Llamada a cumplir la sentencia del TS sobre banderas alegales en edificios oficiales
5 de junio, 2020
Este lunes, la Asociación Impulso Ciudadano, entre otras, nos comunicaban su celebración ante la sentencia del Tribunal Supremo, conocida el mismo día 1 de junio, que declara contraria a derecho la presencia de banderas y símbolos no oficiales en las fachadas y en el exterior de los edificios oficiales. En su opinión, contribuirá a mejorar la convivencia entre los ciudadanos en la medida que autoriza en los edificios públicos y en su entorno la presencia, exclusivamente, de símbolos aprobados en leyes democráticas y que representan al conjunto de la sociedad.
La citada resolución judicial, explican, mejora también la calidad democrática de nuestras instituciones, puesto que garantiza su objetividad y neutralidad simbólica y evita la conflictividad que conlleva la presencia de banderas o expresiones que no forman parte del bloque de constitucionalidad, esto es, de la Constitución y el Estatuto de Autonomía.
A esos efectos, nos unimos a ellos para recordar que los poderes públicos han de servir con objetividad a los intereses generales y velar por el pluralismo político (artículos 103 y 1 de la CE) y que el artículo 108 de la Constitución dispone que es obligado cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los Jueces y Tribunales.
Por ello, Impulso Ciudadano, igual que Hay Derecho, considera imprescindible que las autoridades procedan a retirar, sin necesidad de requerimientos, elementos como banderas esteladas, lazos amarillos o pancartas a favor de los condenados por su participación en los procesos independentistas. Y que lo hagan sin ningún tipo de conflictividad o demora.
El cumplimiento de esta sentencia facilitará la aparición de espacios libres de contaminación partidista que, en estos tiempos, son más necesarios que nunca para atraer a personas que pudieran mostrarse reticentes o incómodas por la presencia de aquellos símbolos.