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Contra la amnistía del procés

En otoño de 2017 se produjo en Cataluña una grave insurgencia contra el orden constitucional. En abierta desobediencia al Tribunal Constitucional, en el Parlamento catalán se aprobaron, vulnerando los procedimientos y los derechos de las minorías parlamentarias, las leyes de ruptura que declararon la constitución de la República catalana y la desconexión con el resto de España; y el Gobierno catalán presidido por Carles Puigdemont organizó un referéndum ilegal, para lo cual utilizó datos personales de manera ilegal y se malversó dinero público. También hay que recordar que se instigaron alzamientos tumultuarios para impedir la acción de la Justicia y la intervención policial. El presidente de la Generalitat llegó a declarar la independencia de forma unilateral. En definitiva, como constató el Tribunal Constitucional, las autoridades catalanas se situaron “por completo al margen del derecho…, entrando en una inaceptable vía de hecho”, dejaron “declaradamente de actuar en el ejercicio de sus funciones constitucionales y estatutarias propias” y pusieron “en riesgo máximo, para todos los ciudadanos de Cataluña, la vigencia y efectividad de cuantas garantías y derechos preservan para ellos tanto la Constitución como el mismo Estatuto. Los deja[ron] así a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno”. Concluyendo que un “atentado tan grave al Estado de derecho conculca por lo demás, y con pareja intensidad, el principio democrático” (STC 114/2017, de 17 de octubre, FJ. 5).

Frente a tan grave ataque a nuestra democracia, las instituciones defendieron el orden constitucional como corresponde en un Estado de Derecho: el Tribunal Constitucional anuló las leyes de ruptura; se aplicó el art. 155 como mecanismo previsto constitucionalmente para la coerción federal para reaccionar ante incumplimientos legales y graves atentados contra el interés general por parte de las CCAA; y se abrieron procesos penales frente a los líderes de los movimientos tumultuarios que fueron sentenciados y condenados por graves delitos tras el correspondiente proceso judicial celebrado con todas las garantías.

Recordamos esto ahora porque, seis años después de aquellos acontecimientos, sus principales responsables, especialmente el Sr. Puigdemont, prófugo de la Justicia española desde entonces, reclaman una amnistía como condición para apoyar la investidura del presidente Pedro Sánchez.

Una pretensión que desde Hay Derecho consideramos que no debe de asumirse en ningún caso. Por un lado, parecen existir sólidos argumentos técnicos para  defender la inconstitucionalidad de una amnistía de estas características de acuerdo con nuestro actual marco constitucional. Pero, aunque esto fuera discutible en el plano jurídico, en el presente contexto la amnistía al procés supondría un gravísimo ataque a nuestro Estado democrático de Derecho, tal y como se recogió en la Constitución de 1978, poniendo así en riesgo las reglas básicas de convivencia y las garantías de los derechos de los ciudadanos.

En primer lugar, porque, si cualquier amnistía supone una medida de gracia extraordinaria que rompe la igualdad ante la ley, el problema se hará más visible cuando determinadas personas se vean libres de toda responsabilidad penal mientras otras cumplan sus penas por los mismos delitos. Además, conceder una amnistía como parte de una negociación para la investidura de un Gobierno es comprar impunidad a cambio de votos. La degradación más evidente de un Estado de Derecho. Ninguna de las amnistías que se han concedido en los últimos años en las democracias de la Unión Europea ha sido a cambio de una votación de investidura.

En segundo lugar, porque quienes se beneficiarían de la misma ni han reconocido la ilicitud de sus actos ni muestran signos de un compromiso para favorecer la convivencia democrática en nuestro país. Todo lo contrario: reivindican la legitimidad del 1-O y mantienen un “Ho tornarem a fer!”. En este contexto, la concesión de la amnistía no es una forma de reconciliación o perdón propia de situaciones de transición de la dictadura a la democracia, de periodos posteriores a una guerra civil o como vía para la pacificación de un conflicto armado, sino la deslegitimación del Estado de Derecho, asumiendo el marco de que el Estado español es un Estado autoritario y no una democracia europea homologable con las de la UE e incluso superior a varias de ellas de acuerdo con rankings tan prestigiosos como los de The Economist, V-Dem o Freedom House.

Y, en tercer lugar, porque el hecho de que quienes lideraron aquella insurgencia lo hicieron invocando una causa política en defensa de un inexistente derecho de autodeterminación no resta un ápice del reproche que en términos democráticos y jurídico-penales pueda hacerse de sus actos. No cabe realizar un juicio favorable sobre las motivaciones de quienes entonces actuaron rompiendo las bases de la convivencia democrática y, reiteramos, la respuesta del Estado en defensa de la Constitución se adecuó a los estándares propios de un Estado democrático de Derecho, por lo que no estaría justificada una amnistía que a la postre vendría a legitimar la ruptura y a cuestionar la legítima respuesta del Estado, es decir, a darle la razón a los independentistas y su discurso sobre la falta de democracia real en España.

Insistimos en que este problema no se reduce a una mera cuestión técnico-jurídica; nos jugamos el Estado democrático de Derecho que instauró tras una larguísima dictadura la Constitución de 1978, que es el marco de nuestra convivencia democrática. Las intenciones de quienes pretenden estas cesiones son claras: puesto que carecen de las mayorías necesarias para reformar la Constitución por las vías en ella establecidas lo intentan primero por la vía de hecho y ahora por la vía de unas concesiones que vaciarían de contenido la propia Constitución, dejándola como una mera carcasa donde todo cabe; siempre habrá juristas dispuestos a venderse, y desgraciadamente las instituciones de contrapeso, como el Tribunal Constitucional, acusan una evidente falta de auctoritas, debido a su colonización y captura por parte de los principales partidos.

Por todas estas razones, desde Hay Derecho creemos necesario expresar enérgicamente nuestra oposición a que pueda concederse cualquier forma de amnistía para las infracciones y delitos cometidos en el procés a cambio de unos votos para la investidura. Más allá de la constitucionalidad de la ley, no se dan las condiciones necesarias para que se produzca; de hecho, hace pocos meses se rechazaba frontalmente por muchos representantes del Gobierno que ahora la defienden. No se trata de una cuestión técnica que afecta sólo a los juristas, sino de un gravísimo riesgo: sin Estado de Derecho digno de tal nombre los ciudadanos quedamos indefensos pues desaparecen la igualdad entre los ciudadanos, los límites al poder y la seguridad jurídica. Así empiezan a morir las democracias.

Los deberes que acumula España en materia de Estado de derecho en vísperas del 23J

Los deberes que acumula España en materia de Estado de derecho en vísperas del 23J

La Comisión Europea publicó el pasado 5 de julio su Informe sobre el Estado de derecho en 2023. En él se señalan una serie de recomendaciones en línea con las peticiones que plantea la Fundación Hay Derecho y otras organizaciones de la sociedad civil. Las próximas elecciones constituyen una oportunidad para que el gobiernos resultante cumpla con sus deberes. Una tarea que, dada la gravedad de algunos de estos retos, también deberá contar con el apoyo de una oposición a la altura de las circunstancias.

En primer lugar, la Comisión Europea señala como principal problema la situación del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En línea con el Manifiesto por la reforma institucional elaborado por la Fundación Hay Derecho, la Comisión Europea considera prioritario que se renueve el CGPJ, cuyo bloqueo afecta al correcto funcionamiento del sistema judicial. En particular, es especialmente preocupante la forma en que afecta a la labor del Tribunal Supremo, donde el 30% de las plazas de magistrado están vacantes, lo que se traduce en 1230 resoluciones menos al año, además de producir retrasos en la preparación de informes obligatorios sobre los proyectos de ley. Desde la Fundación Hay Derecho, nuestra propuesta es que esta renovación se realice a través del mecanismo de sorteo, que puede aplicarse para designar a una serie de candidatos cuya experiencia profesional haya sido previamente revisada por una Comisión Técnica.

Además del desbloqueo en la renovación, la Comisión considera igualmente prioritario proceder a la reforma del sistema de elección del CGPJ con el fin de adaptarla a los estándares europeos, que exigen que los vocales del CGPJ que sean jueces y magistrados sean elegidos por sus pares. El sistema actual contraviene la STC 108/1986, privilegiando el reparto partidista de los vocales y dañando la calidad técnica y la independencia del órgano. No puede perderse de vista que la percepción de independencia judicial tiene en nuestro país niveles bajos tanto entre ciudadanos (34%) como entre empresas (34%), según datos de la propia Unión Europea. Estas propuestas de reforma, que están en plena coherencia con lo que defiende Hay Derecho, deben contemplar sin embargo precauciones para evitar que las asociaciones judiciales mayoritarias acaben imponiendo una mayoría de candidatos afines, tal y como ya hemos señalado anteriormente

En relación con el Ministerio Fiscal, la Comisión Europea considera prioritario reforzar la independencia de la Fiscalía, disociando el tiempo de mandatos del Gobierno respecto de los del Fiscal General, tal y como propone nuestro Manifiesto por la reforma institucional. Además, también destaca la recomendación del GRECO en su cuarta ronda de evaluación, vinculada con aumentar la autonomía presupuestaria, normativa y formativa para el Ministerio Fiscal. Desde la Fundación Hay Derecho venimos señalando que reforzar el Estatuto del Ministerio Fiscal es especialmente importante debido a su modelo de gobernanza, que concentra enormes poderes en el Fiscal General desde el punto de vista de la organización interna y la gestión de la carrera fiscal. Al fin y al cabo, el Fiscal General del Estado propone a los cargos máximos de la Fiscalía con total discrecionalidad. Por lo demás, el refuerzo de la independencia no solo requiere disociar los mandatos de Gobierno y Fiscal General, sino también un sistema objetivo de promoción en la carrera fiscal que respete los principios constitucionales de mérito y capacidad, tal y como ha señalado Hay Derecho en sus alegaciones al informe de la Comisión Europea.

El informe de la Comisión también reseña como problemáticos una serie de problemas derivados del funcionamiento del procedimiento legislativo. Como señala nuestro Informe sobre el Estado de derecho en España, el principal problema que afecta al proceso legislativo en España hoy en día tiene que ver con el uso excesivo e injustificado del decreto-ley. Además de privar a nuestra sociedad de la deliberación exigible para elaborar leyes en condiciones democráticas, es habitual que el uso abusivo del decreto-ley sirva para regular materias totalmente diferentes y heterogéneas en absoluto relacionadas entre sí, tal como ilustran recientes artículos en nuestro blog publicados bajo la serie El parlamento en el Foco. Esto favorece formas de legislación apresuradas que, proponiendo diferentes medidas como un todo homogéneo, impiden que las formaciones políticas examinen estas cuestiones por separado con el detalle que merecen. Por estas razones, resulta sorprendente la ausencia de recomendaciones por parte de la Comisión Europea en este sentido. El Parlamento es el corazón de los sistemas democráticos, y como tal, debería ser objeto de un mayor cuidado. Es por eso que nuestro Manifiesto por la Reforma Institucional propone una reforma de su reglamento con objeto de aumentar las garantías de los procedimientos legislativos.

Junto con las cuestiones que afectan a nuestras principales instituciones, la corrupción sigue siendo un problema importante para nuestro país que requiere todavía grandes esfuerzos. En relación a la investigación y enjuiciamiento de los delitos asociados a la corrupción, la Comisión Europea recomienda solucionar el problema vinculado con la duración de los mismos, especialmente en relación a la corrupción de alto nivel. Para ello, se recomienda en particular finalizar la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La Fundación Hay Derecho ya indicó en sus alegaciones que el principal problema tiene que ver con que no se ha derogado el plazo máximo de instrucción penal introducido por la reforma de la LECr de 2015. Dado que los casos de corrupción son complejos de investigar, estos plazos máximos tan exiguos pueden conducir al archivo de causas, dejando impunes las conductas delictivas. El retraso en los procedimientos se vincula también con la falta de equipos especializados, como reconocen asociaciones de jueces y magistrados y la Fiscalía Anticorrupción en sus alegaciones.

La Comisión apremia también a España a realizar mayores avances en la regulación sobre conflictos de intereses. Específicamente, debe reforzar  la independencia y la autonomía de la Oficina de Conflictos de Intereses y finalizar la tramitación de la ley sobre los grupos de interés, que debe crear un registro público obligatorio de dichos grupos. Tras la convocatoria de elecciones, no parece que ninguna de estas dos cuestiones vayan a tener solución hasta la próxima legislatura, como reconoce el propio Gobierno en sus alegaciones a la Comisión. Un retraso preocupante que se suma al que afecta a los derivados de la trasposición tardía de la directiva sobre denunciantes de corrupción, hecho por el que España fue demandada ante el TJUE. Es previsible que este retraso afecte tanto al desarrollo de una Estrategia nacional contra la corrupción como a la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.  Además de estos retrasos, que afectarán a todas aquellas personas perseguidas por denunciar la corrupción, desde la Fundación Hay Derecho también destacamos dos motivos más para la preocupación. En primer lugar, la ley nace con insuficiencias derivadas de excluir la protección de aquellos casos vinculados con expedientes de contratación que contengan información clasificada o hayan sido declarados secretos o reservados. En segundo lugar, existen motivos razonables para dudar de la independencia de una Autoridad Independiente vinculada al Ministerio de Justicia. A pesar de la gravedad de estos problemas, que la Fundación señala en el Manifiesto por la Reforma Institucional, la Comisión Europea no ha emitido recomendaciones específicas al respecto.

Hubiera sido deseable, finalmente, mayor contundencia por parte de la Comisión en relación a los problemas que derivan de la modificación del delito de malversación, sustanciada a través de la Ley Orgánica 14/2022. Como señaló Alejandro Coteño en un artículo de nuestro blog, el problema de esta reforma tiene que ver con el hecho de que castiga con menor dureza aquellas conductas delictivas vinculadas con la malversación en las que no se exista ánimo de lucro de naturaleza privada. Una decisión que privilegiaría injustificadamente este tipo de casos, donde el daño al patrimonio público puede ser igual o incluso mayor, especialmente cuando lo que se busca es privilegiar a determinados partidos políticos.

Todas estas cuestiones merecen ser el centro de los programas de reforma que propongan los diferentes partidos que concurren a las próximas elecciones del 23 de julio. La próxima legislatura supone una oportunidad histórica para reforzar nuestro sistema político en un contexto internacional marcado por las amenazas a la democracia. La sociedad civil debe ser consciente de este reto, exigiendo a sus representantes que doten al país de instituciones capaces de encauzar de forma democrática los importantes conflictos sociales que hoy sufrimos.

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Sobre si la enfermedad parlamentaria es crónica o terminal

Si este blog ha decidido publicar una serie de entradas bajo el título “El Parlamento en el foco” dedicadas a analizar el mal funcionamiento de la institución (abuso del Decreto-Ley, de las mociones de censura, del procedimiento legislativo, banalización del control al Gobierno, desnaturalización de las comisiones de investigación, mala técnica normativa, etc.) es porque cabe presumir que nos encontramos ante síntomas persistentes reveladores de una enfermedad de fondo. Enfermedad que no puede ser pasajera o transitoria, porque la padecemos desde hace demasiado tiempo (y no somos los únicos). La cuestión, entonces, es ver si se trata de una dolencia crónica –por lo que con ciertas adaptaciones y mejores hábitos de vida podríamos seguir tirando, mal que bien- o hemos llegado ya a un punto irreversible cuyo desenlace solo puede ser la muerte del paciente, a medio o corto plazo.

Los Parlamentos han disfrutado de una mala salud de hierro desde hace aproximadamente un siglo. El primero que detectó la enfermedad, entonces incipiente, fue Carl Schmitt. Pero para comprender de manera adecuada su gestación es necesario remontarse a los principios básicos sobre los que está construida la democracia representativa. La idea fundamental es que los diputados no representan intereses individuales (como ocurría con el sistema estamental del mandato imperativo) sino el interés supremo de la nación, que es algo más, pues aúna la voluntad de las generaciones pasadas y el interés de las generaciones venideras, de los muertos, de los vivos y de los no nacidos: una voluntad y un interés permanentes. La forma ante la que se articula ese interés superior es, al menos teóricamente, a través de la deliberación y del debate, de ahí que se hable de democracia deliberativa. Solo por la trascendencia de la discusión puede justificarse la existencia de un órgano colegiado en el que los representantes son independientes de los representados, pues en otro caso tal cosa perdería gran parte de su sentido. Es esa independencia la que permite persuadir y ser persuadido, a través de un cruce de argumentos y de opiniones que faciliten determinar con mayor acierto dónde reside el interés general de la nación.

En cuanto en qué consiste concretamente ese interés existía una diferencia entre una minoría de liberales “doctrinarios” que consideraban que a través del debate era posible alcanzar una verdad compartida, y una mayoría de liberales individualistas que lo entendían más como una negociación para transar intereses individuales opuestos, sujeta a la decisión final de la mayoría de turno. Pero, en cualquier caso, no existía una diferencia práctica sustancial entre unos y otros porque el sistema estaba montado sobre una pequeña trampa: el sistema censitario limitado. Solo votaban los propietarios, es decir, la clase burguesa, que se consideraba la única competente para interpretar adecuadamente el interés de la nación, lo que, dada esa comunidad de intereses, facilitaba el debate y/o la negociación en sede parlamentaria.

Pero cuando, como consecuencia de la evolución social y económica de la sociedad capitalista, se  amplía la base democrática y se llega al sufragio universal y a la democracia de masas, surge entonces un conjunto de partidos políticos que se alinean perfectamente con los intereses de clase. El político profesional comprende ahora que más que a los intereses generales de la nación, ante quién debe responder de manera inmediata es a los intereses de su clase de electores, y si no lo comprende bien (quizás porque todavía pueda pensar que existe algo así como el bien común), ahí está el partido político para recordárselo por si fuera necesario. El mandato sigue siendo representativo, pero por vías informales los partidos se las apañan con bastante éxito para fortalecer la vinculación con sus electores particulares característica del mandato imperativo imponiendo disciplina interna a sus diputados (listas electorales cerradas bajo control del partido, multas en caso de desobediencia, pactos antitransfuguistas, etc.).

El debate, entendido como medio idóneo para determinar la verdad o el interés general de la nación, es definitivamente abandonada por unos y por otros. Tanto desde la perspectiva liberal como socialista, lo que existen son intereses, en plural, y la responsabilidad de unos y de otros es sacar adelante los propios por la vía más expeditiva posible, normalmente por la de la mayoría, si es aritméticamente factible, desplazando sin contemplaciones a las opciones competidoras. Solo si no hay más remedio procederá transigir sobre ellos, como ocurre en cualquier negociación. Pero esa transacción se hará por los jefes de partido de manera reservada y al margen del Parlamento, que queda limitado a una mera función de ratificación de lo acordado. Los diputados no pueden cambiar de opinión como consecuencia del debate parlamentario, que queda relegado a un mero expediente formal, de tipo casi publicitario para difundir la línea del partido entre los propios, sin ninguna pretensión de persuadir a los representantes de otros partidos. La decisión de la mayoría no se entiende como un mero recurso práctico para poner término a la discusión cuando se ha contemplado el asunto desde todas las perspectivas y se ha dicho todo, sino, conforme al principio del consentimiento, como la legítima voluntad del Estado (auctoritas, non veritas facit legem).

Este es precisamente el meollo de la crítica que realiza Carl Schmitt al parlamentarismo de su época[1]: carece de sentido un parlamentarismo basado en el mandato representativo, pero donde no hay debate dada la incompatibilidad de intereses particulares, lo que aboca a la dictadura de la mayoría de turno, que solo se va a preocupar de sacar adelante los propios. Para eso es mejor un líder fuerte que sepa captar y representar el interés general de la nación. El que la alternativa que proponía terminase resultando mucho peor no desmerece la agudeza de la crítica.

El problema es que, con el advenimiento de la última fase de la representación política, en la que ahora nos encontramos, la cosa se agrava todavía más. Por el propio desarrollo del sistema capitalista y su posterior globalización, ese alineamiento de intereses entre electores y representantes, aunque fuese mediado a través del partido, empieza a resquebrajarse. El binomio trabajadores/burgueses, que tan cómodo había resultado a los partidos en un momento histórico, se transforma en una creciente constelación que incorpora incesantemente nuevas categorías: trabajadores urbanos/rurales, indefinidos/temporales/parados, nacionales/inmigrantes, hombres/mujeres, funcionarios/autónomos, activos/jubilados, jóvenes/mayores, propietarios/alquilados, etc. La consecuencia es una grave desorientación en el seno de los partidos. Amenazados en sus cuotas de poder y en la propia subsistencia de su actividad profesional, los políticos necesitan urgentemente algo que recupere un poco del orden perdido, que permita identificar con mayor claridad a los representados, pero ahora en beneficio exclusivo de los representantes, que se juegan en eso el ser o no ser, su propia existencia de “representantes” profesionales. El paradigma de la representación de intereses se mantiene, pero donde no los hay claros y definidos es necesario incentivarlos o incluso crearlos, aunque sea artificialmente. Y eso lo proporciona la política de la identidad y el populismo.

La demanda en política casi nunca ha sido exógena, sino que depende en gran medida de las acciones de los políticos, pero en esta última fase del capitalismo dicha circunstancia es todavía más acusada. Ya no estamos en el antiguo paradigma de ciudadanos en busca de representantes, sino de representantes en busca de representados. De ahí que los políticos necesitan elegir una serie de cuestiones o posicionamientos que singularicen la política de cada partido y lo diferencien así de los demás en el mercado electoral, ya sea en relación al nacionalismo en cualquiera de sus variedades (autorregulación, secesionismo, centralismo, aislacionismo, etc.), o a las llamadas guerras culturales (política de género, aborto, revisionismo histórico, libertad religiosa, etc.) o a cualquier tema social especialmente sensible (inmigración, vivienda).

La selección y agrandamiento de fracturas en el electorado deviene la tarea prioritaria. Una vez seleccionado el correspondiente menú, se insiste machaconamente en él para manifestar su relevancia y preminencia frente a cualquier otra cuestión respecto a la cual la política del partido sea menos nítida o necesariamente más compleja, radicalizando además las posturas para que no sean posibles componendas de ningún tipo que enturbien la necesaria delimitación entre “nosotros” y “ellos”. De esta manera, se fideliza al votante, evitando desafecciones y minimizando la rendición de cuentas por las gestiones ineficientes, pero se complica todavía más la posibilidad de desarrollar cualquier proceso de discusión que permita persuadir o ser persuadido. Más bien se huye de ello, porque un cambio de política en este tipo de cuestiones no haría otra cosa que desorientar al electorado, por mucho que pudiera estar justificado desde el punto de vista de los intereses generales. De lo que se trata es de construir una mayoría para sacar adelante los “mensajes” oportunos, más que las normas (aunque se disfracen bajo su forma) cuyo impacto real en la sociedad pasa a ser secundario. Es lo que hemos denominado en este blog “legislar para la foto”. No es extraño que ni su corrección técnica ni el procedimiento necesario para sacarlas adelante tengan especial interés. Tampoco, lógicamente, si han resultado útiles para lograr la finalidad formalmente pretendida (porque, en el fondo, esa no era la real).

La cuestión principal, como anunciábamos al principio de este post, es si esta enfermedad es mínimamente reconducible, o hemos llegado ya a un punto en que el advenimiento del líder fuerte -aunque en esta ocasión no sea bajo la forma del fascismo, sino sobre la más light de la llamada democracia iliberal- constituye la evolución inevitable del sistema (como consecuencia de inevitable proceso de desconfianza, desafección, hartazgo, y frustración acumulada, detectable desde hace tiempo en muchos países). Es una cuestión que merece mucho más espacio del que ahora tengo a mi disposición, pero sí me gustaría adelantar algunas ideas.

La principal es que debemos ser tener en todo momento presente las razones por las que el parlamento funciona mal. No se debe a que los diputados sean menos competentes o peores personas que el ciudadano medio. Tampoco a su diseño. No es un simple problema de que el Reglamento del Congreso esté desfasado. Es un problema derivado de los incentivos profesionales de los políticos en un determinado marco social y económico. Pero sentado esto, lo que verdaderamente importa es ser conscientes de que nosotros somos sus incentivos profesionales. Es verdad que la demanda en política no es exógena, pero quizás no deberíamos ser presas tan fáciles. Los estudios nos dicen que la sociedad está mucho menos polarizada que la política (aquí), aunque esa polarización ha ido creciendo con el tiempo, lo que casa perfectamente con la explicación que venimos ofreciendo. Por eso, lo que debemos hacer es ofrecer un poquito más de resistencia. Es verdad que casi todos los partidos incurren en vicios parecidos, pero hay diferencias (de hecho, los hay que querían presentar directamente en sus listas a condenados por asesinato). Pero me interesan más ahora las diferencias entre los políticos de los mismos partidos. Lo que resulta peligrosísimo es que prefiramos votar masivamente a los más vocingleros, divisivos y cañeros (o cañeras) frente a los más serenos y aburridos. Nos pone, sin duda, pero por esa vía la enfermedad es terminal.

Además, y esta es otra idea a tener muy en cuenta, aunque es verdad que los incentivos de los políticos tienden a fomentar la polarización, no ocurre lo mismo con los de los ciudadanos. Nuestra lealtad incondicional al partido de turno está mucho menos justificada que en la época clásica de la democracia de masas, cuando los intereses sociales estaban bastante más marcados, “y no había nadie más tonto que un trabajador que votase a la derecha”. No niego que en la actualidad existan graves conflictos de intereses, por supuesto, pero en muchas ocasiones esos conflictos los vivimos en persona y son mucho menos proclives a la dialéctica amigo-enemigo. Los jubilados quieren mantener el poder adquisitivo de sus pensiones, sin duda, y los propietarios una fiscalidad baja, pero también son los abuelos de los jóvenes en paro o sin posibilidad de acceder a una vivienda perjudicados por esas políticas. Esta circunstancia permitiría, al menos en teoría, generar auténticos debates de políticas públicas -y no solo meras negociaciones- en busca de las soluciones que más se aproximen al interés general.

Por último, no basta solo con resistirse a la hora de votar. Debemos seguir denunciando las ineficiencias del sistema. Especialmente, debemos seguir defendiendo los principios básicos sobre los que está construido el parlamentarismo: la representación de los intereses generales, el debate como medio para alcanzarlos, el escrupulosos respeto al procedimiento y a los derechos de la minoría para que ese debate sea posible, la fiscalización del impacto de las normas para comprobar quién tenía razón, etc. Sobre todo eso llevamos mucho tiempo trabajando en nuestra Fundación. Hay que seguir insistiendo y machacando sobre los principios, porque cuando no haya nadie que lo haga, quizás porque reconozcamos que ya no tienen importancia para nadie, entonces es cuando habremos transitado definitivamente a otra vida, seguramente peor.

 

[1] C. Schmitt, Los fundamentos histórico-espirituales del parlamentarismo en su situación actual, 1926. Hay edición española, Tecnos, 2008, pp. 151 y ss.

De gira con la IA

Con motivo de la publicación del libro “Que los árboles no te impidan ver el bosque. Caminos de la inteligencia artificial” (Editorial Círculo Rojo, septiembre 2022), hemos emprendido una gira con el fin de promover el debate público sobre los beneficios y los riesgos que entraña la llegada de la inteligencia artificial (IA) a nuestras vidas. Con esta vuelta a España estamos cubriendo etapas de diferente naturaleza o formato: debates, entrevistas, coloquios, conferencias o artículos, así analógicos como digitales.

En cuanto al libro en cuestión que dio origen a todo esto, nos complace sugerir a los lectores de estas líneas la amplia y detallada reseña del jurista y profesor universitario Rafael Jiménez Asensio, creador del blog La Mirada institucional.

El Estado de Derecho y la inteligencia artificial, ¿qué pueden hacer el uno por el otro en beneficio de ambos y, por ende, de la sociedad? Este blog ¿Hay Derecho? —que va camino de las 4500 entradas— se viene planteando esta pregunta desde muy diferentes puntos de vista. De momento, son cerca de medio centenar los posts en los que la IA es objeto de atención, en mayor o menor grado.

La arquitectura institucional que protege la dignidad del individuo, la igualdad ante la ley de todas las personas, la universalidad de sus derechos y la garantía de sus libertades, con la consiguiente responsabilidad individual, no está atravesando por sus mejores momentos en nuestro país. El 1er informe sobre la situación del Estado de Derecho en España, 2018-2021 que —inspirado en el estudio que realiza periódicamente la UE— acaba de presentar la Fundación Hay Derecho da cuenta del preocupante momento que vivimos. Y según el Índice de Estado de Derecho, que anualmente elabora World Justice Project, España ocupa el puesto 21 entre los 25 países mejor evaluados.

Así que, tenemos ante nosotros muchos, importantes y urgentes aspectos del Estado de Derecho cuyo funcionamiento requiere ser mejorado para, así, revitalizar la credibilidad de las instituciones que lo encarnan y, consecuentemente, fortalecer la confianza de los ciudadanos en ellas.  Unos aspectos son de naturaleza política; otros, eminentemente técnicos.

Entre los primeros, los autores del citado informe destacan el abuso que supone la deslegitimación de un poder del Estado por parte de los integrantes de otro, la ocupación partidista de las instituciones de contrapeso o el menoscabo de la función legislativa del Parlamento. Pero para ninguno de ellos tiene respuesta la IA. El tipo de problemas para los que la IA puede —debería— ofrecer soluciones son, obviamente, de carácter técnico, a saber:

  • En el área del Poder Judicial, subrayamos los problemas con la ejecución de las sentencias firmes. En España, el tiempo medio del procedimiento de ejecución es notoriamente superior al de países como Francia, Bélgica o Luxemburgo, Hungría, Estonia o Lituania. “Es imprescindible —citamos textualmente— utilizar adecuadamente los recursos para fortalecer la ejecución de las resoluciones judiciales, apostando por la digitalización del sistema”. Pero una cosa es invertir en tecnología (IA, en este caso) y otra, muy diferente, es la inversión previa en la inteligencia y capacidades necesarias para modernizar la cultura organizativa de las instituciones en las que se pretende operar un cambio tecnológico, un paso previo imprescindible sin el cual la pura digitalización está condenada al fracaso.
  • En el área del Poder Legislativo el problema que destacamos es el derivado de la “ingente producción normativa que provoca que las leyes en España cambien continuamente” lo que, consecuentemente, produce molestia para los juristas, inseguridad jurídica para los ciudadanos y una mayor dificultad para establecer líneas jurisprudenciales. En “Las cuatrocientas mil normas de la democracia española”, se señalan como fuentes de la complejidad de la normativa estas tres: 1) El número excesivo de normas, 2) Los problemas lingüísticos y 3) La complejidad relacional, una tríada de asuntos para la que un uso juicioso de la IA resulta apropiado, importante y urgente, previo análisis de las necesidades del conjunto del ordenamiento jurídico español.
  • Y en las áreas transversales que, en modo alguno, resultan ajenas al Poder Ejecutivo, nos hacemos aquí eco de 1) la transparencia, 2) la rendición de cuentas y 3) la lucha contra la corrupción. Se trata de un nuevo trío para el que solicitamos no solo un uso intensivo de IA sino también —y previo a todo ello— una urgente actualización de los presupuestos conceptuales sobre los que descansa la praxis de sus elementos: transparencia, responsabilidad y corrupción. Unas prácticas que hoy se han quedado, por insuficientes, notoriamente anticuadas. Porque dirigirse hacia el futuro mirando únicamente por el retrovisor (pasado) no es una buena idea.

La otra cara de nuestra propuesta —cómo el Estado de Derecho puede favorecer el desarrollo humanista de la IA— se condensa en una sola palabra: Regulación. ¿Debe regularse el desarrollo de la IA? Sí, sin duda de ningún género. Pero ¿dónde y cómo? Estas son dos de las cuestiones que más atención están mereciendo en nuestra gira por España.

  • Por dónde queremos decir ¿en qué eslabón de la cadena de valor de la industria IA debemos incorporar medidas regulatorias? Los defensores del imperativo tecnológico (la tecnología es neutra y avanza según sus propias leyes, más allá de la voluntad del ser humano) insisten en la necesidad de regular al final de la cadena, esto es, en el uso de los dispositivos IA ya creados. Los defensores del constructivismo social (la tecnología no es neutra pues su desarrollo está determinado por los valores e intereses de cada época) defendemos —no en lugar de, sino además de lo anterior— la necesidad de la regulación ab initio, esto es, en los laboratorios, allá donde tiene sentido preguntarse ¿para qué? Porque, como sostiene Margaret Boden, “debemos tener mucho cuidado con lo que inventamos”.
  • Y por cómo nos preguntamos por los criterios regulatorios que se deben aplicar. Según el estudio de la Fundación BBVA sobre Cultura Científica en Europa, a la pregunta “¿Cree usted que la ética debe poner límites a los avances científicos?”, 42 de cada 100 españoles responden que no, mientras que en el Reino Unido este porcentaje es del 33, entre los franceses es el 25 y solo 15 de cada 100 alemanes responden que no. A ese 42 % de españoles que opinan que la ética no debe poner límites a los avances científicos, queremos recordarles que todo poder ilimitado es tiránico, así en la política como en la ciencia. En nuestra opinión no hay ninguna justificación posible a un desarrollo científico ilimitado, como no sea en defensa de los intereses económicos que lo promueven. Ninguna. Toda innovación científica y tecnológica es impulsada por una determinada combinación de estas cinco fuerzas: La curiosidad del científico, la búsqueda de soluciones a problemas de salud, la mejora de la eficiencia de la actividad humana, la automatización de tareas repetitivas o peligrosas y la economía de inversores y operadores. Este es el lugar para recordar que, siendo todas y cada una de estas motivaciones ancestrales y legítimas, resulta obsceno esgrimir las cuatro primeras mientras que se omite la última, conducta que puede apreciarse en no pocos anuncios de novedades sin cuento.

Si algo cabe esperar del Estado de Derecho, es decir, de las instituciones que lo encarnan, es que garantice que el desarrollo de la IA sea coherente y respetuoso con la dignidad, la libertad, los derechos y las obligaciones de las personas. Lo cual pasa ineludiblemente, según nuestra opinión, por una regulación integral, es decir, ab initio y no solo de hechos consumados, en la que la ética y un enfoque centrado en el ser humano sean los protagonistas.

Ojalá estas líneas sirvan para fomentar el debate sobre estas y otras cuestiones de igual enjundia: ¿Es la IA fuente de nuevas formas de desigualdad social? ¿Cómo repercute la IA en el libre albedrío? ¿Es la perfección que anhela la tecnología compatible con la imperfección inherente a la condición humana? La revolución 4.0, además de cambiar nuestra forma de hacer, ¿está cambiando la esencia del ser humano? ¿Superará el alumno al maestro, la inteligencia artificial a su creadora, la inteligencia humana?

Esto es lo que perseguimos en nuestra gira por España: que la sociedad civil, empezando por el lector de estas líneas, se atreva a reflexionar y participe en el gobierno de este proceso, tan prometedor como inquietante, en lugar de dejarlo en manos de los poderes públicos y privados.

18 Enero- Presentación informe sobre la situación del Estado de Derecho

El Informe: “Midiendo el Estado de derecho: antes y después de la pandemia” (2018-2021) realizado por el equipo de investigación de Fundación Hay Derecho, en colaboración con la Cátedra de buen gobierno e integridad pública de la Universidad de Murcia, pone de manifiesto importantes y preocupantes agujeros negros de la reglas del juego democráticas en nuestro país. 

Si no pudiste acudir a la reciente presentación en la oficina del Parlamento Europeo en Madrid, aquí tienes una nueva oportunidad para adquirir conocimientos importantes con los que comprender y navegar por la preocupante actualidad.

¿Cuándo y dónde?

Miércoles 18 de enero a las 19.00 hs en el Salón de Actos del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid. Calle Serrano 9

Programa

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Introducción y moderación

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La mejor manera de impulsar la educación para la ciudadanía en políticos y periodistas

La propuesta de introducir en el currículum educativo de la enseñanza secundaria una asignatura específica dedicada a fomentar los valores comunes de los ciudadanos (“Educación para la ciudadanía”) ha sido formulada de manera reiterada en los últimos años, aunque con escaso éxito. Fernando Savater, quizás su principal valedor, la considera “fundamental” para fomentar la aceptación de que “hay opiniones diferentes y diversas” pero que, debajo de ello, hay un “fondo común que hay que respetar”(aquí).

Sin duda alguna, el Estado democrático de Derecho es un claro ejemplo de ese “fondo común” a respetar. Jean Françoise Rével se quejaba de lo difícil que resultaba hacer comprender a la gente que la democracia es el régimen en el que no hay una causa justa (puesto que cada uno considera así la suya) sino solo métodos justos. Esos métodos constituyen el fondo común.

Tener ese fondo en alta estima sería muy importante. Nos facilitaría escapar de la tentación de sacrificarlo en aras a nuestro propio interés a corto plazo, a modo del dilema del prisionero. Es decir, desde un punto de vista egoísta, nos interesa que los demás respeten siempre los métodos comunes, pero también eludirlos nosotros cuando puntualmente podemos obtener una ventaja con ello. Por eso, si hemos sido educados para valorarlos, no solo podremos identificarlos mejor, sino que, además, comprenderemos también mejor que esas actitudes oportunistas, cuando inevitablemente terminan por generalizarse, ponen en peligro la convivencia en perjuicio de todos.

A la vista de la actualidad política y mediática en España, que pienso que no hace falta describir, cabría preguntarse si las cosa habrían mejorado algo en el caso de que nuestros líderes políticos y directores de periódicos hubieran cursado dicha asignatura, pues últimamente se escribe mucho sobre la conveniencia de moderar el lenguaje y ser riguroso en los conceptos. La verdad es que cabe dudarlo, porque es difícil pensar que personas que se dedican profesionalmente a la cosa pública puedan ser unos completos ignorantes funcionales en esa materia. De hecho, personas muy formadas, cuando no ilustres profesores de Derecho Constitucional, son capaces de tergiversaciones y de contorsiones intelectuales absolutamente asombrosas con el fin de hacer avanzar unos milímetros la propia causa. Resulta difícil pensar que es debido a que hicieron pellas en educación para la ciudadanía.

Pero, quizás, podríamos pensar que no es tan importante que la hubieran cursado políticos y periodistas, al fin y al cabo contaminados por el poder, como el resto de los ciudadanos, capacitándoles así para no votar a los partidos ni comprar los periódicos que desprecien el fondo común. Pero de nuevo cabe dudarlo, a veces por los mismos motivos, pero especialmente porque todas las opciones políticas y periodísticas disponibles hoy en España incurren en parecidos vicios, y las que pretendieron escapar alguna vez de ellos (el famoso regeneracionismo de los nuevos partidos) incurrieron en algunos todavía peores.

Es difícil que una humilde asignatura pueda revalorizar de manera efectiva el aprecio por el fondo común, cuanto absolutamente todas las tendencias socioculturales presionan en un sentido contrario. La educación, tanto la buena como la mala, es casi siempre indirecta, al menos cuando se refiere a las cosas humanas. Y esa asignatura va a contracorriente de ciertos postulados omnipresentes que hemos heredado de la Modernidad y que pueden resumirse en la idea capital del pesimismo antropológico (visión del ser humano caracterizada por su egoísmo elemental). Pesimismo que, para unos, se resuelve en permitir a los ciudadanos seguir su propio interés sin trabas, con la esperanza de que de allí saldrá algo bueno y, para otros, en sujetarles a normas sin trabas para reconducirle en un sentido positivo, o muchas veces en una mezcla de las dos cosas. En cualquier caso, la conclusión es que el ciudadano siempre es un menor de edad, un animal irracional incapaz de motivarse por otra cosa que no sea el palo y/o la zanahoria.

Esa idea capital es la que explica el comportamiento de nuestros políticos y periodistas, algunas veces incluso bienintencionado. No es que los políticos y periodistas sean unos ignorantes funcionales (también de eso hay, claro) sino que quieren gobernarnos y dirigirnos en nuestro propio interés porque ellos sí nos consideran unos ignorantes funcionales. No por desprecio, claro, sino porque estamos ocupados en nuestros asuntos, sacando adelante el país con nuestro trabajo especializado, y no tenemos tiempo ni interés para otra cosa. Alguien nos debe gobernar, reconducir, apelando a nuestros sentimientos más bajos y elementales, que es la forma adecuada de movilizar a los grandes números. De esta manera el insulto, la exageración, la hipérbole, están plenamente justificados, y por mucho que protestemos van a seguir entre nosotros.

Esto explica también que la verdad tenga siempre en política una importancia muy relativa, al menos totalmente subordinada al progreso de la causa particular. No se busca hablar al ciudadano como un adulto e informarle con rigor, sino reconducirlo en un sentido adecuado, aunque sea forzando la realidad de los hechos, no se vaya a desviar y votar al partido equivocado. Por eso el político está totalmente legitimado para actuar en contra del espíritu e incluso de la letra de la ley, y el periodista cliente para justificarlo, porque lo hacen en beneficio de la causa justa. Pero, claro, cuando lo hace el contrario es un fascista, un golpista, un bolivariano o un filoterrorista.

En cualquier caso, conviene no confundir el lado emocional con el intelectual del asunto. No se trata de una pura representación teatral, porque la mayoría de los políticos y periodistas están verdaderamente indignados y escandalizados con los abusos del contrario, de tal manera que ven los propios como reacciones plenamente justificadas, cuya importancia es necesario minimizar en comparación. De esta manera, la indignación conduce a la mentira. Pero tampoco nos debemos llamar ingenuamente al engaño. Esto ha ocurrido siempre en política. Desde los orígenes de la democracia en Atenas, pero especialmente en la democracia moderna en casi cualquier lugar del mundo. Por supuesto ha pasado antes en nuestro país, casi con la misma virulencia.

¿Qué cabe hacer entonces al respecto, con el fin de contrarrestar este tipo de situaciones que amenazan llevarse a lo común por delante? Por supuesto que estoy totalmente a favor de implantar esa asignatura de educación para la ciudadanía, y hasta convertirla en master necesario para acceder a un cargo político o a la dirección de un periódico, pero mientras tanto se me ocurre un remedio mejor a corto plazo: reducir institucionalmente los motivos y las oportunidades de fricción que afectan a ese fondo común. Tapar los huecos institucionales que fomentan las luchas oportunistas entre facciones para controlar lo que debería ser de todos. No podemos olvidar que esta enorme crisis ha venido motivada por las luchas partitocráticas para dominar nuestras instituciones de control, especialmente el Poder Judicial. Si hubiésemos seguido hace tiempo los insistentes requerimientos de las autoridades europeas para reformar el Poder Judicial con el fin de apartarlo de las luchas partidistas, siguiendo las adoptadas unánimemente por nuestros vecinos (con la excepción de Polonia) nos hubiéramos ahorrado esta crisis. Nos hubiéramos ahorrado también las acusaciones de golpismo y de fascismo y este ambiente absolutamente irrespirable en el que vivimos. Hasta el caso catalán se hubiera gestionado mucho mejor y con menos acritud. Y lo mismo cabe decir del Tribunal Constitucional. Si unos y otros hubieran nombrado a personas de reconocida solvencia sin vinculaciones expresas con los partidos políticos, incluso de su propia línea ideológica, pero independientes de los aparatos, y no a esbirros al servicio del señorito de turno, esta crisis se hubiera desactivado casi sola. En definitiva, si carecemos del civismo necesario para respetar lo común, al menos limitemos al mínimo nuestras luchas tribales dejando al margen a las instituciones de control.

Por supuesto, las reformas institucionales no van a eliminar la hipérbole ni la mentira de la política. Para eso se necesita acabar con muchos de los prejuicios que nos ha legado la Modernidad, especialmente con el citado del pesimismo antropológico, y eso no se hace fácilmente, ni con asignaturas ni sin ellas. Pero, si hacemos las reformas oportunas, al menos seríamos capaces de bajar un poco la temperatura ambiente, tan importante en estos tiempos de ahorro energético, quizás lo suficiente para que lo común no salte por los aires.

Así que a los indignados y ofendidos de uno y otro bando les propongo dejar de denunciar emocionalmente los abusos ajenos y justificar intelectualmente las propias reacciones, y a cambio clamar por solucionar los problemas institucionales que nos han conducido hasta aquí. Seguro que las cosas mejorarían bastante.

Despedida del presidente (en la tormenta perfecta)

El despotismo, peligroso en todos los tiempos,
resulta mucho más temible en los democráticos.
No hay país donde las asociaciones sean más necesarias
para impedir el despotismo de los partidos o la arbitrariedad del príncipe,
que aquel cuyo estado social es democrático”

Alexis de Tocqueville (La democracia en América)

 

El 14 de noviembre de 2015, hace 7 años, tomaba posesión como presidente de la Fundación Hay Derecho. Había sido nombrado por “cooptación” entre los patronos, a la vista de que, tras unos infructuosos intentos, no nos había resultado fácil encontrar una personalidad mediática y relevante que además pudiera ejercer una presidencia activa y comprometida. Al final se decidió que fuera uno de los patronos fundadores y yo estaba en ese momento de vicepresidente.

Ayer, 20 de diciembre de 2022, cesé en tal función por voluntad propia, nacida de una reflexión surgida de la conveniencia de no dilatar la presencia de las personas en los cargos, por el apego y acomodo que estos suelen producir y, a su vez, por el riesgo de caer en un conservadurismo de gestión excesivo. Los patronos fundadores no tenemos plazo de duración por lo que la salida debía salir de mi mismo, si no quería que la iniciativa saliera de los demás.

No es un cambio decisivo en la Fundación porque en ella el presidente es un primum inter pares cuya función, aparte de las formales, es básicamente representar a la Fundación, aunar voluntades, mediar en las discrepancias y expresar, lo más bellamente que pueda, los elevados ideales de la fundación.

Durante estos años (no yo, sino la Fundación) hemos trabajado denodadamente por una idea esencial: es fundamental para el progreso de las naciones un Estado de derecho y unas instituciones fuertes que den seguridad política y económica y que permitan el progreso, facilitando que lo mejor sustituya a lo bueno y que lo antiguo e ineficiente desaparezca para dar paso a lo más eficiente, al tiempo que se respetan los derechos individuales en un sentido amplio. En lo que se refiere específicamente a España, hemos centrado nuestros esfuerzos en insistir en la necesidad de que los órganos de control, las agencias y, por supuesto, los poderes del Estado gocen de la independencia necesaria para llevar a cabo su trabajo bajo una premisa fundamental: no hay verdadera democracia sin Estado de derecho. Y eso significa que el poder debe estar dividido -porque todo poder tiende a abusar- y debe estar sometido a la ley que se impone a sí mismo y a los demás. Montesquieu argumentaba que «todo hombre que tiene poder se inclina a abusar del mismo; él sigue hasta que encuentra límites. Para que no pueda abusar del poder hace falta que, por la disposición de las cosas, el poder detenga al poder». Creer, como se repite incansablemente, que la voluntad popular debe reflejarse en todos los órganos del Estado es tan erróneo como entender que la Justicia se hace por votación o que el controlador debe depender del controlado. Por eso insistía Montesquieu: “Todo estaría perdido, si el mismo hombre, o el mismo cuerpo de los principales, o de los nobles, o del pueblo, ejerciese estos tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los crímenes o las diferencias entre los particulares.”

A esto se ha dedicado la Fundación todos estos años por medio de miles de posts (uno al día durante años), seminarios, estudios e informes (Tribunal de cuentas, transparencia y tantos otros), para culminar recientemente en la colaboración en el Informe del Estado de Derecho de la UE y la elaboración de nuestro propio Informe este mismo año, sin olvidar los ya consagrados Premios Hay Derecho.

Ahora estamos en un proceso de cambio que ha comenzado con el ingreso de nuevos patronos, amigos y staff para impulsar a la Fundación y que culmina con el cambio de la presidencia de Hay Derecho. Y se hace en el momento oportuno, porque este es un momento decisivo para el Estado de derecho, en el que el sistema ha hecho crisis.

Por supuesto, el problema no es algo reciente ni privativo del partido en el gobierno: viene de antiguo. La politización de los órganos se observa ya en ciertas sentencias del Tribunal Constitucional en los años 80 (sentencia de Rumasa) y en la modificación de la LOPJ para que el parlamento nombrara a todos los miembros del CGPJ. Desde entonces, la situación no ha hecho sino empeorar y el reparto partitocrático por cuotas de todos los órganos esenciales ha sido la norma porque a los dos partidos mayoritarios así les ha convenido, por sí solos o en compañía de los aliados que coyunturalmente han necesitado. Ha sido un modo de vida cómodo para la élite política y aunque constituía un abuso de las instituciones estaba disimulado por la anuencia de todos los implicados.

Sin embargo, el sistema comenzó a romperse con la crisis financiera y la subsiguiente aparición de nuevos partidos que obligaron a los mayoritarios a maniobrar. Podría ello haber incentivado un escenario positivo que permitiera la formación de gobiernos de coalición moderados que acometieran las reformas necesarias; pero lo que hemos tenido son alianzas extremistas que han tensionado el sistema y han hecho decisivo el control total de las instituciones, rompiendo con la tradicional rotación. El otro día decía en un tuit: “Un CGPJ y un TC politizados de derechas quieren evitar que se politice de izquierdas y el Ejecutivo de izquierdas quiere conseguirlo, para lo cual usan medios formalmente correctos y materialmente ilegales cuya valoración dependerá de los primeros (en parte) ¿Cuál es la clave?”. La clave es la politización de los órganos, claro. Unos “bloquean” el nombramiento para que no cambien las mayorías y otros quieren cambiar las mayorías para “desbloquear”. La realidad es que todos quieren controlar los órganos de control, y se tergiversa el significado de las palabras. Realmente, el PP no bloquea, porque no tiene derecho de veto y el que nombra es el Parlamento, no el PP: si se consiguen 210 diputados (los tres quintos, de los partidos que sean) se podrán conseguir los nombramientos deseados. El problema es que el PP no quiere entrar ahora en el reparto partidista porque no le conviene con un gobierno como el que tenemos. Y por ello rompe la abyecta tradición de reparto político de los órganos, aunque, a su vez, por motivos políticos. Y el PSOE, urgido por ciertos compromisos contrarios al interés nacional, desea ejecutar cuanto antes el cambio de poder en los órganos a su favor, que le posibilitará cumplirlos sin engorrosas anulaciones posteriores, como ocurrió con los estados de alarma. Ambos partidos son, obviamente, culpables de haber creado un caldo de cultivo de control partitocrático de las instituciones que, cuando ha llegado una coalición como la que sustenta hoy el gobierno, gravada con importantes hipotecas y con una inquietante deriva iliberal, ha propiciado un choque institucional permanente que pone en peligro todo el sistema, lo que inquieta a la propia UE (Hay Derecho ha remitido, en este sentido, una carta al comisario Reynders).

La situación se ha detenido, de momento, a causa de la resolución del Tribunal Constitucional que paraliza parte del proceso, pero eso no impide necesariamente el resultado final. Además, dicha resolución confirma el problema de fondo, pues resulta extraordinariamente sospechoso que sea la “mayoría conservadora” la que toma la decisión contra la “mayoría progresista”, dando pie a la fácil deslegitimación de un órgano que está destinado a juzgar de acuerdo con la ley y no en función de los intereses de quienes los nombraron.

La reacción de los representantes políticos a esta resolución y las de los días previos ha sido indigna y exagerada, y se han permitido usar sin ambages la retórica deslegitimadora a la que tristemente nos acostumbraron el procés y los partidos antisistema. Pero ya conocen los principios de la propaganda: repetir machaconamente una idea, agrupar a los enemigos bajo un solo símbolo, acumular los acontecimientos para no dar tiempo a reaccionar… Y ya se sabe que “los hombres civilizados son más descorteses que los salvajes porque saben que pueden ser más descorteses sin correr el riesgo que les partan la cabeza”, como decía el escritor de novelas de fantasía Robert E. Howard. La falta de violencia en la ruptura de las instituciones se ve compensada con la verbal, porque se sabe que no habrá violencia física (esperamos).

Pero, tristemente, no estamos hablando sólo de indignidad política. Lo grave es que se pueden producir reformas legales que reducirán, dando un pasito más hacia el precipicio, la calidad de nuestro sistema de controles. Viviremos más arriesgadamente, sin cinturón de seguridad jurídico, sin ABS institucional, y sin pasar ITV del Estado de derecho, porque tales controles serán puramente nominales, unas simples etiquetas de una inexistente alarma puestas en la puerta del piso para avisar los ladrones. Si se “desbloquea” el nombramiento de los miembros de los órganos de control, sin duda se producirán los nombramientos, pero estaremos peor que antes del bloqueo porque si todos los que se nombren responden a la mayoría del Parlamento, ni siquiera tendremos la apariencia de equilibro ni la contradicción de opiniones que el reparto por bloques permitía; simplemente se habrán fusionado los tres poderes en uno.

Y, lamentablemente, no podemos confiar en que la reversibilidad de estas reformas, de ahí la gravedad de la situación. Quizá la despenalización de la sedición o de la malversación tengan vuelta atrás, aunque no es de excluir que, entre tanto, ocurran lamentables accidentes como los de la ley del SI es SI. O incluso que sean buscados de intento, como una posible consulta o llamémosle X que ponga en cuestión la unidad del Estado. Pero, desde luego, la reforma del modo de nombramiento de los vocales del CGPJ es muy difícil de ser revertida, porque el poder que concede al partido en el gobierno es tal que el que venga después difícilmente tendrá incentivos para cambiarlo, como se demuestra con lo ocurrido en los últimos 40 años, pues nadie lo ha hecho a pesar de haberlo prometido.

Me despido de la presidencia en la tormenta institucional perfecta. Estoy seguro que el presidente entrante, Segismundo Álvarez, dejará el estandarte de Hay Derecho bien alto, como corresponde a su capacidad ética e intelectual. La Fundación, bajo su presidencia, seguirá contribuyendo a la mejora institucional en la medida de sus posibilidades aportando sentido común, sensatez, rigor y calma, en la confianza de que la palabra crisis implica decisión, y que una buena decisión puede hacer que tras la tempestad llegue la calma.

Decía Martin Luther King: “Nuestras vidas empiezan a terminar cuando guardamos silencio sobre aquellas cosas que importan”. Yo me callo, pero la Fundación seguirá hablando, porque hoy su voz es imprescindible.

Respetemos las reglas del juego

Imaginemos que en el mundial de fútbol el vigente campeón pudiera establecer las reglas, y también cambiarlas a lo largo del partido a su conveniencia: por ejemplo, estableciendo que no se aplique el fuera de juego cuando él ataca. Imaginemos también que en el partido no nos jugáramos la Copa del mundo sino nuestra libertad y prosperidad. Quizás así nos podamos hacer una idea de la importancia de que el Gobierno respete el Estado democrático de Derecho, que no es otra cosa que las reglas del juego que nos hemos dado en nuestra Constitución para poder convivir en libertad aunque pensemos muy diferente en muchas cosas.

Las reglas constitucionales pueden ser complejas -tampoco es sencillo el fuera de juego- pero algunos principios son fáciles de entender. El primero es que todos, no solo los ciudadanos sino todos los poderes públicos están sujetos a la Ley, que son las reglas que nos hemos dado democráticamente (imperio de la ley o Rule of Law). El segundo es que, como el que tiene el poder tiende siempre a abusar de él, es necesario que exista un sistema de contrapoderes, para que puedan  controlarse unos a otros (lo que llamamos checks and balances o sistema de contrapesos). De entre ellos, el más importante es el Poder Judicial al que quedamos sometidos todos siendo por eso tan importante el principio de separación de poderes.

Pues bien, pensamos que algunas de reglas están siendo atacadas de manera especialmente grave por el Gobierno actual, llevado por la lógica de sus alianzas parlamentarias. En Hay Derecho llevamos años diciendo que el deterioro del Estado de derecho viene de lejos y que a él han contribuido  tanto el PP como el PSOE, particularmente con su miope concepción de las instituciones de contrapeso como ámbitos a colonizar por los partidos mediante el tradicional reparto de cuotas partidistas. La corresponsabilidad en el deterioro institucional ha sido la norma.

Dicho lo anterior, en los últimos tiempos se han multiplicado y se han acelerado las actuaciones preocupantes desde el punto de vista del Estado democrático de Derecho. Lo que antes se hacía de tapadillo, ahora se hace a las claras y además se defiende. De nombrar a juristas de partido para las instituciones de contrapeso, como el Tribunal Constitucional, cosa que han hecho los dos grandes partidos (no hay más que ver los últimos nombramientos del PP) y también los no tan grandes, se ha pasado directamente a proponer a ex altos cargos del mismo Gobierno.  Se ha nombrado a una exministra como Fiscal General. Se ha escuchado decir a miembros del Gobierno que las instituciones de contrapeso e incluso los  órganos judiciales deben reflejar la mayoría parlamentaria, y que la Fiscalía debe seguir las instrucciones del Gobierno de turno. También se han normalizado los ataques a los jueces, tachados de machistas o fascistas, tratando de desprestigiar el principal contrapeso del Gobierno y del Parlamento, que como demuestran los casos ERE y Gurtel, ha sido capaz de actuar con independencia en casos muy complejos desde el punto de vista político y mediático.

No obstante, lo ocurrido en esta última semana con la propuestas de modificar el Código Penal por la puerta de atrás en materias sumamente sensibles han hecho salta todas las alarmas. Por una parte se quiere reformar el delito de sedición, sin añadir algún tipo que prevea lo que ocurre cuando los ataques a la Constitución se dan desde las instituciones y sin violencia, como es la norma en el siglo XXI. Además, la rebaja de las penas para la malversación de los políticos que no se apropien del dinero público en beneficio propio sino en el de su causa o su partido, como si esto fuera mejor y no peor, que es lo que es. Finalmente, los intentos de desbloquear a lo kamikaze el CGPJ y los candidatos  al Tribunal Constitucional hacen saltar todas las alarmas. Es grave que para estas reformas importantísimas no se respeten las formas: se pretener hacerlas por enmiendas a proposiciones de ley, obviando por tanto no sólo un debate sereno y sosegado sino también informes de órganos consultivos que serían de gran utilidad. Es peor el fondo, pues entramos en el terreno del código penal de autor, es decir, se proponen reformas para, al menos en el caso de la malversación, beneficiar a personas concretas  de los partidos de los que depende el Gobierno para mantenerse en el poder. Es decir, que se hacen reglas para cada partido, para cada persona, directamente en contra del principio del sometimiento de todos a las reglas del juego.

En el caso de la malversación  se añade el insulto a la inteligencia de defender que hay que castigar menos al corrupto que en lugar de quedarse con el dinero lo emplea para financiar el partido o para crear una red  clientelar.  Con estas ideas no se habría condenado al PP en el caso Gurtel como beneficiado por el delito. Sentencia que, por cierto, estuvo en el origen de la moción de censura que lideró Pedro Sánchez por motivos de regeneración institucional. En definitiva, se defiende que todo está permitido al que ostenta el poder, en particular los abusos dirigidos a conservarlo.

En el caso de la reforma de la  Ley del Tribunal Constitucional, realizada también a toda prisa, se quiere hurtar  a éste la posibilidad de controlar la regularidad de los nuevos miembros nombrados por el Gobierno lo que elimina otro contrapeso. Pero más lo preocupante es la pretensión explícita de convertirlo en una tercera cámara que replique las mayorías parlamentarias.  Cabe preguntarse ¿Para qué sirve entonces?

El que la situación de bloqueo del CGPJ sea un espectáculo degradante que dure ya cuatro años o el que “los otros” hayan hecho cosas semejantes en el pasado no son argumentos suficientes para este destrozo. Para nadie que crea que el Estado democrático de Derecho es una conquista irrenunciable y esencial de nuestra democracia y un pilar de nuestra convivencia puede asistir impasible a esta deriva.

No podemos permitir que esto suceda. Como ciudadanos estamos obligados a  exigir a nuestros gobernantes que respeten las reglas del juego que no son suyas, sino de todos.  De forma individual o colectiva y en la medida de nuestras posibilidades tenemos que organizarnos para defendernos de esta deriva que puede empezar a ser irreversible si, como es previsible, otros gobiernos descubran que desmontando los límites al poder se está más cómodo.

Desde Hay Derecho queremos diseñar una serie de acciones para que, en la medida de nuestras posibilidades, los ciudadanos de a pie, de todas las ideologías y de todas las profesiones puedan ser oídos y manifestar su deseo de  que las reglas del juego sean iguales para todos y se respeten por todos. Estén atentos.

Los grandes agujeros del Estado de derecho en cifras

El pasado día 25 de noviembre se presentó el informe Midiendo el Estado de derecho: antes y después de la pandemia” 2018-2021, elaborado por la Fundación Hay Derecho en colaboración con la Cátedra de Buen Gobierno y transparencia de la Universidad de Murcia. Este informe ofrece una visión general del deterioro del Estado de derecho en España y su impacto en la ciudadanía. Se trata, además, del primer informe sobre este asunto que una organización española lleva a cabo en nuestro país, siguiendo la estela del que realiza anualmente la Comisión Europea desde 2020.

El informe analiza el Estado de derecho entre 2018 y 2021, un contexto político de especial complejidad debido a las consecuencias del procés, la pandemia del COVID-19 y las características de la XIV legislatura, marcada por la fragmentación y la polarización política. Para elaborar este informe se ha recurrido a la recopilación y análisis de datos y documentos públicos con el objetivo de presentar una imagen general del deterioro de nuestras instituciones.

En lo que respecta al Poder Judicial, el informe hace especial hincapié en la politización de la justicia y su impacto en la eficacia del sistema judicial, poniendo de manifiesto cómo el bloqueo en el CGPJ ha provocado -hasta el momento- una disminución del 14% de la plantilla de magistrados en el Tribunal Supremo y la resolución de 1.000 sentencias menos al año entre todas las Salas.  Un hecho que ya se refleja en el retraso que han sufrido los procesos en tres de las Salas del Tribunal durante el periodo analizado.

Fuente: elaboración propia a partir de los datos de Poder Judicial España y solicitudes de Transparencia.

Por otra parte, según datos de la Comisión Europea recogidos en el informe, España es uno de los países de la UE que cuenta con menor número de jueces, a pesar de no ser uno de los que menos invierte en justicia. Un hecho que demuestra un problema de eficacia en el presupuesto

Fuente: Gráfico proveniente del 2021 EU Justice Scoreboard elaborado por la Comisión Europea a partir de los datos del CEPEJ.

Por otro lado, y también en relación a otros países de la UE, España es uno de los que presenta un mayor retraso en la ejecución de las sentencias. En nuestro país se tarda de 6 a 12 meses frente a países como Bélgica que establece un plazo máximo de 2 meses, Francia de 3 a 4 meses o Hungría con plazo máximo de abono de 8 días

Fuente: Estudio sobre la ejecución de las sentencias judiciales elaborado por Sigma Dos

Sobre el poder legislativo, el informe destaca como “especialmente preocupante” el abuso del decreto-ley como forma ordinaria de legislar. Un instrumento legislativo recogido en nuestra Constitución para casos de extraordinaria y urgente necesidad, que permite aprobar textos legales con rapidez, sin apenas debate parlamentario y sin posibilidad de introducir enmiendas, y que sin embargo ha sido utilizado de manera habitual durante los últimos años.

Fuente: Gráfico de elaboración propia a partir de la información contenida en Iniciativas legislativas aprobadas. Congreso de los Diputados.

Esta tendencia puede apreciarse igualmente si en lugar de tener en cuenta los últimos cuatro años tomamos en consideración la media de decretos leyes aprobados mensualmente durante cada una de las legislaturas que se han sucedido desde diciembre de 1982. El gobierno de coalición encabezado por Pedro Sanchez (XIV Legislatura) es el que más ha utilizado este tipo de normas, situándose un punto por encima de la media de cualquier otra legislatura en los últimos 40 años.

Fuente: Gráfico de elaboración propia a partir de la información contenida en Iniciativas legislativas aprobadas. Congreso de los Diputados.

Otro gran problema que señala el informe es el retraso en el cumplimiento de las obligaciones de trasposición de las normas de la UE al Derecho nacional. España encabeza el ranking de países investigados por no trasladar las normas europeas a su ordenamiento jurídico, hacerlo incorrectamente o con retraso. Como resultado España lidera desde 2016, de forma ininterrumpida, el ranking de países con mayor número de procedimientos de infracción del derecho comunitario con 105 procesos abiertos en 2021, frente a los 31 y 48 de Dinamarca y Finlandia respectivamente.

Fuente: Informe anual sobre el control de la aplicación del Derecho de la Unión. Reporte anual de 2021.

Otro problema del Poder Legislativo que el informe señala es el de“legislar para la foto”, vinculado con una precipitada e ingente producción normativa, muchas veces a consecuencia de la necesidad de responder políticamente a un titular o una noticia.

También resulta importante destacar el incumplimiento de los Planes Anuales que elabora el Gobierno con las previsiones que realiza para la aprobación de normas. Según evidencia el informe con mayor profundidad hay importantes diferencias entre lo que se planifica y lo que se hace finalmente en el plano normativo.

En materia de transparencia y rendición de cuentas destaca el creciente interés ciudadano por hacer efectivo el derecho de acceso a la información pública mediante las solicitudes de acceso a la información pública a nivel estatal que no deja de ascender particularmente en el que empieza la pandemia, 2020, con 11.453 solicitudes, frente a las 7.449 del año anterior.

Fuente: elaboración propia a partir de datos de la Memoria de diciembre 2021 del Portal de Transparencia.

Este crecimiento interés de la ciudadanía por la transparencia de datos, choca sin embargo con una cierta resistencia al cumplimiento de las resoluciones del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) por parte de los organismos afectados, que se manifiesta tanto en los numerosos recursos judiciales interpuestos contra dichas resoluciones como en los casos en que las resoluciones firmes del CTBG son ignoradas por la Administración que debería cumplirlas.

Fuente: elaboración propia a partir de datos del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

El informe analiza además la situación en la Fiscalía General del Estado, la protección de los derechos humanos en España en relación con las condenas a nuestro país por parte del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, la situación de los contrapesos institucionales (los llamados checks and balances), la situación de las autoridades independientes y los mecanismos de rendición de cuentas, con especial referencia a los medios de comunicación públicos y la sociedad civil organizada.

A este respecto, el informe diagnostica una sociedad civil relativamente débil, con escasa presencia de organizaciones independientes en defensa del Estado de derecho. A partir de datos de la Fundación Hay Derecho, el informe identifica 106 organizaciones  más o menos relacionadas con la defensa del Estado democrático de derecho y los DDHH. Sin embargo, muchas de ellas son de un tamaño muy reducido, en particular las que no están vinculadas a partidos políticos, grandes patrimonios o grandes empresas. En cuanto a la clasificación por actividad, el número de fundaciones independientes que trabajan en el ámbito del Estado de derecho y de los derechos humanos no es demasiado alto y sus recursos son muy pequeños.

Fuente: Elaboración propia a partir de datos recogidos por la Fundación Hay Derecho

Gracias al esfuerzo de la Fundación, nuestro informe ha llegado a medios escritos como la Agencia EFE,  ABC, Público y El Confidencial, El Periódico de España, Confilegal, La Verdad o la revista Economist & Jurist. También ha sido mencionada en televisión (Informativos TVC) y radio a través de medios como  RNE, Onda Cero (Informativos y La Brújula),  Cope o Cadena SER.  Una cobertura que revela la preocupación que despierta en la sociedad española el deterioro de nuestras instituciones democráticas.

Si quieres leer el informe completo, recuerda que puedes hacerlo aquí.

Si quieres apoyarnos para que podamos seguir defendiendo el Estado de derecho de forma independiente y basada en datos objetivos, pincha en este enlace.

Descubriendo al Impuesto de las Grandes Fortunas

El pasado día 10 se publicaba una enmienda de autoría compartida por el grupo parlamentario socialista y el grupo parlamentario confederal de Unidas Podemos-En Comú Podem-Galicia en Común.

Dicha enmienda propone la creación de un “nuevo” impuesto, con el título “Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas”, en adelante, ITSGF.

Sirvan estas breves líneas para dar una visión de lo que es, o no es, esta figura.

Empecemos diciendo lo que no es. A pesar de su título, no es un impuesto que grave las grandes fortunas. Desde luego, no grava a las grandes fortunas de Aragón, ni las de Canarias, ni las de las dos Castillas, ni las de la Comunidad Valenciana, ni las de Extremadura ni las de La Rioja. Huelga decir que tampoco se grava a las grandes fortunas de Navarra ni las del País Vasco.

Grandes fortunas inferiores a 17.5 millones de euros tampoco se gravan en Cataluña. Y hay que superar los 24 millones para empezar a ser gravados en Asturias, Cantabria o Murcia. Más lejos queda Baleares, en que tampoco tributan por este impuesto patrimonios inferiores a 210 millones de euros.

En resumen, el impuesto no se dirige contra todas las grandes fortunas de este país, sino contra las grandes fortunas de Madrid y de Andalucía, que son las únicas que resultan gravadas por este impuesto a partir de los 3.7 millones de euros (en Galicia se gravan los patrimonios a partir de 8.6 millones de euros).

Por lo tanto, es un impuesto selectivo, que se dirige contra unas pocas comunidades autónomas, en concreto, las pocas que han hecho uso de sus competencias normativas reconocidas en la LOFCA (Ley orgánica 8/1980, de financiación de las comunidades autónomas) en el ámbito del impuesto sobre el patrimonio (IP).

Dicho de otro modo, las comunidades que no ejercieron competencias normativas y que soportan impuesto sobre el patrimonio (IP), evitan este “nuevo” impuesto, porque lo que se pague por aquél, se detrae de éste.

Adviértase que el IP está íntegramente cedido a las comunidades autónomas, es decir, las comunidades autónomas que no han ejercido competencias normativas se quedan con toda la recaudación de ese IP. Por el contrario, el ITSGF es un impuesto estatal no cedido, es decir, su recaudación queda toda ella para el Estado.

Lo que nos lleva a la “solidaridad”. Ya se advierte que la “solidaridad” es más territorial, que subjetiva. Las grandes fortunas de Madrid o de Andalucía no se gravan en pro de los ciudadanos madrileños o andaluces, respectivamente, (el ITSGF no está cedido), sino que su gravamen acrecienta las arcas estatales y benefician también a las restantes comunidades.

Para ser gráfico, resulta paradójico que si Andalucía o Madrid hubieran decidido no bonificar el IP, las grandes fortunas andaluzas y madrileñas se gravarían por el IP en beneficio de sus ciudadanos más necesitados; y que, sin embargo, por el mero hecho de haber ejercitado una competencia cedida por el Estado, las grandes fortunas andaluzas y madrileñas resultan ahora gravadas por este “nuevo” ITSGF, que redunda en beneficio de, pongamos por ejemplo, los ciudadanos catalanes. Y al contrario no sucede lo mismo: las grandes fortunas catalanas, por seguir con el ejemplo, no se gravan en beneficio de los ciudadanos andaluces, pues el IP revierte enteramente en la respectiva comunidad.

Así las cosas, si no es plenamente un impuesto a las grandes fortunas, y tampoco resulta del todo cierto que sea un impuesto de solidaridad, ¿qué es?

Si camina, vuela y grazna como un pato, es que es un pato.

Si uno lee los 28 artículos que regulan esta figura, evidenciará que estamos ante un impuesto sobre el patrimonio, siendo constantes las remisiones a la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Es un calco fiel de este impuesto, hasta el punto de que, en la mala costumbre de “copiar y pegar” redacciones, se ha redactado un artículo doce, referente al límite de cuota íntegra, que va a generar importantes dudas interpretativas.

Es, por tanto, un “IP Bis”, no cedido a las comunidades, para gravar lo que éstas hayan decidido bonificar en el “IP” original, en ejercicio de las competencias normativas cedidas.

O lo que es lo mismo, es la neutralización de las deducciones y bonificaciones habilitadas por las comunidades madrileña y andaluza (y gallega en menor medida), en ejercicio de una competencia normativa previamente conferida por el Estado.

Así configurada, la nueva figura impositiva atenta contra uno de los pilares sobre el que se erigió el sistema de financiación autonómico en 1980: la corresponsabilidad fiscal.

Hasta el año 2001, las competencias normativas en materia del Impuesto sobre el Patrimonio (IP) se limitaban al mínimo exento y a la tarifa. Estando además la tarifa muy condicionada.

Fue en 2001 cuando, en un potenciamiento de la corresponsabilidad fiscal, se ampliaron las competencias normativas cedidas a las Comunidades Autónomas (CCAA), permitiéndoles legislar, en lo que al IP interesa, en materia de deducciones y bonificaciones, y eliminando los condicionantes que regían en materia de tarifa.

Esa reforma de la LOFCA por medio de la Ley Orgánica 7/2001 fue fruto de un acuerdo del Consejo de Política Fiscal y Financiera de las Comunidades Autónomas, de 27 de julio de 2001.

El Consejo citado es un órgano de coordinación entre el Estado y las CCAA que fue creado por el artículo 3 de la LOFCA “para la adecuada coordinación entre la actividad financiera de las Comunidades Autónomas y de la Hacienda del Estado”.

Está integrado por el Ministro de Economía y Hacienda, el Ministro de Administraciones Públicas y el Consejero de Hacienda de cada Comunidad o Ciudad Autónoma. Y sus acuerdos requieren de una mayoría absoluta de los votos correspondientes al número de miembros de derecho que integran el Consejo. Huelga decir que este “nuevo” impuesto que supone una derogación encubierta de las competencias normativas cedidas, ha sido anunciado con prescindencia absoluta del citado Consejo.

En otro orden de cosas, la potencial cesión de competencias normativas requiere de una ley de cesión ad hoc, y de una aceptación expresa por parte de la comunidad respectiva en su correspondiente Estatuto de Autonomía.

En el caso de Madrid, su Estatuto de Autonomía recoge la cesión, y permite su modificación, previo acuerdo de aceptación de la Comisión Mixta de Transferencias del Estado-Comunidad de Madrid y exigiendo de la tramitación por el Gobierno, del acuerdo alcanzado en esa Comisión, como un proyecto de ley que debe ser aprobado por las Cortes Generales.

Huelga decir también que se ha prescindido del citado acuerdo, y tampoco se ha tramitado proyecto de ley ninguno.

Por lo tanto, podemos concluir que el ITSGF es, en resumidas cuentas, una derogación unilateral por el Estado, de las competencias normativas cedidas en su día a las comunidades autónomas en materia del impuesto sobre el patrimonio, sin seguir con los cauces legalmente establecidos.

Por último y como reflexión final, no está de más recordar que el impuesto sobre el patrimonio que ahora se quiere rescatar por la puerta de atrás, siempre fue considerado un impuesto menor, del que se decía que cumplía una función meramente censal. Hasta el punto de que fue el gobierno socialista del Presidente Zapatero el que lo suprimió de facto en el año 2008.

Las vueltas que da la vida.