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HD Joven: ¿Regeneración democrática? Primero eliminad el aforamiento

En la década de los 70, después de 40 años de dictadura, con muchos políticos que volvían de la clandestinidad y del exilio, que los mismos estuvieran protegidos por las acciones derivadas de su cargo era una buena idea. El recuerdo del franquismo era reciente y, como es sabido, el constituyente quiso blindar a los partidos políticos de la forma más férrea posible.

Si observamos la voluntad del constituyente, entre Diputados y Senadores (artículo 71), los miembros del Gobierno (artículo 102) y el Rey (artículo 56) ya habría más de 600 aforados. Como pueden observar no es un número nada desdeñable. Ahora bien, dicho número es una nimiedad si observamos la realidad jurídica española.

Antes de ponerlos en situación, si me permiten, voy a citar al Sr. Rodrigo Tena Arregui, que escribió un artículo sobre la materia que nos ocupa, de una forma mucho más técnica que la mía: “(…) esto no pasa en ningún país serio” -refiriéndose en el número de aforados en España-. “Como en el fútbol, somos los campeones del mundo. (…) a la orgullosa Alemania ¡le metemos diez mil a cero! ¡Menuda humillación!”- bromea.

Supongo que muchos lectores se estarán preguntando a qué se refieren el Sr. Tena. Bien, se refiere al número de aforados en España actualmente en comparación con el número de aforados alemanes. “Espera. ¿Qué? ¿Cómo? ¡Antes has dicho que había unos 600 aforados!

Bien, sí, como mínimo era esta la voluntad del constituyente. Por tanto, ¿de dónde salen los otros? En primer lugar, las sucesivas aprobaciones de los Estatutos de Autonomía, y sus respectivas modificaciones, extendieron esta condición a los parlamentarios autonómicos. Además, las reformas de la LOPJ han aumentado el número de personas que gozan de esta institución, entre las cuales, se incluyen: los reyes actuales, los salientes, el Presidente del Senado, del Congreso, del Gobierno… en total, hay más o menos 2000 políticos aforados y otros 10.000 que son jueces y fiscales. Este artículo pretende centrarse en los “aforados políticos”, por esta razón, no hablaré de los jueces y fiscales aforados. Pero consideraba necesario remarcar de estas más de 10.000 personas aforadas, sólo, sólo no es la palabra más adecuada- 2000 son políticos.

La pregunta es tan simple de formular como difícil de contestar -sin citar a ningún exentrenador del Real Madrid y que actualmente no milita en el Mourinho United-: “¿Por qué?” ¿Por qué este país debe ser diferente a cualquier democracia occidental? No hay una respuesta unánime, pero seguro que no es por la publicidad a Unicef.

Es posible que mucha gente no vea el motivo por el cual el aforamiento es tan criticado. Simplificando consiste en que los políticos nacionales los juzga el Tribunal Supremo y los autonómicos su TSJ correspondiente. Al fin y al cabo, a simple vista, parece, simplemente, “que a los peces gordos les deben juzgar los peces gordos” y ya está. Bien, voy a intentar cambiar su opinión.

En primer lugar, es evidente que los políticos manchados por la corrupción se agarran a la silla del Congreso y Senado para no perder su condición de aforado. Por poner unos ejemplos: ya sea quedándose en la Comisión Permanente o sin renunciar al acta.

En segundo lugar, a pesar de lo que diga la reiterada jurisprudencia constitucional, la mayor parte de la doctrina defiende que la institución del aforamiento vulnera el principio de igualdad, recogido en el artículo 14 de la Constitución.

En tercer lugar, la modificación o supresión del aforamiento es un mensaje común en las campañas políticas. Si nos centramos en el acuerdo de investidura entre PP&Ciudadanos (pág.30), por ser el más reciente, el partido emergente hizo mucho hincapié en la supresión del aforamiento, en concreto, el fallido acuerdo señalaba la: “Eliminación de los aforamientos ligados a cargos políticos y representantes públicos”. Ahora bien, cabe remarcar que la supresión de dicha institución sería parcial en tanto en cuanto sólo afectaría al ámbito nacional al ser un pacto de investidura. Pero ni eso, ya que la intención era suprimir el aforamiento del Gobierno Central y los parlamentarios nacionales, salvaguardando el privilegio de otros altos cargos del Estado. La decisión de no suprimir el aforamiento de los parlamentarios autonómicos es justificada alegando la necesaria revisión de los diferentes Estatutos de Autonomía, lo cual, según mi opinión, es una auténtica cortina de humo para mantener este privilegio, ya que, puestos a reformar la Constitución, bastaría con introducir un precepto señalando la prohibición del aforamiento a ninguna clase de representante político para después que entrara en vigor, el aforamiento autonómico fuera inconstitucional.

En resumen, el punto del acuerdo no dejaba de ser una intención de reforma a medias, hoy en día ya sin efectos, si es que algún día los tuvo. ¿A qué me refiero? Simplemente que ninguno de los dos grandes partidos han apoyado reformar significativamente esta institución cuando han estado en el poder (no puedo opinar sobre Ciudadanos y Podemos respecto este tema). Es decir, si siempre han tenido la mayoría suficiente, incluso para cambiar la Constitución entera, y sólo han habido dos reformas por exigencias europeas, dudo que vayan a cambiar la Carta Magna para reducir sus privilegios. Lo que parece evidente de la histórica perpetuación del aforamiento es que algún beneficio obtienen de esta condición. Pero es un beneficio caro, muy caro. Un beneficio ligado a unas grandes pérdidas: pues la transparencia política y la independencia judicial están al borde del concurso de acreedores.

En cuarto lugar, creo, firmemente, que el aforamiento menosprecia a la capacidad que tienen los jueces de instancias inferiores. ¿Por qué no puede ser capaz una persona, que ha logrado conseguir una plaza después de años de estudio, de conocer sobre un tema que trate sobre un diputado? ¿Estamos dudando de la independencia o de la capacidad de esta persona? Personalmente, creo que es una falta de respeto de magnitudes mayúsculas.

Finalmente, a pesar de las razones que he comentado, y muchas más que me he dejado en el tintero por falta de espacio, sin lugar a dudas, la razón por la que más se critica la institución del aforamiento es, precisamente, por quién los juzga. Es tan indudable la calidad y el prestigio de los juristas que forman el Tribunal Supremo, como de las sospechas -y algunas evidencias- que está politizado-. ¿La razón? Por qué los magistrados son nombrados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Este hecho, ya de por sí, puede parecer sospechoso, pero aún queda más, ¿Quién nombra a los miembros del CGPJ? Voilà. El Congreso y el Senado. 10 cada uno. Seis entre jueces y magistrados y cuatro entre juristas de reconocido prestigio. Por tanto, vemos como los políticos deciden los magistrados que van a juzgar sus delitos, aunque sea de forma indirecta. Por este motivo se pone en duda el aforamiento. No soy nadie para poner en duda la imparcialidad de los miembros del Tribunal Supremo, aunque no dudaría en hacerlo de algunos órganos colegiados. Lo que es innegable es que la institución del aforamiento debería desaparecer, modificarse o, como mínimo, ganar en legitimidad democrática.

Para conseguir este fin se podría reformar el criterio sobre quién nombra los miembros del CGPJ medida que, otra vez a medias, ya contemplaba el fallido acuerdo de investidura. A medias porque simplemente se conformaba con que “los doce de procedencia judicial sean elegidos directamente por los Jueces y Magistrados”. Según mi humilde opinión, espero que cuando haya Gobierno, sea del color que sea, se debería ir un poco más allá. Me refiero a que todos y cada uno de los vocales sean elegidos por los propios Jueces y Magistrados. Así matamos dos pájaros de un tiro. Independencia en el CGPJ y también las últimas instancias jurisdiccionales. Ganamos todos. Todos… excepto aquellos que tienen la potestad para modificar las leyes.