Contra la amnistía del procés
En otoño de 2017 se produjo en Cataluña una grave insurgencia contra el orden constitucional. En abierta desobediencia al Tribunal Constitucional, en el Parlamento catalán se aprobaron, vulnerando los procedimientos y los derechos de las minorías parlamentarias, las leyes de ruptura que declararon la constitución de la República catalana y la desconexión con el resto de España; y el Gobierno catalán presidido por Carles Puigdemont organizó un referéndum ilegal, para lo cual utilizó datos personales de manera ilegal y se malversó dinero público. También hay que recordar que se instigaron alzamientos tumultuarios para impedir la acción de la Justicia y la intervención policial. El presidente de la Generalitat llegó a declarar la independencia de forma unilateral. En definitiva, como constató el Tribunal Constitucional, las autoridades catalanas se situaron “por completo al margen del derecho…, entrando en una inaceptable vía de hecho”, dejaron “declaradamente de actuar en el ejercicio de sus funciones constitucionales y estatutarias propias” y pusieron “en riesgo máximo, para todos los ciudadanos de Cataluña, la vigencia y efectividad de cuantas garantías y derechos preservan para ellos tanto la Constitución como el mismo Estatuto. Los deja[ron] así a merced de un poder que dice no reconocer límite alguno”. Concluyendo que un “atentado tan grave al Estado de derecho conculca por lo demás, y con pareja intensidad, el principio democrático” (STC 114/2017, de 17 de octubre, FJ. 5).
Frente a tan grave ataque a nuestra democracia, las instituciones defendieron el orden constitucional como corresponde en un Estado de Derecho: el Tribunal Constitucional anuló las leyes de ruptura; se aplicó el art. 155 como mecanismo previsto constitucionalmente para la coerción federal para reaccionar ante incumplimientos legales y graves atentados contra el interés general por parte de las CCAA; y se abrieron procesos penales frente a los líderes de los movimientos tumultuarios que fueron sentenciados y condenados por graves delitos tras el correspondiente proceso judicial celebrado con todas las garantías.
Recordamos esto ahora porque, seis años después de aquellos acontecimientos, sus principales responsables, especialmente el Sr. Puigdemont, prófugo de la Justicia española desde entonces, reclaman una amnistía como condición para apoyar la investidura del presidente Pedro Sánchez.
Una pretensión que desde Hay Derecho consideramos que no debe de asumirse en ningún caso. Por un lado, parecen existir sólidos argumentos técnicos para defender la inconstitucionalidad de una amnistía de estas características de acuerdo con nuestro actual marco constitucional. Pero, aunque esto fuera discutible en el plano jurídico, en el presente contexto la amnistía al procés supondría un gravísimo ataque a nuestro Estado democrático de Derecho, tal y como se recogió en la Constitución de 1978, poniendo así en riesgo las reglas básicas de convivencia y las garantías de los derechos de los ciudadanos.
En primer lugar, porque, si cualquier amnistía supone una medida de gracia extraordinaria que rompe la igualdad ante la ley, el problema se hará más visible cuando determinadas personas se vean libres de toda responsabilidad penal mientras otras cumplan sus penas por los mismos delitos. Además, conceder una amnistía como parte de una negociación para la investidura de un Gobierno es comprar impunidad a cambio de votos. La degradación más evidente de un Estado de Derecho. Ninguna de las amnistías que se han concedido en los últimos años en las democracias de la Unión Europea ha sido a cambio de una votación de investidura.
En segundo lugar, porque quienes se beneficiarían de la misma ni han reconocido la ilicitud de sus actos ni muestran signos de un compromiso para favorecer la convivencia democrática en nuestro país. Todo lo contrario: reivindican la legitimidad del 1-O y mantienen un “Ho tornarem a fer!”. En este contexto, la concesión de la amnistía no es una forma de reconciliación o perdón propia de situaciones de transición de la dictadura a la democracia, de periodos posteriores a una guerra civil o como vía para la pacificación de un conflicto armado, sino la deslegitimación del Estado de Derecho, asumiendo el marco de que el Estado español es un Estado autoritario y no una democracia europea homologable con las de la UE e incluso superior a varias de ellas de acuerdo con rankings tan prestigiosos como los de The Economist, V-Dem o Freedom House.
Y, en tercer lugar, porque el hecho de que quienes lideraron aquella insurgencia lo hicieron invocando una causa política en defensa de un inexistente derecho de autodeterminación no resta un ápice del reproche que en términos democráticos y jurídico-penales pueda hacerse de sus actos. No cabe realizar un juicio favorable sobre las motivaciones de quienes entonces actuaron rompiendo las bases de la convivencia democrática y, reiteramos, la respuesta del Estado en defensa de la Constitución se adecuó a los estándares propios de un Estado democrático de Derecho, por lo que no estaría justificada una amnistía que a la postre vendría a legitimar la ruptura y a cuestionar la legítima respuesta del Estado, es decir, a darle la razón a los independentistas y su discurso sobre la falta de democracia real en España.
Insistimos en que este problema no se reduce a una mera cuestión técnico-jurídica; nos jugamos el Estado democrático de Derecho que instauró tras una larguísima dictadura la Constitución de 1978, que es el marco de nuestra convivencia democrática. Las intenciones de quienes pretenden estas cesiones son claras: puesto que carecen de las mayorías necesarias para reformar la Constitución por las vías en ella establecidas lo intentan primero por la vía de hecho y ahora por la vía de unas concesiones que vaciarían de contenido la propia Constitución, dejándola como una mera carcasa donde todo cabe; siempre habrá juristas dispuestos a venderse, y desgraciadamente las instituciones de contrapeso, como el Tribunal Constitucional, acusan una evidente falta de auctoritas, debido a su colonización y captura por parte de los principales partidos.
Por todas estas razones, desde Hay Derecho creemos necesario expresar enérgicamente nuestra oposición a que pueda concederse cualquier forma de amnistía para las infracciones y delitos cometidos en el procés a cambio de unos votos para la investidura. Más allá de la constitucionalidad de la ley, no se dan las condiciones necesarias para que se produzca; de hecho, hace pocos meses se rechazaba frontalmente por muchos representantes del Gobierno que ahora la defienden. No se trata de una cuestión técnica que afecta sólo a los juristas, sino de un gravísimo riesgo: sin Estado de Derecho digno de tal nombre los ciudadanos quedamos indefensos pues desaparecen la igualdad entre los ciudadanos, los límites al poder y la seguridad jurídica. Así empiezan a morir las democracias.