El fraude Aneri-Tezanos ¿Una forma consentida de financiar la patronal madrileña?

La Justicia está investigando una trama de corrupción ligada al fraude en las subvenciones a la formación continua de los trabajadores concedidas por la Comunidad de Madrid. Una estafa de millones de euros recibidos por la patronal madrileña que se centra, por ahora, en 25 asociaciones empresariales que subcontrataron la formación con José Luis Aneri y con las empresas de Tezanos: detenido el pasado martes y hasta hace poco miembro de la ejecutiva de CEIM y responsable de formación de la Cámara de Comercio de Madrid; ambas, presididas por Arturo Fernández.
Tras el estallido del escándalo y múltiples detenciones, la consejera de Empleo, Ana Isabel Mariño, y otros cargos de su consejería ha comparecido en la Asamblea de Madrid, para tratar de justificar la actuación del Gobierno en este caso. Sus intervenciones no han respondido con solvencia a tres preguntas esenciales: qué saben del fraude, desde cuándo lo saben y qué hicieron para evitarlo, perseguirlo y sancionarlo.
La consejera y su directora general –Patricia Herrero- tuvieron la oportunidad de aclarar todas estas dudas y sin embargo, no lo hicieron. Al revés. Tergiversaron datos y pretendieron derivar toda la responsabilidad hacia las asociaciones empresariales, obviando la de su consejería. Esta forma de actuar resulta muy extraña; desde luego, no es la práctica común de una administración diligente y responsable. Estas dudas nos obligan a plantearnos en qué medida la actuación de la Dirección General de Formación, situada en Vía Lusitana, es producto de una negligencia o de la necesidad de encubrir un fraude generalizado de las subvenciones recibidas durante años por la patronal madrileña, en el que podrían tener responsabilidades propias más graves, que podrían llegar a ser delictivas.
En un país con más de un 25% de paro, no nos podemos permitir que el dinero de la formación de los trabajadores se dilapide y menos que se “robe”.  No basta hablar ahora de la reforma de los cursos de formación para el empleo como una coartada para desviar la atención. Una reforma que, reclamada en la Asamblea de Madrid por UPyD, fue recibida con enfado y rechazo por todos los partidos, a pesar de que sabían que el sistema funcionaba mal y que era un caldo de cultivo perfecto para la corrupción.
La Comunidad de Madrid concedió más de 52 millones en 2010 y 49 en 2011, respectivamente, para ese fin. En las órdenes anuales de concesión, se establece que la Administración valorará los diferentes planes de formación de las entidades  que concurran a la subvención, tras lo cual, el director general de formación firmará un convenio con cada una de las entidades beneficiarias. Éstas, durante la formación, están obligadas a una serie de controles propios y externos. Entre ellos, remitir a la Dirección General de Formación –antes del inicio de cada uno de los grupos- el lugar, fecha y horario de su realización y, en el caso de la formación telemática, la dirección web de la plataforma tecnológica utilizada, así como las claves de entrada. Además, debe crearse para cada convenio una comisión mixta integrada por personas de la Administración y de la entidad beneficiaria. Finalmente, esa entidad deberá justificar la subvención en el plazo máximo de tres meses, tras el fin del plan formativo, mediante cuenta justificativa con aportación de informe del auditor.
Centrándonos en el caso Aneri, las subvenciones del año 2010 se ejecutaron durante 2011 y debieron justificarse, como muy tarde, en el primer trimestre de 2012; las de 2011 se ejecutaron durante el año 2012 y debieron justificarse, también como muy tarde, durante el primer trimestre de 2013.  La consejera, en su comparecencia ante el Pleno, aseguró que se habían enterado de la existencia de irregularidades en la primavera de 2013 y que las descubrieron dentro de los tres meses previstos para justificar las subvenciones.
Pero no explicó por qué fallaron todos los controles administrativos previos a la concesión de las subvenciones, así como los previstos durante su ejecución; por qué mintió diciendo que una norma estatal les obligaba a adelantar la subvención sin pedir garantías, cuando son ellos los que lo han aprobado expresamente; por qué no se crearon las comisiones mixtas de seguimiento con las asociaciones empresariales; por qué, si los funcionarios de la Consejería detectaron en el año 2012 el fraude de las subvenciones de 2010, no se tomaron medidas legales, e incluso, se pagó a las asociaciones (realmente a Aneri) el 50% que quedaba por abonar de las subvenciones de 2011; por qué no se avisó del presunto fraude a las asociaciones empresariales hasta finales de octubre de 2013 y sí se notificaron a la empresa de José Luis Aneri los expedientes de reversión de subvenciones, cuando algunos funcionarios consideraban que éste podía estar falsificando firmas, sellos oficiales y documentos por qué cuando se avisa a las asociaciones empresariales, la directora general, nombrada en 2012 por Lucía Figar –actualmente, consejera de Educación y Deporte-, no les recibe, ni tampoco el viceconsejero de Empleo; por qué no fueron a la policía con estas evidencias, que conocían desde la primavera de 2012, permitiendo que se pudieran destruir pruebas y que haya tenido que ser la policía la que fuera a ellos –en vez de ellos a la policía- a abrir la investigación; y por qué cesan al subdirector de Formación Continua y Emprendimiento a los pocos días de declarar ante la policía, y no a la directora general, que también declaró.
 
La credibilidad de las instituciones y de las reformas que se propongan exige llegar hasta el fondo en el fraude de la formación continua y determinar las responsabilidades políticas que de él se deriven. Ahora toca aprobar una comisión de investigación. No debemos parar hasta esclarecer la verdad

La Junta de Andalucía gasta en la mejora de la alfabetización mediática e identitaria.

Pilar, una joven e inquieta lectora, me envía una referencia de la Orden de 6 de junio de 2013 del Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que regula la concesión de subvenciones para la “mejora de la alfabetización mediática” mediante la promoción de la lectura de la prensa en Andalucía.
 
Son tiempos de tribulaciones y de austeridad. Pero parece que no para todos. Los recortes generales deberían haber afectado radicalmente a las subvenciones, al menos a las que no fueran destinadas a paliar necesidades básicas. Pero en la Arcadia feliz de ciertas administraciones autonómicas parece que aún no han llegado a esa conclusión.
 
Sobre la consistencia de los fines.
 
¿Para qué destinar 484.716 euros a fomentar la lectura de la prensa? La Orden expone su finalidad: para incrementar el nivel cultural y revelar la identidad propia de los andaluces, estimular su interés por el conocimiento y fomentar su participación activa en la vertebración del territorio. O sea, cultura y fomento de lazos identitarios.
 
Pero ¿Incrementa la lectura de la prensa el nivel cultural? Supongo que depende de la sección que se elija. No me da la impresión que una lectura devota de las página de deportes, de cotilleo, o de la sección de contactos, tenga mucho de cultural. Aunque no carezcan tales secciones de indudable interés antropológico. Y sin perjuicio de que, buscando bien pueda encontrarse buena literatura, por ejemplo, hasta en ciertas crónicas deportivas.
 
Pero puestos a incrementar el nivel cultural (y si admitimos que ello debe ser responsabilidad de las Autoridades, cosa que muchos dudamos), se me ocurren mejores fórmulas: mejora de la educación (donde por cierto Andalucía no destaca precisamente para bien si atendemos al Informe Pisa), alfabetización básica de adultos, dotación de bibliotecas públicas, etc.
 
Pero más lamentable me parece la finalidad confesa de “revelar la identidad”. La acción pública en este campo me plantea toda una batería de preguntas que echo de menos en el debate público ¿Es que la identidad andaluza (sea lo que sea lo que se entienda por tal) es algo tan débil que es necesario detraer recursos públicos escasos para su supervivencia o, incluso, para que los despistados ciudadanos puedan por fin encontrarla? ¿Es que solamente así pueden encontrarse a sí mismos? Y ¿Cómo esa indudable personalidad cultural andaluza ha conseguido subsistir a lo largo de los siglos sin una Junta regional que la apuntalase y explicase?
 
En estas “actuaciones culturales” de nuestras regiones subyace en realidad un mal disimulado propósito auto propagandístico. Se trata de justificar la existencia y utilidad de esas sobredimensionadas Administraciones y sus diversos tentáculos. “Gracias a nosotros”, vienen a decir, “tú eres más rico y feliz, porque entre nuestros servicios está el revelarte tu identidad regional y el hacerte sentir orgulloso de la misma”.
 
Es decir, que como bien nos explica Gregorio Morán , “estamos pagando los errores de la transición: las autonomías, por ejemplo. Han creado el nacionalismo en Asturias… ¡y hasta en Murcia!“. Y no digamos en Andalucía. Al menos tal como han sido configuradas.
 
En definitiva, parece que órgano ha creado la necesidad y necesita seguir creándola. Asegurar el futuro de nuestra peculiar estructura territorial exige a los caciques que la controlan el producir este nacionalismo o cuasinacionalismo legitimador. Y más en estos tiempos en que se extiende la idea, tan peligrosa para ellos, de que nuestra configuración como nación ha terminado siendo un fracaso que amenaza con atraparnos en la decadencia.
 
Y es que en ese envolverse en la bandera identitaria hay en realidad mucho de instinto básico de supervivencia. Y hay también un manifiesto desprecio por la autonomía personal. No puede dejarse a los andaluces que busquen por su cuenta y sin ayudas su propia identidad regional. El resultado para nuestras oligarquías caciquiles regionales podría ser dramático. Por ejemplo, si una parte sustancial de la población acaba decidiendo que esa “búsqueda de la propia identidad” resulta un juego de estéril onanismo que no merece la pérdida ni de tiempo ni de esfuerzo.
 
Subvención y sociedad.
 
La anécdota de esta subvención para la alfabetización mediática e identitaria me permite una disgresión sobre el efecto sociopolítico pernicioso que muchas subvenciones generan. Estas políticas de riego con dinero a las empresas y ciudadanos privados incrementan el poder discrecional de las élites gobernantes, que pueden usar pensando en sus particulares objetivos electorales antes que en el interés general. Y su capacidad de elegir los destinatarios fomenta una sociedad civil más dependiente del poder, menos crítica con el mismo.
 
En ciertos sectores y ámbitos geográficos una considerable porción de la población se acaba convirtiendo en adicta a estas dádivas públicas, en estómagos agradecidos. Es parte de la red clientelar que nuestra partitocracia ha sido capaz de tejer. Esta “sociedad capturada” no puede madurar, es retenida en un estado de dependencia. Los valores de mérito, esfuerzo, iniciativa, son degradados en favor de la fidelidad, el amiguismo y la sumisión al poder. En definitiva, esa población es corrompida. En algunos casos podemos aplicar a la misma la feliz expresión de Conthe: han llegado a ser una “mayoría extractiva”.
 
Tal vez en ninguna otra región de España se haya dado esta patología social con mayor extensión y profundidad que en Andalucía. Pero las bases de este “paraíso para algunos e infierno para otros” se resquebrajan con la crisis y el consiguiente cuestionamiento del sistema. En tiempo de vacas flacas es legítimo que los habitantes de otras regiones se preguntes si es preciso que los flujos financieros de solidaridad interregional deban utilizarse de esta forma, si es admisible el objetivo, más o menos disfrazado, de la subsistencia de la red clientelar de la oligarquía política regional andaluza.
 
Ocurre que en tiempos de crisis no es tan fácil seguir ocultando la realidad detrás de vistosas banderas. Y que en muchas otras regiones crece el descontento generado porque los impuestos que aplastan al país e impiden crecer a la economía productiva se destinen a estas finalidades.
Es en este contexto donde podemos leer, sin sorprendernos tanto, esta orden reguladora de estas subvenciones tan pintorescas.
 
 
 

El problema minero en España y sus paradojas.

Verdaderamente cuando uno contempla la actualidad española comprueba que la realidad puede superar cualquier fantasía. Un gobierno que al parecer es de derechas no hace otra cosa que subir impuestos hasta niveles escandinavos para mantener un sector público hipertrofiado, a costa de la economía productiva y de unos ciudadanos cada vez más sufridos. Y la izquierda critica esa subida de impuestos. Los papeles aparecen así invertidos respecto a la legislatura anterior, sin que ninguno de los partidos mayoritarios parezca sufrir en exceso por la evidencia de su falta de coherencia. Ese aplauso alegre, y hasta entusiasta, de la bancada popular a las nuevas medidas que violaban todas sus promesas electorales es todo un símbolo del sistema.

 

Con el problema de la minería y las movilizaciones de los mineros encontramos también bastantes aspectos paradójicos. Es evidente que la izquierda ha encontrado una bandera de la que seguramente estaba necesitada, y no parece extraño que apoye las movilizaciones de unos trabajadores que luchan por el mantenimiento de sus condiciones de trabajo amenazadas. Sin embargo una mirada más detenida nos descubre algunas anomalías. Como siempre, conviene situarse en una perspectiva histórica.

 

El mundo de las minas en España siempre ha sido peculiar. Aunque mayoritariamente deficitarias desde hace bastantes décadas, sus trabajadores han sentido tradicionalmente un fuerte espíritu colectivo de solidaridad y de combate por sus intereses, en el que se la izquierda ha querido ver reflejadas sus valores y aspiraciones. Incluso durante el franquismo, en años de fuerte represión, hubo importantes huelgas en el sector. La dictadura sabía que tenía allí un punto débil, y tal vez por eso quiso tratar de neutralizarlo con altas retribuciones. Es verdad que se trataba de un trabajo muy duro, y que casi condenaba a una muerte temprana por silicosis. Sin embargo, con el tiempo los avances técnicos y en prevención fueron mejorando esas condiciones, sin que las ventajas de los altos sueldos y las tempranas jubilaciones sufrieran por ello merma.

 

Los diversos gobiernos democráticos no quisieron alterar sustancialmente ese status, a pesar de que la apertura comercial iba haciendo al sector cada vez más deficitario. Sin embargo, sí se inició un proceso de redimensión del sector favorecido con fuertes ayudas públicas. Desde el año 1990 hasta hoy el número de mineros activos ha pasado de unos 45.000 a alrededor de 5.400. Y durante ese periodo las ayudas y subvenciones para el mantenimiento y la reconversión del sector ascendieron a unos 24.000 millones. Para darnos cuenta de la magnitud de esa cifra basta con recordar que los recortes que el 2010 hundieron la popularidad de Zapatero se quedaron en unos 15.000 millones.

 

En el curso de los acontecimientos intervino decisivamente la exigencia de la UE de que no quedaran explotaciones subsidiadas para 2019, con una reducción progresiva de las ayudas máximas permitidas. En una situación ya de clara recesión y reducción de recursos públicos, el Gobierno anterior envió a Bruselas una “hoja de ruta” negociada con los diversos agentes del sector, que trataba de apurar esas limitaciones, con un mantenimiento de las subvenciones cerca del máximo permitido. El PP, sin embargo, al llegar al poder, plantea una modificación de la hoja de ruta, con una importante reducción de las partidas presupuestarias de apoyo al sector. Y es entonces cuando se desata un conflicto con unos rasgos bastante sui generis.

 

En primer lugar no se trata de un puro “movimiento obrero” en el sentido tradicional del concepto, pues a la cabeza de la movida están también los empresarios del sector. Si en cualquier industria empleadores y empleados suelen tener intereses contrapuestos, las cosas parecen cambiar cuando la rentabilidad de la actividad está basada en la captación de subvenciones públicas. Los intereses, entonces, se hacen coincidentes. Si, por una parte, los trabajadores han gozado de salarios altos y jubilaciones privilegiadas, se dice que, por otra, por ejemplo, el mayor empresario del sector ha recibido alrededor de 2.000 millones en subvenciones.

 

El alcance de esas ayudas para el mantenimiento de ese sector no parece estar fundado en racionalidad económica alguna. Si en 2011 alcanzaban unos 855 millones, un sencillo cálculo matemático no da unos gastos de unos 157.400 € por cada puesto de trabajo de minero. Una cifra obviamente superior a sus retribuciones reales. Y tampoco se reduce tanto dicha cifra con las citadas modificaciones en presupuestos.

 

Sin embargo, esa clara “discriminación positiva” de este sector respecto de otros, al ser privilegiado por ingentes ayudas públicas, no ha disuadido a gran parte de la izquierda a irse de “marcha negra”. Incluyendo, por supuesto a famosos personajes siempre dispuestos a desplegar pancartas en defensa de subvenciones propias y ajenas.

 

En ese movimiento izquierdista están también muchos ecologistas, a pesar de que el producto de esa actividad, el carbón, es una fuente térmica altamente contaminante, causante de lluvia ácida, y con efectos contrarios a los propugnados por los defensores de energías alternativas. Es como si Greenpeace se manifiesta contra el cierre de las factorías balleneras.

 

Hay otro apunte histórico interesante. Los planes de reciclado de esa actividad económica que buscaban el objetivo de que nuevas industrias sustitutorias se establecieran en esas localidades minerasnhan resultado en general un completo fracaso. Lo cual, si se piensa un poco, era perfectamente previsible. No parece que una zona con mano de obra acostumbrada a altos salarios, de tradición reivindicativa y no especialmente cualificada sea lo que más pueda atraer a inversores y emprendedores. Puede gustar o no, pero así funciona un libre mercado de capitales.

 

Lo que nos lleva a plantearnos cuál puede ser el futuro de las zonas mineras. En países mucho más ricos que el nuestro es habitual la imagen de pueblos abandonados en antiguas zonas mineras. Prueba de que la dificultad de adaptar éstas a nuevas actividades económicas no sólo existen aquí. Sin embargo, desde hace mucho tiempo en España está extendida la convicción de que la Administración, es decir los contribuyentes, tienen la responsabilidad de conseguir ese casi imposible.

 

También en este ámbito se quiere jugar con una idea hipertrofiada del concepto de derechos adquiridos. A partir de ella, el empeño de los mineros en mantener su estatus es perfectamente comprensible. Hace muy poco leí un tweet en que una aguda e ingeniosa autora decía comprender perfectamente su lucha, pues ella misma “por ese sueldo y es jubilación, mataría”. Lo que no se comprende tan bien es que la defensa de una posición tan privilegiada como antieconómica dentro de una actividad contaminante y sin futuro, y en una situación de crisis generalizada y de escasez de recursos públicos, haya sido asumida con ese entusiasmo por gran parte de la izquierda. Probablemente los antiguos clichés sentimentales de las épicas luchas obreras históricas tengan mucho que ver en eso.

 

No quiero concluir sin plantear un problema juridico-económico de calado. Al anterior Presidente se le han reprochado, con fundamento, los vaivenes en sus políticas de apoyo a las energías renovables. Concretamente, los cambios legislativos respecto a las llamadas granjas solares. En un momento dado los responsables se dieron cuenta de la equivocación y el derroche de recursos que suponía la regulación existente, y procedieron a cambiarla incluso con efecto retroactivo. Se ha dicho que el daño que ello supuso, no sólo a los inversores sino también a la confianza y a la imagen del país como destino seguro de futuras iniciativas empresariales, fue bastante mayor que el que se trataba de paliar. Pues, efectivamente, la estabilidad de los marcos regulatorios, de las reglas del juego, y en definitiva la seguridad jurídica, son valores imprescindible en cualquier país que quiera asegurarse un futuro en esta economía globalizada.

 

Ese mismo argumento se está utilizando con el problema minero. Aunque es cierto que la llamada hoja de ruta no tenía el mismo valor normativo, también lo es que las expectativas suscitadas han podido ser determinantes para inversiones realizadas en este sector. Frente a ello, se ha dicho que no es lo mismo el impulso a un sector con futuro que a otro casi condenado, que la alta dependencia se subvenciones públicas ya suponía un factor de riesgo que debía haber sido asumido por los inversores, y que los errores de políticas que supongan altos costes a los contribuyentes no pueden pesar como una losa que impida su rectificación. A pesar de esas razones, no deja de haber muchas semejanzas entre ambas situaciones. Dejo sin más este problema planteado a nuestros inteligentes lectores.

 

Las subvenciones nominativas

La actividad subvencional de las Administraciones Públicas viene regulada a nivel estatal por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS); y por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, dictado en su desarrollo. A las normas estatales se suman las propias de la floresta autonómica, particularmente frondosa en este caso, lo que ha dado lugar a numerosos conflictos de competencia en una materia tan sensible desde el punto de vista político como es la concesión de ayudas y subvenciones.

Entre las medidas de reforma de la Administración anunciadas por el entonces candidato Mariano Rajoy durante la pasada campaña electoral, se encontraba la reforma de la Ley de Subvenciones para hacerla más exigente y que no se concedan “sin nombre y sin causa justificada”, advirtiendo que éstas no pueden ser “discrecionales y se tienen que basar en el principio de libre concurrencia”.

En la situación de extrema penuria en la que se encuentran nuestras Administraciones Públicas, con unos presupuestos menguantes que reflejan los límites de déficit público establecidos desde Bruselas, una adecuada gestión de las subvenciones adquiere una importancia y una repercusión pública que, en realidad, siempre debió tener. Pero es importante, para centrar el debate previo a la reforma anunciada por el partido que sostiene al actual Gobierno, conocer tanto la envergadura como las peculiaridades de la actividad subvencional del Estado.

 En cuanto a la envergadura, es siempre difícil recopilar toda la información relativa a las ayudas concedidas por todas las Administraciones Públicas. Sin embargo, algunos datos permiten ilustrar el orden de magnitud de la actividad subvencional. Una de las fuentes a las que cabe acudir es la Comisión Nacional de la Competencia (CNC), que en su tercer informe anual sobre ayudas públicas en España, publicado en otoño de 2011, recoge la evolución temporal de las ayudas en España:

Puede comprobarse como el volumen de ayudas se mantiene relativamente estable en el entorno del 0,5% del PIB, debiéndose el crecimiento experimentado en 2008 y en 2009 a programas excepcionales destinados a combatir el efecto de la crisis económica. Hay que señalar que determinadas ayudas como las sujetas al régimen de minimis (ayudas de importes reducidos dirigidas a pequeñas y medianas empresas), o programas como el llamado Plan E, no se incluyen en estos datos, que sin embargo bastan para hacerse una idea de la magnitud de esta actividad de la Administración.

La actividad subvencional no es, lógicamente, exclusiva de España. De hecho, muchos de los países de nuestro presentan un nivel de ayudas, en relación al PIB, notablemente superior al español, como puede comprobarse en la siguiente gráfica, obtenida, como la anterior, del informe de la CNC.

En cualquier caso, queda claro que el volumen de las subvenciones gestionadas por las Administraciones Públicas es significativo en términos de PIB y por tanto esta partida es susceptible de ser sustancialmente recortada en aras del objetivo de reducción del déficit público. Pero, ¿son todas las subvenciones iguales?. Claramente, no, y aquí es donde entran las peculiridades del sistema de gestión de ayudas, que es necesario conocer.

Con carácter general, la LGS establece que la concesión de ayudas ha de hacerse mediante procedimientos de concurrencia competitiva (art. 22.1, que además por ser legislación básica vincula a todas las AA.PP.): El procedimiento ordinario de concesión de subvenciones se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. A efectos de esta Ley, tendrá la consideración de concurrencia competitiva el procedimiento mediante el cual la concesión de las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las bases reguladoras y en la convocatoria, y adjudicar, con el límite fijado en la convocatoria dentro del crédito disponible, aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

Sin embargo, el apartado segundo del mismo artículo 22 establece tres excepciones a la regla de la concurrencia competitiva:

2. Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: 

a. Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones. 

b. Aquellas cuyo otorgamiento o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa. 

c. Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública.

De las tres excepciones citadas, la del apartado 2.c es la que más abre la puerta a una flexibilidad en la concesión de ayudas que, llevada al extremo, puede convertirse en arbitrariedad. En estos tres casos, y a falta de una convocatoria pública que establezca los términos en los que se otorga la ayuda, se acude al instrumento del convenio de colaboración entre la Administración concedente y el receptor de la ayuda. El abuso del instrumento del convenio ha sido denunciado por el Tribunal de Cuentas, quien ha señalado que “no puede considerarse ajustada al ordenamiento jurídico, sin un adecuado respaldo legal, la suscripción de convenios con particulares que impliquen la concesión de ayudas singulares o, en general, un trato privilegiado a determinadas entidades o ciudadanos”. En definitiva, el Tribunal de Cuentas censura que las excepciones previstas en la Ley se apliquen no para subvencionar actividades de interés, sino personas físicas o jurídicas concretas; es decir, no se subvenciona lo que hace alguien, sino a alguien. Pero es que a estas excepciones ya previstas en la Ley, se añade el hecho de que las entregas dinerarias sin contraprestación efectuadas por entidades del sector público empresarial o fundacional no están sujetas íntegramente a las previsiones de la LGS, lo cual abre otra puerta a la concesión de ayudas sin concurrencia.

Es de esperar que la reforma de la legislación en materia de subvenciones que el Gobierno piensa acometer se haga eco de las consideraciones anteriores, sellando esas “vías de agua” por las que el dinero público puede escaparse y terminar subvencionando, no actividades de interés público mediante procedimientos transparentes de concurrencia competitiva, sino personas o instituciones concretas a través de mecanismos mucho más opacos como los citados convenios, suscritos al amparo de las excepciones previstas enla actual Ley. Elimportante volumen de recursos públicos destinado a esta actividad exige que la transparencia en la gestión y el rigor en la rendición de cuentas sean particularmente escrupulosos en los difíciles tiempos que corren.

Querido Emilio o los patrocinios “intuitu personae”

 

De nuevo las noticias apuntan a la curiosa práctica de muchas grandes y no tan grandes empresas de este país de otorgar patrocinios por razón de las personas (esto es lo que significa “intuitu personae” para los no juristas o los que, simplemente, ya no dominan los latinajos que salpicaban nuestro aprendizaje del Derecho allá por los lejanos años 80 del pasado siglo) y no por razón de las actuaciones o proyectos a patrocinar. El caso del Juez Garzón, recibiendo generosos patrocinios de empresas privadas, algunas con intereses directos en su Juzgado, para sus andaduras docentes en Nueva York   lo que le puede costar una imputación por cohecho impropio (sí, el mismo tipo penal de los trajes de  Camps), el del sr. Urdangarín, recibiendo importantes patrocinios de empresas privadas para su celebérrimo Instituto Noos son dos ejemplos muy significativos. Con independencia del resultado de las investigaciones, y de la decisión última sobre la existencia o no de un ilícito penal, lo cierto es que este tipo de relaciones da que pensar, en la medida en que a la hora de patrocinar se tenía en cuenta mucho más la personalidad del demandante que las concretas actuaciones objeto del patrocinio.

¿Y que hay que objetar, se nos dirá, desde el momento en que se trata de empresas privadas que hacen con su dinero lo que quieren? ¿Hay algo raro en que las empresas patrocinen a personajes públicos relevantes con independencia del concreto objeto del patrocinio? ¿Qué dice la regulación vigente?  Pues la verdad es que poca cosa. La Ley 34/1988 de 11 de noviembre, General de Publicidad dedica a esta figura un solo artículo, el 22, para decir que  “El contrato de patrocinio publicitario es aquél por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económica para la realización de su actividad deportiva, benéfica, cultural, científica o de otra índole, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador.” Además añade que contrato de patrocinio publicitario se regirá por las normas del contrato de difusión publicitaria en cuanto le sean aplicables.

Total, que el contrato de patrocinio se puede utilizar y de hecho se utiliza para cualquier tipo de acuerdo en que una empresa (patrocinador) concede una ayuda económica a una persona física o jurídica (patrocinado) para que realice alguna actividad que revierta en publicidad –en sentido amplio- para el patrocinador. Es un concepto muy elástico, desde luego y permite dar cabida a cualquier cosa, pero habitualmente las empresas, y más en momentos de crisis, son bastante cuidadosas y exigentes con su política de patrocinios, tanto en términos de dinero (cuanto dinero ponen) como en términos de “retorno” (que es lo que ganan en términos de imagen o publicidad) y en las elección de las actuaciones mismas que se patrocinan.

De manera muy resumida y sencilla, podemos decir que en circunstancias normales a la hora de conceder o no un patrocinio se valora el tipo de evento o actuación a realizar y su repercusión, las fechas y el lugar en que se va a realizar, la audiencia o el público “target”, la cobertura mediática,  la experiencia previa del organizador o patrocinado en realización de eventos similares, la existencia o no de otras empresas patrocinadoras, la posible colaboración institucional, etc. Esto normalmente se expone a la empresa a la que se solicita el patrocinio de manera bastante extensa  y justificada, especialmente si el importe del patrocinio es relevante.

¿Qué tienen entonces el Juez Garzón o el sr. Urdangarín que hace que tengan tanto tirón para conseguir importantes cantidades de dinero en concepto de patrocinios, sin que al parecer hayan pasado un proceso de evaluación mínimamente riguroso, siempre atendiendo a las noticias que hemos leído? ¿Qué tienen para que las empresas patrocinadoras no hayan tenido, al parecer, especial interés en saber qué se ha hecho con su dinero ni en preocuparse por los retornos para su imagen corporativa, o para su marca, o para sus ventas? Pues solo se me ocurre una cosa, la misma que a ustedes. Y eso es lo que encuentro objetable, y lo que da título a este post, que estos patrocinios se daban aparentemente para llevarse bien con personas poderosas o percibidas como tales, cada una en su ámbito.

Efectivamente,  este tipo de actuaciones nos dicen mucho sobre la relación (un tanto servil, si se me permite la expresión) entre las empresas de este país y el Poder, así, con mayúsculas que impresiona más. El Poder Judicial, en primer lugar, si se llega a demostrar que los patrocinios al Sr. Garzón tenían muy presente su condición de titular de un Juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional (tan presente como él, cuando firmaba las cartas invocando dicha condición) y el poder digamos “ambiental” en el caso del Sr. Urdangarín si como es lógico pensar se tenía también muy en cuenta su condición de yerno del Rey, por lo que esto pueda valer.

Dicho eso, hay que reconocer que las empresas no son sujetos morales, aunque sean personas jurídicas, y aunque ahora incluso puedan delinquir. Los sujetos morales siguen siendo las personas físicas. Con esto, lo que quiero decir, es que las empresas están para ganar dinero, y para eso es mejor evitar los problemas jurídicos de cualquier tipo, los pleitos, especialmente los penales, conseguir buenos contratos tanto públicos como privados, hacer lobby para obtener una buena regulación o por lo menos lo menos perjudicial posible para sus intereses, tener buenos contactos e intermediarios, mantener buenas relaciones con los medios de comunicación y por supuesto, inmejorables relaciones con los Poderes Públicos, también con mayúsculas, y adyacentes. En definitiva, las empresas hacen lo que en cada momento y en cada circunstancia sea mejor para facturar mucho y obtener beneficios. No son ellas las que sientan las reglas del juego sobre cómo se consiguen mejor y más rápido estos objetivos,  aunque intenten siempre que pueden, modificarlas a su favor. Pero tampoco las discuten si las que hay no son particularmente éticas.

En definitiva, si las reglas que rigen en nuestra sociedad  y las personas que las aplican hacen pensar a las empresas que es bueno para su negocio conceder patrocinios a personajes importantes por lo que pueda pasar, se los darán. Como también harán regalos o invitarán a viajes o, ya puestos, pagarán en especie o en dinero a aquellos que les puedan conseguir contratos, en España o en el extranjero. Hace ya un tiempo, siendo directiva de una empresa pública que manejaba mucho dinero y contrataba mucho al sector privado me preguntaron elegantemente que cómo se conseguían “entrar” en esa entidad. Ante mi extrañeza (entonces era joven e inocente) y la –para mí- obvia contestación “hay un concurso público al que la empresa se puede presentar” no me dijeron nada más. Pero ahora me imagino (ya no soy joven ni inocente) que la situación hubiera sido muy distinta si les hubiera sugerido la conveniencia de colaborar de alguna manera con alguna actuación o actividad en la que yo tuviera interés personal o profesional y que ellos podían atender fácilmente.

Por otro lado, conviene recordar que la práctica de dar patrocinios “intuitu personae” no se ha limitado a las empresas privadas, sino que se ha extendido al sector público, siendo muy numerosas las empresas y entidades públicas que han aplicado generosamente esta política para dar dinero público no tanto a proyectos interesantes, sino a personas y organizaciones interesantes, por afines (entendiendo la afinidad en sentido político, empresarial y personal y familiar, hasta llegar al parentesco por afinidad del Código Civil).  Pero de los patrocinios públicos y las subvenciones nominativas hablaremos otro día para no alargar excesivamente este post.

¿Dónde están los límites entonces? Pues más allá de los penales y de la famosa figura del cohecho impropio, sobre el que ya escribimos en su momento en este blog  creo que los límites están en que no deben de favorecerse este tipo de entregas de dinero, particularmente por las personas que ostentan responsabilidades públicas o políticas y no digamos ya judiciales. Si una persona es titular de un Juzgado de Instrucción, no es la persona adecuada mientras siga en activo para recabar patrocinios, por interesante que sea el evento a patrocinar. Y si es yerno del Rey, debe de ser especialmente cuidadoso aunque por motivos distintos, sobre este tema ya hemos escrito también

¿Muy exigente? Tal vez, pero recuerden que nuestras empresas siguen siendo todavía muy dependientes del sector público, en regulación, normativa, en subvenciones, contrataciones o intermediación. Y la dependencia se agudiza si hay o puede haber un proceso judicial de por medio. Y por eso creo que es conveniente que los mensajes que reciban nuestras empresas sea muy claro: el patrocinio no debe de ser una forma de comprar favores. Y entonces quizá lo mejor es que no soliciten patrocinios quienes estén en condiciones de hacerlos.

 

 

Las subvenciones y el cine

Según datos de la Motion Picture Association of America, el sector del cine y las producciones de televisión daba empleo, en 2009, a 2.200.000 personas en los Estados Unidos. Setecientos mil de esos empleos eran directos, y el resto indirectos. El sector estaba integrado, en ese año, por cerca de 95.000 empresas, y generó unos ingresos para el erario público, por todos los conceptos, de 15.500 millones de dólares. Las exportaciones ascendieron a 13.800 millones de dólares, con un crecimiento sobre el año 2005 del 37%. La balanza comercial del sector era positiva para los Estados Unidos en relación a la práctica totalidad de las naciones. Otro dato que merece la pena resaltar es que el salario medio del sector era un 26% superior al salario medio de la economía estadounidense.

En el año 2010, y según datos del Ministerio de Cultura, setenta millones de espectadores acudieron a las salas españolas a ver alguna producción estadounidense, lo cual supuso un 69,18% del total de espectadores y una recaudación de 466 millones de euros. Ese mismo año las producciones españolas obtuvieron un 12,73% de cuota, con unos 13 millones de espectadores y 80 millones de euros de recaudación, lo que supuso una caída con respecto al año 2009 del 34%. Pero el dato que más poderosamente llama la atención es que ese mismo año 2010, las ayudas otorgadas por el Ministerio de Cultura al sector ascendieron a 89,39 millones de euros; es decir, un importe superior a la recaudación generada en España por las producciones nacionales.

El apoyo a la industria cinematográfica nacional no es algo exclusivo del caso español. Es común a toda la Unión Europea, donde el movimiento ha sido tradicionalmente liderado por Francia. En sus orígenes, la incipiente industria cinematográfica fue liderada por el país vecino, con un tercio del negocio mundial. Este floreciente negocio se vio truncado por la devastación producida por las dos Guerras Mundiales, dando paso al imperio del cine estadounidense. La industria norteamericana, apoyada por su diplomacia, se ha esforzado desde entonces en derribar las barreras con las que el resto de países trataba de proteger su propio sector. Como ejemplo se puede citar el Acuerdo Blum-Byrnes, por el que en una fecha ya tan lejana como 1946 el Gobierno de Francia concedía a las producciones estadounidenses cuotas de pantalla más favorables a cambio de una ayuda financiera para pagar la deuda contraída durante la Segunda Guerra Mundial por el país galo.

La legislación europea regula desde 1989 (Directiva Televisión sin Fronteras) que al menos un cincuenta por ciento del tiempo de emisión de las cadenas de televisión se dedique a las producciones europeas. Las negociaciones del GATT (General Agreement on Tariffs and Trade) en 1994 también trataron de forma singular la industria cinematográfica, al introducir en su artículo IV una excepción al artículo III, que es el que proscribe toda discriminación entre productos nacionales y extranjeros. Este tratamiento indudablemente proteccionista se ha fundamentado en la excepción cultural, en virtud de la cual el cine no es solo un producto con un valor económico, sino que impacta directamente en los valores culturales nacionales, por lo que para evitar que estos se vean sustituidos por otros extranjetos es necesario dotar de cierto nivel de protección al producto nacional.

Queda claro, por tanto, que las políticas proteccionistas en relación a la producción cinematográfica nacional no son exclusivas del Gobierno español, sino que se extienden por todas las naciones, no solo de la Unión Europea. Cabe preguntarse si la política de subvencionar generosamente al sector es también una práctica extendida más allá de nuestras fronteras. Y la respuesta es afirmativa. Así, por ejemplo, el programa MEDIA de la Unión Europea cuenta, en el periodo 2007-2013 con 755 millones de euros para apoyar la producción, distribución y promoción de películas. Pero ni siquiera el muy liberal modelo estadounidense se libra de las ayudas públicas, ya que en 2010 las Administraciones Públicas norteamericanas, fundamentalmente los Gobiernos estatales, concedieron a la industria del cine 1.400 millones de euros en beneficios fiscales y ayudas directas. Tampoco la picaresca en la gestión de las ayudas es patrimonio español, ya que en 2010 un productor cinematográfico de Iowa fue condenado a 10 años de prisión por falsear información para obtener beneficios fiscales. Aunque lo que sigue constituyendo un diferencial rasgo patrio es que posiblemente aquí tal conducta habría quedado impune.

Así pues, ni el proteccionismo ni las subvenciones son políticas exclusivas de nuestro país. Sin embargo, en el caso español la componente cultural llega a eclipsar, por completo en algunos casos, a la rentabilidad económica. La relación entre actividad económica generada y montante de ayudas públicas parece claramente desproporcionada, y el diseño de los mecanismos de ayuda así como el volumen de éstas son, en este sentido, cuestionables.

Una producción puede obtener ayudas para coproducciones (hasta 600.000 euros o el 50% del presupuesto del productor español); para el guion (hasta 40.000 euros); para el rodaje (hasta 150.000 euros o el 50% del presupuesto); para el proyecto en general por su interés cultural, por ser un director novel, por su valor experimental, etc (hasta un millón de euros); para la amortización de la película (hasta 400.000 euros en función del número de espectadores del año anterior); una ayuda complementaria en función de diversos factores, como participación en festivales, ser un documental, ser infantil o ser en 3D, entre otros méritos entre el que se encuentra la paridad entre hombres y mujeres en el equipo de producción (hasta 1.200.000 euros de ayuda). Además, hay ayudas adicionales a la animación, a la distribución, al uso de nuevas tecnologías, etc. En el siguiente enlace pueden encontrarse las ayudas para el cine convocadas por el Ministerio de Cultura:

Lamentablemente, estas políticas no se están traduciendo en una mayor actividad económica asociada a las películas producidas en España. Así, la serie histórica, según datos del Ministerio de Cultura es la siguiente:

 

Mercado cinematográfico. Últimos años
  2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010
Nº Cines 1.298 1.254 1.223 1.194 1.126 1.052 936 907 868 851 860
Nº Salas 3.500 3.770 4.039 4.253 4.390 4.401 4.299 4.296 4.140 4.082 4.080
Películas exhibidas 1.718 1.831 1.877 1.916 1.795 1.730 1.748 1.776 1.652 1.481 1.555
Recaudación (millones de euros)
Españolas 53,74 110,18 85,47 100,86 92,87 106,21 98,41 86,73 81,61 104,37 80,28
Extranjeras 482,58 506,24 540,43 538,57 598,73 528,74 537,75 557,00 537,68 566,67 582,03
Total 536,33 616,42 625,90 639,43 691,60 634,95 636,16 643,74 619,29 671,04 662,31
Espectadores (millones)
Españolas 13,4 26,2 19,01 21,73 19,28 21,29 18,77 15,80 14,36 17,48 12,93
Extranjeras 121,9 120,6 121,70 115,74 124,64 106,36 102,88 101,14 93,45 92,51 88,67
Total 135,3 146,8 140,71 137,47 143,93 127,65 121,65 116,93 107,81 109,99 101,60

Evolución del mercado cinematográfico. 2000 – 2010

 

Puede comprobarse como el cine español pierde cuota en relación a las producciones extranjeras, siendo 2010 el peor de los últimos diez años. El pico del año 2009 es debido al éxito de la película Agora, la cual fue vista por 3.300.000 espectadores y recaudó 20.400.000 euros. Los datos parecen confirmar que las políticas seguidas hasta la fecha, pese a la gran movilización de recursos públicos, no han mejorado la competitividad comercial del sector cinematográfico nacional.

 

En 1994, durante la negociación del GATT, Fernando Trueba afirmaba que “Los americanos están llevando a cabo una postura muy agresiva. Ya no vale estar a la defensiva, hay que atacar”. Lamentablemente, parece que la pólvora del Rey empleada hasta la fecha no ha servido no ya para atacar, sino simplemente para detener a las hordas procedentes de los Estados Unidos. En la actual situación de penuria de las cuentas públicas, el Gobierno entrante se verá obligado a revisar un modelo de ayudas públicas que se ha demostrado muy costoso y de resultados más que cuestionables.

 

 

Aeropuertos Españoles S.A.: pérdidas y ¿ganancias?

En España hay 47 aeropuertos y 2 helipuertos gestionados por el ente público estatal AENA. Completan la red los aeropuertos de Lleida (gestionado por una empresa pública de la Generalitat de Cataluña), Castellón (gestionado por la sociedad pública Aerocas) y Ciudad Real (gestionado por un consorcio privado). Estos tres aeropuertos fuera de la órbita de AENA no tienen en la actualidad ninguna ruta comercial abierta.

La situación española es singular porque como vemos la práctica totalidad de la red aeroportuaria es de titularidad estatal (lo que no sucede en Europa) y provoca alguna estadística llamativa como por ejemplo que AENA sea el primer operador aeroportuario del mundo por número de pasajeros (hay que tener en cuenta que además de la gestión de los citados aeropuertos españoles, AENA participa en la gestión directa o indirecta de 28 aeropuertos a nivel internacional).

En este post (por falta de espacio) no vamos a hablar del despilfarro que ha supuesto la construcción “indiscriminada” de nuevos aeropuertos en los últimos años de bonanza económica, algunos promovidos (y costeados) por iniciativa pública (Huesca, Castellón, etc) y otros en teoría promovidos por la iniciativa privada, aunque estando cajas de ahorro intervenidas de por medio ya no está tan clara esa delimitación (caso del aeropuerto de Ciudad Real con la Caja de Castilla- La Mancha).

La cantidad de dinero que se ha malgastado en la construcción de estos aeropuertos es enorme y no se va a recuperar. Llegados a este punto lo que sí conviene analizar es si merece la pena mantener todos los aeropuertos que existen actualmente. Por tanto, este post lo vamos a centrar en el análisis de la gestión de la red aeroportuaria de titularidad estatal y las ayudas públicas que desde Comunidades Autónomas y Entes Locales se están dando para mantener la actividad de algunos aeropuertos.

La gestión aeroportuaria en nuestro país está inmersa en un periodo de transformación. Se ha creado la sociedad AENA Aeropuerto sS.A., de acuerdo con el Real Decreto Ley 13/2010 de 3 de diciembre, con la posible entrada de capital privado en su accionariado (de hecho tras la fallida salida a bolsa del 49% de la sociedad, es una “asignatura pendiente” que tendrá que lidiar el nuevo gobierno). Tras la aprobación de la Ley 9/2010 de 14 de abril, se separan las funciones relativas a la gestión aeroportuaria (aquí estarían los aeropuertos) y la navegación aérea (aquí estarían por ejemplo los controladores), de forma que a partir de ahora la primera está operada por la sociedad mercantil estatal AENA Aeropuertos S.A. mientras la segunda la mantiene el ente público AENA. Asimismo la Ley 9/2010 introduce la posibilidad de realizar una gestión individualizada de los aeropuertos bien a través de sociedades filiales dela propia AENAo bien a través de concesionarios privados.

¿Todos estos cambios se han llevado a cabo por las dudas sobre la sostenibilidad económica del modelo de gestión aeroportuaria? En la página web del ente público AENA nos aseguran que su modelo económico es sostenible y que además no cuesta un euro al contribuyente español, ya que se financia mediante los ingresos obtenidos con las tarifas de los diferentes servicios prestados a sus usuarios y con la financiación externa obtenida en los mercados de capitales (vamos mediante deuda). De hecho, en 2010 los aeropuertos de AENA tienen acumulada una deuda superior a 12.415 millones de euros, debido en buena parte a unas inversiones difíciles de rentabilizar. Esa deuda pesa ahora como una losa en las cuentas del ente público.

Si echamos un vistazo a los resultados (ingresos menos gastos) de explotación por aeropuertos del año 2010 (ver cuenta de resultados AENA 2010), solo 10 tienen un resultado de explotación positivo. ¿Creen que Barajas y el Prat están en esta reducida lista? Pues lamentablemente no. Claro ejemplo de mala gestión y de unas inversiones elevadas que se han llevado a cabo y que no se consiguen rentabilizar. Por este motivo, desde AENA trabajan en licitar la concesión de estos dos aeropuertos para que un “gestor” pueda hacer un trabajo eficaz. En cualquier caso, los aeropuertos “afortunados” de pertenecer en 2010 al selecto club de tener unos ingresos superiores a los gastos de explotación son: Alicante, Bilbao, Fuerteventura, Ibiza, Lanzarote, Gran Canaria, Palma de Mallorca, Tenerife Sur, Sevilla y Valencia.

En el otro extremo estarían los aeropuertos con resultados de explotación negativos y un número de pasajeros y rutas reducido. En estos casos, hay que abordar seriamente la posibilidad del cierre de algunos aeropuertos porque con el tráfico que tienen resultará muy complicado que sean rentables en el futuro, aunque se introduzcan mejoras en su gestión. Diferentes estudios apuntan a que el umbral para que un aeropuerto sea rentable se sitúa entre el medio millón y el millón de pasajeros al año. En 2010, 22 de los 47 aeropuertos estaban por debajo del millón de pasajeros (en muchos casos muy por debajo).

La siguiente duda que puede surgir es si los aeropuertos que no son rentables reciben de forma directa o indirecta algún tipo de ayuda pública de alguna administración (central, regional o local) para poder seguir operando. Para responder a esta pregunta resulta muy aconsejable la lectura del Tercer Informe sobre Ayudas Públicas publicado en octubre de este año por la Comisión Nacionalde la Competencia (ver informe).

Según la Comisión, en el periodo 2007- 2011 las CCAA y entes locales gastaron más de 247 millones de euros en acuerdos de promoción turística con aerolíneas como Air Nostrum, Ryanair, Vueling… La cifra es una estimación “de mínimos” según el propio regulador ya que el 2011 no está completo y no han podido recabar información del total de ayudas regionales y locales. En cualquier caso, el ranking lo encabeza Castilla y León (> 84 millones), seguida de Aragón (> 34 millones), Galicia (> 22 millones), Cantabria (> 20 millones), Cataluña (>17 millones), Comunidad Valenciana (> 16 millones) y resto de CCAA.

Estos acuerdos de promoción turística suponen, en general, el establecimiento de una relación entre las Administraciones y las aerolíneas que se desarrolla en términos onerosos, de forma que, a cambio de que la aerolínea ceda al ente público los derechos de inserción publicitaria en los espacios de que dispone (revista a bordo, material promocional, etc) para fines de interés turístico, el ente público se compromete a abonar el pago por los servicios recibidos. Estos acuerdos tienen una peculiaridad común: la aerolínea se compromete además a la apertura o mantenimiento de ciertas rutas aéreas con origen o destino en un aeropuerto determinado.

Si lo que se persigue es promocionar un determinado destino turístico: ¿Qué sentido tiene hacerlo en una ruta donde el origen o el destino es precisamente la región o zona que se desea promocionar? Asimismo, ¿qué sentido tiene realizar una acción promocional en rutas con poca afluencia de pasajeros? Si queremos aumentar el impacto y eficacia de nuestra acción promocional sería mejor llevarla a cabo en rutas con origen o destino Barajas o el Prat, porque nos aseguramos que llegamos a más gente y potenciales turistas.

Blanco y en botella. Si en los acuerdos de promoción turística no apareciese la cláusula sobre el mantenimiento de ciertas rutas ¿existirían estos acuerdos?. ¿El precio que están pagando las Administraciones a las aerolíneas sería el mismo?. Esperemos que el regulador después del análisis realizado en su informe pase ahora “a la acción”.

Finalmente destacar que los beneficiarios de estos acuerdos son las aerolíneas si bien los aeropuertos donde se operan las rutas que aparecen en los acuerdos resultan beneficiados de forma indirecta. En este sentido, en la siguiente tabla aparece el TOP 10 de aeropuertos beneficiados indirectamente por estas ayudas públicas en el año 2010, incluyendo dos ratios: el porcentaje que suponen estas ayudas sobre los ingresos operativos de los aeropuertos (es una forma de medir la intensidad de la ayuda) y el importe de la ayuda por pasajero que ha transitado por el aeropuerto.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos de AENA y la CNC

Observamos en que en 2010 el aeropuerto que más dinero público recibió mediante estos acuerdos de promoción turística fue Zaragoza. Sin embargo, si nos fijamos en el porcentaje que supuso la ayuda sobre los ingresos de explotación del aeropuerto, el primer lugar lo ocupa Albacete (es beneficiario indirecto de una ayuda de más de 2 millones cuando sus ingresos de explotación no superan los 200.000 euros). Este aeropuerto tiene igualmente el “privilegio” de ser el que tiene una ayuda por pasajero más elevada (226 euros por cada pasajero).

Con la gravísima crisis que estamos atravesando, cuesta pensar que nos podamos permitir tantos aeropuertos que no son rentables, que reciben dinero público vía acuerdos de promoción turística que como hemos visto son de “dudosa reputación”. No parece que la cohesión social sea una justificación para mantener este despliegue, teniendo en cuenta que muchos de estos aeropuertos tienen otro en sus proximidades y que además del transporte aéreo, tenemos la red de carreteras, la ferroviaria y la marítima.

En definitiva, confiemos en que el próximo gobierno haga un replanteamiento serio de la situación, continúe con el proceso de mejora de la eficacia y eficiencia del modelo de gestión aeroportuaria y evite que AENA Aeropuertos S.A se convierta en Bancarrota S.A.