus, hay una agencia que organiza viajes y actividades varias, conocida como “ESN” (ERASMUS STUDENT NETWORK). Por medio de esta agencia, conseguíamos buenísimos precios en transportes y alojamiento, de tal modo que pudimos viajar a Rusia, Polonia, Estonia, Lituania, República Checa, Suecia, etc. La cultura de todos estos países era muy similar a la letona, y disfruté muchísimo pudiendo conocerlos.

Finalmente, quiero matizar cómo me ha beneficiado esta experiencia. En primer lugar, he de indicar que no pasa un solo día en el que no chatee con algunos de los amigos que hice durante ese año. Amistades y contactos por todo el mundo (que quién sabe si podrán ofrecerme una oportunidad profesional algún día), a los que he ido a ver y me han venido a visitar, cosa que, de no haberme ido, jamás hubiera sucedido. Además, el hecho de tener que “vivir en inglés”, tanto dentro de las aulas como fuera de ellas, fue algo que sin duda me hizo mejorar el idioma de cara a mi futuro. Por otro lado, la sensación de “haber espabilado”. Salvo estancias en verano, nunca había vivido más de dos meses fuera de casa. Esta experiencia me hizo madurar y crecer como persona, ya que tenía que sacarme las castañas del fuego yo solito, sin la ayuda de nadie.

Por otra parte, en cuanto al tema de las convalidaciones, queda claro que el Erasmus no es perfecto ni puede perseguirlo todo. El objetivo es estudiar ciertas asignaturas fuera, no todo un título universitario, por lo que la posible falta de conocimientos que puede generar el marcharse, no será muy extensa en comparación con toda la carrera y siempre habrá tiempo para poder aprender lo no visto. Por lo tanto, a pesar de que la formación académica obtenida fuera puede que, a veces, no sea la mejor (sobre todo por la necesidad de convalidar), en definitiva el Erasmus es una experiencia que hay que valorar en su conjunto y que, en comparación con lo largas que pueden llegar a ser nuestras vidas, tiene una duración de un breve período de tiempo.

Por último, de cara al currículum y a las entrevistas que he ido haciendo, matizar que siempre ha jugado en mi favor el hecho de haberme ido de Erasmus. Los reclutadores o entrevistadores, al descubrir que hice mi Erasmus en un país tan inusual, suelen mostrar mucho interés y me piden que les cuente cómo fue la experiencia. Una persona que ha vivido algo así, no vuelve siendo la misma. Vuelve con menos prejuicios, con la mente más abierta y con la capacidad de encajar en cualquier ambiente, y eso, de cara a entrar en una nueva empresa, es algo que el personal de RRHH tiene muy en cuenta.

“YO NO ME HE IDO” (Pablo Ojeda)

Yo, a diferencia de mi compañero, no viví la experiencia del Erasmus. Evidentemente, mi Universidad me ofreció esa oportunidad, pero yo, en ese momento de mi carrera (4º-5º curso), decidí desecharla.

Considero que, académicamente, salvo contadas excepciones, no aporta gran cosa, puesto que el Derecho es una disciplina que varía mucho de país a país, debido a los diferentes sistemas legales tradicionales (common law vs civil law), así como las leyes de cada país y los diversos modos de organizar el ordenamiento jurídico. Todo esto tiene como resultado que, en una etapa crucial para el alumno (4º-5º de carrera en la licenciatura/ 3º-4º en el grado), el estudiante se puede ver obligado a tomar la decisión de dejar de cursar asignaturas tan importantes como Derecho Mercantil, Derecho Civil o Derecho Tributario. Llegados a este punto, es preciso llamar la atención al lector acerca del tema de las convalidaciones, ya que es algo sorprendente. En algunas ocasiones, esas asignaturas tan importantes que he señalado, pueden ser convalidadas por otras que no guardan relación alguna con la materia. Uno tiende a pensar que un programa eficiente debe pretender que la correspondencia entre las asignaturas que se convalidan tenga una equivalencia sino del 100%, al menos de un 50%. Pues bien, hay ocasiones en las que asignaturas del calibre de Derecho Civil o Derecho Tributario, se pueden convalidar por Legal Writing o American Constitutional Law, siendo asignaturas obligatorias o troncales que, cuando menos, debería ser obligatorio convalidarlas por asignaturas jurídicas. Si acudimos a la convalidación de las optativas, toda similitud es pura coincidencia.

Asimismo, la cuestión de las calificaciones es igual de llamativa, puesto que suelen ser más bien altas, pudiendo llegar a ser excesivas. Evidentemente, puede haber excepciones como en los casos de estudiantes que acuden a países o Universidades más exigentes, en donde no se hace distinción alguna entre el alumno autóctono y el Erasmus, por lo que el nivel de exigencia y de esfuerzo es el mismo para todos. Sin embargo, esta situación no es la más común, ya que gran parte de los alumnos, al regresar de su experiencia Erasmus, vienen con unas calificaciones bastante elevadas, obtenidas generalmente por el “trato especial” que reciben en las Universidades de destino. Este trato, en muchos casos, ha servido para ayudarles a mejorar su expediente hasta tal punto que, en ocasiones, la propias Universidades de origen han tenido que verse obligadas  a reducir sus calificaciones.

Otro elemento a analizar es el tema del idioma. Lógicamente, el ir a un país con un idioma diferente, es claramente beneficioso para el estudiante ya que se le da la oportunidad de poder aprender otra lengua durante su estancia. Sin embargo, la realidad es diferente. Aquellos alumnos que vayan a estudiar a países con idiomas más bien poco extendidos, véase Polonia, Hungría o República Checa, rara vez aprenderán más de las 4 o 5 palabras fundamentales para saludar, dar las gracias y despedirse. Esto se debe a que, en primer lugar, las clases no son impartidas en el idioma del país, sino que suelen ser en inglés, lo que, unido al corto período de tiempo de la estancia del alumno y a la dificultad de determinados idiomas, tiene como resultado que la proporción de alumnos que saldrá hablando eslovaco, letón o finés será muy baja. Por otro lado, sí es cierto que aquellos alumnos que vayan a estudiar en destinos como Francia, Reino Unido o Portugal, saldrán claramente reforzados en los idiomas de cada uno de estos países, siempre que no coincidan con excesivos alumnos españoles que hagan que la utilización del idioma oriundo sea muy residual.

Y por último, tampoco es alentador lo relativo a las becas. La ayuda económica a los estudiantes, tiene tres tramos: el comunitario, el estatal y el autonómico. Como sabemos, (aquíoaquí), las becas del Programa Erasmus se han visto reducidas durante esta legislatura. Es realmente llamativo las diferencias entre las ayudas que recibe un estudiante en una CCAA, frente a otra[1], si bien esto es otro tema.  Generalizando un poco, la ayuda media es de unos 300 €, con los cuales es muy difícil vivir en un país extranjero, especialmente en aquellos con los precios más altos, como Reino Unido o Alemania. Por lo que, irse de Erasmus sigue siendo una experiencia que sólo pueden permitirse las personas que tengan un soporte económico detrás, puesto que está claro que con las becas no basta.

En definitiva, pese a no haberme ido de Erasmus, no me arrepiento de haber optado por esta decisión, ya que considero que en ciertos aspectos es una experiencia algo sobrevalorada, sobre todo, por parte de los departamentos de RRHH, ya que académicamente hablando, creo que sale mejor preparada una persona que ha cursado íntegramente todos los años de la licenciatura o grado en España. Por otro lado, en el ámbito personal, tampoco considero que haya salido malparado por no haber optado por esta experiencia, ya que muchos de los valores y de la personalidad que se le presume a un ex-Erasmus, también pueden ser obtenidos al irte a cursar tu carrera (o algún curso de la misma) fuera de tu ciudad (permanentemente o vía Beca Séneca), pero dentro de España, como yo tuve la suerte. Es por ello, que si actualmente volviera a tener 20-21 años y estuviera en la tesitura, de nuevo, de elegir entre irme de Erasmus, o no, seguramente volvería a ganar el no.


[1] http://sociedad.elpais.com/sociedad/2013/11/06/actualidad/1383769275_301619.html

HD Joven: Publicidad y Twitter: ¿un matrimonio de conveniencia?

El principio de información en el mundo de la publicidad es esencial para garantizar los derechos de los consumidores o usuarios. Así, éstos deben poder distinguir en un medio de comunicación entre lo que es un contenido publicitario y lo que no lo es. Por otro lado, las redes sociales y los medios de comunicación digitales (Facebook, Google +, Twitter o Linkedin, entre otros muchos) han supuesto un cambio en el modo tradicional de hacer publicidad. Ello no hace, sin embargo, que estas nuevas plataformas sean ajenas al marco regulatorio aplicable a la publicidad tradicional.

Ahora, volvamos la vista atrás a un 2 de julio de 2013. El calor aprieta y dos rostros televisivos como Cristina Pedroche y Nuria Roca publican en su Twitter una foto de ellas mismas posando con un yogur helado de Danone con el hashtag #porfincalor. Tres días más tarde, la también famosa Carolina Cerezuela publica una foto similar, pero además del anterior hashtag añade otro con el término #publi. Pues bien, ante estos llamados tweets patrocinados (sponsored tweets), cabe plantearse dos preguntas:

   -¿En ambos casos estamos ante una publicidad encubierta? ¿O sólo en el primer caso?

   -¿El usuario de Twitter puede discernir con claridad que está ante una publicidad patrocinada por una empresa de alimentación o, por el contrario, el rostro famoso hace que el seguidor no lo perciba así, sino que piense, en consecuencia, que es tan sólo otra foto más de un famoso con ganas de demostrar que él –o ella- también se toman un yogur helado de vez en cuando?

Para responder a estas cuestiones debemos acudir a dos leyes: la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal (en adelante, LCD) y la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad (en adelante, LGP).

Señala el artículo 3 (e) de la LGP que los actos que se consideren publicidad ilícita,entre los que se encuentra la publicidad engañosa, tendrán además el carácter de actos de competencia desleal de acuerdo a la LCD.El precepto habla de actos de competencia desleal, pues resulta incuestionable que una empresa que practique una publicidad ilícita necesariamente incurrirá en una actuación desleal tanto para las empresas competidoras como para los consumidores o usuarios.

Ahora bien, para precisar qué tipo de actos son considerados desleales, debemos acudir a la LCD. Establece el art. 7.1 que se considerarán desleales las llamadas omisiones engañosas, esto es, la falta de información relevante o la muestra de la misma de manera poco clara al consumidor o usuario –«el destinatario», en palabras de la ley–, influyendo así en su comportamiento económico sin el debido conocimiento de causa. La inteligencia del precepto radica en proteger al consumidor o usuario partiendo de la premisa según la cual, para que éste adopte una decisión racional, tiene que contar con toda la información suficiente.

A su vez, añade el apartado 2 del mismo artículo que, para valorar el carácter engañoso, se tendrá en cuenta el contexto fáctico y demás circunstancias en que se producen tales actos. En concreto, en su último inciso señala:

   «Cuando el medio de comunicación utilizado imponga limitaciones de espacio o de tiempo, para valorar la existencia de una omisión de información se tendrán en cuenta estas limitaciones y todas las medidas adoptadas por el empresario o profesional para transmitir la información necesaria por otros medios».

Por último, el artículo 26 LCD habla de las llamadas prácticas comerciales encubiertas. Según este precepto, se entenderá por aquéllas la inclusión de informaciones con el propósito de promocionar un bien o servicio en los medios de comunicación sin que sea fácilmente reconocible como contenido publicitario por el consumidor o usuario.

 Así pues, considerando que Twitter es un medio de comunicación y no una mera red social,a mi juicio, el último inciso del artículo 7.2 LCD es la clave para resolver el conflicto.  Este apartado parece encajar perfectamente con el mundialmente conocido medio de los 140 caracteres. Es por ello que, aunque la LCD no se refiere expresamente al supuesto de la publicidad en Twitter, entiendo que el anuncio de Carolina Cerezuela si sería respetuoso con la LCD. No ocurriría lo mismo en los ya comentados de Cristina Pedroche y Nuria Roca, en los que opino que podrían inducir a error a algún despistado usuario de Twitter.

De hecho, el tweet lanzado por Carolina Cerezuela utiliza una solución planteada en el art. 20.1 de la Ley 34/2002, de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico, el cual reconoce que la inclusión de la mención publicidad o publi  en la información ya cumple con la obligación de identificar ese contenido como publicitario aunque el precepto está exclusivamente pensado para el envío de e-mails comerciales directos o mailing.     

Tengamos en cuenta que el caso planteado no sólo ha sucedido en nuestro país. En Reino Unido, ante casos como el comentado, y debido a las dudas legales, se ha optado por añadir al final de los tweets patrocinados el hashtag #ad (de «advertisement»), similar al español #publi. Por otra parte, como habrá podido descubrir algún lector malicioso, detrás de los tweets patrocinados se esconde un negocio con cifras de varios ceros.Y es que, por ejemplo, mientras la ley sigue rezagada ante los nuevos retos que plantea en internet el actor Jared Leto y –¿la presentadora? ¿Hermana de famosa? ¿Rentista?– Khloe Kardashian aprovechan para reclamar un mínimo de 13.000 dólares por cada tweet patrocinado que publican en su cuenta personal (Ver información aquí).

En conclusión, ante la falta de previsión legal que regule los cada vez más utilizados tweets patrocinados, considero que la inserción del hashtag#publi o #publicidad en los mismos protegería a la empresa patrocinadora ante eventuales denuncias –bien de asociaciones de consumidores o empresas competidoras- por incurrir en publicidad encubierta. Al añadir ese sencillo hashtag, la empresa patrocinadora estaría manifestando buena fe en su actuación, ya que quedaría patente la intención de advertir al usuario/seguidor de Twitter de que está viendo un contenido publicitario.

HD Joven: Calificación universitaria y eficiencia docente

Cuando salí de la universidad, me pregunté dos cosas: si había aprendido todo lo que hubiera podido aprender y, en caso de que la respuesta fuera negativa, si era mi culpa o no. A la primera pregunta, yo, al menos, había de responder con un rotundo “no” y, por tanto, ahora debía averiguar si era mi culpa haber malgastado el tiempo durante lo que me había ocupado una quinta parte de mi vida, la universidad.

Hay miles de factores que pueden tenerse en cuenta para valorar la excelencia de una universidad. Hoy, me pregunto si el modo a través del cual se califica el rendimiento de los alumnos pudiera ser uno de ellos. En España, en general se usa en una escala del 0 al 10. ¿Es este método adecuado? ¿Qué ventajas e inconvenientes tiene respecto de otros métodos?

Hace unas semanas volví de San Francisco, tras haber cursado un intercambio de estudios, y, al haber conocido estudiantes de diferentes países y continentes, con distintos sistemas legales y educativos, el tema del sistema de calificación me ha llamado mucho la atención. En Estados Unidos, por ejemplo, es muy común calificar a los estudiantes por medio del llamado sistema de letras o Bell curve (la campana de Gauss). La nota distintiva de este sistema es la competitividad. En efecto, en las universidades donde se usa este método de calificación, la nota de cada alumno está directamente relacionada con la de los demás y así la competitividad adquiere suma importancia para éstos, no sólo por motivos personales, sino por muchas razones más: es un referente para las instituciones educativas para conceder becas o premios, para las empresas para dar trabajo, etc. Los alumnos “matan” por las máximas notas.

Naturalmente, es inevitable que todo profesor, al corregir los exámenes, haga una estimación del nivel general de la clase y reparta las notas en consecuencia. Sin embargo, la Bell curve es mucho más cruel. ¿Por qué? Porque el número de sobresalientes (A), de notables (B), de aprobados (C), de “cincos pelados” (D) y de suspensos (E/F) se conoce de antemano. Lo que no se sabe es quién los recibirá. Esto ha sido criticado por muchos profesores, que reclaman una mayor discreción y libertad de criterio a la hora de calificar a sus propios alumnos.

Como vemos, en la Bell Curve, un poco a imagen y semejanza de la propia cultura estadounidense, siempre tiene que haber uno o varios ganadores. Siempre, y aunque no lo merezcan. Por ejemplo, obligatoriamente, alrededor de un 5% de los alumnos recibirá A+ (Matrícula de Honor) y otro 10-15% recibirá A y/o A- (Sobresaliente). En definitiva, que un quinto de la clase será considerado excepcional, sin necesidad de que lo haya sido en realidad. E igual sucede con los notables, aprobados y suspensos. Son las reglas; no puede haber premios desiertos, como en los concursos de literatura.

La mayoría de las Law Schools americanas utilizan este sistema. Otras, como algunas de las más prestigiosas (Yale, Harvard, Stanford y Berkeley), utilizan el sistema Pass/Fail (Aprobado/Suspenso). Como su propio nombre indica, consiste simple y llanamente en que sólo se puede o bien aprobar o bien suspender, con algún matiz.

Este sistema, al contrario que el de letras, desecha la competitividad entre los alumnos y, a cambio, invierte en otros aspectos igualmente valiosos para las aulas. Un estudio de Daniel E. Rohe (y otros), The Benefits of Pass-Fail Grading on Stress, Mood, and Group Cohesion in Medical Students, concluyó que el sistema Pass/Fail reduce el estrés y favorece el buen humor y la cohesión entre los estudiantes, sin por ello reducir el nivel de aprendizaje; de hecho, otro estudio incluso afirma que aumenta (ver Can a Pass/Fail Grading System Adequately Reflect Student Progress?) ¿Es así como Yale, por ejemplo, consigue ser valorada la mejor facultad de Derecho del país? ¿Cómo consiguen los alumnos sacar lo mejor de sí mismos sin estar sometidos a presión? Difícil de decir. Tal vez sea porque los alumnos dejan a un lado el ego, el orgullo a veces exagerado de ser el mejor y, simplemente, se centran en aprender, que es en realidad a lo que se va a la universidad. El caso es que funciona, y muy bien.

Luego, existen métodos totalmente distintos, como el de Alemania. Al revés que en el sistema de letras, en el sistema germano uno compite primordialmente contra sí mismo, y no contra los demás, pues, primero, las notas de uno no dependen del resto de la clase y, segundo, las máximas puntuaciones son prácticamente inalcanzables por ningún alumno. Me explico.

En las universidades alemanas, siendo la nota más alta el 18, y la más baja el 0, sólo unos pocos alcanzan un 13 o un 14, a veces un 15, pero, eso sí, un 16, 17 o 18 es prácticamente un logro inaudito, como advierten las propias universidades (ver aquí). Muy pocos estudiantes lo han conseguido. La inmensa mayoría de la clase, nada menos que un 90%, no pasa de un 8 (ver aquí), siendo un 4 (¡de 18!) un aprobado. Es decir, se aprueba satisfaciendo un mísero 22% de los contenidos de la asignatura. Pero ¿es mísero de verdad? Lo dudo a horrores. Lo que ocurre es que el nivel de exigencia es mucho mayor; tanto es así que un 11 sobre 18 en el sistema alemán se convalida por una A, esto es, por la máxima nota del sistema de letras estadounidense (ver aquí).

¿Por qué tanta exigencia? En mi opinión, este sistema pretender ser una mezcla entre desesperante e ingenioso: es precisamente el hecho de que los alumnos saben que no podrán escribir en el examen tanto como el profesor espera de ellos lo que les fuerza a tratar de alcanzar ese imposible. Es, por cierto, una lección de humildad de la que carecen los sistemas americanos; los alemanes no dejan a sus jóvenes abogados que se conformen, ni que caigan en el error de pensar que son únicos y brillantes. Queda mucho por aprender, muchachos… Un amigo mío alemán, en cambio, cree que, más que un intento del sistema por infundir humildad en los estudiantes, es, por las mismas razones, un signo de arrogancia por parte de la élite jurídica, que pretende demostrar que ni el mejor trabajo del mejor estudiante es suficiente para ellos. No obstante, reconoce que, últimamente, los profesores tienden a conceder mejor notas a los estudiantes.

Entonces, ¿qué hay de nuestro sistema, el español? Es un método sin mucha complicación: del 0 al 10, y punto; diez es la nota más alta porque diez es el número más alto y se aprueba con cinco porque está justo en la mitad. De algún modo, está a caballo entre los tres sistemas. Por un lado, aunque es necesario competir con el resto, porque la nota de todo estudiante siempre va a ser valorada, si bien ligeramente, en relación con el rendimiento de la clase, la competitividad no llega al extremo del sistema de letras, en el que todos luchan desesperadamente por la máxima nota y se crean odios innecesarios entre los alumnos. No obstante, nunca me ha parecido que se fuerce a todos los estudiantes a rendir mejor, sino solamente a los que, por naturaleza, son más competitivos. Esa laxa competitividad favorece, eso sí, un mayor compañerismo, pero nunca tan abierto y real como en el sistema Pass/Fail. Por último, tampoco permite el sistema español que los alumnos traten humildemente de auto-superarse, como en el sistema alemán; al revés que en éste, en la universidad española sí está al alcance de cualquiera la máxima nota, un 10.

¿Cuál es entonces el mejor método para incentivar a los alumnos? ¿Los americanos, el alemán, el español o algún otro? Lo único que yo sé es que ninguna de nuestras universidades está entre las cien mejores del mundo. Ninguna (ver aquí, aquí y aquí). En cambio, la educación en Alemania y en Estados Unidos está muy bien considerada, aun respondiendo a patrones de calificación muy distintos. ¿Será que en realidad la forma de calificar no importa y este artículo tampoco? Tal vez. Sin embargo, yo he estudiado con dos de esos métodos y uno de ellos, el de letras, aunque muy estresante y criticable, consiguió sacar más de mí que el sistema del “0 al 10”.

De acuerdo, que sí, que es mi culpa: debería haber estudiado más durante la carrera. Pero, ¿quién sabe?, igual hubiera aprendido muchísimo más con otro sistema. Igual ahora sería Presidente.

 

Flash Derecho: Nace HD Joven

Hace algún tiempo los editores del blog decidimos crear dos líneas de posts- Flash Derecho y ¡Ay, Derecho!- que pretendían dar cabida a otro tipo de comunicaciones más esporádicas pero con un mensaje diferenciado, urgente o irónico, según los casos. Ahora les anunciamos que estos mismos editores – ya en una edad difícil– hemos decidido que es necesario abrirse a otros segmentos de población a los que debe llegar también el mensaje regeneracionista y que, quizá, son más susceptibles de ser tentados por los cantos de sirena que predican la reforma del sistema desde fuera con atractivas protestas de integridad, honradez, coherencia y radicalidad.

No es que este blog no sea leído por gente joven –nos consta que sí- ni que únicamente hayan escrito en él añosos colaboradores –piensen en los exitosísimos posts de Lexuri Olabarriaga, Laura Venzal, Elena Gutiérrez Pérez, Chema Gonzalez-Gariletti, Miguel San Antonio y otros- pero consideramos que esta participación tiene que ser más sistemática y consistente, con un doble objetivo, uno expreso y otro solapado (aunque transparentemente expresado): por un lado, que en el blog se traten otros temas cuya existencia los editores, por nuestra ineluctable biografía, simplemente desconocemos o no damos la debida relevancia; por otro, que el blog y la Fundación, con sus mensajes habituales, lleguen también a personas que están formándose su criterio en temas clave. O sea, que gente más joven entre en el blog para leer sobre cuestiones que le interesa directa y perentoriamente y, con ese motivo, lean sobre otras cuestiones que si no les interesan ahora, les van a interesar seguro en el futuro, al menos en la acepción de “concernir” que tiene esta palabra. Agitprop regeneracionista, vamos.

Por supuesto, el nivel de los posts y su objetivo no podrán alejarse del general del blog: que transmitan ideas y opiniones, que se orienten a la defensa y reivindicación del Estado de Derecho, el establecimiento de la Justicia o la promoción de la ética en las actividades públicas y privadas (véase el «Acerca de» de esta página) y, por supuesto, que estén bien escritos. No pretendemos crear una sección de menor calidad, sino de contenido más amplio hecho por jóvenes pero para todo el mundo.

Para conseguir estos objetivos hemos reunido un pequeño grupito de jóvenes que, a modo de “subeditores” de esta línea especial de posts, se dedicarán a buscar artículos, pulir los que les lleguen y buscar nuevos colaboradores. Entre ellos estarán Ignacio Gomá Garcés, Matías González Corona, Pablo Ojeda Baños y Álvaro del Caño Durán, que se encargarán de coordinar está sección.

Animamos a jóvenes de cualquier condición a enviar al correo del blog artículos sobre cuestiones que les afecten y que piensen pueden ser de interés general: universidad, acceso al trabajo, familia o cualquier otro.

Nuestra idea es publicar con carácter regular un post un viernes cada quince días, sin perjuicio de otros que se pudieran publicar los demás días si la política editorial y la acumulación de posts en reserva lo aconsejan.

¡Sean bienvenidos¡