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Los internamientos psiquiátricos urgentes: un procedimiento que garantiza los derechos fundamentales de las personas con discapacidad

El pasado 3 de mayo salía una noticia en diversos medios de comunicación en la que se anunciaba que el Consejo de Ministros acababa de aprobar la Estrategia de Discapacidad para el 2022-2030 con el liderazgo por el Ministerio de Derechos Sociales. Entre las medidas propuestas para ser impulsadas, estaba la de reformar el artículo 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establece el internamiento psiquiátrico forzoso. Desde el ministerio liderado por Ione Belarra, se proponía asegurar medidas alternativas a la “institucionalización forzosa”, destacando la necesidad de prestar atención a las personas menores de edad.

En una de las noticias, el delegado de Derechos Humanos del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), Gregorio Saravia, manifestaba que «Lo que está en juego cuando no se respeta la voluntad de una persona son los derechos humanos. Aquí no estamos hablando de alguien que ha cometido un delito, estamos hablando de que, por protección de esa propia persona, se dispone de su internamiento aún sin contar con su voluntad», y manifestaba que «la excepcionalidad de un internamiento forzoso no podía convertirse en regla «y es lo que está sucediendo ahora». Manifestaba que se estaban vulnerando derechos fundamentales con el actual sistema de internamientos.

La referida Estrategia de Discapacidad para el 2022-2030 no se encuentra publicada ni en la página web de Moncloa, ni en la del Ministerio de Derechos Sociales. Por tanto, tenemos como únicos datos los proporcionados por prensa y por las notas que figuran publicadas en las respectivas webs oficiales. No es la primera vez que la falta de transparencia pública a la hora de dar una noticia es caldo de cultivo propicio para que cada uno interprete lo que considere oportuno y pueda anatemizar al discrepante, acusándole de no haber leído la noticia.

Lo primero que hay que destacar es que probablemente la falta de formación jurídica entre quienes elaboran las notas de prensa y quienes redactan las noticias, llevan a mezclar diversos aspectos del tratamiento médico y asistencial de las personas con discapacidad. Una cosa son los internamientos urgentes por razón de trastorno psíquico  regulados en el artículo 763 LEC, otra son los internamientos asistenciales en residencias y centros de recursos -“institucionalización de la discapacidad”– y otra distinta son los medios de contención por sedación o mecánicos aplicados a personas con discapacidad, algo excluido expresamente en la Estrategia del Ministerio de Derechos Sociales por considerarlo materia correspondiente al Ministerio de Sanidad, si bien se manifiesta la necesidad de su regulación. Sobre esto último, por tanto, no me referiré, a la espera de lo que pueda anunciarse por el ministerio competente en un momento posterior.

Como estrategia política electoral, es un acierto convencer a la población de que es necesario legislar sobre algo ya legislado partiendo de una base errónea (si no falaz): es imprescindible modificar el artículo 763 LEC para que no se vulneren los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, y, además, hay que proteger a los  menores de edad. Ante una afirmación así ninguna persona razonable puede mostrarse en contra, y es difícil convencerla de que esa reforma, planteada en esos precisos términos, es innecesaria. Mi experiencia en materia de internamientos psiquiátricos es lo suficientemente extensa -tanto en primera como en segunda instancia- como para afirmar que el procedimiento del artículo 763 LEC quizá sea uno de los procedimientos judiciales con mayores garantías que existen en nuestra legislación, salvedad hecha de la adopción de medidas cautelares y enjuiciamiento de delitos regulados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Para contextualizar el procedimiento de ingreso forzoso por trastorno psiquiátrico, es imprescindible hablar de la Ley Básica Reguladora de Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (Ley 41/2002, de 14 de noviembre). Dicha ley se fundamenta en la autodeterminación de las personas, dejando en manos de cada individuo la decisión sobre su propia salud. Así, si una persona, informada precisamente acerca de los riesgos que el tratamiento médico implica, se niega a ser sometida a este pese a ser imprescindible para salvar su vida, ningún médico ni juez podrá obligar a quien no quiere tratarse a hacerlo. El artículo 9.2, no obstante, establece cuáles son los supuestos en los que los médicos podrán intervenir sin necesidad de consentimiento del paciente (situaciones de riesgo para la salud pública o cuando el paciente no pueda prestar el consentimiento por estar inconsciente y en situación de riesgo vital).

Pese a que el artículo 9.3 establece la posibilidad de prestar consentimiento por representación (menores, personas con la capacidad de obrar modificada judicialmente -algo que ya no existe, por cierto- o personas en situación de inconsciencia, donde sus familiares pueden tomar en su lugar la decisión), en ningún caso, cuando la afección del paciente sea psíquica, cabe el consentimiento por representación, ni siquiera de los menores de edad. El artículo 763 LEC se aplica en estos casos frente al artículo 9.3 de la Ley 41/2002. Primera garantía del legislador para proteger a las personas con discapacidad: sólo un juez podrá tomar la decisión en estos casos.

El artículo 763 LEC regula el procedimiento de internamiento forzoso por razón de trastorno psiquiátrico y establece una garantía mayor cuando la persona a ingresar sea menor de edad. Básicamente, cuando alguien se encuentre en un estado mental que le impida tener conciencia de la realidad por causa de un trastorno psiquiátrico, el médico psiquiatra que le trate o que le atienda en urgencias, después de evaluar que no se encuentra en plenitud de facultades mentales, podrá, por su propia autoridad médica, ordenar el internamiento hospitalario para recibir el tratamiento que necesita y, adicionalmente, para someterle a pruebas de diagnóstico de la enfermedad cuyos síntomas de manifiestan por vez primera.

Cuando esto sucede, el hospital está obligado a comunicar en el plazo máximo de 24 horas al juzgado del partido judicial competente para ello, que dicho ingreso se ha producido, segunda garantía del legislador. A partir de ese momento, al juzgado dispone de otras 72 horas como máximo para ratificar o no el ingreso efectuado por el médico, de lo contrario deberá ser dado de alta, tercera garantía del legislador. En dicho plazo perentorio, la Comisión Judicial formada por el Letrado de la Administración de Justicia, el Médico Forense del juzgado y el juez, examinarán directamente y en privado al paciente, previo ofrecimiento de la posibilidad de estar asistido por abogado y procurador si así lo considera necesario.

También se procede a designar intérprete cuando la persona no habla español o se desenvuelve con dificultad en este idioma. Tres garantías más establecidas por el legislador, y van seis. Tras el examen judicial, el médico forense emite un dictamen independiente en el que valora tanto los informes médicos facilitados por el centro como su propia impresión resultado de la entrevista mantenida, séptima garantía. A continuación, se da traslado al Ministerio Fiscal como defensor de las personas con discapacidad y como garante de la legalidad en cumplimiento de los derechos fundamentales, e informa de manera independiente si se opone o no al internamiento, en base a las pruebas practicadas, octava garantía. El juez, finalmente, decide con independencia absoluta y deber de motivación si ratifica o no el internamiento. Si no lo hace, el paciente es dado de alta inmediatamente. Si lo hace, el auto es recurrible en apelación sin necesidad de abogado ni de procurador -novena garantía- y en él se requiere al hospital para que periódicamente informen del estado del paciente por si procede un nuevo examen. También se obliga a notificar el alta médica, décima garantía.

Cuando se trata de menores de edad, el 763 LEC obliga al juez a entrevistarse con los progenitores o tutores del menor, quienes normalmente ya habrán prestado su consentimiento para el ingreso (o, incluso, impulsado el mismo). Esto significa que si bien un progenitor o tutor puede sustituir la voluntad del menor para someterle a una intervención quirúrgica, un tratamiento médico o a la administración de una determinada medicación (artículo 9.3 Ley 41/2002), nunca puede hacerlo cuando se trate de un trastorno psíquico, donde siempre, aunque todos estén de acuerdo, incluido el menor, un juez tiene que ratificar el ingreso efectuado por el médico y los progenitores. Decimoprimera y cualificada garantía en caso de menores de edad. En estos casos, además, el juzgado recaba informe de los servicios públicos de asistencia al menor para que certifiquen que el centro sanitario en el que está ingresado el menor  es adecuado a su edad. Decimosegunda garantía.

Por tanto, decir que se va a impulsar una reforma del artículo 763 LEC para garantizar el respeto de los derechos fundamentales es faltar a la verdad. Con independencia de lo que diga el representante de CERMI, sin embargo doy el beneficio de la duda al gobierno en el impulso de la reforma y achaco a la falta de datos y de formación jurídica de los informadores las afirmaciones injustas vertidas en algunos medios de comunicación. Por otra parte, afirmar que hay que impedir que la excepción sea norma, deslizando la idea de que se ingresa más de lo que se debiera, es ignorante o falaz: un país en el que se han disparado las consultas por trastorno psíquico tras la pandemia y donde se están dando las primeras citas a más de seis meses con un colapso evidente de los servicios de salud mental, no podría internar por encima de lo imprescindible, aunque quisiera. Los hospitales públicos administran al dedillo cada cama, hasta el punto de que, en ocasiones, se ven obligados a dar altas antes de tiempo para atender casos más graves. ¿Qué generalización a la excepción reclaman desde CERMI? ¿Qué exigencia, por cierto, hace CERMI, tan complaciente con las medidas adoptadas por el gobierno para que la brecha social y económica no sirva para dejar desasistidas en salud mental a miles de personas por carecer de medios para pagar un psiquiatra privado? Precisamente parte del aumento de ingresos psiquiátricos forzosos obedece a la falta de tratamiento a tiempo.

Por descontado que lo preferible es que los pacientes sean atendidos en sus domicilios y que la institucionalización sea la última ratio. Desgraciadamente la endémica falta de inversión en salud mental ha convertido la asistencia familiar informal en la única salida de la mayoría de pacientes psiquiátricos y el ingreso en la excepción. Legislar con buenas intenciones no es suficiente para salvar vidas. Existiendo como existe un grave problema de asistencia primaria que no se ataja con inversión económica, pretender establecer por ley que los familiares se encarguen del cuidado de estos pacientes puede llegar a ser insultante para quienes no tienen otra opción que hacerlo sin apoyos públicos suficientes. Parece desconocerse que muchos enfermos mentales abandonan el tratamiento de forma voluntaria y únicamente con el tratamiento forzoso al que son sometidos con autorización judicial, no solo se están salvando vidas en los casos de intentos de suicidio, sino que se está frenando el deterioro neurológico que provoca la propia enfermedad mental no tratada.

Finalmente, en relación con la institucionalización a largo plazo, en otro artículo abordaré la problemática de los ingresos asistenciales en residencias de ancianos y centros sociales, sin regulación jurídica y sin control alguno si no fuera por la intervención de fiscalía y de los juzgados. El mismo gobierno que impulsó la controvertida Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica sobre la que ya me he pronunciado en un artículo anterior, “olvidó” reformar el artículo 763 LEC para dar cobertura a los ingresos residenciales de personas dependientes, bien para prohibirlos, bien para regularlos, puesto que el vacío legal existente sí puede estar dando lugar a vulneraciones de derechos fundamentales que no parecen interesar a nadie. El problema, me temo, es que es tal la inversión económica que ha de hacerse para proteger a personas en situación de vulnerabilidad pero sin deterioro cognitivo o deterioro escaso (ancianos que viven solos y no se alimentan bien, no se lavan, tienen riesgo de caídas, no toman la medicación, etc.) que se opta por ignorar el problema.

Una vez más, la falta de conocimiento de lo que sucede en la realidad permite ofrecer información que vierte dudas sobre el sistema, sobre los médicos psiquiatras y sobre el Poder Judicial y, de paso, desvía la atención sobre la falta de compromiso del gobierno en invertir seriamente en la atención a las personas con discapacidad y a sus familiares. El orden natural debería ser invertir y, después, mejorar la ley, no regular por ley y desaparecer.

Después de la emergencia: lesionología psíquica por la COVID-19

Ahora que se está empezando a hablar de “las otras curvas” es el momento de abordar las posibles consecuencias psicológicas que la pandemia y las medidas adoptadas para frenarla, han podido provocar en nosotros. Esto debe hacerse sin alarmismos, pero sin tampoco un exceso de optimismo.

Primero, me gustaría resaltar la influencia de la individualidad: el hecho de que cada persona sea diferente, y de que en cada una de ellas pueden coexistir los impactos de uno o más factores supone que entre las manifestaciones de lo vivido, los signos y síntomas o su ausencia de ellos, vayamos a encontrar muchísimas diferencias. Y no solo en grados, aunque también: para cada uno de los cuadros clínicos que se describen, podemos encontrar casos leves, moderados, graves y muy graves. Por ello, es importante recordar que para tener perspectiva bio-psico social debemos conocer a la persona, sus circunstancias y las de su grupo normativo. Además, el diagnostico siempre debe ser realizado por un especialista.

La población que ha estado confinada tiene en común el miedo al contagio, a la enfermedad de sus familiares, a la incertidumbre, ausencia de estimulación social, ruptura de rutinas, bombardeo de información más o menos catastrofista, pérdida de planes y oportunidades. La epidemia ha supuesto una ruptura vital sobre el desarrollo normal de nuestras vidas. Nos hemos visto abocados a renunciar a nuestros hábitos y a adaptarnos a una situación nueva y de la que lo desconocíamos todo en cuestión de días generando en mayor o menor medida cuadros de estrés agudo a todos los ciudadanos.

Vamos a comenzar recalcando los aspectos positivos que puede tener la situación que estamos viviendo. Nos vamos a encontrar, en primer lugar, muchísimas personas que no desarrollaran ningún tipo de problema. Este grupo podría estar compuesto mayoritariamente por aquellos no han sufrido ningún fallecimiento familiar y a los que la situación económica generada por el confinamiento, aunque les haya afectado, no les haya provocado situaciones de precariedad. También tendremos aquí los casos de personas extremadamente resilientes y que sí hayan vivido estas circunstancias.

En una gran parte de la población nos vamos a encontrar también la adquisición o mejora de una serie de habilidades, como la tolerancia a la frustración (especialmente en adolescentes), la gestión de emociones o la mejora de algunas habilidades de comunicación como la negociación.

Entre las personas que desarrollen Cuadros Clínicos y Subclínicos, posiblemente los más frecuentes serán los referidos en la lista inferior. La aparición de uno u otro vendrá determinada por distintos factores como los rasgos de personalidad, haber pasado la cuarentena en soledad o acompañado de compañeros de piso o familiares etc., el clima familiar durante el confinamiento y la calidad del espacio físico en el que haya transcurrido, metros, luminosidad etc. Por supuesto el hecho de tener perro en cualquier caso cuenta como factor de mejor pronóstico al permitir salir, aunque fuera solo unos pocos metros.

En algunos individuos  estos cuadros estarán provocados directamente por la situación y en otros será un agravamiento de situaciones preexistentes.

Las patologías y problemas más frecuentes en población no sanitaria y sin pérdidas afectivas son:

  • Trastornos de ansiedad
  • Trastorno Mixto Ansioso-Depresivo
  • Agorafobia
  • Nosofobia (Miedo a la enfermedad), hay que señalar que la nosofobia no es lo mismo que la hipocondría.
  • Obsesiones relacionadas con la epidemia como la limpieza.
  • Violencia de género
  • Violencia domestica
  • Rupturas de pareja y conflictos familiares.
  • Agravamiento o aparición de adicciones fundamentalmente legales, tanto exógenas como endógenas. Psicofármacos sin prescripción médica o con cambios a mayor en la posología, alcohol, juego y tecnología.
  • También es previsible que nos encontremos el agravamiento de depresiones preexistentes y la descompensación de enfermedades crónicas como la esquizofrenia o el trastorno bipolar. Causado no solo por el estrés que puede suponer el confinamiento de por sí, sino por la ausencia de seguimiento del tratamiento durante la pandemia.
  • En estos casos de violencia, ruptura, adicciones y agravamiento de enfermedades mentales graves, pueden haber aparecido o aparecer intentos autolíticos o suicidios consumados.

Si atendemos a las franjas de edad, la situación psicológica de los menores, va a depender en mayor medida del clima familiar que hayan tenido durante estos casi dos meses. Más allá de las relaciones entre los convivientes, también es necesario valorar el impacto del modelado, siendo fácil que si en el hogar hay un adulto que haya desarrollado miedo patológico a la enfermedad, y ansiedad relacionada con salir de casa, el menor pueda presentar miedos, regresiones, pesadillas,  cambios bruscos de humor, o crisis de llanto.

En general, con buen ambiente familiar, sin desarrollo de problemas psicológicos en los adultos de referencia y con una correcta explicación adaptada a su nivel de qué es lo que está ocurriendo y anticipándoles cómo van a ir sucediendo las cosas, los niños se adaptarán a la nueva situación con la facilidad con la que se adaptaron al confinamiento.

Es evidente que si estamos hablando de niños o adultos que durante en confinamiento han tenido que sufrir directamente o convivir con situaciones de violencia de género, violencia intrafamiliar o abusos sexuales, nos encontraremos cuadros psicopatológicos muy severos, pero cuya causa se encuentra más en las referidas situaciones que en el hecho de estar en cuarentena.

Y un grupo aparte son aquellos niños, hijos de sanitarios, que por decisión de sus padres están pasando el confinamiento separados de ellos, dado el elevado riesgo de contagio y que pueden estar viviendo la situación con miedo y ansiedad por las noticias que escuchan, a pesar de que puedan estar en un entorno acogedor y cariñoso.

En el caso de personas mayores o con discapacidad psíquica es probable que al finalizar el confinamiento nos encontremos con que ha habido pérdida de habilidades psicomotrices y deterioro cognitivo. En el caso de personas mayores si coexiste un diagnostico neurodegenerativo o este proceso ha debutado durante la cuarentena, es muy difícil que se pueda producir una recuperación espontánea y excepcional que se consiga un reaprendizaje. Durante las primeras salidas nos encontraremos con que el riesgo de desorientación espacial puede provocar que se pierdan, incluso en su propio barrio, igualmente el deterioro en los reflejos y habilidades motoras puede contribuir a un mayor riesgo de caídas.

En el caso de personas con discapacidad psíquica (severa), la dificultad para hacerles comprender el porqué de los cambios en las rutinas va a provocar que los cambios secundarios a la recuperación por fases de una cierta normalidad les alteren, al igual que en su momento fueron de los colectivos más afectados por el confinamiento. Cualquier cambio brusco en sus rutinas puede provocar síntomas como alteraciones conductuales y de estado de ánimo, trastornos de sueño y regresiones, entre otros.

Entre los grupos donde la probabilidad de sufrir patologías psicológicas aumenta considerablemente, tendríamos a las personas que han sufrido pérdidas. Teniendo en cuenta que conocemos los factores que aumentan la posibilidad de sufrir un duelo patológico, como es perder a un hijo más que un padre, a una persona sana que a una que ya estuviera gravemente enferma, debemos unir a estos, las especiales y difíciles circunstancias que se han dado en la mayoría de los casos, con un proceso muy rápido de la enfermedad de días o semanas, sin posibilidad de acompañar a la persona querida durante la misma, sin despedidas; en muchos casos, sin poder siquiera conocer las circunstancias específicas de la muerte, el cómo fue, y sin posibilidad de realizar los ritos que ayudan a canalizar la expresión del dolor y el compartirlo con los seres queridos.

Estas circunstancias van a favorecer o a provocar directamente

  • Duelos patológicos (congelado, aplazado….)
  • Sentimientos de incredulidad
  • Pensamientos de negación del hecho.
  • Pensamientos mágicos.
  • Incorrecta elaboración del duelo
  • Sentimientos de rabia (autoagresiva /heteroagresiva)
  • Sentimientos de culpa

Otros factores importantes en el desarrollo de los duelos son los pensamientos irracionales como el temor a haber sido el agente de contagio, la sensación de responsabilidad y los sentimientos de culpa por no creer que no se ha sabido proteger mejor a nuestros familiares.

En el caso de las personas que se encontraran en una residencia de mayores, además, la situación puede producir rabia y heteroagresividad si se atribuye que el contagio o el fallecimiento se debieron a una deficiente calidad asistencial o a la falta de recursos. No es fácil entender que no hubiera profesionales suficientes. Además, si ha habido insuficiente comunicación del centro asistencial con los familiares, este sentimiento se acrecienta.

Entre las personas que han padecido el COVID-19 encontramos un factor que es uno de los Criterios de Diagnostico de Estrés Postraumático: la experiencia directa de una situación en la que se cree que se puede llegar a morir. Si la persona se encontraba hospitalizada debemos añadir la posibilidad de haber presenciado directamente el fallecimiento de terceros. La intensidad de la sintomatología, su evolución y el paso por el hospital o por la UCI son factores importantes en el desarrollo de cuadros psicopatológicos.

Lesiones psíquicas provocadas por la epidemia COVID-19 en sanitarios

El gran grupo de riesgo, y donde podemos encontrar desde resiliencia hasta cuadros muy severos de Estrés Postraumático e incluso presencia de ideas suicidas o su consumación, como ha ocurrido en otros países, son los profesionales sanitarios, hospitalarios y extrahospitalarios: desde personal de limpieza hasta los jefes de servicio pasando por los celadores, auxiliares, enfermería, médicos y voluntarios. También debemos contar en este grupo al personal militar y del Cuerpo de Bomberos que se ha encargado de entrar en las residencias de ancianos y en los domicilios donde habían fallecido personas solas.

Veamos, en primer lugar, los factores que pueden contribuir a la aparición de estos riesgos.

En primer lugar, debe tenerse en cuenta que la presión asistencial (la cantidad de trabajo), aunque todos los atendidos hubieran sido cuadros leves, ha sido suficientemente intensa como para haber provocado por si sola cuadros de estrés agudo.

En el miedo al contagio, dada la ausencia casi general de equipos de protección individual, tenemos, por un lado, el miedo al contagio propio; y, por otro, un miedo aun mayor: el miedo a contagiar a los seres queridos. Esto ha provocado que muchos trabajadores de este grupo se autoconfinaran voluntariamente al salir de sus jornadas en hoteles medicalizados, dificultando la realización de medidas de higiene mental basadas en el apoyo emocional de terceros.

El aislamiento autoimpuesto tras la jornada laboral, no regresar a sus casas o hacerlo autoconfinandose en una zona de la misma, también ha aumentado la dificultad para intentar gestionar las emociones y el estrés. La mala costumbre de disimular ante nuestros seres queridos para no preocuparles ha contribuido a ellos, ya que supone no solo un estrés añadido a una situación ya de por sí difícil, sino la imposibilidad para soltar parte de la carga mental que la asistencia a la epidemia de la COVID-19 ha supuesto para todos aquellos que han trabajado con enfermos y familiares.

Por otro lado, está la conciencia de la falta de EPIs y la percepción de que al estrés por la presión asistencial hay que añadir la rabia por la búsqueda de responsables de esa inseguridad biológica en la que están desarrollando su labor.

En el caso de trabajadores que han caído enfermos, pueden tener sentimientos de impotencia o frustración por no poder reincorporarse a ayudar a sus compañeros y atender a sus pacientes. El sentido del deber se exacerba en profesiones vocacionales y, en situaciones excepcionales, y cuando se es consciente de la escasez de recursos humanos, la reacción habitual es que te sientes aún más imprescindible.

En circunstancias y momentos extremos se han podido dar casos en los cuales no se disponía de recursos sanitarios suficientes para asistir a todos los afectados por el virus, provocando sentimientos de impotencia, rabia y desolación.

Entre los factores de peor pronóstico en profesionales para el desarrollo de problemas psicológicos están:

  • Desarrollar el trabajo en unidades de alta mortalidad y escasez de recursos: (UCIs, urgencias, residencias de ancianos)
  • Puestos o cargos relacionados con tomas de decisiones secundarias a falta de medios.
  • Asistir de forma reiterada a escenarios trágicos. Asistencia domiciliaria, urgencias extra hospitalarias, cuerpo de bomberos, policía.
  • Evidentemente, un factor personal como el estar sufriendo de forma coetánea un duelo por un familiar no conviviente también ha de ser tenido en cuenta a la hora de valorar el impacto de la situación.
  • Por último, el factor de mayor impacto es haber tenido casos de Covid-19 en la propia familia y creer poder ser el agente de contagio, en el caso de que la enfermedad haya terminado con un fallecimiento, el potencial de riesgo de desarrollo de trastornos se convierte en altísimo.

En sanitarios se puede prever un alto porcentaje de personas que desarrollen resiliencia tras cuadros de estrés agudo; pero también nos vamos a encontrar un elevadísimo número de casos de Estrés Postraumático, siendo parte de los síntomas principales aquellos que ya están informando los sanitarios que están en activo: parasomnias, insomnio pre y postdormicional, pesadillas, alteraciones del apetito, despersonalización, desrealización, flash-back, embotamiento afectivos, reacciones de hiperalerta, etc.

Habrá que determinar si estos cuadros se convierten en secuelas o con un correcto tratamiento e intervención pueden ser únicamente lesiones psíquicas. En el caso de los profesionales sanitarios, las FFCCSE y el Cuerpo de Bomberos esto tiene una trascendencia importante ya que en la casi totalidad de los casos deben considerarse enfermedad profesional o accidente de trabajo, suponiendo esto una diferencia sustancial de cara a la Seguridad Social.

En casos muy extremos nos encontraremos incluso con la incapacidad para el ejercicio de la profesión por secuela psíquica, siendo esto un tipo de invalidez y en la que el carácter de laboralidad tiene una marcada diferencia. Supone pasar de un 100% de pensión a un 200%. Pero ese tema hay que dejarlo para otro post dirigido a los abogados laboralistas y a los psicólogos y psiquiatras forenses.

Resiliencia y altruismo, en tiempos de confinamiento

La vida está llena de acontecimientos que escapan a nuestro control, obligándonos a corregir el rumbo de nuestra vida personal, como la actual pandemia del COVID-19.

Como profesional de la salud mental, me gustaría hacer una reflexión sobre nuestra capacidad de resistencia psicológica en esta situación excepcional.

Probablemente desde el inicio de esta pandemia, la mayoría de nosotros hayamos pasado por una sucesión de estados emocionales que han supuesto una gran demanda de recursos psicológicos (desde la negación, indiferencia o incredulidad inicial) hasta la aceptación de unos cambios exigidos en nuestro estilo de vida temporal, con el consiguiente y necesario confinamiento.

Adaptarse a esta situación novedosa, exige atravesar un sinfín de emociones (amenaza, prejuicio, miedo, desconfianza) normales desde un punto de vista evolutivo; hasta poder integrar y aceptar dicha experiencia y las responsabilidades que conlleva. Será complicado superar este reto, sin haber fortalecido nuestra capacidad de resiliencia, paciencia y de altruismo.

La palabra resiliencia se refiere a la capacidad de crecer ante la adversidad: no significa resignarse, soportar, aguantar, sufrir; sino desarrollarse, crecer y progresar. Y todos nos preguntamos: ¿En qué podemos progresar tras haber hecho frente a esta situación? En haber fortalecido nuestras virtudes éticas.

Probablemente existe un abismo entre quiénes somos y quiénes pensamos que deberíamos ser, que ha quedado de manifiesto en la toma de decisiones al inicio de esta crisis. Muchos han antepuesto un yo racional, cognitivo, reflexivo y sereno, frente a la indiferencia ética o el egoísmo inicial de otros. Decidir qué rumbo tomar: si evadir la responsabilidad o tratar de asumirla para revertir la situación exige una demanda alta de recursos psicológicos.

Merece la pena trabajar en ello; estamos ante un momento único para construir nuestro propio relato social, la forma en que los demás queremos que nos miren. Tenemos la posibilidad de convertir cualquier gesto simple en algo admirable, y que los demás respondan y juzguen si hemos estado a la altura de las circunstancias.

Cuando surjan momentos de debilidad, cansancio o fatiga personal, hagamos un examen interno. Debemos buscar una razón y justificación para llevar a cabo nuestra conducta de aislamiento social, y esa no es otra que la de proteger nuestra salud y la de nuestros allegados, pero también la del prójimo en un ejercicio de responsabilidad social.

Prioricemos que los servicios de salud atiendan y apoyen a los pacientes y a sus familiares afectados por esta pandemia de la mejor manera posible, como están haciendo de manera admirable, en unas condiciones extremas y extenuantes. Mientras tanto, salgamos a aplaudirles y hagámoslo con la seguridad y confianza de estar en las manos de los mejores profesionales posibles.

Hay mucho en juego. Implementemos la empatía como vehículo de salvación. Está demostrado que las personas que muestran un gran altruismo y cooperación, pueden experimentar una gran satisfacción al ayudar a otros. Se llama autoeficacia. Somos parte activa de la solución. Es el momento de buscar iniciativas en las que cada uno colabore y se sienta útil y que amortiguen las emociones de pánico, miedo y desesperación.

La mejor iniciativa será saber amoldarnos, seguir en casa, asumir que esto pasará, cultivar la paciencia, construir rutinas, cuidar nuestras necesidades básicas, compartir información contrastada y constructiva, mantener el contacto social virtual, centrarnos en pequeños objetivos diarios, no desesperar, y sobre todo interiorizar que el altruismo y la sensación particular de poder estar ayudando a otros; aunque nos cueste y sea difícil, reducirá nuestro estrés y hará que esta situación sea más soportable y llevadera.

Ánimo a todos, y no bajemos la guardia.

Pandemia, responsabilidades, falacias y sesgos

Hay algo peor que las fake news: las falacias. La falacia -lógica o simple- es un argumento que parece válido, no siéndolo en realidad. Mientras la fake new es algo burdo y fácilmente desmontable, la falacia tiene una apariencia coherente y atractiva que será mucho más difícil de destruir, sobre todo en el caso de que su mensaje coincida con nuestros prejuicios y aliente la aplicación de nuestros sesgos preferidos.

Si bien ya en la política ordinaria ese tipo de argumentos tramposos son frecuentes, con motivo de la pandemia la cosa resulta exagerada. Aquí se pueden ver bastantes, pero me interesa destacar algunas falacias concretas. Por ejemplo, cuando se dice que en una situación límite como la actual todos debemos unirnos y evitar la crítica. Y eso es verdad, pero parcialmente. Si el barco se está hundiendo y vamos a ahogarnos todos, no parece procedente ponerse a discutir de quién ha sido la culpa de la colisión con el iceberg: tiempo habrá si nos salvamos. Pero eso no quiere decir que no se puedan criticar las medidas concretas que se adoptan para salvarnos o rechazar la conducta del capitán que se mete el primero en el bote para salvarse a sí mismo. Una democracia sin crítica, sin contraposición de opiniones, no es más que un sistema autoritario.

Aceptada la posibilidad de crítica, podemos afirmar que hay muchas falacias entre las críticas y las justificaciones que se han dado de la actuación del gobierno durante esta pandemia. Por ejemplo, el gobierno se excusa de responsabilidad con la afirmación de que lo que ocurrió no podía preverse, y acusa de tener un sesgo retrospectivo a quienes dicen lo contrario. En cambio, sus oponentes ponen el acento en la previsibilidad de todo ello, aportando diversos datos fácticos.

La falacia está, para mí, en la simpleza de tales rotundas afirmaciones. Por supuesto, hemos de convenir que la valoración general no es fácil de hacer en este momento, entre otras cosas porque la crisis todavía no ha acabado. Sin duda, hay que aceptar que no es sencillo tomar una decisión como la del confinamiento de 46 millones de españoles, con grave perjuicio económico para empresas, personas y para el país entero. No es un escenario deseable para ningún gobierno; aunque también es verdad que pudieron tomarse medidas preventivas menos drásticas y favorecer el acopio de material, mascarillas y  tests que luego tan decisivos resultaron, como hicieron algunos países como Chequia.

¿Pudo preverse? Por supuesto, es tentador juzgar lo que pasó a principios de marzo con lo que sabemos en abril –el sesgo retrospectivo- pero también es obvio que no es cierto del todo que no pudiera saberse lo que iba a ocurrir porque en realidad ya había ocurrido: había habido advertencias de la OMS y teníamos el anticipo de la evolución en China y en países como Italia. Pero, por otro lado, no parece tampoco que estén legitimados para cargar las tintas partidos que el mismo día del 8M no pusieron reparos en acudir a la manifestación, como el PP o Ciudadanos o contraprogramar esa manifestación con un gran acto público como VOX.

Quizá cada uno de nosotros debería hacer autocrítica planteándose qué medidas había tomado a título particular para aplicar el mismo rasero a los demás. Claro que la información de que dispone el gobierno es mucho mayor que la de la gente común que espera legítimamente las indicaciones que le hagan sus gobernantes, en quienes precisamente han delegado la adopción de medidas de interés colectivo. A mí personalmente me sorprendieron esos vuelos que venían de Italia llenos de tifosi sin control alguno.

Por otro lado, se ha usado el argumento exculpatorio de que el gobierno no ha hecho otra cosa que seguir las indicaciones de los expertos. Y probablemente hay algo de verdad en ese argumento, pero probablemente no es suficiente, pues si sólo hubiera que seguir las indicaciones de los expertos se estaría admitiendo que el gobierno sobra y que basta una administración de sabios o técnicos (de las “exploradoras” y no de los “chamanes” de los que hablaba Víctor Lapuente), cuando eso es precisamente lo contrario de lo pretendido en este gobierno, muy político –recordemos las campañas feministas y climáticas. Es un argumento que no creen ni los que lo emiten. Además, el conocimiento experto, además de experto, ha de ser independiente. La capacidad técnica sin ética no sólo es inútil, es contraproducente. Un experto que dice lo que quiere oír el que le paga no es un experto independiente cuyo criterio deba ser escuchado como la voz de la razón científica, sino más bien como la voz de su amo.

También se ha dicho que en realidad el gobierno ha hecho lo mismo que los demás países de su entorno, el mal de muchos. Y, en líneas generales, parece verdad. Aunque no del todo, pues hay países que sí actuaron con más celeridad y en ellos, las consecuencias han sido más leves, como en Corea del Sur. Por otro lado, en instituciones de carácter privado sí que ha habido alertas tempranas. Obsérvese por ejemplo el cierre, a tenor de muchas opiniones, prematuro del World Mobile Congress. También en instituciones educativas como el IESE o el IE me consta ha habido alertas tempranas y protocolos de seguridad ya en febrero, adelantando de alguna manera lo que iba a ocurrir.

Quizá cabe plantearse por qué ha existido esa diferencia de reacción entre unos países y otros o en relación a ciertas instituciones. Aventuro una hipótesis: los gobernantes europeos son muy dependientes de la opinión pública y de los medios de comunicación y, por tanto, se lo piensan mucho antes de adoptar decisiones drásticas que puedan generar reacciones negativas del votante. En países autoritarios como en China no hay tanta preocupación con las medidas incómodas, y en otras democracias asiáticas parece que el sentiimiento más colectivo hace a los ciudadanos más propensos a aceptar ciertas restricciones. Por su lado, las instituciones privadas tienen sin duda poco incentivo a perder clientela, pero también tienen una gran responsabilidad civil que compensa su posible tendencia a mirar al otro lado.

Creo que esta crisis ha de servirnos para reflexionar sobre esta debilidad de nuestras democracias en momentos de crisis, como nos va a hacer reflexionar sobre una Unión Europea, al parecer incapaz de ser algo más que un medio de intercambio comercial efectivo. Las amistades, los amores y las sociedades se ven en los momentos difíciles. Como decía Goethe, el talento se educa en la calma y el carácter en la tempestad. Con talento pero sin carácter es difícil salir de situaciones excepcionales. Y si a esa debilidad le añadimos que nuestro gobierno en concreto es un gobierno débil, fruto de acuerdos en principio negados y luego forzados, y con elementos populistas en su seno, podemos hacernos una idea cabal del escenario complicado en el que debe enmarcarse la lucha contra la pandemia. Por cierto, que de ahí surgen también peligrosas falacias, como hablar en twitter de la “función social de la propiedad” mencionada en el artículo 128 de la Constitución sin mencionar el 33 que protege la propiedad, o decir que sólo lo público puede solucionar la crisis, insinuando que el capitalismo ha sido el culpable de la crisis sanitaria o la ha agravado.

En definitiva, la respuesta a la cuestión de las responsabilidades no es fácil, si se quiere ser ecuánime, aparte de no ser este el momento. Y resulta penoso ver que en sesiones como la de ayer los partidos políticos –con señaladas excepciones- se arrojan al rostro falacias de todo tipo para obtener un rendimiento a corto o medio plazo o simplemente por mantener su posición, incluso cuando el barco se hunde. Y lo malo es que habitualmente lo consiguen, porque el poder de las falacias aumenta si caen en el terreno abonado de los sesgos cognitivos. Nuestra mente no quiere hacer las reflexiones y ofrecer los matices que acabo de exponer. Prefiere quedarse con los mensajes simples del “no pudo preverse” o del “sí pudo preverse”, según cuál sea su posicionamiento político. Como saben, los sesgos cognitivos, conforme a la teoría de la heurística de Kahneman (“Pensar rápido, pensar despacio”) y otros, se deben a que la mente tiene dos sistemas de pensamiento: el sistema 1, rápido, intuitivo y emocional, y el Sistema 2, más lento, reflexivo y racional. El primero proporciona conclusiones de forma automática para muchas actuaciones ordinarias (conducir), y el segundo, respuestas conscientes a problemas complejos. El primero asocia la nueva información con los patrones existentes, o pensamientos, en lugar de crear nuevos patrones para cada nueva experiencia (si viene un tigre rugiendo huyes). Esto da lugar a diferentes tipos de sesgos. Por ejemplo, el de confirmación, la tendencia a favorecer, buscar o recordar la información que confirma las propias creencias y dando menos consideración a posibles alternativas; el retrospectivo, que indicábamos antes; el de perseverancia de creencias, o el efecto halo, la coherencia emocional exagerada, en cuya virtud tendemos a ver positivamente lo que dicen o hacen aquellas personas que admiramos

La conclusión de todo esto, como casi siempre, es ética. Lo fácil es usar el sistema 1 de pensamiento y acomodar la información a nuestros marcos mentales y políticos previos. Usar el sistema 2 es más costoso, pues implica un notable esfuerzo mental, y encima proporciona menos satisfacción, porque generalmente no produce el goce de ver confirmadas nuestras opiniones. Pensar ecuánimemente significa sangre, sudor y lágrimas mentales. Pero dejarnos llevar por la comodidad de los sesgos conduce a ser dominados por los demagogos.

Señala mi hermano el filósofo Javier Gomá que el único sostén de una civilización es una ciudadanía ilustrada, no las leyes ni las instituciones. Es cierto, aunque en mi opinión, cabe matizar: las instituciones son la clave de la supervivencia de muchos países, aunque ello no signifique olvidar la importancia del ciudadano individual. Y añado algo: para ser ciudadano ilustrado no hace falta tener estudios, basta con tener criterio. Y para tener criterio basta con ser capaz de liberarse de lo que nos impone pensar nuestro sistema más intuitivo, ese que nos permite conducir sin pensar, pero no nos permite comprender situaciones complejas. No podemos evitar las falacias, las medias verdades ni los bulos de nuestros políticos. Pero sí podemos evitar caer en ellos.

Una democracia cuyos ciudadanos no tienen criterio es una democracia expuesta a las falacias y, por tanto, a la manipulación. Hagamos el esfuerzo de tener criterio.

 

Factores psicosociales en los jurados populares: mitos y sesgos

Nos encontramos inmersos en un seguimiento mediático judicial que no había tenido un precedente similar desde los conocidos “caso Alcasser” o el “caso Wanninkhof”. La conjugación de crímenes terribles cometidos sobre víctimas indefensas y la presencia de un jurado popular, es un terreno propicio para que procesos de identificación, estereotipos, mitos y “pseudopsicología” campen a sus anchas por todo tipo de programas televisivos y tertulias domésticas.

Por ello, el subtítulo de este post podría haber sido perfectamente “el miedo y el jurado popular”. Miedo a que un posible error haga que un culpable vuelva a las calles o a que un inocente ingrese en prisión.

Esa decisión será tomada por un jurado popular, conformado por los que podrían ser nuestros vecinos, la panadera de la esquina, la arquitecta que diseñó nuestra casa o el enfermero que nos mide la tensión en el centro de salud. Claro que, a esos “semejantes” les presuponemos una elevada posibilidad de equivocarse, mientras que de nosotros mismos, pensamos que tenemos cierto don de la infalibilidad.

Si afinamos un poco más en entender ese miedo, nos damos cuenta que entre el amplio abanico que puede ser juzgado de esta manera, sólo nos da miedo la posibilidad de error en casos de asesinato. Casi nadie se plantea la implicación de esos errores en otro tipo de delitos, como en el enjuiciamiento de funcionarios públicos en ejercicio de sus cargos, en los delitos contra el honor, en los de omisión del deber de socorro, en los daños contra la intimidad y el domicilio, en los cometidos contra la libertad y en aquellos que afectan al medio ambiente. Y es lógico, porque percibimos mayor sensación de “injusticia”, aunque esto en realidad sea el reflejo del miedo que tenemos a que haya asesinos sueltos entre nosotros.

En general sobre la capacidad, eficacia y dureza del los jurados populares se ha “tertulianeado” mucho, sin embargo los estudios realizados sobre la presunta dureza del jurado arrojan resultados contradictorios, mientras unos dicen que tienden a la lenidad, otros reflejan que “el número de sentencias falladas con jurado popular que luego se han anulado es mínimo”.

En el año 1966 Kalven y Zeisel realizaron un estudio de simulación, comparando los veredictos de los jurados con las decisiones que habrían adoptado los jueces a través de 3576 casos. En el 78% por cierto de ellos los jueces habrían llegado a la misma decisión, del 22% en el que no hubo acuerdo el jurado fue más benevolente en el 19% de los casos, mientras que en el 3% restante los jueces fueron más magnánimos.

No parece una gran discrepancia, o por lo menos no es mayor que la que nos podemos encontrar en casos que se apelan y llegan a la Audiencia Provincial desde los Juzgados de Primera Instancia.

Quizás debamos plantearnos cuántos de los procedimientos se apelan en casos de jurado popular y cuántos en casos llevados por Juzgados; qué tipo de casos se apelan; cuántos no se apelan, cuántos se admiten; y tras ello, realizar una comparación estadística. Ya que a todas luces parece fácil vender a la opinión pública que en caso del jurado es porque estos “no saben” y un poco más difícil explicar por qué se mantiene que un juez haya podido equivocarse. Cuestionémosnos si esas diatribas contra el veredicto de un jurado popular en los medios de comunicación no corresponden a estrategias de alguna de las partes dentro del juicio paralelo que suele generarse en prensa, radio, televisión y redes sociales.

La ley concede al Jurado la misma potestad que a otro juez profesional, que tiene que decidir sobre la base de lo  jurídicamente correcto (Esparza, 1999), no sobre la base de lo que es o no justo desde el punto de vista de la sociedad. Y esto es algo que debe tenerse en cuenta de cara a la percepción social de la actuación del jurado en cada caso.

A veces lo que parece justo no es sinónimo de ajustado a la ley, pero eso nos ocurre también en la percepción social de algunas sentencias judiciales emitidas por “señorías profesionales”, y otras veces algo que nos parece normal, por la habitualidad con la que se produce en nuestra sociedad, es absolutamente ilegal y por lo tanto punible. No olvidemos nunca que normal deviene de norma, un concepto estadístico, y que esto no tiene por qué coincidir con lo que la ley permite.

A la hora de hablar de cómo actúan los jurados populares, quizás debamos atender a los estudios y análisis realizados sobre ellos. A lo que sabemos y no a lo que pensamos, aunque ese “pensar” se refiera a la opinión mayoritaria.

Sabemos, gracias a los estudios de Davis (1981) que la tendencia hacia la benevolencia modifica la influencia ejercida por la mayoría: habrá una mayor probabilidad de que el veredicto sea el de la mayoría, cuando éste es de absolución. ¿Por qué? Como vimos en la película “12 Angry Men”, es más fácil defender la inocencia buscando posibles fallos, errores o incongruencias y centrándose en ellos, que emitir un voto de condena, para el que la persona requiere una gran convicción y seguridad, puesto que la intranquilidad que genera la idea de error en ausencia de seguridad absoluta es mayor con la idea de haber sido injusto. De alguna manera, en nuestra mente, liberar a un culpable sería un “error”, mientras que condenar a un inocente sería una “injusticia”. No nos damos cuenta de que para las víctimas, liberar al culpable también es una injusticia y que la responsabilidad es la misma en ambos casos.

También se acusa al Jurado Popular de ser influenciable o “estar contaminado” por los medios de Comunicación pero… ¿podemos afirmar que los jueces son inmunes a la contaminación mediática?

No lo son. Igual que no son inmunes a los estereotipos, a tener sesgos o prejuicios. Y con esto no digo que éstos impregnen sus escritos: en algunos casos sí sucede y en otros no. Depende de la persona y, es más, pueden tenerlos y emitir sentencias perfectamente ajustadas a Derecho.

Otro mito interesante es el de que el jurado puede ser manipulado por las partes, ya que pueden “seleccionar a quien más les interese”. Efectivamente, existe un proceso de selección del jurado, aunque en muchos casos tiene más de “aojismo” que de base científica, y por científica me refiero a los diferentes estudios que en nuestro país y fuera de él se han realizado desde la Psicología.

En cualquier caso, la recusación de jurados por parte de los abogados permite sustituir hasta cuatro personas por cada parte en litigio. Esta recusación puede ser con causa, perentoria, formal o sin causa.

En teoría, el objetivo es conseguir un jurado potencialmente imparcial, aunque si somos realistas hay que reconocer que cada parte intentará mediante este proceso selectivo configurar un grupo que le maximice las posibilidades de ser convencidos mediante su estrategia legal, las pruebas de las que dispongan y la forma de exponer. Y en esta selección es donde entran los estereotipos y las ideas preconcebidas.

Esa selección se denomina “voir dire” y hace referencia al proceso de interrogar a los miembros potenciales del jurado sobre una serie de cuestiones para determinar si están calificados para hacer de jurados. El problema es que -como refiere Sobral (1991)- esto les ha hecho considerarse como “psicólogos intuitivos”, cuando la Psicología social tiene muy poco de intuitiva y mucho de experimental. Y que lo que creemos en muchas ocasiones no coincide con lo que los experimentos acaban arrojando.

El fundamento científico en esta toma de decisiones es fundamental. Así J.R. Palacio, profesor de Derecho Penal, publicaba: -“los letrados habrán de desplegar todo su celo y sus dotes de psicólogos para recusar, con o sin causa, a aquellos candidatos que estimen hostiles”. El primer apunte es que la psicología no tiene nada que ver con “dotes”, sino con estudiar una licenciatura universitaria. Todo requiere un proceso de estudio y aprendizaje formal e informal. Conocimientos y desarrollo de habilidades.

El segundo apunte es que hostilidad es un concepto difícil de convertir en variables operativas a la hora de decidir quién es hostil y quién no. Y además hay que valorar que, como dicen García y De la Fuente “la influencia de los sesgos como señala Dillehay (1997), no sólo se limita al veredicto, sino que también atañe a la idea de presunción de inocencia, la actitud hacia el sistema penal, la evidencia ilegal (pruebas) y las creencias sobre las confesiones en los tribunales y derechos constitucionales”.

La labor de “psicólogos intuitivos” -que denominaba Sobral- sin conocimientos teóricos de psicología, ha llevado a que haya autores que concluyan que “esta función desarrollada  por los abogados provoca, con frecuencia, que hagan gala de una especie de folclore legal exento de fundamento  científico, que les lleva a considerar importantes unas u otras cuestiones con relación a un proceso concreto” (Cutler, 1990; Fulero y Penrod 1990).

En un estudio sobre variables de Olcztal, Kaplan y Penrod (1991), se extrajo que las variables más relevantes para los letrados eran inteligencia, edad, apariencia externa, afabilidad, sexo, ocupación laboral, apertura mental, grado de impresionabilidad y raza. Pero, ¿realmente se corresponden estas características con lo encontrado en las investigaciones? Y si la respuesta es sí, ¿no tendrán también relación con el tipo de delito a enjuiciar?

En un interesante artículo, Enrique Lertxundi habla de la Psicología Social del Jurado y explica cómo no son las características demográficas las que parecen estar implicadas. Ni las mujeres son más blandas, ni con la edad las personas son más intolerantes y por lo tanto severas en su percepción de los hechos. Edad, sexo o educación no han arrojado resultados concluyentes en las investigaciones sobre pronunciamiento ante los hechos o no lo han hecho de forma general, aunque sí se han observado diferencias si estas variables se ponen en relación con factores determinados de cada tipo de caso.

Al igual que la Psicología que diferencia Estado-Rasgo, Kaplan y Garzon (1986) determinaron que respecto a los Jurados también se podía hablar de sesgos-rasgo y sesgos-estado. No es lo mismo estar deprimido que ser depresivo, de igual manera los sesgos-rasgo serían relativamente estables y estarían asociados a la personalidad de los sujetos mientras que en los sesgos-estados encontraríamos una variabilidad asociada a hechos en los que influirían desde la forma de exponer el caso hasta la percepción social del mismo y el tratamiento informativo que se haya hecho desde los medios de comunicación.

La edad, el sexo, el estado civil, el nivel académico, el haber sido víctima de un delito anteriormente, las actitudes religiosas o las ideas políticas pueden tener cierta influencia pero, según los experimentos y estudios, no es la misma en función del tipo de delito.

Por ejemplo, el estudio de Sobral, Arce y Fariña (1989) evidenciaba que cuando se trata de casos de agresiones sexuales los jurados con menor nivel de estudios tendían más al veredicto de culpabilidad que aquellas personas del jurado con mayor nivel de estudios. Por paradójico que nos pueda parecer, existen otros estudios que refutan nuestras ideas preconcebidas; por ejemplo, según Simon (1967), en aquellos casos en los que están implicadas atenuantes o eximentes relacionadas con la enfermedad mental, es la gente sin estudios los que son más clementes con el autor, mostrándose más duros aquellas personas con estudios universitarios. La edad parece estar relacionada directamente con la dureza, aumentando la misma a medida que se envejece. El estudio de Sealy y Cornisa (1973) encontró que la franja de edad en torno a los 30 años era más suave en sus apreciaciones que las personas más mayores.

Una relación llamativa es la que parece existir entre la “creencia en un mundo justo” y determinados delitos. Si tenemos la convicción de que cada uno acaba teniendo lo que se merece, el jurado tenderá a aceptar los argumentos sobre la corresponsabilidad de la víctima que plantee la defensa, sobre todo en delitos contra la libertad sexual o en violencia de género y esto influirá en la dureza de la sentencia (Shaffer y Kerwin ,1992; Schuller, Smith y Olson, 1994; y Taylor y Kleinke, 1992).

Hay algo que los abogados no pueden modificar en este voir dire, y es la persona acusada. Existen características en ellos, o en ellos con respecto a las características del jurado, que parece que también influyen en las sentencias.

Una de ellas es el atractivo físico, siendo este factor más evidente según Penrod y Hastie, (1983) en hombres que en mujeres. Si el atractivo va a acompañado de simpatía, educación y actitud similar entre el acusado y el jurado la tendencia será a la benevolencia. Nos resulta más fácil atribuir una maldad intrínseca a individuos poco agraciados que a personas hermosas, tendiendo entonces a buscar factores externos. Y si son factores externos los responsables, la persona se ha visto “obligada” por la situación, siendo más fácil la absolución o la aceptación de los atenuantes que se aleguen. Nos resulta difícil aceptar la maldad en la belleza porque rompe nuestra idea de que somos capaces de discernir a nuestro alrededor quien es bueno y quien malo y eso nos generaría una gran inseguridad.

Igualmente parece haber una tendencia a ser más benevolente con los jóvenes, explicada desde la idea general de que la edad cronológica debe correlacionar con la responsabilidad, capacidad de control de los impulsos y capacidad de valorar el alcance de los hechos realizados (Unner y Cols, 1980). Cuando esto se puede valorar mucho mejor, es en los antecedentes de las personas, las características de la comisión del delito y sobre todo, las acciones posteriores que haya realizado el acusado.

Tampoco se pueden cambiar las características de la víctima. Y también se encuentran relaciones entre ellas y la tendencia en las sentencias en algunos experimentos o estudios. Una de ellas es el atractivo social: a mayor atractivo social, mayor sentencia, aquí entramos en el concepto de los “less death”. El horror de una niña muerta es mayor que el que produce la noticia de una indigente anciana, y no entramos a valorar que a lo mejor la vulnerabilidad o indefensión de ambas era similar. Nos dejamos llevar por la emoción básica. Igualmente, el atractivo en las víctimas de agresiones sexuales condiciona la duración de la sentencia, pero esta reacción es más evidente en los jurados masculinos, como si el no ser bella redujera el impacto del delito (Thornton, 1978). Así de absurdos son nuestros sesgos.

Hay muchísimos estudios más, siendo los más interesantes aquellos relacionados con las características de los delitos, la comunicación durante el proceso, orden de presentación de la información, información factual e información emocional y la percepción de nuestra propia capacidad para distinguir la verdad de la mentira. Si bien, merecerían otro post. Este solo pretendía lanzar algunas reflexiones sobre lo que pensamos sobre el jurado popular y nuestros propios estereotipos sobre su actuación.