Año judicial con más injerencia

7 SEPTIEMBRE- APERTURA DEL AÑO JUDICIAL 2022-23

Comienza el año judicial con más injerencia política de última década

Hay Derecho pone sobre la mesa un DECÁLOGO DE MEDIDAS urgentes para poner freno a la politización y mejorar la eficacia del sistema judicial

Madrid, 7 de septiembre de 2022- Con motivo de la celebración este miércoles del acto solemne de apertura del año judicial Hay Derecho, fundación independiente sin ánimo de lucro que trabaja para defender el Estado de Derecho, el buen funcionamiento institucional y promover la lucha contra la corrupción, ha elaborado un decálogo de medidas “para combatir la politización del Poder Judicial y mejorar su funcionamiento, situaciones que acaban teniendo un profundo impacto para los ciudadanos”, en palabras de Elisa de la Nuez, secretaria general de Hay Derecho.

  1. Eliminar las puertas giratorias político-judiciales imponiendo un periodo mínimo de 2 años antes de permitir que un juez o fiscal que haya ocupado un alto cargo político o haya sido cargo electo pueda reincorporarse a la carrera judicial o fiscal. Esto supone eliminar la posibilidad de que los jueces y fiscales pasen sin solución de continuidad de cargos políticos o electos a ocupar plazas en la carrera judicial o fiscal. Además, es preciso eliminar la posibilidad de que se computen como años de antigüedad en la carrera judicial o fiscal los años en que han estado desempeñado puestos de carácter político, lo que les concede una importante ventaja a la hora de participar en los correspondientes concursos de méritos frente a los jueces y fiscales que siempre se han dedicado a su profesión.
  1. Reformar el régimen de elección de los vocales del Consejo General del Poder Judicial siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea y el Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO) del Consejo Europeo. Los partidos políticos deben cejar de manera urgente en su empeño por capturar el gobierno del poder judicial en base a criterios partidistas. Para ello los doce vocales de procedencia judicial deberían ser elegidos directamente por los jueces y magistrados mediante un procedimiento de elección que impida, a su vez, la captura por las asociaciones judiciales o bien mediante un sistema de sorteo entre los jueces y magistrados que reúnan los requisitos necesarios mientras que los ocho restantes serán elegidos por las Cortes generales entre juristas de reconocida competencia.
  1. Garantizar la incompatibilidad del ejercicio del cargo de vocal del CGPJ con cualquier otro desempeño profesional.
  2. Continuar el proceso ya iniciado de supresión de los aforamientos políticos. Los aforamientos suponen un ataque al principio de igualdad ante la justicia, en beneficio de los centenares de políticos aforados, cuyos partidos tienen en este momento una enorme capacidad de influir en los nombramientos de los jueces que, llegado el caso, deben juzgarles. Hay que seguir con el precedente establecido por algunas CCAA como Murcia, Canarias, Islas Baleares y Cantabria que ya han eliminado este tipo de aforamientos.
  1. Eliminar la posibilidad de que los parlamentos autonómicos puedan proponer magistrados de la Sala de lo Penal y de lo Civil de los Tribunales Superiores de Justicia, – suprimiendo lo que se conoce como “turno autonómico”- modificando el artículo 330.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial a fin de que las Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas no puedan proponer una terna para su consideración por el CGPJ a la hora de cubrir esas vacantes.
  1. Reformar la Fiscalía General del Estado para fortalecer su autonomía y profesionalidad reforzando la independencia del Fiscal General del Estado respecto del Gobierno en línea con las recomendaciones del GRECO. El cargo no podrá ser ocupado en ningún caso por una persona que se encuentre en la política activa. La idoneidad para ejercer el cargo de Fiscal General del Estado debe de valorarse con carácter previo a su nombramiento por el Gobierno por una Comisión del Congreso entre una terna de candidatos que se postulen para el cargo y que cumplan los requisitos necesarios. Modificación del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal para establecer los contrapesos al poder del Fiscal General del Estado y favorecer la transparencia, la rendición de cuentas y la profesionalidad de la institución.

  1. Asegurar la responsabilidad de los implicados en casos de corrupción institucional particularmente la política y la jurídica no penal. Las personas que hayan sido procesadas por delitos relacionados con la corrupción no podrán presentarse en listas electorales ni ocupar cargos públicos mientras dure esta situación.

  1. Evitar la utilización partidista del Código Penal, teniendo en cuenta que debe de ser siempre la última posibilidad (“ultima ratio”). Es conveniente reforzar la técnica legislativa, eliminando la inseguridad jurídica y revisar los tipos penales que resultan excesivamente limitativos del derecho fundamental a la libertad de expresión.

  1. Incrementar los medios humanos y materiales de la Justicia, delimitar mejor las competencias entre las distintas Administraciones intervinientes y las cargas de trabajo potenciar métodos alternativos de resolución de conflictos como el arbitraje y la mediación. Debemos destinar los medios propios de un servicio básico a la ciudadanía y, sobre todo, invertir los recursos de la Administración de Justicia de forma eficiente y responsable, poniendo además fin al descontrol competencial actualmente existente entre Estado, CCAA y CGPJ. Se debe de impulsar la modernización de la Justicia, promoviendo la implantación y formación en herramientas digitales. Es especialmente preciso lograr una mejor interconexión entre Administraciones, implantando en todo el territorio español un único sistema informático de gestión procesal, removiendo los obstáculos para la definitiva implantación en toda España del expediente electrónico judicial, de manera que los usuarios, los letrados, los procuradores y los demás operadores jurídicos puedan tener acceso al sistema del juzgado con seguridad y celeridad para poder acceder a los expedientes de forma telemática.

  1. Garantizar la ejecución de las ejecución de las sentencias judiciales firmes en todo caso, de manera que los ciudadanos puedan confiar en que las resoluciones judiciales que les sean favorables serán cumplidas, en particular por parte de las Administraciones Públicas. Deben de limitarse los indultos a situaciones excepcionales y siempre teniendo en consideración los informes preceptivos del tribunal sentenciador y la fiscalía, limitando los denominados “autoindultos”.

En definitiva, se debe colocar el adecuado funcionamiento del Poder Judicial en el centro de la agenda política y realizar una apuesta “clara, concreta y con dotación presupuestaria adecuada y continuada en el tiempo, por encima de las alternancias partidistas en favor de la dotación de recursos y de la modernización de la Administración de justicia, que asegure un acceso adecuado al servicio público de justicia para la ciudadanía”, señala Safira Cantos, directora general de Hay Derecho.

Decálogo sobre las medidas urgentes de hay derecho

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