Flash Derecho: Proyección del documental “Corrupción: el organismo nocivo”

El próximo jueves, 1 de octubre, en la Fundación ¿Hay Derecho?, en colaboración con Transparencia Internacional España hablaremos de medidas contra la corrupción con ocasión de la proyección del documental Corrupción: el organismo nocivo.  

En este documental se pone de relieve el pape fundamental para luchar contra la corrupción de los whistleblowers o denunciantes de la corrupción, siendo uno de los objetivos de la Fundación ¿Hay Derecho? la promoción de medidas de protección para el denunciante de la corrupción.

La proyección tendrá lugar en el Centro Cultural Puerta de Toledo (mapa) a las 19:00. Para más información sobre el documental se puede visitar su página web www.corrupcionorganismonocivo.com .

Flash Derecho: Es Ahora

El martes 18 de febrero de 1936 el diario gráfico Ahora, dirigido por Manuel Chaves Nogales, publicó un editorial mostrando su preocupación tras las elecciones del domingo anterior. Terminaba con estas palabras: “Empezamos hoy a vivir jornadas críticas en las que gobernantes y gobernados necesitamos mucha serenidad, poca impaciencia y un gran respeto a las normas de Derecho natural y positivo. Por nosotros no quedará”.

Por Ahora no quedó (hasta su incautación, claro) y menos aún por Chaves Nogales, (pues solo su prematuro fallecimiento en el exilio pudo silenciar su opinión certera y serena). Pero, sin duda, quedó -y mucho- por parte de una gran mayoría de los protagonistas y, destacadamente, de los medios de comunicación de aquella desgraciada época. Quien quiera percibir la excitante sensación de los pelos como escarpias que tire de hemeroteca.

Hoy la coyuntura no parece tan grave, pero también empezamos a vivir jornadas críticas en las que gobernantes y gobernados necesitaremos mucha serenidad, poca impaciencia y un gran respeto a las normas de Derecho natural y positivo. Para conseguirlo no hay mayor bálsamo y ayuda que la de una prensa responsable, en el total sentido de la expresión: porque satisface la duda o dificultad que se le plantea, se obliga a dar explicación de ella asumiendo las consecuencias y pone cuidado y atención en lo que dice.

Resulta sorprendente que en un mundo tecnológicamente tan avanzado como el nuestro, esto sea cada vez más difícil. O quizás es tan difícil porque la tecnológica ha avanzado más deprisa que nuestra capacidad para integrarla en la adecuada satisfacción de nuestras necesidades. La actual difusión inmediata de la noticia por las redes sociales, más rápida que las ondas sísmicas que la producen (aquí), ha colocado a la prensa diaria (ya sea en papel o en Internet) en una complicada coyuntura: diseñada para dar noticias, tiene que dar algo más que noticias para sobrevivir a un ritmo no pensado para ello y difícil de mantener, tanto para el editor como para el lector.

Reclamar, como hacía Chaves Nogales, mucha serenidad y poca impaciencia es, por eso mismo, hoy más difícil que nunca, y, sin embargo, absolutamente imprescindible. Quizás porque el mundo es cada vez más complicado. Quizás porque somos nosotros quienes lo complicamos innecesariamente. Pero, si lo hacemos, es también porque no nos hemos parado a escuchar y a pensar, o porque no nos han dado oportunidad de hacerlo con un poco de calma y perspectiva.

Para satisfacer esa necesidad es por lo que un grupo de personas –de variado origen, pero de preocupaciones semejantes- en el que me integro a título personal, hemos decidido lanzar el periódico semanal Ahora. Semanal, porque su voluntad es practicar el slow journalism, tratando aquellos temas sobre los que hemos oído algo, quizás mucho, pero que no hemos sido capaces de armar adecuadamente en nuestra consciencia. Y hemos de reconocer que, antes de hacerlo, resulta difícil opinar cabalmente sobre ellos. Un diario no puede permitirse el lujo de contextualizar cada pieza de información que ofrece, ni tampoco es esa su función. Nosotros, por el contrario, sí vamos a hacerlo.

Pero también periódico, no por referencia al aspecto temporal que ya aclara el segundo término, sino porque no quiere ser ni río ni revista. Los ríos actuales bajo formato de páginas web parecen refutar a Heráclito: uno tiene la sensación de ya haberse bañado allí muchas veces. No fotografían la realidad que consideran digna de ser transmitida en un instante temporal determinado, tras haber realizado la selección e interpretación correspondiente, sino que abren generosamente los brazos a todo lo que discurre. La consecuencia es que el río suena siempre muy parecido. Por su parte, el término revista evoca (en el mejor de los casos, porque en el peor ni entremos en ello) esa injusta división de Baroja (al menos en opinión de nuestro Chaves Nogales) entre el periodismo de cuatro patas o periodismo de mesa y el de dos patas; es decir, entre el “intelectual” y el gacetillero iletrado que acarrea noticias, por decirlo de otra manera. No obstante, si el auténtico periodismo es algo distinto- contar, relatar, informar sobre lo que importa en un momento determinado, y hacerlo bien- la verdadera sede del periodista es un periódico. Otra cosa es que contemos con destacados especialistas en cada campo (economía, cultura, derecho, política, etc.) que nos ayuden a interpretar la realidad. Pero serán seleccionados en función de la noticia relevante, y escribirán presididos por ella.

Por eso Ahora quiere ser un periódico incómodo (al menos hasta nuestra incautación). Porque, al explicar y contextualizar, nos demostrará que el mundo es más complejo de lo que les interesa mostrar a los que se aprovechan de los prejuicios, prisas y necesidades de la gente, tanto de un lado como de otro. Y también porque tendrá tiempo y espacio para plantear aquellos temas de fondo que la prensa diaria no quiere o no puede tratar, y sin cuya comprensión es tan difícil entenderlo todo.

La elección simultánea por el papel y por el formato digital es una consecuencia de todo lo anterior. Es verdad que el producto cerrado podría ser solo digital, pero el papel sábana no solo es una manifestación expresa de intenciones, sino también una oferta de autoimposición al lector, a modo de cinturón de castidad: al igual que quién quiere de verdad ir en bici a trabajar le aprovecha vender su coche, el papel sábana no se puede leer mientras uno espera pagar en el súper, cuando realmente no está en condiciones de enterarse de nada que valga la pena, sino que necesita el espacio y el tiempo adecuado a la importante tarea que se pretende, ajena a tentaciones y distracciones.

Ahora no pretende sustituir a nadie, sino rellenar un espacio vacío, cuyo hueco lleva haciéndose sentir desde hace mucho tiempo, en un momento en el que la serenidad y la reflexión resultan imprescindibles, una vez más, para nuestro país. Por eso estoy convencido de que, si se hace bien, tendrá éxito, sin duda alguna. Pero para saber si se hace bien, querido lector, no hay más remedio que comenzar a leerlo este mismo viernes, o incluso darle un (módico) voto de confianza y suscribirse AHORA.

Flash Derecho: Mesa redonda “Investigación criminal e instrucción penal”

El próximo miércoles 23 de septiembre la Plataforma por la Independencia por el Poder Judicial y la Fundación ¿Hay Derecho? organizan conjuntamente la mesa redonda “Investigación criminal e instrucción penal”.

En el acto participarán el magistrado de la Audiencia Nacional, Eloy Velasco, el Catedrático de Derecho Procesal, Andrés de la Oliva y el Fiscal del Tribunal Supremo Salvador Viada. Moderará el Secretario General de la PIPJ, Jesús Villegas.

Para todos los interesados en la defensa del Estado de Derecho y en la regeneración de las instituciones es sin duda un tema crucial.  Y la pregunta que queremos hacernos no es tanto quien instruye (lo que sin duda es muy importante) sino sobre todo la de cómo se instruye.

Tendrá lugar a las 19.00 en el Club 567, en su sede de la  c/Jorge Juan 15 (Madrid)

La entrada es libre.

Flash Derecho: I Congreso anual del Instituto Iberoamericano de Derecho y Finanzas.

Los días 1 y 2 de octubre se celebrará en Madrid el I Congreso Anual del Instituto Iberoamericano de Derecho y Finanzas bajo la presidencia de honor de Su Majestad el Rey Felipe VI, y será clausurado el viernes 2 de octubre por el Exmo. Sr. D. Rafael Catalá (Ministro de Justicia).

La temática del congreso es de máximo interés y actualidad. Se discutirán aspectos controvertidos del Derecho de sociedades, el Derecho concursal, la regulación financiera y del mercado de valores, la contratación mercantil y bancaria, el derecho contable, la economía y las finanzas corporativas. Los ponentes son académicos y profesionales de prestigio, especializados en la materia.

Fecha: 1 y 2 de octubre de 2015

Lugar: Casa de América. Sala Simón Bolívar. Plaza de Cibeles. Madrid (España).

El programa puede consultarse aquí

Flash Derecho: JustiApps único finalista de España en los premios internacionales de Innovación en la Justicia

En un Flash Derecho anterior hablamos sobre JustiApps y sus diferentes fases: el concurso de ideas y  los seminarios que se celebran este mes de septiembre.

El hackathon se celebrará a finales de este mes. Para saber más e inscribirse, puede consultarse la página:  http://www.emprendelaw.com/justiapps/hackathon/. Hay un límite de 50, aún quedan plazas pero quien de verdad esté interesado en participar, debería registrarse lo antes posible. Sabemos que los  colaboradores y lectores de ¿Hay Derecho? son profesionales de muy alto nivel y el desarrollo de las apps, exige que al menos algunos de los miembros de los equipos sean expertos en su campo. Por eso os animamos a participar. Es una experiencia muy interesante, que os permitirá trabajar mano a mano con desarrolladores y otros profesionales del diseño y del marketing y quizás hasta llegar a ser empresario de apps, quién sabe…

Además recordaos que en septiembre tendrán lugar dos seminarios: uno con Illunion sobre accesibilidad de apps y otro con el notariado, el que nos explicarán las herramientas que están desarrollando para dar mejor servicio al sector legal y a la ciudadanía. Están todos aquí: http://www.emprendelaw.com/justiapps/seminarios/

Por último, el final del verano ha traído una excelente noticia: JustiApps ha sido preseleccionada entre más de 250 proyectos en los premios Innovating Justice Challenge 2015. JustiApps está entre los 60 proyectos que ya pueden ser votados y es el único español. Los tres que obtengan más votos serán los que pasen a la fase final. El periodo de votación estará abierto hasta el 17 de septiembre. Votar ​es muy sencillo: sólo hay que entrar en la web de Innovating Justice Challenge​.  Si estás en Facebook podrás hacerlo de forma muy sencilla y si no, te pedirán que te des de alta (si te surgen dudas podrás ver las instrucciones aquí: http://www.emprendelaw.com/justiapps/votar-innovating-justice/), pero hacerlo te tomará sólo unos minutos. Accede aquí a la web si quieres darles tu voto.

La dificultad de salir de Google

Una persona que trabajaba en el mundo de las finanzas tropezó, hace ya algunos años, con aquel impresentable juez que encarcelaba y liberaba a los ricos previa contratación de un determinado abogado y pago de honorarios convenidos para su posterior liberación. Nuestro hombre pasó unos días en la cárcel “Modelo” de Barcelona y, en lugar de pagar, como era lo habitual, denunció el hecho y tras un largo proceso fue liberado y exculpado de toda responsabilidad; y su testimonio sirvió, entre otros muchos, para que el juez, y sus compinches, fuesen investigados, procesados, juzgados, condenados y encarcelados.

Pero los hechos, como tantos otros, positivos o negativos de cualquier persona, quedaron registrados en “Google”. En el caso del financiero resultaba que siempre que se pinchaba su nombre para ver su currículum o cualquier otra circunstancia de su vida, aparecía que había sido detenido por la policía; y aunque luego apareciesen también otras circunstancias del caso, lo cierto que la sombra de la duda, la sospecha de que “algo de verdad habría” se cernía siempre sobre él. El perjuicio que esto le causaba era grande, sobre todo en el mundo de las finanzas internacionales donde se movía, en el que los detalles rocambolescos del caso parecían tan novelescos que resultaban increíbles.

Aunque nuestro personaje ya se había acostumbrado a llevar esa cruz no se conformaba con tan grande injusticia e intentó que se borrase de la memoria de “Google” la historia que tanto le perjudicaba. No tuvo éxito y, entonces, acudió a la Agencia de Protección de Datos que terminó dictando una resolución el 18 de septiembre de 2012 estimando la petición de borrado del financiero. “Google”, como es lógico, no conforme con ello interpuso recurso Contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, cuya Sección Primera dictó una interesante Sentencia –datada el pasado día once de junio- de la que fue ponente la Magistrada María Lourdes Sanz Calvo, confirmando lo ordenado por la Agencia sobre el “derecho al olvido”. Es decir, condenando a “Google”.

Hubo, a lo largo del procedimiento, muchas incidencias procesales que llegaron, incluso en cuestión prejudicial –que nos ahorramos de comentar- al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Pero vayamos al tuétano de la cuestión. ¿Qué dice la Audiencia Nacional? En su Fundamento Jurídico Noveno afirma: “…el objeto del derecho fundamental a la protección de datos no se reduce sólo a los datos íntimos de la persona, sino a cualquier tipo de dato personal, sea o no íntimo, cuyo conocimiento o empleo por terceros pueda afectar a sus derechos, sea o no fundamentales, como aquellos que identifiquen o permitan la identificación de la persona, pudiendo servir para la identificación de su perfil ideológico, racial, sexual, económico o de cualquier otra índole, o que sirvan para cualquier otra utilidad que en determinadas circunstancias constituya una amenaza para el individuo, porque su objeto no es la intimidad individual, protegida ya por el art. 18.1 CE, sino los datos de carácter personal. Por consiguiente, también alcanza a aquellos datos personales públicos, que por el hecho de serlo, de ser accesibles al conocimiento de cualquiera, no escapan al poder de disposición del afectado porque así lo garantiza su derecho a la protección de datos”.

En el Décimo Fundamento la Sentencia se refiere a los “Criterios de ponderación” y me parece interesante resaltar una afirmación que recoge el criterio del Tribunal de Justicia de la Unión Europea: “Un tratamiento inicialmente lícito puede devenir, con el tiempo, incompatible con la Directiva, cuando estos datos no sean necesarios en relación con los fines para los que se recogieron o trataron, en particular, cuando son inadecuados, no pertinentes o ya no pertinentes o son excesivos en relación con estos fines y el tiempo transcurrido”. La Sentencia analiza con precisión la Directiva 95/46 CE y afirma que “la tutela del derecho de oposición del reclamante exigirá la adecuada ponderación de los derechos e intereses en conflicto con el fin de establecer si el derecho a la protección de datos debe prevalecer sobre otros derechos e intereses legítimos, en atención a la concreta situación personal y particular de su titular”.

Mas como lo de la cal y la arena se reparte por partes iguales, para que nadie se pueda hacer ilusiones y llevarse la mejor parte, concluye la Sentencia –que es recurrible todavía en casación ante el Tribunal Supremo- diciendo: “En la ponderación de intereses a realizar en el caso de autos, tomando en consideración el tiempo transcurrido (20 años) desde la publicación inicial de la información, por lo que han perdido parte de su vigencia, el carácter sensible de la citada información, junto con el hecho de que el afectado resultara posteriormente absuelto y no apreciando que sea una persona de relevancia pública que pudiera determinar una especial relevancia del interés público de dicha información y justificar un interés preponderante del público en tener acceso a la misma en el marco de una búsqueda por el nombre del interesado, considera la Sala que debe prevalecer el derecho a la protección de datos del afectado”.

Ojo pues famosos y famosillos. Ni que decir tiene quienes se dedican a la noble –y peligrosa- actividad política. ¡Si ya digo yo que dedicarse al servicio público es hoy, otra vez, una profesión de alto riesgo! Al menos para el honor… Si en lugar de financiero hubiese sido diputado, con toda seguridad habría perdido el caso.

Cuaderno Jurídico de Vacaciones

Agosto es un mes procesalmente inhábil, aunque los términos y plazos administrativos, laborales y civiles no procesales corren y el reloj no se detiene. Cada año los usos y costumbres de la sociedad española se van asimilando más a los del centro de Europa (aunque lentamente) y el mes dedicado al primer Príncipe de Roma, Augusto, como escribíamos hace un año, no trae la paralización general de antaño, aunque muchas fábricas y servicios hacen su “parada anual” y no precisamente porque sean vacaciones judiciales. También son las vacaciones escolares y universitarias, salvo para la plaga de los cursos de verano, de modo que aunque el reloj no se detenga, parece marchar más despacio (aunque algunos tengamos el convencimiento de que o bien agosto es un mes con quince días o bien los días tienen menos horas, o las horas menos minutos o éstos menos segundos, a la vista de lo raudo que pasa). Tengo mis dudas sobre la conveniencia de estas costumbres calvinistas de no hacer un alto en el camino, pero son, como casi todas mis dudas, irrelevantes. La sociedad avanza (o retrocede) en un sentido determinado y si uno cualquiera propone detenerse y reflexionar antes de dar otro paso, los demás ya se habrán ido por su senda antes de que siquiera puede plantearse la duda.

Lo que nunca descansa en agosto, como atestiguan los recortes de periódico y las hemerotecas, son las tragedias. Los muertos de agosto en las sólitas y sempiternas guerras entre los descendiente de Sem, que llaman a borbotones a las puertas de Europa a la “Sagrada Puerta” como se llamaba la del Palacio Imperial en Bizancio. Quienes no dejan su vida en batallas sin sentido en Siria o Afganistán, la arriesgan con toda su familia en una embarcación cualquiera o en un camión frigorífico en el que perderán tantos la vida. Se trata de abogados, médicos, ingenieros, comerciantes, profesores. Se trata de la case media del otrora Creciente Fértil, que acude al extremo Oeste en busca de refugio frente a los bárbaros, como hace miles de años.

Sin embargo, los boletines oficiales nos han dejado un poco tranquilos después de la vorágine legislativa del primer semestre y julio de este año de Gracia. No sé Uds, que son más listos y tal vez lean tan rápido como se dice que leía Kennedy, pero a quien suscribe los días no le dan para estudiar ni los resúmenes de todas las normas de aparente relevancia que se publican en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Unión Europea, por lo que mejor ni hablar de la jurisprudencia, doctrina y gacetillas menores como las de las Comunidades Autónomas y Provincias en las que a diario se publican supuestas normas jurídicas que son leges scriptae conforme al sistema de Derecho positivo de nuestra Constitución y los Tratados de la Unión Europea, que son también Constitución.

En fin, si Uds. han tenido la fortuna de poder descansar unas semanas en este mes de agosto que ya se va, si Uds. tienen la costumbre de hacer listas de tareas personales y profesionales y de guardar en sus cuadernos, carpetas o computadores (o “en la nube”, aquellos de Uds. más adaptados a las modernas tecnologías), lo que deben leer como obligación o por mero interés profesional o personal, aunque sea tiempo de “huelga” o “vacación”, se habrán dado cuenta de que no hay tiempo suficiente salvo que uno tenga la fuerza psicológica y física de dormir no más de cinco horas diarias, también en sus periodos de descanso.

Me gusta más la expresión inglesa “trabajo de casa” (homework) que la española o italiana “deberes”. Al igual que los hijos o ahijados pequeños tienen que hacer sus “cuadernos de vacaciones”, me traje para subrayar y anotar las siguientes “normas” de junio y julio:

  • Instrucción de la DGRN de 1 de julio de 2015 sobre mecanismos de seguridad de los ficheros electrónicos que contengan libros de empresarios, que es una desobediencia a la medida cautelar dictada por el TSJ Madrid en esta materia, como comentó D. Ignacio Gomá en este mismo Blog y otros. (5 páginas).
  • Ley 12/2015, de 24 de junio en materia de concesión de nacionalidad a los sefardíes, comentada en este Blog por D. Jorge Trías (8 páginas).
  • Ley 13/2015, de la misma fecha, de reforma de la Ley Hipotecaria y del Catastro (33 páginas).
  • Ley 17/2015, de 8 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil (27 páginas).
  • Ley 18/2015, de 9 de julio, que modifica la Ley de reutilización de información del sector público (15 páginas).
  • Ley 19/2915 de 13 de julio de medidas de reforma administrativa de la Administración de Justicia y del Registro Civil (25 páginas).
  • Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades aseguradoras (157 páginas).
  • Orden AAA 1179/2015 de 8 de junio de Registro Especial de Empresas y Buques de Pesca (9 páginas).
  • Real Decreto 634/2015, de 10 de julio que aprueba en nuevo reglamento del Impuesto de Sociedades (61 páginas).
  • Real Decreto-Ley 9/2015 de 10 de julio, de medidas urgentes de reducción de carga tributaria y otras medidas económicas (17 páginas).
  • Ley 15/2015, de 3 de julio, de la jurisdicción voluntaria (134 páginas).
  • Ley 21/2015, de 20 de julio, que modifica la Ley de Montes (39 páginas).
  • Ley 22/2015, de la misma fecha de Auditoría de Cuentas (94 páginas).
  • Ley 23/2015, de 21 de julio de 2015, ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo (33 páginas).
  • Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes (90 páginas).
  • Ley 25/2015, de 28 de julio de 2015, de mecanismo de segunda oportunidad y otras medidas que tan comentado viene siendo en este Blog por Dña. Matilde Cuena y otros editores y colaboradores (65 páginas).
  • Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y de la adolescencia (70 páginas).
  • Ley 29/2015, de 30 de julio, de cooperación jurídica internacional en materia civil (37 páginas).
  • Ley 28/2015, de la misma fecha, para la defensa de la calidad alimentaria (22 páginas).
  • Ley Orgánica 7/2015, de 21 de julio, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial (68 páginas).
  • Ley Orgánica 8/2015, de 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia (19 páginas).

Si no he contado mal, suman 1.288 páginas, esto es 64 y media páginas por día para un “descanso” de 20 días. Olvídese Ud. de la playa o la montaña, los encuentros con los conocidos, la navegación deportiva o cualquier otra actividad lúdica agostí.

Además, tengo cuadros resúmenes y fichas de varias de estas normas que considero imprescindible conocer, y seguro que me he dejado otras muchas porque no son de mis “especialidades” profesionales. La mayoría de estas normas contienen adicionales que modifican leyes que no tienen nada que ver con el título. Esta es una nociva costumbre legislativa y ya he solicitado oficiosamente a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Justicia que, además de los horribles y largos títulos de las normas, incluyan un subtítulo indicando qué normas modifican. Es posible que los lectores, como quien suscribe, estén abonados a sistemas privados de información jurídica que desbrozan el terreno, pero es que la seguridad jurídica es una garantía constitucional que debe empezar en la publicación de las normas y de la que deben hacerse cargo los numerosísimos Legislativos y los Ejecutivos de nuestro complejo y caro sistema constitucional. No sé si comparten Uds. esta idea.

Si es jurisprudente quien, como decíamos ayer con Ulpiano, tiene noticia de las cosas divinas humanas y ciencia de lo justo y de lo injusto, si todas estas páginas modifican o alteran otras normas ya vigentes, que deben por tanto contrastarse, si, además, deben incardinarse rectamente en un sistema de valores constitucionales y – quiero suponer – supraconstitucionales (morales y éticos), si serán modificadas como decía Von Kirschmann de un plumazo próximo del mismo u otro legislador, ¿cuál es el recto sentido de todo el estudio y esfuerzo necesario para aprehederlas o aprenderlas? ¿Pierde parte de su esencia humanística el aprendiz de jurista que no puede ya aprehender el sistema jurídico todo?¿O hay un sistema infalible para distinguir el grano de la paja a pesar de que cada una de las palabras de esas casi 1.300 páginas sean Derecho vigente?

La sociedad sigue inexorable su camino. Parece que ese camino incluye la regulación mudable y cambiante de todo. Es cierto que el BOE y el DOUE nos han dado algo de tregua este agosto, pero el otoño se acerca. Tengo la impresión alternativa (yo tuve la inmensa fortuna de que las obligaciones alternativas nos las explicase el Prof. Beltrán de Heredia) de que o soy rematadamente tonto y ya no entiendo nada o de que hemos perdido el Norte jurídico hace tiempo. Castán sin duda optaría por una posición sincrética, pero la cuestión es qué piensan Uds. amigos lectores, llegada la hora de regresar.

Reproducción del post en Vox Pópuli de Elisa de la Nuez: Políticos de salida o la salida de los políticos

Uno de los problemas de nuestro sistema político que ha puesto de manifiesto los resultados de elecciones del 24M es el de la salida de los políticos amortizados de la escena pública. Es curiosa –desde el punto de vista del contribuyente- la necesidad que sienten los partidos políticos de garantizar una salida honrosa y sobre todo bien retribuida a los líderes que no han conseguido llegar a gobernar. Al parecer, permanecer como líder del partido en la oposición cuando se ha sido Presidente de la misma Comunidad Autónoma es algo casi indigno, por lo que urge una recolocación en algún sitio de relumbrón, donde a ser posible no se requiera demasiado esfuerzo.

El Senado es, obviamente, un lugar idóneo para dar cobijo a políticos amortizados, puesto que nadie sabe bien para qué sirve y por tanto difícilmente puede echarse de menos su actividad. Tampoco están mal pensados para acogerlos organismos del tipo los distintos Consejos consultivos autonómicos que han proliferado a imagen y semejanza del Consejo de Estado, básicamente por la misma razón. La ciudadanía no sabe muy bien que funciones tienen y por eso es relativamente fácil –o difícil- explicar las tareas que desempeñan los que se sientan allí, algunos desde hace lustros. Es paradigmático el caso de Jesús Leguina y otros ex Presidentes autonómicos en el Consejo Consultivo de la Comunidad Autónoma de Madrid, en riesgo de extinción tras el pacto de gobierno alcanzado por el PP y Ciudadanos que incluye su supresión. Lógicamente los afectados han puesto el grito en el cielo y los viejos partidos se han apresurado a explicar que es fundamental contar con la experiencia de los recolocados. Las explicaciones de en qué consisten exactamente los beneficios para los contribuyentes me temo que no las vamos a recibir.

Pero más allá de la lógica defensa de los “intereses corporativos” creo que la reflexión que conviene hacer es la de cómo queremos que sea la salida de nuestros políticos de la vida pública. Porque lo razonable es que alguna vez haya una salida, no que se encadenen  cargos públicos  inexorablemente hasta la edad de jubilación o incluso más allá. El ejemplo de Alfonso Guerra está ahí; un diputado que seguía siéndolo desde el primer Parlamento democrático hasta que decidió retirarse. Aunque lógicamente también hay que reflexionar sobre las vías de entrada en política y sobre el tiempo de permanencia. En España lo que ha ocurrido a lo largo de la democracia es que la política se ha profesionalizado hasta el extremo de permitir que muchas personas estén prácticamente toda su vida activa ocupando un cargo público sin haber trabajado jamás en ningún otro sitio.

Por tanto, no puede sorprendernos que al final de su carrera política carezcan de posibilidades reales de tener algún otro tipo de trabajo.  No se trata solo de que nuestro mercado de trabajo sea rígido y disfuncional; aunque fuera el más abierto y competitivo del mundo, sería poco probable que quien lleva treinta o treinta y cinco años dedicado exclusivamente a la política pueda volver a desempeñar con garantías de éxito cualquier trabajo profesional, suponiendo que originariamente lo tuviera. La solución más fácil es o la puerta giratoria hacia alguna empresa regulada o/y dependiente del favor político o el aparcamiento en alguna institución cómoda y poco relevante. En la actualidad se calcula que las empresas del IBEX cuentan con unos cuarenta cargos con un pasado político importante. Entre ellos, a ex Presidentes del Gobierno. La nómina de políticos de las empresas eléctricas es impresionante.

Todo esto sin hablar de los privilegios con los que cuentan algunos, empezando por la mayoría de los ex Presidentes autonómicos, tal y como conté hace ya algún tiempo en el blog a propósito de los gastos del ex Presidente Ibarra y de otras menudencias, el famoso chocolate del loro. Desde entonces las cosas tampoco es que hayan cambiado mucho.

El caso es que ninguna de esas dos “salidas” parece deseable desde el punto de vista del ciudadano, bien por el conflicto de intereses que subyace en la salida a través de las puertas giratorias hacia empresas muy dependientes del favor público o bien sencillamente por lo oneroso que resulta pagar a un político cuyas funciones se desconocen. Lo cierto es que para acabar con estas situaciones un tanto aberrantes me parece muy deseable empezar imponiendo una saludable limitación de mandatos. Afortunadamente los nuevos partidos parece que también lo consideran así. Otras medidas más a medio plazo deberían contemplar la apertura de los partidos a la sociedad, la exigencia de que los que acudan a la política tengan un empleo o profesión previas, el fomento de la democracia interna o los incentivos para que profesionales de prestigio y de talento puedan incorporarse a la vida política durante un tiempo determinado. De la misma forma, convendría revisar los incentivos que permiten ahora mismo a los funcionarios (incluidos jueces y fiscales) pasar con desenvoltura de la Administración a la política y de la política a la Administración y  cuya consecuencia directa es el gran número de funcionarios que hay entre nuestros políticos y como consecuencia indirecta la politización de nuestras Administraciones en sus escalones superiores.

Todas estas medidas contribuirían, a mi juicio, a airear nuestra democracia y a evitar en último término la figura del “político vitalicio”, es decir del político que nunca se ha dedicado otra cosa porque ni sabe ni puede.

Reproducción del post de Elisa de la Nuez en Voz Pópuli: El nominalismo mágico. O de como “resolver” problemas gramaticalmente

Si juzgamos por las noticias aparecidas en los medios en los últimos días, se ve que en España todavía seguimos pensando que para resolver un problema o una necesidad social, o cumplir una promesa o “sugerencia” electoral lo mejor es crear, recauchutar o suprimir un departamento, consejería, concejalía, organismo público o unidad administrativa cualquiera y ponerle un nombre que no deje lugar a dudas respecto de las buenas intenciones del político de turno. Ya se trate de una consejería de Ciclo de la Vida, feminismo y LGTBI (rompedora iniciativa de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau) para demostrar el compromiso con esos colectivos, me imagino, o de suprimir la Consejería de Turismo, para dejar claro que ese sector no es una prioridad para la alcaldesa de Madrid, parece que todo consiste en quitar y poner nombres. Claro que lo mismo podría decirse de las innumerables Consejerías o Consejerías de Innovación, Emprendimiento, Transparencia y Participación, etc, etc, que han venido proliferando como setas estos últimos años con escasos avances prácticos en tan importantes ámbitos. Si todo fuera tan sencillo, deberíamos ser el país con menos paro de la OCDE, dado que si de algo no andamos escasos es de Consejerías de Empleo. Lástima que más allá de los gestos, para cambiar las cosas se necesite un esfuerzo algo mayor. Por otro lado, cambiar continuamente las denominaciones y el número de unidades administrativas no sale precisamente barato, en carteles, tarjetas, papelería variada y “last but non least” la reubicación de personal que suele llevar indefectiblemente consigo y la paralización consiguiente de la ya de por sí lenta burocracia patria.

Lo mismo cabe decir de los pomposos nombres que se utilizan para algunos organismos públicos con la finalidad de subrayar una independencia bastante dudosa o una implicación en la defensa de ciertos valores harto problemática, por lo menos desde el punto de vista de los ciudadanos. Conviene recordar algo tan obvio como que cuando un organismo público es independiente, transparente o profesional de verdad no necesita proclamarlo a los cuatro vientos: se nota bastante rápido se llame como se llame. La necesidad de grandes denominaciones suele revelar la existencia de grandes carencias, de la misma forma que la necesidad de grandes símbolos externos de poder (ya se trate de despachos, coches oficiales o abundante séquito) suele revelar la existencia de grandes carencias personales y profesionales del alto cargo en cuestión.

Los últimos ejemplos que se me ocurren –además de los citados de los nuevos gobiernos municipales, a la espera de las innovaciones nominativas de los nuevos gobiernos autonómicos-  proceden del ámbito de la transparencia, que conozco bien por motivos profesionales. Como es sabido, la transparencia está de moda, o para ser más exactos, la transparencia oficial está de moda, porque para la real todavía nos queda un trecho largo. Porque hay que ser conscientes que la transparencia real amenaza una forma de hacer política que es hoy todavía la dominante.  Así que una vez que se ha ido terminando la tarea legislativa –que esto en nuestro país entretiene y a la vez justifica que se trabaja en pro de la transparencia, aunque sea sobre el papel- toca la fase siguiente: la de los seminarios, conferencias, cursos de formación y saraos varios, que tienen la enorme ventaja de demostrar que “se están haciendo cosas” pero sin pisar demasiados callos, no se vaya a enfadar alguien.  Todo muy teórico, como nos gusta por aquí.

Por supuesto la piedra de toque del sistema es la habitual: nombrar unos cuantos cargos –cuantos más mejor- “independientes” encargados  de supervisar a los Gobiernos y organismos públicos y de velar porque se cumpla la ley. Aquí la imaginación y la pretenciosidad suelen correr parejas. Sin olvidar el “hecho diferencial”: no hay dos nombres iguales. Así tenemos desde órganos unipersonales (como el Comisionado para la Transparencia del Gobierno de Canarias) a órganos colegiados de gran complejidad, llevándose la palma por ahora la Junta de Andalucía, que se la lleva también por cierto en cuanto a extensión de su Ley de Transparencia. En todo caso en la Fundación ¿hay Derecho? departamento Transparencia esperamos ansiosos que entre en vigor (el próximo 30 de junio) para pedir la documentación del caso Aznalcollar. Ya les contaremos qué tal nos va y si más normas equivalen a más transparencia.

En cuanto al número de organismos, hasta hay autonomías que hacen ofertas 2 por 1 o incluso 3 por uno. La reciente Ley valenciana de transparencia, Ley 2/2015 de 2 de abril (quizás por haber sido de las últimas en aprobarse) crea, a falta de uno, dos órganos: un Consejo de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y otro de Participación Ciudadana. Eso sin contar el Consejo de Centros Valencianos en el Exterior, así, como lo leen.

¿Y cómo vamos de independencia real? Pues más o menos como siempre. De los cinco miembros que componen el órgano colegiado “independiente” (Comisión de Garantía del derecho de acceso a la información pública) de la Generalitat de Cataluña, según noticias aparecidas en prensa, tres están vinculados a partidos políticos. No vaya a ser que haya sustos.  En el ámbito estatal tampoco parece que haya  mucha prisa por poner en marcha el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, presidida por una ex alto cargo del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y en cuya composición no figura ni un experto independiente ni ningún representante de la sociedad civil. El acceso al Portal de Transparencia estatal es surrealista, por decirlo con elegancia, al exigir a los ciudadanos españoles nada menos que su DNI electrónico para acceder a la información pública elaborada con dinero de sus impuestos. Hasta la Defensora del Pueblo ha considerado que el mecanismo por complejo y largo puede disuadir a los ciudadanos de solicitarla, a raíz de la presentación de una queja formal por Acces-Info Europe, ONG especializada en acceso a la información pública.

Así las cosas, no hay que extrañarse que de transparencia real andemos más o menos como siempre, salvo honrosas excepciones, que las hay y es de justicia reconocerlo, como ocurre con el portal del Consejo General del Poder Judicial. Como botón de muestra la falta de transparencia que –pese a leyes y organismos de control- se pone de relieve en la contestación a la solicitud hecha desde la Fundación Civio sobre cómo se repartió en distintos medios el gasto de la Generalitat de Cataluña para promocionar su portal de transparencia.

HD Joven: Las claves del cierre de Uber en Francia

El pasado viernes 3 de julio, finalmente, la empresa Uber anunció que dejaría de prestar servicio en Francia. Esto se produce tras varios meses de violentas protestas por parte del sector del taxi, duras decisiones del Gobierno galo contrarias a la actividad de la compañía y una investigación judicial actualmente en curso, con detenciones incluidas. Todos estos factores, que se analizarán a continuación, han provocado que la compañía californiana se retire del país que prometía ser su eje principal en Europa.

Nadie es ajeno a la inmensa polémica que gira en torno a Uber y el sector del taxi. Por si alguien aun no la conoce, grosso modo, Uber es una empresa cuya actividad principal consiste en una aplicación móvil que permite poner en contacto a usuarios, con el objetivo de prestarse entre sí un servicio de transporte intraurbano. Es evidente que esta actividad es similar a la de los taxistas, si bien éstos últimos requieren de una licencia, además de cumplir con otros requisitos administrativos, mientras que en Uber puede ser usuario-conductor cualquier persona. Este es, precisamente, el común denominador sobre el que recaen las quejas de la mayoría de los taxistas desde hace ya varios meses, acusando a Uber de llevar a cabo una “competencia desleal”.

Pero, ¿cuáles son los puntos clave que han causado la retirada del servicio de Uber en Francia? Realmente es una confluencia de muchos factores, aunque principalmente se resume en los tres siguientes:

1.) Reforma legislativa en Francia. En octubre del pasado año 2014, el Gobierno francés aprobó aceleradamente la Ley n° 2014-1104, relativa a los taxis y los vehículos de transporte con conductor (aquí). Esta Ley introdujo una regulación de la tecnología de geo-localización aplicada al transporte, prohibiendo que ésta fuera utilizada por otro tipo de transportes que no fueran taxis y estableciendo que sería administrada por el Estado. No obstante, esta reforma legislativa no fue completamente efectiva por dos motivos: (i) porque en seguida se vio sujeta a revisión constitucional y (ii) porque seguía existiendo una laguna: Uber podía eliminar su sistema de geo-localización para tratar de sortear la prohibición establecida.

2.) Presión social, mediática y gubernamental. Las violentas protestas del sector del taxi, la presión mediática y las continuas declaraciones de miembros del ejecutivo francés remarcando la ilegalidad de la aplicación, han jugado un papel fundamental. Si bien también ha habido campañas, especialmente en las redes sociales, favorables a Uber, lo cierto es que en la mayoría de los casos se han realizado grandes esfuerzos por mostrar públicamente la peor faceta de la actividad de la empresa. Sin embargo, la presión más intensa ha sido la ejercida por los poderes públicos, pues se han llegado a incautar multitud de vehículos de usuarios de la aplicación, lo que ha originado un inevitable descenso en la utilización del servicio.

3.) Detención de los dirigentes de Uber en Francia. La ineficacia de la reforma legislativa para frenar la actividad de Uber obligó a Francia tomar medidas más contundentes. En este sentido, Thibaud Simphal, director de Uber Francia, y Pierre-Dimitri Gore Coty, responsable de la compañía en Europa Occidental, fueron detenidos en París pocos días atrás. Se les acusa de prácticas comerciales engañosas y utilización ilícita de datos personales, infracciones localizadas respectivamente en los artículos 121-6 del Código de Consumo francés y 323 del Código Penal francés.

Al mismo tiempo, parece algo contradictorio que, en el seno de las protestas llevadas a cabo por los taxistas, se hayan destrozado y quemado vehículos, se hayan cortado carreteras y se haya agredido brutalmente a algunos usuarios de la plataforma, sin que las autoridades francesas hayan tomado medidas al respecto. Sin embargo, los dirigentes de Uber en Francia sí que serán acusados por los ilícitos referidos anteriormente. Esto es algo determinante para el Gobierno galo: centrar la atención en Uber y ocultar que la última reforma legislativa se realizó de forma nefasta, pues siquiera sirvió para cumplir su principal objetivo, que era paralizar la actividad de la empresa.

No obstante, Uber también debería analizar si quizás su entrada en Europa se ha llevado a cabo de una forma algo agresiva, teniendo en cuenta la cantidad de contingencias que están teniendo lugar. Todo parece indicar que hubiera sido conveniente realizar un estudio minucioso de la regulación y tratar de iniciar la actividad con un modelo menos conflictivo, por ejemplo, ofreciendo transporte a través de taxi y conductores con licencias VTC –parecido al modelo de la empresa Cabify (aquí)-. A partir de ahí, quizás hubieran podido introducir paulatinamente y con más facilidad su modelo originario, procurando evitar una reacción adversa tan acusada.

En cualquier caso, una vez más la polémica está servida en torno al intervencionismo administrativo y las nuevas fórmulas que desafían los modelos clásicos de prestación de servicios. Recordemos que, en nuestro propio país, la actividad principal de la empresa se encuentra paralizada debido a un auto de medidas cautelares adoptado por el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Madrid (ver comentario aquí), además de que el Juzgado de lo Mercantil nº3 de Barcelona pretende que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea resuelva una cuestión prejudicial respecto a la actividad de la empresa (aquí). Todas estas dificultades les han obligado a iniciar nuevos tipos de actividades, como el servicio UberEats, consistente en una aplicación a través de la cual proporcionan comida a domicilio (el único servicio de Uber que funciona actualmente en España de manera legal).

De este modo, parece que el camino en Europa de empresas como Uber no será sencillo, aunque, por otro lado, hemos de reconocer que están ayudando a que surja una discusión sobre actividades económicas y políticas públicas que se encontraban consolidadas. Al fin y al cabo, este tipo de conflictos son los que permiten a los sistemas jurídicos adaptarse, de una forma u otra, a la realidad social actual.